Publicaciones de la Sección Oficial de 12 de Enero de 2018

Domicilio Legal Calle 3 y 523 - La Plata
Provincia de Buenos Aires
Tel./Fax 0221 483.3044/ 421.0202/ 483.5431
e-mail diebo@gob.gba.gov.ar
www.gob.gba.gov.ar
Edición de 55 páginas
Suplementos de 237 páginas de Decretos
Suplemento de 42 páginas de Resoluciones y
Suplemento de 8 páginas de Resoluciones
AÑO CIX
LA PLATA > VIERNES 12 DE ENERO DE 2018
N° 28.194
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
AUTORIDADES
Secretaria Legal y Técnica
Dra. María Fernanda Inza
Subsecretario de Desarrollo Institucional
Dr. Ignacio Jakim
Director Provincial de Impresiones del Estado y Boletín Ocial
Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Directora de Boletín Ocial
Dra. María Carmona
Directora de Impresiones y Publicaciones del Estado
Dra. Silvia Noemí López
Dirección Nacional de Derecho de Autor N° 146.195.
Los Documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deba producir desde el día de su
publicación en el Boletín Ocial.
SUMARIO
Resoluciones 3
Licitaciones 9
Varios 18
Tranferencias 20
Convocatorias 21
Sociedades 23
Remates 44
Agencias 44
Sucesorios 52
SECCIÓN OFICIAL > página 3
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Viernes 12 de enero de 2018
SECCIÓN OFICIAL
Resoluciones
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución
VISTO el expediente Nº 22103-13730/16, mediante el cual se tramita la aprobación del Convenio Marco para la Implementación
de Acciones en Materia de Seguridad Vial, celebrado entre la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial, dependiente de
la Subsecretaría de Coordinación Gubernamental del Ministerio de Gobierno y la Municipalidad de Salliqueló, y su Acuerdo
Complementario Nº 1, y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado Convenio, tiene por objeto generar acciones para profundizar y mejorar los canales de comunicación,
trabajo y coordinación institucional para la implementación de acciones en materia de seguridad vial, desarrollando para ello,
acciones de cooperación, complementación y asistencia técnica, económica o de servicios, siempre dentro de un marco de
respeto mutuo en el ejercicio de las competencias;
Que por el Acuerdo Complementario, las partes establecen la instrumentación del Sistema Único de Administración de
Infracciones de Tránsito Provincial (SACIT), previendo que su ejecución se efectivice a través del Registro Único de Administración
de Infracciones de Tránsito, en adelante (RUIT), y generar, por intermedio de software especíco, información digital para la
automatización del Tribunal de Faltas Municipal;
Que por la Ordenanza 1709/17, emanada del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Salliqueló, y su Decreto
Promulgatorio Nº 249/17, se autorizó la celebración del Convenio Marco y su Acuerdo Complementario Nº 1, que por el presente
acto se aprueban;
Que han tomado intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y
Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20, inciso 9 de la Ley Nº 14.853 y el
artículo 1º, inciso 5 del Decreto Nº 272/17 E;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 272/17 E, EL MINISTRO DE GOBIERNO DE
LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el Convenio Marco para la Implementación de Acciones en Materia de Seguridad Vial, celebrado
entre la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial, representada por su titular, Dr. Pablo FAPPIANO y el Municipio de
Salliqueló, representado por el Señor Intendente, Jorge Alberto FERNÁNDEZ, que como Anexo GEDEBA N° IF-2017-03144285-
GDEBA-DTAMGGP, forma parte integrante de esta Resolución.
ARTÍCULO 2º. Aprobar el Acuerdo Complementario Nº 1, celebrado entre la Dirección Provincial de Política y Seguridad
Vial y el Municipio de Salliqueló, representada por su titular, Dr. Pablo FAPPIANO y el Municipio de Salliqueló, representado por
el Señor Intendente, Jorge Alberto FERNÁNDEZ, que como Anexo GEDEBA N° IF-2017-03144252-GDEBA-DTAMGGP, forma
parte integrante de esta Resolución.
ARTÍCULO 3º. Registrar, noticar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar y dar al Boletín Ocial. Cumplido, archivar.
CONVENIO MARCO
IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL
EN EL MUNICIPIO DE SALLIQUELO
La Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Gubernamental del
Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por su titular, Doctor Pablo Fappiano, por una
parte, en adelante “LA DIRECCIÓN, por la otra la Municipalidad de Salliqueló, representada en este acto por el Señor Intendente,
Juan Alberto Fernández, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, en adelante “LAS PARTES” y
CONSIDERANDO
Que la seguridad vial consiste en la prevención de los siniestros de tránsito o la minimización de sus efectos, especialmente
para la vida y la salud de las personas.
Que es función de la Provincia, garantizar al ciudadano el ejercicio del derecho a la circulación, en condiciones que aseguren
la integridad de las personas que transiten por la vía pública.
Que la política de seguridad vial forma parte de la política de protección de los Derechos Humanos, resultando los siniestros
de tránsito consecuencia de una sumatoria de factores evitables.
Que es indispensable generar acciones que tiendan hacia la unicidad de criterios y conductas, a los efectos de generar
políticas coherentes para el tratamiento de los diferentes aspectos de la problemática.
Que la problemática vial requiere de un proceso integral de reeducación de la sociedad en su conjunto, a partir de instancias
de regulación, prevención, control y sanción, todas ellas íntimamente relacionadas entre sí.
Que los siniestros que ocurren en la provincia de Buenos Aires constituyen una situación que requiere ser tenida como
prioridad en la agenda pública a partir de un abordaje integral de sus distintos factores.
Que los municipios no escapan a este agelo por lo que se hace necesario e indispensable trabajar en políticas conjuntas y
coordinadas que generen mayores resultados para paliar esta problemática.
Que el municipio como entidad natural fundada en la convivencia y la solidaridad, y como organización social, política y
jurídica resulta la institución más cercana al individuo lo que va a permitir de mejor modo encaminar las acciones del gobierno
para satisfacer las necesidades de la comunidad.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR