Publicaciones de la Sección Oficial de 11 de Junio de 2020

AÑO CXI - Nº 28.789
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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretario General Dr. Federico Thea
Subsecretario Legal y Técnico Dr. Esteban Taglianetti
La Plata, jueves 11 de junio de 2020.-
Fondo de Asistencia Municipal para la Atención
No Hospitalaria de Pacientes con COVID-19
Decreto Nº 495/2020
Reglamentación para la implementación de la
medida del "Distanciamiento Social, Preventivo
y Obligatorio” y para el desarrollo de las
Actividades y Servicios Exceptuados del
“Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio"
Decreto N° 498/2020
SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
Decretos pág. 33
Resoluciones pág. 88
Disposiciones pág. 2525
Licitaciones pág. 2626
Varios pág. 3333
Transferencias pág. 3333
Convocatorias pág. 3434
Sociedades pág. 3535
Sociedades Por
Acciones
Simplificadas
pág. 4040
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > jueves 11 de junio de 2020
SECCIÓN OFICIAL > página 2
SECCIÓN OFICIAL
Decretos
DECRETO Nº 491/2020
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 8 de Junio de 2020
VISTO el expediente EX-2020-0568489 2-GDEBA-DDDPPMDCGP mediante el cual se propicia la d esignación de Laureano
Javier GEYMONAT, en el cargo de Responsable de la Oficina de Sistemas d e Información y Seguimiento de Programas,
con rango y remuneración equivalente a Director, en el ám bito del Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 77/20 se aprobó la estructura orgánico funcional del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad y
del Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia;
Que se propicia la designación, a partir del 1° de ma rzo de 2020, de Laureano Javier GEYMONAT, en el cargo de
Responsable de la Oficina de Sistemas de Información y S eguimiento de Programas, con rango y remuneración equivalente
a Director;
Que es importante destacar que Laureano Javier GEYMONAT reúne las condiciones y aptitudes para desempeñarse en el
cargo en el que ha sido propuesto;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dire cción Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de
Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura d e Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de
Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de H acienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad c on lo establecido en los artículos 107, 108 y 109 de la Ley Nº
10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su reglamentación aprobada por Decreto N° 4161/96;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la
Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUEN OS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Designar, en la Jurisdicción 1.1.1.18, Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Organismo Provincial de la
Niñez y Adolescencia, a partir del 1° de marzo de 2020, en el cargo de Responsable de la Oficina de Sistemas de
Información y Seg uimiento de Programas, con rango y remuneración equivalente a Director, a Laureano Javier
GEYMONAT (DNI N° 24.892.791 - Clase 1975), de conf ormidad con lo establecido en los artículos 107, 108 y 109 de la Ley
N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96.
ARTÍCULO 2º. El presente Decreto será re frendado por los Ministros Secretarios en los Dep artamentos de Desarrollo de la
Comunidad y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Bole tín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Andres Larroque, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador
DECRETO Nº 495/2020
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 8 de Junio de 2020
VISTO el expediente N° EX-2020-11567062-GDEBA-SSLYTSGG, mediante el cual se propi cia crear el “Fondo de
Asistencia Municipal para la Atención No Hospitalaria de P acientes con COVID-19”, y
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 11 de mar zo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el brote del nuevo coronavirus
como una pandemia, luego de que el número de personas infectadas por COVID-19 a nivel global llegará a ciento dieciocho
mil quinientos cincuenta y cuatro (118.554) y el número de muertes a cuatro mil doscientos ochenta y uno (4.281),
afectando hasta ese momento a ciento diez (110) países;
Que el mencionado virus que causa el COVID-19 produce enfermedades respiratorias, conociéndose que la principal vía
de contagio es de persona a persona;
Que desde entonces se ha constatado la propagación de casos del nuevo coronavirus COVID-19 en numerosos países de
diferentes continentes, llegando a nuestra región y a nuestro país, suponiendo un riesgo para la salud pública que exige
una respuesta inmediata y coordinada para contener la enfermedad e interrumpir la propagación y el contagio;
Que la evolución de la situación epidemiológica exigió una respuesta estatal inmediata, a través de medidas urgentes y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > jueves 11 de junio de 2020
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