Publicaciones de la Sección Oficial de 15 de Septiembre de 2020

Fecha de publicación15 Septiembre 2020
SecciónSección Oficial
Número de Gaceta10540
AÑO CXI - Nº 28.853
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinoficial.gba.gob.ar
www.boletinoficial.gba.gob.ar
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretario General Dr. Federico Thea
Subsecretario Legal y Técnico Dr. Esteban Taglianetti
La Plata, martes 15 de septiembre de 2020.-
LLAMÁ AL 0800-222-0101
SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
Resolucionespág. 33
Disposicionespág. 1313
Disposiciones
Firma
Conjunta
pág. 1717
Licitacionespág. 1717
Variospág. 2626
Transferenciaspág. 4242
Convocatoriaspág. 4444
Sociedadespág. 4848
Sociedades Por
Acciones
Simplificadas
pág. 5959
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > martes 15 de septiembre de 2020
SECCIÓN OFICIAL > página 2
SECCIÓN OFICIAL
Resoluciones
MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCIÓN Nº 1553-MSALGP-2020
LA PLATA, BUENOS AIRES
Martes 8 de Septiembre de 2020
VISTO los Decretos N° 2209/11, Nº 2 72/17 E, las Leyes Nº 15164 y 13981 y su Decreto reglamentario Nº DECTO-2019-59-
GDEBA-GPBA y el expediente N°EX-2020-14434780-G DEBA-DPEGSMSALGP y
CONSIDERANDO:
Que por las pr esentes actuaciones se gestiona la aprobación del convenio suscripto entre este Mi nisterio de Salud y el
Laboratorio Industrial Farmacéutico Sociedad del Estado en su carácter de fiduciario d el “Fideicomiso Público de
Administración e Inversión Programa Provincial d e Producción Pública de Medicamentos” de la provincia de Santa Fe, en el
marco de la Ley N° 13.981 y su Decreto reglamentario N° 59/19;
Que mediante Decreto N° 2209 de fecha 15 de noviembre de 2011, se aprobaron los acuerdos Marco de Colaboración y
Asistencia Mutua y Particular N° 1, suscrip tos entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de
Salud de la provincia de Buenos Aires cuyo objeto radica en la implementación de políticas de aba stecimiento conjuntas o
individuales que se ejecutaran mediante la distribución gratuita de medicamentos a la población, en el ámbito jurisdiccional
provincial exclusivamente;
Que asimismo, el acuerdo Partic ular N° 1 establece en su claúsula primera que el Ministerio de Salud de la Provincia de
Santa Fe, en su carácter y en el de Presidente del Laboratorio Industrial Farmacéutico Sociedad del Estado (LIF SE),
autoriza a éste, conforme la Resolución LIF SE N° 59/19, a ejecutar las actuaciones correspondientes al Acuerdo Marco
referido, al acuerdo particular y a los sucesivos que se celebren en dicho ámbito, por cuenta y orden del M inisterio de Salud
y en cumplimiento de cometidos públicos atribuidos en el á mbito de su objeto;
Que el presente convenio tiene como finalidad el suministro a éste Ministerio de Salud de la Provi ncia de Buenos Aires de
ciento doce mil ochenta (112.080) comprimidos de Misoprostol por doscientos (200) microgramos, forma farmacéutica
comprimidos vaginales y disolución oral;
Que por la cláusula cuarta se establece el precio unitario por comprimido de Misoprostol en la suma de pesos doscientos
veinte con 00/100 ($ 220,00), siendo el monto total de la contratación de pesos veinticuatro millones seiscientos cincuenta y
siete mil seiscientos con 00/100 ($ 24.657.600,00);
Que la presente gestión s e encuadra en el artículo 18) apartado 2, inciso a) de la Ley N° 13.981, reglamentado por el el
artículo 18) apartado 2, inciso a), del Anexo I del Decreto Nº DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA;
Que han tomado intervención de su competencia, Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y
Fiscalía de Estado;
Que a orden N° 49 se acompaña el Conven io suscripto entre éste Ministerio de Salud y el Laboratorio Industria l
Farmacéutico Socieda d del Estado en su carácter de fiduciario del “Fideicomiso Público de Administración e Inversión
Programa Provincial de Producción Pública de Medicam entos” de la provincia de Santa Fe;
Que a ordenes N° 9 y 54 ha prestado conformidad para la continuidad del trámite el Subsecretario de Atención y Cuidados
Integrales en Salud y la Subsecretaria Técnica, Administra tiva y Legal;
Que a orden Nº 65 luce incorporada la correspondiente solicitud de gastos N° 16188 del Siste ma Integrado de Gestión y
Administración Financiera (SIGAF) asignada a tal fin para el ejercicio 2020;
Que en virtud de todo lo expuesto, corresponde aprobar el Convenio de marras;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 30 de la Ley N° 15164 y articulo 1°
inciso 5) del Decreto N° 272/17 E que establece: “Delegar en los señores Ministros, Secretarios del Poder Ejecutivo,
Titulares de los Organismos de la C onstitución y Asesor General de Gobierno, según las respectivas esferas de su
competencia delimitadas por la Ley de Ministerios o sus resp ectivas leyes orgánicas, de acuerdo a las normas que regulan
cada materia, el ejercicio de las sigu ientes facultades en materia administrativa atribuidas al Poder Ejecutivo de la Provincia
de Buenos Aires:…5) Aprobar convenios, excluidos los previstos en el artículo 144 inciso 10) de la Constitución de la
Provincia”;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES CONFER IDAS POR EL DECRETO N° 272/17 E
EL MINISTRO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Aprobar e l convenio suscripto entre éste Ministerio de Salud y el Laboratorio Industrial Farmacéutico
Sociedad del Estado en su cará cter de fiduciario del “Fideicomiso Público de Administración e Inversión Programa
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > martes 15 de septiembre de 2020
SECCIÓN OFICIAL > página 3

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