Publicaciones de la Sección Oficial de 17 de Noviembre de 2017

AÑO CVIII/ LA PLATA, VIERNES 17 DE NOVIEMBRE DE 2017 Nº 28.158
“AÑO 2017 CONMEMORACIÓN DEL TRIGÉSIMO QUINTO (35) ANIVERSARIO DE LA GESTA DE MALVINAS”
Edición de 74 páginas
Suplemento de Decretos y Resoluciones de 19 páginas
AUTORIDADES
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Joaquín de la Torre
Sr. Subsecretario Lic. Juan Pablo Becerra
de Coordinación Gubernamental
Sr. Director Provincial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
de Impresiones del Estado
y Boletín Ocial
Sra. Directora de Boletín Ocial Dra. María S. Carmona
Sra. Directora de Impresiones Dra. Silvia Noemí López
y Publicaciones del Estado
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Ciudad de La Plata (C.P. 1900) Provincia de Buenos Aires
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Los documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que
deban producir desde el día de su publicación en el Boletín
Ocial.
SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
Resoluciones -------------------------------------------------- 10217
Licitaciones -------------------------------------------------- 10222
Varios -------------------------------------------------- 10229
Transferencias -------------------------------------------------- 10240
Convocatorias -------------------------------------------------- 10242
Colegiaciones -------------------------------------------------- 10246
Sociedades -------------------------------------------------- 10246
SECCIÓN JUDICIAL
Remates -------------------------------------------------- 10250
Varios -------------------------------------------------- 10254
Sucesorios -------------------------------------------------- 10278
SECCIÓN JURISPRUDENCIA
Resoluciones ------------------------- 10286
Nómina de Diarios Inscriptos
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SECCIÓN OFICIAL / PÁGINA 10217
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LA PLATA, VIERNES 17 DE NOVIEMBRE DE 2017
RESOLUCIONES
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución
Número: RESOL-2017-604-E-GDEBA-MIYSPGP
BUENOS AIRES, LA PLATA
Jueves 2 de Noviembre de 2017
Referencia: Ex-2017-01861248 S/ Adjudicación.
VISTO el expediente Nº EX-2017-01861248-GDEBA-DPOHMIYSPGP
mediante el cual tramita el Concurso de Precios para la adjudicación de la
obra: “Ordenamiento de los Desagües Pluviales en el Partido de Hipólito
Yrigoyen”, en el partido de Hipólito Yrigoyen, y
CONSIDERANDO:
Que la presente gestión se encuadra en las previsiones establecidas
en la Ley Nº 14.812, reglamentada por el Decreto Nº 443/16, que declara
la emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios
públicos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, con la nalidad
de paliar el décit existente y posibilitar la realización de las acciones
tendientes a la promoción del bienestar general y en el marco de la
Emergencia Hídrica declarada mediante Decreto Nº 121/17 E;
Que mediante RESOL-2017-362-E-GDEBA-MIYSPGP de fecha 19
de septiembre de 2017, se aprobó la documentación y se autorizó a la
Dirección Provincial de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado
a Licitación Pública para la ejecución de la obra de referencia, con un
presupuesto ocial de pesos dieciocho millones doscientos siete mil
seiscientos sesenta y seis ($18.207.666), con un plazo de ejecución de
trescientos (300) días corridos;
Que en virtud del artículo 48 de la Ley Nº 6.021, el artículo 2.1.5 del
Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares prevé el otorgamiento
de un anticipo nanciero equivalente al treinta por ciento (30%) del
monto contractual, previa constitución de garantía a satisfacción de este
Ministerio;
Que se han cumplimentado las publicaciones en la página Web que
obran mediante IF-2017-03343699-GDEBA-DCOPMIYSPGP conforme
lo establecido en el artículo 3° de la Ley de Emergencia Nº 14.812 y su
Decreto Reglamentario Nº 443/16;
Que se recibieron seis (6) ofertas según surge del Acta de Apertura de
fecha 10 de octubre de 2017, agregada como IF-2017-03361465-GDEBA-
DCOPMIYSPGP;
Que la Comisión Evaluadora de Ofertas se expide mediante IF-2017-
03842650-GDEBA-DCOPMIYSPGP aconsejando adjudicar las referidas
labores a la empresa TREXCIN CONSTRUCCIONES S.A. por la suma de
pesos doce millones novecientos cuarenta y cuatro mil setecientos noventa
y ocho ($12.944.798), por considerar su propuesta la más conveniente al
interés scal;
Que en consecuencia, corresponde desestimar las ofertas de las
empresas GIACOIA DANIEL AGUSTIN, G Y C CONSTRUCCIONES
S.A., BRUNO CONSTRUCCIONES S.A., LUIS FRANCO RUSSO – PF
COMPAÑÍA CONSTRUCTORA S.A. – DESAGÜES HIPOLITO YRIGOYEN
– U.T. y GERÓNIMO RIZZO S.A., por no ser convenientes al interés scal;
Que mediante NO-2017-03964744-GDEBA-DCPMIYSPGP obra
intervención de la Dirección de Control Presupuestario;
Que mediante DOCFI-2017-03994869-GDEBA-DPMIYSPGP la
Dirección de Presupuesto realizó la imputación preventiva del gasto;
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
en el artículo 23 de la Ley Nº 6.021, el artículo 21 de la Ley Nº 14.853, la
Ley de Emergencia Nº 14.812 y su Decreto Reglamentario Nº 443/16 y el
Decreto Nº 121/17 E;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Aprobar el Concurso de Precios realizado por la
Dirección Provincial de Compras y Contrataciones para la adjudicación
de la obra: “Ordenamiento de los Desagües Pluviales en el Partido de
Hipólito Yrigoyen”, en el partido de Hipólito Yrigoyen, y declarar sucientes
las publicaciones efectuadas.
