Publicaciones de la Sección Oficial de 23/03/2023

DE LA PROV I N C I A DE BUENOS AIRES
O CXIV - N° 29.473
La Plata, jueves 23 de marzo de 2023.-
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinof‌icial.gba.gob.ar
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AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretaria General Lic. Agustina Vila
Subsecretaria Legal y Técnica Dra. María Sol Berriel
Arte de tapa: Graciela Navarro Trelles, DCV
Sumario
DECRETOS 3
RESOLUCIONES 16
RESOLUCIONES FIRMA CONJUNTA 62
DISPOSICIONES 66
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL 77
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA 85
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS 85
LICITACIONES 86
COLEGIACIONES 110
TRANSFERENCIAS 111
CONVOCATORIAS 112
SOCIEDADES 121
VARIOS 132
Sección
Oficial
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > jueves 23 de marzo de 2023
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 328/2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 17 de Marzo de 2023
VISTO el expediente EX-2023-05819699-GDEBA-D AJMHYFGP del Ministerio de Hacienda y Finanzas, mediante el cual se
propicia aprobar el “Convenio B ilateral de Financiamiento entre la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
y la Provincia de Buenos Aires”, suscripto el 17 de febrero d e 2023, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 16 de noviembre de 2017 se suscribió -entre el Estado Nacional, las provincia s y la C iudad Autónoma de
Buenos Aires- el Consenso Fiscal 2017, aprobado por Ley Nacional Nº 27.429 y por Ley Provincial Nº 15.017;
Que, a su vez, el artículo 27 de la Ley N° 27.260, sustituido por la Ley N ° 27.431, consolidó uno de los aspectos acordados
en el referido Consenso Fiscal al instru ir al Poder Ejecutivo Nacional para que, por m edio del organismo pertinente, arribe a
un acuerdo con las provincias cuyos sistema s previsionales no fueron transferidos al Estado Nacional, a fin de compensar
las eventuales asimetrías que pudieran existir respecto de aquellas jurisdicciones que sí hubieran transferido sus
regímenes previsionales;
Que, en ese marco, el Decreto Nacional N° 730/18 aprobó el Régimen de Asistencia Financiera para las provincias cuyos
regímenes previsionales no fueron transferidos al Estado Na cional y determinó que la Administración Nacional de la
Seguridad S ocial procedería a dictar las normas aclarator ias, interpretativas y complementarias correspondientes, con el
objeto de compensar las eventuales asimetrías que pudieran existir, colocando a todas las provincias en pie de igualdad en
materia previsional;
Que el citado régimen establece que la asistencia finan ciera a las referidas provincias quedará definida por el proceso de
simulación de los desequilibrios que estaría asumiendo el Estado Nacional si el sistema p revisional de que se trate hubiese
sido transferido e l 31 de diciembre de 1999, para lo cual la Administración Nacional de la Seguridad Social (A NSES)
requerirá a cada organismo provincial la información nec esaria para ser utilizada en dicho proceso;
Que, en virtud de lo expuesto, el 29 de diciembre de 2022 se suscribió el Convenio Bilateral de Financi amiento, mediante el
cual se determinó el valor de déficit preliminar en concepto de déficit del Sistema Previsional de la provincia de Buenos
Aires para el Ejercicio 20 18, tomando como base la informaci ón remitida por la Provincia y la simulación realizada por la
Administración Nacional de la Seguridad Social, aprobad o por Decreto N° 54/23;
Que posteriormente, con fecha 17 de febrero de 2023, se suscribió un nuevo Con venio Bilateral de Financiamiento, en
virtud de la información remitida por la Provincia y la simulación realizada por la ANSES, de terminando un nuevo valor
provisorio en concepto de financiamiento del déficit de l Sistema Prev isional Provincial para el Ejercicio 2018,
reemplazando el valor mencionado en el convenio Bilateral de Financiamiento celebrado el 29 de diciembre de 2022;
Que dicho déficit preliminar reviste el carácter de provisorio, comprometiéndose las partes a suscribir el Convenio Bilateral
definitivo por la asistencia financiera del Ejercicio 2018, luego de concluidos los procesos de simulación y de auditoría que
a esos fines realice la Administración Nacional de la Segu ridad Social (ANSES);
Que, en consecuencia, corresponde en esta instancia aprobar el mencionado convenio y co municar el presente acto a la
Legislatura de la Provincia de Buenos Aires;
Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría
General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la
Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
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