Publicaciones de la Sección Oficial de 19 de Enero de 2018

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Edición de 96 páginas
Suplemento de 16 páginas de Decretos
AÑO CIX
LA PLATA > VIERNES 19 DE ENERO DE 2018
N° 28.199
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
AUTORIDADES
Secretaria Legal y Técnica
Dra. María Fernanda Inza
Subsecretario de Desarrollo Institucional
Dr. Ignacio Jakim
Dirección Nacional de Derecho de Autor N° 146.195.
Los Documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deba producir desde el día de su
publicación en el Boletín Ocial.
SUMARIO
Decretos 3
Resoluciones 4
Licitaciones 27
Varios 36
Transferencias 38
Convocatorias 40
Colegiaciones 43
Sociedades 43
Remates 90
Agencias 90
Sucesorios 95
SECCIÓN OFICIAL > página 3
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Viernes 19 de enero de 2018
SECCIÓN OFICIAL
Decretos
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Decreto
Número: DECTO-2017-1098-E-GDEBA-GPBA
LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 27 de Diciembre de 2017
Referencia: expediente Nº 2319-11324/15
VISTO el expediente Nº 2319-11324/15 y acumulados del Instituto Provincial de Lotería y Casinos por el cual Gerónimo
CHICO, en su carácter de hijo de la ex agente fallecida Raquel Nora SCAFATI, solicita el pago del subsidio previsto por el
artículo 29 de la Ley Nº 10.430 reglamentada por el Decreto Nº 4161/96, el pago del subsidio previsto por el Decreto Nº 9507/80
modicado por su similar Nº 9614/80 (texto ordenado por Decreto Nº 1869/96), y el pago de la retribución especial sin cargo de
reintegro que prevé la Ley Nº 13.355 y su Decreto Reglamentario Nº 1859/05, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 29 de la Ley Nº 10.430 (texto ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su reglamentación aprobada mediante
Decreto Nº 4161/96, prevé el derecho a percibir los sueldos del mes del fallecimiento del agente y el subsiguiente, y todo otro
haber devengado y no percibido;
Que el Decreto Ley Nº 9507/80 instituye un subsidio, que por fallecimiento es equivalente a diez (10) veces el sueldo
asignado a la categoría inferior del agrupamiento personal administrativo (Ley Nº 10.430); siendo el otorgamiento de este
benecio excluyente de toda otra retribución o compensación que por igual concepto prevean otras normas, sean nacionales,
provinciales o municipales; debiendo abonarse al cónyuge supérstite siempre que no se encontrare divorciado o separado de
hecho sin voluntad de unirse. En el supuesto de no existir cónyuge supérstite en condiciones de percibir el benecio, este se
abonará en partes iguales a los hijos y, no habiéndolos, a los padres;
Que a fojas 2 se glosa el certicado de defunción y a fojas 7 y vta. del expediente acumulado N° 2319-11325/15, copia de
la Resolución 11407 Nº 61/15, mediante la cual se concreta el cese por fallecimiento de Raquel Nora SCAFATI a partir del 13
de marzo de 2015;
Que a fs. 3 obra acta de nacimiento de Gerónimo CHICO, hijo de la ex agente;
Que SCAFATI reunía a la fecha de defunción, la totalidad de los requisitos exigidos para acceder a la retribución especial
sin cargo de reintegro que prevé la Ley Nº 13.355 y su Decreto Reglamentario Nº 1859/05, habiendo efectuado la Dirección de
Contabilidad y Finanzas el correspondiente compromiso provisorio a fojas 62/63, el que se ajustará conforme al sueldo básico y
el adicional por antigüedad que percibió al 13 de marzo de 2015;
Que se han expedido en sentido favorable Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia, Fiscalía de
Estado y la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano, dependiente del Ministerio de Economía;
Que en consecuencia, procede dictar el pertinente acto administrativo que autorice el pago a favor del peticionante;
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 – proemio- de la Constitución de la Provincia
de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Autorizar a la Dirección Provincial de Administración y Finanzas del Instituto Provincial de Lotería y Casinos,
por los motivos expuestos en la parte considerativa, a abonar a Gerónimo CHICO (DNI Nº 29.230.036 – clase 1981), en su
carácter de hijo de la ex agente Raquel Nora SCAFATI (DNI Nº 11.642.657), el subsidio por fallecimiento que contempla el
artículo 29 de la Ley Nº 10.430 reglamentada por Decreto Nº 4161/96 (texto ordenado por Decreto Nº 1869/96), que suma
veintidós mil nueve pesos con setenta y cuatro centavos ($ 22.009,74) y el contemplado por el Decreto Ley 9507/80 modicado
por su similar Nº 9614/80, que suma diecinueve mil veinticuatro pesos con cuarenta centavos ($19.024,40), lo que en total arroja
un resultado de cuarenta y un mil treinta y cuatro pesos con catorce centavos ($41.034,14).
ARTÍCULO 2°: Abonar a Gerónimo CHICO la retribución especial sin cargo de reintegro que prevé la Ley Nº 13.355,
reglamentada por el Decreto Nº 1859/05, correspondiente a la ex agente SCAFATI, quien reunía a la fecha de defunción la
totalidad de los requisitos que contempla dicha normativa. El pago de esta retribución por un total de veintiocho mil cuatrocientos
noventa y nueve pesos con veintidós centavos ($28.499,22) se hará efectivo en la forma total y sin cargo de reintegro.
ARTÍCULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 1º y 2º de la presente, será atendido
por la Dirección de Contabilidad y Finanzas del Instituto Provincial de Lotería y Casinos con cargo a la Jurisdicción 11407
Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, Entidad 020, Finalidad 3, Función 2, Fuente 1, Financiamiento 2, ACE 01, Partida
Principal 1, Subprincipal 5, Presupuesto Ejercicio 2017 –Ley Nº 14.879-.
ARTÍCULO 4°: El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete
de Ministros.
ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar al Fiscal de Estado. Cumplido, archivar.
Federico Salvai María Eugenia Vidal
Ministro Gobernadora
Ministerio de Jefatura de Gabinete Gobierno de la Provincia
de Ministros de Buenos Aires

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