Publicaciones de la Sección Oficial de 13 de Agosto de 2019
| Fecha de publicación | 13 Agosto 2019 |
| Sección | Sección Oficial |
| Número de Gaceta | 140 |
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata
Provincia de Buenos Aires
Tel./Fax 0221 429.5621
e-mail info@boletinoficial.gba.gob.ar
www.boletinoficial.gba.gob.ar
AÑO CXAÑO CX
LA PLATA > MARTES 13 DE AGOSTO DE 2019
Nº 28581Nº 28581
2019 - Año del centenario del nacimiento de Eva María Du arte de Perón
-Ley 15104-
BOLETÍN
OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
AUTORIDADES
Gobernadora
Lic. María Eugenia VidalLic. María Eugenia Vidal
Secretario Legal y Técnico
Dr. José María GrippoDr. José María Grippo
Subsecretario Técnico
Dr. Nicolás Galvagni PardoDr. Nicolás Galvagni Pardo
Dirección Nacional de Derecho de Autor N° 146.195.
Los Documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deba producir desde el día
de su publicación en el Boletín Oficial.
SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
Resoluciones pág. 33
Resoluciones
Firma
Conjunta
pág. 44
Disposiciones pág. 44
Licitaciones pág. 99
Varios pág. 1616
Balances pág. 4747
Colegiaciones pág. 4848
Transferencias pág. 4848
Convocatorias pág. 5252
Sociedades pág. 5858
Sociedades Por
Acciones
Simplificadas
pág. 6464
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS A IRES
La Plata > martes 13 de agosto de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 2
SECCIÓN OFICIAL
Resoluciones
AGENCIA DE RECAUDACIÓN
RESOLUCIÓN NORMATIVA N° 24/19
LA PLATA, 07/08/2019
VISTO el expediente Nº 22700-26133/19, por el cual se propicia modificar el Sistema Integral de Multas regulado en la
Resolución Normativa N° 56/14; y
CONSIDERANDO:
Que la Agencia de Recaud ación recurre en forma permanente a lautilización de herramientas tecnológicas para la
realización de controles más inteligentes y menos intrusivo s respecto de los distintos sujetos obligados;
Que, de conformidad con lo indicado en el párrafo que antecede, mediante la Resolución Norm ativa N° 56/14 se
implementó el Sistema Integral de Multas, para la liquidación y el pago de las sanciones pecuniarias previstas en los Títulos
IX “De las infracciones a las obligaciones fiscales y deberes fiscales”, y X “De la incautación y decomisos de bienes” del
Libro Primero – Parte General del Código Fiscal (Ley Nº 10397,T.O. 2011 y modificatorias), en Leyes especiales y en las
demás normas complementarias de las cuales esta Agen cia de Recaudación resulta Autoridad de Aplicación;
Que es objetivo de este organismo recaudador prom over el acercamiento a los distintos sujetos obligados y facilitar el
cumplimiento de sus deberes fiscales, procurando los instr umentos que resulten necesarios para ello;
Que los últimos desarrollos alcanzados por este organismo permiten, en esta inst ancia, optimizar el funcionamiento del
Sistema Integral de Multas, lo q ue redundará en una mejora sustancial en la exposición y búsqueda de los datos asociados
a dichas sanciones, además de un avance considerable en la gestión de las mismas;
Que, por lo expuesto, corresponde readecuar la Resolució n NormativaN° 56/14;
Que han tomado intervención la Subdirección Ejecutiva de AccionesTerritoriales y Servicios, la Gerencia General de
Técnica Tributaria y Catastral, la Gerencia General de Co ordinación Jurídica, y sus dependencias;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferida s por la Ley Nº 13766;
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Sustituir el artículo 3° de la Resolución Normativa N° 56/14, por el siguiente: “ARTÍCULO 3°. Los volantes
de pago generados (R-112 A) tendrán una vigencia para su utilización que no podrá ser superior a los quince (15) días
hábiles. En caso de haberse vencido el volante de pago, podrá generarse uno nuevo, por un período de vigencia
equivalente al establecido en el presente párrafo. Los pagos deberán efectuarse en el Banco de la Provincia de Buenos
Aires o demás instituciones habilitadas al efecto, mediante l os medios regulados a tal fin.”
ARTÍCULO 2°. Sustituir el artículo 4° de la Reso lución Normativa N° 56/14, por el siguiente: “ARTÍCULO 4°. Establecer que
los contribuyentes y responsables comprendidos en la presen te Resolución deberán utilizar el formulario electrónico R-112
A, que integra el Anexo Único de la presente”.
ARTÍCULO 3°. Derogar el artículo 5° de la Resolución N ormativa N° 56/14.
ARTÍCULO 4°. Derogar el formulario R-112 V, que integ ra el Anexo Único de la Resolución Normativa N° 56/14.
ARTÍCULO 5°. Sustituir el Anexo Único de la Resolución Normativa N° 56/14, por el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 6°. La presente comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 7°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Bole tín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Gastón Fossati, Director
ANEXO/S
ANEXO UNICO 98b75eddd56bff1d6eff51b1ce09661cd6363f3c358093c7e7dd0d560fcd462e Ver
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS A IRES
La Plata > martes 13 de agosto de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 3
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