ARTÍCULO 2°: Adjudicar los trabajos para la ejecución de la
obra mencionada en el artículo precedente a la empresa TREXCIN
CONSTRUCCIONES S.A. por la suma de pesos doce millones novecientos
cuarenta y cuatro mil setecientos noventa y ocho ($12.944.798) para obra,
a la que agregándole la suma de ciento veintinueve mil cuatrocientos
cuarenta y siete con noventa y ocho centavos ($129.447,98) para
dirección e inspección y la suma de pesos trescientos ochenta y ocho mil
trescientos cuarenta y tres con noventa y cuatro centavos ($388.343,94)
para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modicatoria del artículo
8º de la Ley Nº 6.021, hace un total de pesos trece millones cuatrocientos
sesenta y dos mil quinientos ochenta y nueve con noventa y dos centavos
($13.462.589,92), estableciéndose un plazo de ejecución de trescientos
(300) días corridos.
ARTÍCULO 3°: Dejar establecido que en el presente ejercicio se
invertirá la suma de pesos cuatro millones quinientos mil ($4.500.000)
para obra, a la que agregándole la suma de cuarenta y cinco mil ($45.000)
para dirección e inspección, y la suma de pesos ciento treinta y cinco mil
($135.000) para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modicatoria
del artículo 8º de la Ley Nº 6.021, hace un total de pesos cuatro millones
seiscientos ochenta mil ($4.680.000).
ARTÍCULO 4°: Atender la suma mencionada en el artículo precedente
con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General Ejercicio
General 2017 – Ley 14.879 – CAT PRG – NRO 10 – PRY 3243 – FI 4 – FU
4 – FF 11/13 – PP 4 – PS 2 – PAR 2 – UG 295.
ARTÍCULO 5°: Tesorería General de la Provincia, previa intervención
de Contaduría General de la Provincia, transferirá a las respectivas
cuentas de terceros del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos
los importes correspondientes a las reservas para dirección e inspección y
para la establecida en la Ley Nº 14.052, modicatoria del artículo 8° de la
Ley Nº 6.021, para lo cual se procederá por la Dirección Provincial de Obra
Hidráulica a la formación de los respectivos alcances.
ARTÍCULO 6°: La Dirección Provincial de Obra Hidráulica deberá
adoptar los recaudos necesarios a efectos de contemplar en el diferido 2018
la suma de pesos ocho millones setecientos ochenta y dos mil quinientos
ochenta y nueve con noventa y dos centavos ($8.782.589,92), como
asimismo gestionará la transferencia de los importes correspondientes a
las reservas respectivas.
ARTÍCULO 7°: Aprobar el otorgamiento, previa constitución de
garantía, de un anticipo nanciero del treinta por ciento (30%) del monto
del Contrato, conforme lo establecido en el artículo 2.1.5 del Pliego de
Bases y Condiciones Legales Particulares.
ARTÍCULO 8°: Desestimar por no ser convenientes al interés scal
las ofertas presentadas por las empresas: GIACOIA DANIEL AGUSTIN,
G Y C CONSTRUCCIONES S.A., BRUNO CONSTRUCCIONES S.A.,
LUIS FRANCO RUSSO – PF COMPAÑÍA CONSTRUCTORA S.A. –
DESAGÜES HIPOLITO YRIGOYEN – U.T. y GERÓNIMO RIZZO S.A.
