Publicaciones de la Sección Oficial de 19 de Agosto de 2016

A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Federico Salvai
Sr. Subsecretario
de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Boletín Oficial Dra. Selene López de la Fuente
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
Domicilio legal: Calle 3 y 523
Ciudad de La Plata (C.P. 1900) Provincia de Buenos Aires
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Dirección Nacional del Derecho del Autor Nº 146.195
Los documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deban producir
desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 27.848
AÑO CVII/ LA PLATA, VIERNES 19 DE AGOSTO DE 2016
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 40 páginas
y Suplemento de 8 páginas de Compras (Ley N° 14.815), Resoluciones
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 6410
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 6411
Varios ----------------------------------------------------------------- 6415
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 6425
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 6426
Colegiaciones ----------------------------------------------------------------- 6428
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 6428
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 6432
Varios ----------------------------------------------------------------- 6435
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 6444
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 6447
Sección Oficial
LA PLATA, VIERNES 19 DE AGOSTO DE 2016
PÁGINA 6410 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resoluciones
________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE TRABAJO
Resolución Nº 164
La Plata, 9 de agosto de 2016.
VISTO el Decreto N° 3.379/08 y su modificatorio N° 824/11 que crea el Plan de
Promoción, Preservación y Regularización del Empleo”, el Decreto N° 1.738/10 y su modi-
ficatorio N° 824/11 que crea el Programa de Apoyo a la capacitación en la Empresa y el
Decreto N° 2.978/10 y su modificatorio N° 824/11 y N° 101/12 que crea el Programa de
Igualdad de Oportunidades Laborales en el Ámbito Público Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que a través del dictado del Decreto la Provincia de Buenos Aires puso en marcha un
plan de empleo destinado a llevar adelante los siguientes objetivos, favorecer la inserción
laboral de los grupos más vulnerables de la población económicamente activa de la
Provincia de Buenos Aires, acompañar y sostener la generación de nuevos puestos de
trabajo en aquellos sectores económicos y regiones geográficas consideradas estratégi-
cas por el Gobierno Provincial, aumentar las condiciones de empleabilidad de las perso-
nas a emplearse incentivando la capacitación en la empresa, preservar los puestos de
aquellos trabajadores que prestan su labor en sectores y áreas geográficas que se
encuentren en situación de crisis y estimular el trabajo decente a través de la regulariza-
ción del empleo no registrado;
Que a los efectos de cumplir con los objetivos propuestos, y a favorecer la inserción de
la población económicamente activa en la Provincia de Buenos Aires en el mercado laboral;
Que el Decreto N° 3.379/08 prevé una suma equivalente hasta el cincuenta por cien-
to (50%) del Salario Mínimo, Vital y Móvil;
Que por Resolución N° 2/16 del Consejo Nacional de Empleo, la Productividad y el Salario
Mínimo Vital y Móvil se fijaron los topes del SMVyM para el año 2016 y principios de 2017;
Que en consecuencia, resulta oportuno y conveniente fijar nuevos montos que com-
prenda los aumentos en las remuneraciones mensuales de los trabajadores alcanzados
por los programas;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo
28 de la Ley N° 14.803 y el artículo 5° de los Decretos N° 3.379/08 y N° 2.978/10;
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Establecer que las sumas a otorgar a través de los Planes de
Promoción, Preservación y Regularización del Empleo, regulados por los Decretos N°
3.379/08 y sus modificatorios N° 1.738/10 y N° 2.978/10 y modificatorios, serán los
siguientes:
A partir de junio de 2016:
-Suma a beneficiarios en general, hasta Pesos tres mil cuatrocientos cinco ($ 3.405).
-Suma a beneficiarios registrados en la Red Federal de Empleo, hasta Pesos tres mil
cuatrocientos cinco ($ 3.405).
-Suma a beneficiarios con discapacidad, jóvenes de 16 a 25 años y preservación de
empleo, hasta tres mil cuatrocientos cinco Pesos ($ 3.405).
A partir de septiembre de 2016:
-Suma a beneficiarios en general, hasta Pesos tres mil setecientos ochenta ($ 3.780).
-Suma a beneficiarios registrados en la Red Federal de Empleo, hasta Pesos tres mil
setecientos ochenta ($ 3780).
-Suma a beneficiarios con discapacidad, jóvenes de 16 a 25 años y preservación de
empleo, hasta Pesos tres mil setecientos ochenta ($ 3.780).
ARTÍCULO 2º: Determinar que los montos establecidos en el artículo primero serán
aplicados a partir del mes de junio y septiembre del corriente año, respectivamente.
ARTÍCULO 3°: Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al
SINBA. Cumplido, archivar.
Marcelo Eugenio Villegas
Ministro de Trabajo
C.C. 11.128
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 480
La Plata, 13 de julio de 2016.
