Publicaciones de la Sección Oficial de 22 de Mayo de 2017
A U TO R I D A D E S
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Nº 28.033
AÑO CVIII/ LA PLATA, LUNES 22 DE MAYO DE 2017
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 56 páginas
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 3864
Disposiciones ----------------------------------------------------------------- 3868
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 3868
Varios ----------------------------------------------------------------- 3878
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 3881
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 3882
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 3883
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 3890
Varios ----------------------------------------------------------------- 3891
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 3911
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Nómina de Diarios Inscr iptos
en la Suprema Corte de Justicia ----------------------------------------------------------------- 3917
Sección Oficial
LA PLATA, LUNES 22 DE MAYO DE 2017
PÁGINA 3864 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resoluciones
__________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución N° 84
La Plata, 15 de mayo de 2017.
VISTO el Expediente Nº 2300-1162/17, por el cual se propicia aprobar las contrata-
ciones que resultan necesarias para la implementación de las emisiones de títulos de
deuda pública y/u operaciones de crédito público a realizarse bajo legislación argentina
durante el ejercicio 2017, las Leyes Nº 13.767, Nº 13.981 y N° 14.879, los Decretos Nº
3.260/08, Nº 1.300/16 y Nº 117/17 E, y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 34 de la Ley Nº 14.879 de Presupuesto para el Ejercicio 2017, autori-
za al Poder Ejecutivo a endeudarse por hasta la suma de pesos cincuenta y dos mil millo-
nes ($52.000.000.000) o su equivalente en otras monedas, con el objeto de financiar la
ejecución de proyectos y/o programas sociales y/o de inversión pública actualmente en
desarrollo o que se prevea iniciar durante el ejercicio 2017, afrontar la cancelación y/o
renegociación de los servicios de deuda, como así también tender a mejorar el perfil de
endeudamiento de la deuda pública;
Que, el citado artículo establece que dicho endeudamiento será contraído mediante
los mecanismos y/o instrumentos financieros que el Poder Ejecutivo juzgue más apropia-
dos, que en todos los casos deberán asegurar que el producido del financiamiento sea
afectado a la atención de los objetos determinados en el párrafo precedente;
Que, asimismo, dispone que los servicios de amortización, intereses y demás gastos aso-
ciados a este endeudamiento serán afrontados a partir de las rentas generales de la Provincia;
Que, el artículo citado establece que el Poder Ejecutivo podrá afectar para el pago de
dichos servicios de capital, intereses y demás gastos asociados, como para las opera-
ciones de crédito autorizadas y/o en garantía de los mismos, como así también ceder
como bien fideicomitido, cualquier recurso de origen provincial sin afectación específica
y/o los recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de
acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación - Provincias
sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de
Impuestos, ratificado por la Ley Nº 12.888, o aquél que en el futuro lo sustituya, así como
también activos financieros y/o las garantías extendidas en el marco de lo establecido en
el artículo 40 de la Ley N° 14.331, prorrogado por el artículo 32 de la Ley N° 14.552, y/o
flujos de recursos provinciales;
Que, el Decreto Nº 117/17 E encomendó al Ministerio de Economía las emisiones de
títulos de deuda pública y/o la realización de toda otra operación de crédito público bajo
legislación argentina durante el ejercicio 2017, en el marco de la autorización otorgada por
el artículo mencionado en los párrafos precedentes;
so 4) del Anexo Único del Decreto Nº 3.260/08, el Órgano Rector del Subsistema de
Crédito Público está facultado para contratar “…instituciones financieras para que actúen
como agentes colocadores, suscriptores y/o estructuradores, como agentes fiduciarios,
de pago, de registro, de proceso, de información y/o de canje, firmas de asesores lega-
les, firmas calificadoras de riesgo y casas de registro y compensación, así como cualquier
otro agente que resulte necesario a fin de perfeccionar las operaciones de crédito públi-
co de la Administración Central y Organismos Descentralizados, de acuerdo con la nor-
mativa legal aplicable sobre la materia …”;
Que, asimismo, los mencionados artículos establecen que el Órgano Rector del
Subsistema de Crédito Público podrá solicitar la participación del Banco de la Provincia
de Buenos Aires, en su carácter de agente financiero de la Provincia, instituido por el artí-
culo 9° de su Carta Orgánica (Decreto Ley N° 9.434/79 y modificaciones), para cumplir el
rol de intermediario en las operaciones financieras que se lleven adelante, si las condicio-
nes de mercado lo ameritan;
Que, entre sus funciones, la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público, depen-
diente de la Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, entiende en la planifi-
cación, dirección, coordinación y control del funcionamiento del Subsistema de Crédito
Público previsto por la Ley Nº 13.767;
