Publicaciones de la Sección Oficial de 28 de Marzo de 2016

A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Federico Salvai
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de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Boletín Oficial Dra. Selene López de la Fuente
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
Domicilio legal: Calle 3 y 523
Ciudad de La Plata (C.P. 1900) Provincia de Buenos Aires
Teléfono/fax: (0221) 483-3044; 421-0202 y 483-5431
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desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 27.749
AÑO CVII/ LA PLATA, LUNES 28 DE MARZO DE 2016
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 40 páginas
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 2122
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 2131
Varios ----------------------------------------------------------------- 2137
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 2141
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 2142
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 2144
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 2146
Varios ----------------------------------------------------------------- 2146
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 2156
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Nómina de diarios inscr iptos en la
Suprema Corte de Justicia ----------------------------------------------------------------- 2159
Sección Oficial
LA PLATA, LUNES 28 DE MARZO DE 2016
PÁGINA 2122 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resoluciones
________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE LA OFICINA PROVINCIAL
PARA LA GESTIÓN DE LA SEGURIDAD PRIVADA
Resolución Nº 56
La Plata, 14 de marzo de 2016.
VISTO el expediente Nº 21.100-429.325/15 y su agregado 21.100-429.324/15, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa “BLACK SECURITY S.R.L.”, solicita su habilitación como prestadora
de Servicios de Seguridad Privada;
Que de la documentación agregada surge que se encuentran cumplidos los recaudos
legales, salvo el requisito previsto en el artículo 8º inciso 2º de la Ley Nº 12.297, respec-
to del señor Roberto Amílcar Lucero;
Que la Asesoría Letrada de Policía ha tomado intervención en el ámbito de su competencia;
Que en dicho contexto, corresponde otorgar en forma provisoria, la habilitación soli-
citada por la empresa “BLACK SECURITY S.R.L.”;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artícu-
los 1º, 9º y 19 de la Ley Nº 13.757 y sus modificatorias, artículo 43 inciso “a” de la Ley Nº
12.297 y las propias del cargo;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA RESOLUCIÓN 122/16
EL DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA PROVINCIAL PARA LA GESTIÓN
DE LA SEGURIDAD PRIVADA, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Proceder a la habilitación definitiva en el ámbito de la Provincia de
Buenos Aires de la empresa denominada “BLACK SECURITY S.R.L.” como Prestadora
de Servicios de Seguridad Privada, cuya responsabilidad comercial recae en la mencio-
nada sociedad, con sede en la calle Cangallo Nº 22 de la localidad de Ramos Mejía,
Partido de La Matanza.
ARTÍCULO 2º. Autorizar a ejercer el cargo de Jefe de Seguridad al señor Roberto
Amílcar Lucero, titular del D.N.I Nº 16.679.792.
ARTÍCULO 3º. Regist rar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial.
Cumplido, archivar.
Alberto Greco
Director Provincial
C.C. 3.146
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE LA OFICINA PROVINCIAL
PARA LA GESTIÓN DE LA SEGURIDAD PRIVADA
Resolución Nº 57
La Plata, 14 de marzo de 2016.
VISTO el expediente Nº 21.100-471.501/15 y su agregado 21.100-471.506/15, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa “REALTIME SEGURIDAD S.A.”, solicita su habilitación como presta-
dora de Servicios de Seguridad Privada;
Que de la documentación agregada surge que se encuentran cumplidos los recaudos
legales, salvo el requisito previsto en el artículo 8º inciso 2º de la Ley Nº 12.297, respec-
to del señor Ricardo Ernesto Baro;
Que la Asesoría Letrada de Policía ha tomado intervención en el ámbito de su competencia;
Que en dicho contexto, corresponde otorgar en forma provisoria, la habilitación soli-
citada por la empresa “REALTIME SEGURIDAD S.A.”;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artícu-
los 1º, 9º y 19 de la Ley Nº 13.757 y sus modificatorias, artículo 43 inciso “a” de la Ley Nº
12.297 y las propias del cargo;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA RESOLUCIÓN 122/16
EL DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA PROVINCIAL PARA LA GESTIÓN
DE LA SEGURIDAD PRIVADA, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Proceder a la habilitación definitiva en el ámbito de la Provincia de
Buenos Ai res de l a empresa denominada “REALTIME SEGURIDAD S. A.” como
Prestadora de Servicios de Seguridad Privada, cuya responsabilidad comercial recae en
la mencionada sociedad, con sede en la calle Rondeau Nº 3 entre Dolores G. de Ocantos
y las vías del ferrocarril de la localidad de Monte Grande, Partido de Esteban Echeverría.
