Publicaciones de la Sección Oficial de 21 de Abril de 2021

AÑO CXII - Nº 28998 La Plata, miércoles 21 de abril de 2021.-
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretario General Dr. Federico Thea
Subsecretario Legal y Técnico Dr. Esteban Ta glianetti
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
· 2021 Año de la Salud y del Personal Sanitario ·
Decreto Nº 3/2021
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinoficial.gba.gob.ar
www.boletinoficial.gba.gob.ar
SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
RESOLUCIONES pág. 33
RESOLUCIONES
FIRMA
CONJUNTA
pág. 4747
DISPOSICIONES pág. 4848
LICITACIONES pág. 7777
COLEGIACIONES pág. 9494
TRANSFERENCIAS pág. 9595
CONVOCATORIAS pág. 9797
SOCIEDADES pág. 102102
SOCIEDADES POR
ACCIONES
SIMPLIFICADAS
pág. 110110
VARIOS pág. 111111
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > miércoles 21 de abril de 2021
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESOLUCIÓN N° 1145-MJGM-2021
LA PLATA, BUENOS AIRES
Martes 13 de Abril de 2021
VISTO el expediente electrónico N° EX-2020-19469829-GDEBA-HIGDJPMSALGP, por el cual tramita la designación de
Luciano CARABALLO, en el Hospital Interzonal General " Dr. José Penna" de Bahía Blanca, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 3061/12 y modificatorias del Ministerio de Salud, se formuló el llamado a concurso abierto de
ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determ inado en los artículos 5º y 21
inciso b) de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio D ecreto Nº
1719/91, para cubrir, entre otros, dos (2) cargos de Médico Asistente - Especialidad: Obstetricia, con un régimen horario de
treinta y seis (36) horas se manales guardia y tres (3) cargos de Médico Asistente - Ginecología, en el régimen horario de
36hs. semanales guardia, en el Hospital Interzonal General "Dr. José Penna" de Bahía Blanca, a partir del 4 de septiembre
de 2015.
Que obran copias debidamente certificadas de las actas labradas por el jurado, de las cuales se d esprende que se han
cumplimentado las etapas previstas por la resolución citad a, en lo referido a la realización del examen, el acto de consenso,
y el cómputo de antigüedad y antecedente.
Que, a fin de obtener la vacante respectiva, se propicia limitar por la presente, a partir del 4 de septiembre de 2015, la
designación de carácter interino del agente Luciano CARABALLO, en el mismo cargo, lugar de prestación de servicios y
régimen horario, que había sido efectuada con anterioridad.
Que el agente cuya designación se pro picia se desempeña de forma efectiva en un establecimiento hospitalario del
Ministerio de Salud, contando la mencionada jurisdicción con el cargo qu e se pretende cubrir de acuerdo con lo previsto en
el Presupuesto General Ejercicio 2021 - Ley N° 15.225.
Que obra en el expediente la totalidad de la documentación requerida en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471.
Que, por el Decreto N° 99/2020, se incorporó al Decreto N° 272/2017 E el artículo 4° bis, media nte el cual se delegó en el
Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros, la facultad de designar a l personal
comprendido en el artículo 7° incisos 1) y 2) de la Ley N° 10.471 y al personal previsto en la Ley N° 10.430 que cumpla
tareas esenciales y que desempeñe servicios efectivos en estable cimientos hospitalarios del Ministerio de Salud, previo
requerimiento fundado por la Dirección Provincial de Hos pitales, o aquella que en el futuro la reemplace.
Que, asimismo, el artículo 11 del mencionado Decreto N° 272/2017 E, modificado por el Decreto N° 99/2020, establece que
deberán tomar intervención la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsec retaría de Empleo Público y
Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público
dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas, intervenciones que se encuentran
acreditadas en las presentes actuaciones.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 272/2017 E y su m odificatorio
Decreto N° 99/2020, de conformidad con lo establecido en los artículos 5, 7 inciso 1) y 21 inciso b) de la Ley N° 10.471 y
sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91.
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE C ONFIERE EL DECRETO N° 272/2017 E
EL MINISTRO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
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