Que, en dicho marco normativo, la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público,
recibió una propuesta de BBVA Banco Francés S.A., Banco de Galicia y Buenos Aires S.A,
Banco Santander Río S.A. y HSBC Bank Argentina S.A para realizar una emisión de títu-
los de deuda pública denominada en pesos del país bajo legislación argentina para ser
suscriptos tanto por inversores locales como por inversores internacionales;
Que, en consecuencia, se propicia aprobar la citada propuesta y, en consecuencia,
designar a dichas entidades para que, por sí o a través de sus respectivas casas matri-
ces y/o controlantes y/o afiliadas y/o subsidiarias, actúen como agentes colocadores en
la primera emisión de títulos de deuda pública a realizar bajo legislación argentina con
participación de inversores internacionales;
Que, asimismo, el Banco de la Provincia de Buenos Aires ha prestado su conformi-
dad para actuar en calidad de agente colocador de los títulos a emitir;
Que, resulta pertinente aprobar los modelos de Contratos de Colocación Local y
Suscripción a ser firmados con los agentes colocadores relativos a la oferta dentro y
fuera del país;
Que, asimismo, se considera conveniente contar con el asesoramiento del estudio
jurídico Cabanellas - Etchebarne – Kelly, que ha asesorado a la Provincia en las emisio-
nes de deuda pública en el mercado local de capitales, dado que, dentro de las firmas
especializadas en mercados de capitales, es la que cuenta con mayor conocimiento de
la Provincia y de la normativa provincial;
Que, en esta oportunidad, dado que la operatoria requiere entre otros documentos
la elaboración de un documento destinado a dar publicidad de la oferta a inversores
internacionales, se considera conveniente el asesoramiento de Cleary, Gottlieb, Steen &
Hamilton LLP, firma que ha asesorado a la Provincia en reiteradas oportunidades en
materia de legislación extranjera en las operaciones de financiamiento;
Que, dado que se requiere que los títulos públicos a emitir cuenten con la debida
calificación de riesgo a escala global y nacional de una agencia de reconocido prestigio
en el mercado, resulta conveniente contratar a Moody’s Latin America Agente de
Calificación de Riesgo Sociedad Anónima para la calificación de las emisiones a reali-
zarse, dado el conocimiento que tiene de la Provincia, pudiendo emitir su opinión credi-
ticia en tiempo y forma requeridos;
Que, teniendo en cuenta las particulares condiciones de especialización técnica
requeridas, las contrataciones antes mencionadas se enmarcan en lo dispuesto por el
artículo 18 inciso 2 apartado h) de la Ley Nº 13.981 y el artículo 18 del Anexo 1 del
Decreto Nº 1.300/16;
Que, han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno,
Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que, la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los
artículos 61 de la Ley Nº 13.767, 61 del Anexo Único del Decreto Nº 3.260/08, 18 inciso
2 apartado h) de la Ley Nº 13.981, el artículo 18 del Anexo 1 del Decreto Nº 13.00/16 y
el Decreto Nº 117/17 E;
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprobar la propuesta presentada por BBVA Banco Francés S.A.,
Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., Banco Santander Río S.A. y HSBC Bank Argentina
S.A. y designar a dichas entidades para que, por sí o a través de sus respectivas casas
matrices y/o controlantes y/o afiliadas y/o subsidiarias, actúen como agentes colocado-
res en la primera emisión de títulos de deuda pública a realizarse bajo legislación argen-
tina en el ejercicio 2017.
ARTÍCULO 2º. Autorizar al Banco de la Provincia de Buenos Aires para que actúe
como agente colocador local en la primera emisión de títulos de deuda pública a realizar-
se bajo legislación argentina en el ejercicio 2017.
ARTÍCULO 3º. Aprobar los modelos de contratos de Colocación Local y Suscripción
a suscribir con los agentes colocadores relativos a las ofertas a realizar dentro y fuera del
país en relación a los títulos de deuda pública a emitir bajo legislación argentina, que inte-
gra la presente como Anexo 1 y 2.
ARTÍCULO 4º. Aprobar el modelo de contrato con el estudio jurídico Cabanellas –
Etchebarne – Kelly, para que actúe como asesor legal en las emisiones de títulos de
deuda pública y/o operaciones de crédito público a realizar bajo legislación argentina
durante el ejercicio 2017, que integra la presente como Anexo 3.
ARTÍCULO 5º. Aprobar el modelo de contrato con Cleary, Gottlieb, Steen & Hamilton
LLP, para que actúe como asesor legal internacional de la Provincia en las emisiones de
títulos públicos y/o operaciones de crédito público a realizar bajo legislación argentina
durante el ejercicio 2017, que forma parte integrante de la presente como Anexo 4.
ARTÍCULO 6º. Aprobar el modelo de contrato con la firma Moody’s Latin America
Agente de Calificación de Riesgo Sociedad Anónima, para que efectúe la calificación a
escala nacional y global de las emisiones a realizar bajo legislación argentina durante el
ejercicio 2017, que integra la presente como Anexo 5 .
ARTÍCULO 7°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar a Contaduría
General de la Provincia, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido archivar.
Hernán Lacunza
Ministro de Economía
NOTA: Los anexos podrán ser consultados en el Ministerio de Economía
C.C. 6.108
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