Publicaciones de la Sección Oficial de 11/10/2022
Fecha de publicación | 11 Octubre 2022 |
Sección | Sección Oficial |
AÑO CXIII - Nº 29361 La Plata, martes 11 de octubre de 2022.-
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretaria General Lic. Agustina Vila
Subsecretaria Legal y Técnica Dra. María Sol B erriel
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinoficial.gba.gob.ar
www.boletinoficial.gba.gob.ar
Sumario
DECRETOS 3
RESOLUCIONES 5
RESOLUCIONES FIRMA CONJUNTA 61
DISPOSICIONES 61
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL 64
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS 69
LICITACIONES 70
COLEGIACIONES 98
TRANSFERENCIAS 98
CONVOCATORIAS 100
SOCIEDADES 106
ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA
ELÉCTRICA 118
VARIOS 120
Sección
Oficial
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > martes 11 de octubre de 2022
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
◢ DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO Nº 1370/2022
LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 28 de Septiembre de 2022
VISTO el expediente EX-2022-17466 857-GDEBA-DPTLMIYSPGP por el cual se propicia la asignación de un subsidio a los
Distribuidores municipales del servicio público de distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción de la Provincia de
Buenos Aires para el año 2022, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 11.769 y modificatorias (Texto ordenado por Decreto Nº 1868/04) se estableció el Mar co Regulatorio
Eléctrico de la Provincia de Buenos Aires;
Que el artículo 3° de la citada Ley establece que la Provinc ia ajustará su política en materia de energía eléctrica a diversos
objetivos, en particular, a p romover las actividades económicamente viables en la producción, transporte y distribución de
electricidad, así como a alentar inversiones para asegurar el abastecimiento y el acceso a la energía eléctrica a los
usuarios del servicio, a corto, mediano y largo plazo;
Que la Provincia tiene el rol de planificar y promover el desarrollo electroenergético provincial, asegurando metas de
expansión y de mejoramiento del servicio;
Que la Ley Nº 15.165 declaró el estado de emergencia social, económica, productiva y energética en el ámbito de la
Provincia de Buenos Aires, como así tamb ién la prestación de los servicios y l a ejecución de los contratos a cargo del
sector público provincial, centralizado, descentralizado, orga nismos autónomos, autárquicos, y de la Constitución;
Que mediante el Decreto N° 6/2020 se delegaron en el Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos las fac ultades
establecidas en los artículo s 21 y 22 de la Ley N° 15.165, durante la vigencia de la emergencia declarada por la citada
norma;
Que con posterioridad sobrevino la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) a tenor de la
enfermedad por el nuevo coronavirus (COVID-19);
Que en el ámbito provincial, el Decreto N° 132/2020 ra tificado por Ley N° 1 5.174, declaró la emergencia sanitaria en el
territorio bonaerense, por el término de ciento ochenta (180) días a par tir de su dictado y sus sucesivas prórrogas por los
Decretos Nº 771/2020, Nº 106/2021, Nº 7 33/2021 (ratificado por Ley N°15.310) y Nº 383 /22 hasta el 31 de d iciembre de
2022;
Que e l Decreto Nº 1176/2020 prorrogó por el término de un (1) año, las emergencias en materia de seguridad pública,
política y salud penitenciaria, infraestructur a, hábitat, vivienda y servicios pú blicos, administrativa y tecnológica y social,
económica, producti va y energética en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, como así también la prestación de los
servicios y la ejecución de los contratos a cargo del sector público provincial, centralizado, descentralizado, organismos
autónomos, autárquicos, de la Constitución, aun cuando sus estatutos, cartas orgánicas o leyes especiales requieran una
inclusión e xpresa para su aplicaci ón, declaradas por las Leyes Nº 14.806, Nº 14.812, Nº 14.815 y Nº 15.165,
respectivamente;
Que en esta instancia , cabe mencionar que el artículo 88 de la Ley Nº 15.310 de Presupuesto 2022 prorroga a partir de su
vencimiento y por el término de dos (2) años, la emergenc ia económica y energética, entre otras, y la sanitaria aún vigente;
Que con sustento en las emergencias antes referenciadas, mediante las Resoluciones Nº 576/2020, Nº 227/2021, todas
ellas del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, se prorrogó s ucesivamente el congelamiento tarifario del
servicio público de distribución de energía eléctrica;
Que en ese marco, mediante las Resolucione s Nº 439/2021 y Nº 499/2022 del M inisterio de Infraestructura y Servicios
Públicos, se efectuaron aumentos del Valor Agregado de Distrib ución (VAD) a trasladar a los usuarios morigerados en
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