ARTÍCULO 2º. Autorizar a ejercer el cargo de Jefe de Seguridad al señor Ricardo
Ernesto Baró, titular del D.N.I Nº 13.130.231.
ARTÍCULO 3º. Regist rar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial.
Cumplido, archivar.
Alberto Greco
Director Provincial
C.C. 3.147
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE LA OFICINA PROVINCIAL
PARA LA GESTIÓN DE LA SEGURIDAD PRIVADA
Resolución Nº 58
La Plata, 14 de marzo de 2016.
VISTO el expediente Nº 21.100-706.991/13 y su agregado 21.100-712.982/13, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa “SP PROTEGER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.”,
solicita su habilitación como prestadora de Servicios de Seguridad Privada;
Que de la documentación agregada surge que se encuentran cumplidos los recaudos
legales, salvo el requisito previsto en el artículo 8º inciso 2º de la Ley Nº 12.297, respec-
to del señor José Pascual Luna;
Que la Asesoría Letrada de Policía ha tomado intervención en el ámbito de su competencia;
Que en dicho contexto, corresponde otorgar en forma provisoria, la habilitación soli-
citada por la empresa “SP PROTEGER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.”;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artícu-
los 1º, 9º y 19 de la Ley Nº 13.757 y sus modificatorias, artículo 43 inciso “a” de la Ley Nº
12.297 y las propias del cargo;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA RESOLUCIÓN 122/16
EL DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA PROVINCIAL PARA LA GESTIÓN
DE LA SEGURIDAD PRIVADA, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Proceder a la habilitación definitiva en el ámbito de la Provincia de
Buenos Aires de la empresa denominada “SP PROTEGER SOCIEDAD DE RESPONSABI-
LIDAD LIMITADA.” como Prestadora de Servicios de Seguridad Privada, cuya responsa-
bilidad comercial recae en la mencionada sociedad, con sede en la calle 161 Norte Nº
1823 entre las calles 20 y 21 de la localidad y Partido de Berisso.
ARTÍCULO 2º. Autorizar a ejercer el cargo de Jefe de Seguridad al señor José Pascual
Luna, titular del D.N.I Nº 17.573.785.
ARTÍCULO 3º. Regist rar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial.
Cumplido, archivar.
Alberto Greco
Director Provincial
C.C. 3.148
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE LA OFICINA PROVINCIAL
PARA LA GESTIÓN DE LA SEGURIDAD PRIVADA
Resolución Nº 59
La Plata, 14 de marzo de 2016.
VISTO el expediente Nº 2203-013.045/88 con II cuerpos correspondientes a la
Prestadora de Servicios de Seguridad Privada “SEGURIDAD Y CUSTODIA S.R.L.”, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 12.297 establece como recaudo para el otorgamiento de la habilitación
en su artículo 24 inciso b) que deberá “Constituir y mantener en vigencia un seguro de
responsabilidad civil por el monto que periódicamente fijará la Autoridad de Aplicación
con criterio de razonabilidad y proporcionalidad a la potencialidad riesgosa de la activi-
dad desarrollada”;
Que el inciso c) del artículo 24 de la Ley N° 12.297 refiere que las prestadoras de ser-
vicios de seguridad privada deberán “Constituir las garantías que establezca periódica-
mente la Autoridad de Aplicación…”;
Que el artículo 24 del Decreto Reglamentario N° 1897/02 en el inciso b) establece que
“El monto del seguro a constituir por parte de las prestadoras para responder a eventua-
les resarcimientos de responsabilidad civil será fijado por la Autoridad de Aplicación”;
Que el inciso c) del artículo 24 del Decreto Reglamentario N° 1897/02 regula que “El
valor del depósito de garantía será fijado por la Autoridad de Aplicación”;
Que el artículo 56 de la Ley N° 12.297 reza que “La Autoridad de Aplicación proce-
derá a imponer, sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior la suspensión inme-

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