ARTÍCULO 9°: Proceder por la Dirección Provincial de Compras
y Contrataciones a desglosar y entregar bajo debida constancia, a las
empresas mencionadas en el artículo anterior o a quien legalmente
corresponda, las garantías que presentaran como aanzamiento de sus
ofertas.
ARTÍCULO 10: Dejar establecido que la presente contratación queda
sujeta a los términos del artículo 1º del Decreto Nº 4041/96.
ARTÍCULO 11: Oportunamente se dará la intervención de su
competencia a Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la
Provincia y Fiscalía de Estado conforme lo establecido en el artículo 5° del
Decreto Nº 121/17 E.
ARTÍCULO 12: Registrar, comunicar y girar a la Dirección Provincial
de Compras y Contrataciones. Cumplido, archivar.
Roberto Gigante
Ministro
Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos C.C. 13.538
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución
Número: RESOL-2017-10-E-GDEBA-MPGP
BUENOS AIRES, LA PLATA
Jueves 19 de Octubre de 2017
Referencia: 2166-654-2016.
VISTO el expediente Nº 2166-654/16, por el cual se propicia se
Declare de Interés Provincial al Corredor Bioceánico Trasandino del Sur-
Ruta Lógica, cuya cabecera se localiza en el puerto de la ciudad de Bahía
Blanca, comprendiéndolo en la “Integración Regional de los Corredores
Bioceánicos” en el Cono Sur, y
Sección Ocial
SECCIÓN OFICIAL / PÁGINA 10218
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LA PLATA, VIERNES 17 DE NOVIEMBRE DE 2017
CONSIDERANDO:
Que por Declaración de fecha 20 de octubre de 2016, el Honorable
Senado de la Provincia de Buenos Aires, vería con agrado se declare de
Interés Provincial lo citado en el exordio de la presente;
Que el puerto de la ciudad de Bahía Blanca cumple una función
preponderante para nuestra economía regional, ya que si bien parte
está situado en el Norte de la Patagonia Argentina-Chilena, naciendo en
el océano Atlántico, su cabecera se localiza en el mismo, el cual consta
de una profundidad excepcional que lo hace efectivo para las tareas de
operación con la producción regional de la Provincia de Buenos Aires. Esto
genera un desarrollo sustentable, inclusivo y recupera herramientas claves
para el crecimiento de las economías locales.
Que en vista del trabajo de ambas naciones en comunidad y del rol
mundial que esto comprende, el Banco interamericano de Desarrollo ha
avalado esta iniciativa, promoviendo la consolidación de la Organización
Mundial de ciudades y Plataformas Logísticas, cuyo asesor permanente
es la CEPAL. Lo que también, debido al impulso e interés de interés de
estos organismos puede llegar a redundar en la creación de proyectos
productivos que impulsen y reactiven la actividad zonal;
Que el trabajo para complementar la infraestructura del Corredor
Binacional está pendiente, a saber, mejora de las rutas, aanzar los
ferrocarriles, unicar los criterios en las zonas francas para con las
internacionales, entre otros, esta declaración da visibilidad al Corredor
Bioceánico, manifestando no sólo su importancia logística, sino económica
y social.
Que a fojas 6 tomó intervención la Subsecretaría de Industria,
Comercio y Minería manifestando su beneplácito a la declaración que se
propicia;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Decreto N° 272/17;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL
DECRETO N° 272/17 EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Declarar de Interés Provincial y adherir a los actos y
celebraciones de la nueva edición de la “ExpoCom”, llevada a cabo entre
los días 8 y 10 de octubre de 2016, en la ciudad de General Alvear.
ARTÍCULO 2°: El carácter que se otorga en el artículo 1° de la presente,
no importa asumir compromiso adicional, que pueda generar acciones
vinculantes, ni comprender aportes nancieros al Estado Provincial.
ARTÍCULO 3°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Ocial,
al SINBA y pasar a la Subsecretaría de Industria, Comercio y Minería.
Cumplido, archivar.
Javier Miguel Tizado
Ministro
Ministerio de Producción C.C. 13.481
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución
Número: RESOL-2017-5-E-GDEBA-MPGP
BUENOS AIRES, LA PLATA
Lunes 9 de Octubre de 2017
Referencia: 22400-39606-17.