VISTO el expediente Nº 2402-139/16 mediante el cual se gestiona efectuar un llama-
do a Licitación Pública para la realización de la obra: “Impermeabilización de Losas y
Terrazas - Centro de las Artes del Espectáculo - Teatro Argentino”, en la localidad y par-
tido de La Plata, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Arquitectura ha elaborado la documentación técnica y
la Dirección de Compras y Contrataciones ha confeccionado la documentación legal, que
regirán el llamado y ejecución de la obra de referencia, con su respectivo presupuesto ofi-
cial, que responde a las normativas aprobadas para este tipo de realizaciones (Decreto N°
1.562/85 y normas complementarias y Resolución Nº 18/16);
Que el presupuesto oficial de la obra asciende a la suma de pesos ciento treinta y seis
millones cincuenta y cuatro mil trescientos setenta con ochenta y siete centavos
($136.054.370,87), a la que agregándole la suma de pesos un millón trescientos sesenta
mil quinientos cuarenta y tres con setenta y un centavos ($ 1.360.543,71) para el pago de
proyecto, dirección e inspección (artículo 8° Ley 6.021), la suma de pesos cuatro millones
ochenta y un mil seiscientos treinta y uno con trece centavos ($ 4.081.631,13) para la
reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modificatoria del artículo 8º de la Ley Nº 6.021 y
la suma de pesos un millón trescientos sesenta mil quinientos cuarenta y tres con seten-
ta y un centavos ($1.360.543,71) para embellecimiento (artículo 3° Ley 6.174), hace un
total de pesos ciento cuarenta y dos millones ochocientos cincuenta y siete mil ochenta
y nueve con cuarenta y dos centavos ($ 142.857.089,42), con un plazo de ejecución de
trescientos sesenta (360) días corridos;
Que en el marco del artículo 48 de la Ley Nº 6.021, el artículo 2.1.5 del Pliego de
Bases y Condiciones Legales Particulares, prevé el otorgamiento de un anticipo financie-
ro equivalente al veinte por ciento (20%) del monto contractual, previa constitución de
garantía a satisfacción de este Ministerio;
Que a fojas 113 ha tomado intervención la Dirección Provincial de Arquitectura;
Que a fojas 121 la Dirección de Presupuesto agrega planilla de asignación presupuestaria;
Que a fojas 220 el Consejo de Obras Públicas se expide en el marco de su compe-
tencia sin formular objeciones;
Que en consecuencia corresponde el dictado del pertinente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artícu-
los 9° y 13 de la Ley de Obras Públicas N° 6.021 y su reglamentación y el artículo 21 de
la Ley Nº 14.803;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprob ar la documentación técnica elaborada por la Dirección
Provincial de Arquitectura y la documentación legal confeccionada por la Dirección de
Compras y Contrataciones para el llamado y ejecución de la obra: “Impermeabilización de
Losas y Terrazas - Centro de las Artes del Espectáculo - Teatro Argentino”, en la locali-
dad y partido de La Plata, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de pesos ciento
treinta y seis millones cincuenta y cuatro mil trescientos setenta con ochenta y siete cen-
tavos ($ 136.054.370,87), a la que agregándole la suma de pesos un millón trescientos
sesenta mil quinientos cuarenta y tres con setenta y un centavos ($ 1.360.543,71) para el
pago de proyecto, dirección e inspección (artículo 8° Ley 6.021), la suma de pesos cua-
tro millones ochenta y un mil seiscientos treinta y uno con trece centavos ($ 4.081.631,13)
para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modificatoria del artículo 8º de la Ley Nº
6.021 y la suma de pesos un millón trescientos sesenta mil quinientos cuarenta y tres con
setenta y un centavos ($ 1.360.543,71) para embellecimiento (artículo 3° Ley 6.174), hace
un total de pesos ciento cuarenta y dos millones ochocientos cincuenta y siete mil ochen-
ta y nueve con cuarenta y dos centavos ($142.857.089,42), con un plazo de ejecución de
trescientos sesenta (360) días corridos, que agregada en copia como Anexo Único, que
consta de doscientas cuatro (204) fojas, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°. Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones para que de con-
formidad con la documentación y presupuesto aprobados por el artículo 1º, proceda a
efectuar un llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra de referencia, debien-
do publicar los avisos respectivos con una anticipación de quince (15) días hábiles y por
el término de cinco (5) días hábiles en el Boletín Oficial, por un (1) día en diarios locales y
regionales y hasta la fecha de apertura en la página Web de la Provincia de Buenos Aires,
conforme lo establecido en los Decretos N° 496/07 y N° 3.698/07.
ARTÍCULO 3°. Establecer que la presente gestión se atenderá con cargo a la siguien-
te imputación: Presupuesto 2016 - Ley N° 14.807 - PRG 7 - SUBP 3 - PROY 1922 - FIN
3 - FUN 4 - SUBF 2 - FF 11 - PPAL 4 - SP 2 - PAR 1 - UG 330.
ARTÍCULO 4°. Aprobar el otorgamiento, previa constitución de garantía, de un antici-
po financiero del veinte por ciento (20%) del monto del Contrato, conforme lo estableci-
do en el artículo 2.1.5 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares.
ARTÍCULO 5°. Dejar establecido que la Repartición contará con un plazo de 30 días
hábiles para producir el informe que establece el artículo 22 de la Ley N° 6.021 y que de sur-
gir impugnaciones, dicho plazo deberá ser contado a partir del día siguiente de vencido el
plazo para formularlas que establece el artículo 2º, apartado 12, de la Resolución N° 114/80.
ARTÍCULO 6°. Designar como integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas a
María Noel FERRER (D.N.I. 34.173.926), Carlos Santiago MAYANS (D.N.I. 33.862.858) y
Daniela Julieta GASTAÑAGA (D.N.I. 34.887.986), que intervendrán sólo y especialmente
en el proceso licitatorio correspondiente a la Licitación Pública citada en el artículo 1°.
ARTÍCULO 7°. Remitir al Honorable Tribunal de Cuentas copia de la presente, en
cumplimiento de su Acordada de fecha 8 de mayo de 1961.
ARTÍCULO 8°. Registr ar, co municar y girar a la Direc ción d e Comp ras y
Contrataciones. Cumplido, archivar.
Edgardo David Cenzón
Ministro de Infraestructura
y Servicios Públicos
C.C. 11.126

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