Publicaciones de la Sección Oficial de 23 de Mayo de 2018

Edición de 150 páginas
y Suplemento de 46 páginas de Varios
AÑO CIX
LA PLATA > MIÉRCOLES 23 DE MAYO DE 2018
N° 28.280
Secretaria Legal y Técnica
Dra. María Fernanda Inza
Subsecretario Técnico
Dr. Nicolás Galvagni Pardo
Dirección Nacional de Derecho de Autor N° 146.195.
Los Documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deba producir desde el día de su
publicación en el Boletín Of‌i cial.
Re so lu ci on es pág. 3
Li ci ta ci on es g. 70
Var ios pág. 85
Transferen ci as pág. 96
Co nv ocat or ia s pág. 99
Co le gi ac io ne s pág. 102
So ci ed ad es pág. 102
Re ma te s pág. 118
Ag en ci as pág. 119
Su ce so rios pág. 139
Nómina de Diarios
Inscriptos en la
Suprema Corte
de Justicia pág. 147
La Plata > Miércoles 23 de mayo de 2018
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
.
Resolución f‌i rma conjunta
Número:
RESFC-2018-16-GDEBA-OCEBA
LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 16 de Mayo de 2018
Referencia:
Expte 2429-1902/18 Fondo Mes de Abril/18
VISTO
la Ley 11.769 (T.O. Decreto Nº 1868/04), su Decreto Reglamentario N° 2479/04, el Contrato de Concesión suscripto,
el EX-2018-05828117-GDEBA-SEOCEBA, lo actuado en el expediente N° 2429-1902/2018, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido en la Ley 11.769 y su Decreto Reglamentario Nº 2479/04, corresponde a este Organismo
de Control administrar el Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias;
Que por expediente EX-2018-05828117-GDEBA-SEOCEBA se dictó la RSC- 2018-05835944-GDEBA-OCEBA, por
medio de la cual se aprobó el pago de la compensación por costos de abastecimiento, distribución y compensación adicional
f‌i ja por dimensión de mercado y la distribución del Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias, correspondiente a la
facturación emitida con vencimiento en el mes de abril de 2018, de acuerdo al detalle previsto en el Anexo IF-2018-05827717-
GDEBA-GMOCEBA, como parte integrante de la misma;
Que en virtud de un error en la caratulación del mencionado expediente electrónico, fue necesario iniciar las presentes
actuaciones, toda vez que el trámite correspondiente a la compensación a través del Fondo Provincial de Compensaciones
Tarifarias no se encuentra contemplado expresamente en las resoluciones RESFC-2018-10-GDEBA-MJGM y RESOL-2018-
55-GDEBA-SSMDEMJGM que establecieron la obligatoriedad de la aplicación del módulo de Expediente Electrónico (EE) del
Sistema de Gestión Documental Electrónica Buenos Aires (GDEBA) para este Organismo;
Que, por tal motivo, corresponde dejar sin efecto la RSC-2018-05835944- GDEBA-OCEBA y su Anexo IF-2018-05827717-
GDEBA-GMOCEBA, emitidos en el EX-2018-05828117-GDEBA-SEOCEBA y dictar un nuevo acto administrativo en las
presentes actuaciones;
Que a través de la Resolución MI N° 206/13, se estableció un monto f‌i jo en la facturación destinado a la ejecución de obras
de infraestructura en distribución y el mantenimiento correctivo de las instalaciones de las Concesionarias, con el f‌i n de alentar
la realización de inversiones en dicho sistema, para asegurar las metas de expansión y mejora del servicio;
Que, además, instruyó a este Organismo a instrumentar a través del Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias el
mecanismo necesario para establecer las diferencias y mitigarlas hasta donde sea posible;
Que en esta inteligencia, el Organismo de Control estableció el mecanismo precitado cuyo resultado fue el desarrollo del
Anexo con los montos necesarios para compensar las diferencias surgidas por las variaciones en las estructuras de mercado
que abastecen los Distribuidores con Concesión Municipal;
Que la Resolución N° 34/15 del Ministerio de Infraestructura ajustó los montos determinados por la Resolución MI N°
206/13 y las Resoluciones SSP N° 5/14 y N° 39/14, provocando el mismo efecto por la diferencia entre la estructura de
mercado y cantidad de usuarios, razón por la cual se mantiene el mismo procedimiento para compensar las diferencias;
Que este Organismo de Control, a través de las Resoluciones OCEBA Nº 008/98 y N° 349/01 estableció los plazos para
ingresar los aportes, el contenido y los términos para suministrar la información pertinente;
Que corresponde el reconocimiento a las Cooperativas Eléctricas abastecidas por EDELAP S.A. del ajuste de costos de
abastecimiento, según lo establecido en el Decreto PEN Nº 802/05 Cláusula 4, y de acuerdo con lo oportunamente aprobado
por este Directorio (Expte. 2429-3615/2007), contra la presentación de la factura de compra de energía de cada Distribuidor;
Que en cumplimiento del convenio de Operación y Mantenimiento de la L.M.T. 33 KV Tres Arroyos-Bellocq-Claromecó
f‌i rmado entre la Provincia de Buenos Aires (a través del Ministerio de Infraestructura) y la Cooperativa Eléctrica de Tres Arroyos
(con alcance a las Cooperativas de Bellocq, Claromecó y la localidad de Reta), corresponde distribuir entre ellas, la cantidad de
pesos doscientos ochenta mil setenta y ocho ($280.078) correspondiente al quinto año de los costos mencionados, pagadero
en doce cuotas iguales y consecutivas (Expte. Nº 2429-5749/04);
Que el presente gasto será atendido en el ejercicio 2018 con cargo a la partida presupuestaria específ‌i ca;
Que, en esta instancia, corresponde dejar sin efecto la RSC-2018-05835944- GDEBA-OCEBA y su Anexo IF-201805827717-
GDEBA-GMOCEBA, emitidos en el EX-2018-05828117-GDEBA-SEOCEBA y aprobar un nuevo acto administrativo, por medio
del cual se apruebe la distribución del Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias por la facturación emitida por los
distribuidores con vencimiento en el mes de abril de 2018, de acuerdo al detalle consignado en el Anexo IF-2018-06351550-
GDEBA-GMOCEBA que integra la presente;
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 62 inciso k) de la Ley 11.769 y su Decreto
Reglamentario N° 2479/04;
Por ello,

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