VISTO el expediente Nº 22400-39606/17, mediante el cual tramita la
declaración de Interés Provincial del “VI Encuentro Provincial de Jeep”,
que se llevara a cabo entre los días 7 al 9 de octubre de 2017, en la
localidad de Cacharí, partido de Azul, Provincia de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que por nota obrante a fojas 2 el Intendente de la Municipalidad
de Azul, Federico Hernán BERTELLYS, solicita se declare de Interés
Provincial al encuentro referenciado en el exordio de la presente;
Que dicho evento organizado por la agrupación de Jeeperos de
Cacharí, se viene realizando desde hace seis (6) años, con una gran
recepción por parte de la comunidad local y una nutrida asistencia de otras
provincias;
Que resultará un atractivo turístico, movilizando el comercio local y
permitirá que esa Entidad colabore con otras instituciones locales;
Que el “VI Encuentro Provincial de Jeep” fue declarado de Interés
Municipal mediante Decreto Nº 1398/17 del Intendente de Azul;
Que la Subsecretaría de Turismo presta conformidad a la gestión que
se propicia a fojas 7;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Decreto N° 272/17 E;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL
DECRETO N° 272/17 E
EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Declarar de Interés Provincial el “VI Encuentro
Provincial de Jeep”, que se llevara a cabo entre los días 7 al 9 de octubre
de 2017, en la localidad de Cacharí, partido de Azul, Provincia de Buenos
Aires.
ARTÍCULO 2°: El carácter que se otorga en el artículo 1° de la
presente, no importa asumir compromiso adicional, que pueda generar
acciones vinculantes ni comprender aportes nancieros por parte de esta
Secretaría de Estado.
ARTÍCULO 3°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Ocial y al
SINBA. Cumplido, archivar.
Javier Miguel Tizado
Ministro
Ministerio de Producción
C.C. 13.496
Provincia de Buenos Aires
ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO
SOSTENIBLE
Resolución N° 30/17
La Plata, 25 de septiembre de 2017.
VISTO el expediente Nº 2145-12477/16, la Ley Nacional Nº 25.916,
las Leyes Provinciales Nº 11.723, Nº 13.592, Nº 14.853, el Decreto Nº
272/17 E, y
CONSIDERANDO:
Que se ha celebrado un Convenio Marco de Cooperación en materia
de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos entre este Organismo
Provincial para el Desarrollo Sostenible y el Municipio de San Vicente,
con el propósito de implementar acciones tendientes a la protección y
conservación del ambiente en cada una de las etapas que integran la
gestión de residuos sólidos urbanos, de conformidad con las previsiones
de la Ley Nacional Nº 25.916 y de las Leyes Provinciales Nº 11.723 y Nº
13.592, ello en el marco de la competencia que ostenta esta Autoridad
Ambiental, de acuerdo con lo establecido por la Ley Nº 14.803 modicada
por Ley N° 14.805 entonces vigentes;
Que en el referido instrumento se ha contemplado que las partes
denirán mediante Acuerdos Adicionales las acciones concretas a
implementar conforme los ejes trazados;
Que se ha celebrado un Acuerdo Adicional al Convenio Marco de
mención, el cual tiene por objeto el desarrollo de actividades en materia
de provisión de asistencia técnica y realización de tareas en orden a la
erradicación de basurales establecidos formalmente, la implementación
de sistemas de tratamiento y de estrategias de disminución de residuos
sólidos urbanos con destino a disposición nal, así como el fortalecimiento
institucional del municipio en la gestión integral de dichos residuos;
Que la iniciativa se endereza al cumplimiento de los objetivos de
política ambiental en materia de residuos sólidos urbanos, propendiendo
a la incorporación de tecnologías y procesos ambientalmente aptos y
adecuados a la realidad local y regional;
Que han tomado intervención la Asesoría General de Gobierno,
Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL
DECRETO Nº 272/17 E
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL
DESARROLLO SOSTENIBLE, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Aprobar el Acuerdo Adicional Nº 1 al Convenio Marco
de Cooperación en materia de Gestión Integral de Residuos Sólidos
Urbanos, celebrado el día 28 de octubre de 2016, entre este Organismo
Provincial para el Desarrollo Sostenible y el Municipio de San Vicente que,
como Anexo Único, integra la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°: Registrar, comunicar, noticar al Fiscal de Estado y al
Municipio de San Vicente. Cumplido, archivar.
Rodrigo Aybar Perlender
Director Ejecutivo
Nota: El Anexo Único podrá ser consultado en el sitio web del
Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible. C.C. 13.488

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