Publicaciones de la Sección Oficial de 11 de Octubre de 2016
A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Federico Salvai
Sr. Subsecretario
de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Boletín Oficial Dra. Selene López de la Fuente
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
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desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 27.884
AÑO CVII/ LA PLATA, MARTES 11 DE OCTUBRE DE 2016
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 56 páginas
y Suplementos de 16 páginas de
Varios
y 8 páginas de Compras (Ley N° 14.815) y Resoluciones
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 8106
Disposiciones ----------------------------------------------------------------- 8109
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 8109
Varios ----------------------------------------------------------------- 8118
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 8138
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 8139
Colegiaciones ----------------------------------------------------------------- 8141
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 8141
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 8144
Varios ----------------------------------------------------------------- 8145
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 8155
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Nómina de Diarios Inscr iptos
en la Suprema Corte de Justicia ----------------------------------------------------------------- 8159
Sección Oficial
LA PLATA, MARTES 11 DE OCTUBRE DE 2016
PÁGINA 8106 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resoluciones
________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 779
La Plata, 28 de septiembre de 2016.
VISTO el expediente N° 2402-130/16 mediante el cual se gestiona efectuar un llama-
do a Licitación Pública para la realización de la obra: "Recuperación y Puesta en Valor del
Edificio Teatro Martín Fierro", en la localidad y partido de La Plata, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Arquitectura ha elaborado la documentación técnica y
la Dirección de Compras y Contrataciones ha confeccionado la documentación legal, que
regirán el llamado y ejecución de la obra de referencia, con su respectivo presupuesto ofi-
cial, que responde a las normativas aprobadas para este tipo de realizaciones (Decreto N°
1.562/85 y normas complementarias y Resolución Nº 18/16);
Que el presupuesto oficial de la obra asciende a la suma de pesos ciento cincuenta
millones cuatrocientos ochenta y nueve mil ochocientos ochenta y uno con veintiséis cen-
tavos ($ 150.489.881,26), a la que agregándole la suma de pesos un millón quinientos
cuatro mil ochocientos noventa y ocho con ochenta y un centavos ($ 1.504.898,81) para
pago de proyecto, dirección e inspección (artículo 8° Ley N° 6.021), la suma de pesos un
millón quinientos cuatro mil ochocientos noventa y ocho con ochenta y un centavos ($
1.504.898,81) para embellecimiento (artículo 3° Ley N° 6.174) y la suma de pesos quince
millones cuarenta y ocho mil novecientos ochenta y ocho con trece centavos ($
15.048.988,13) para ampliaciones, modificaciones e ítems nuevos, hace un total de pesos
ciento sesenta y ocho millones quinientos cuarenta y ocho mil seiscientos sesenta y siete
con un centavo ($ 168.548.667,01), con un plazo de ejecución de cuatrocientos ochenta
(480) días corridos;
Que en el marco del artículo 48 de la Ley N° 6.021, el artículo 2.1.5 del Pliego de
Bases y Condiciones Legales Particulares, prevé el otorgamiento de un anticipo financie-
ro equivalente al treinta por ciento (30%) del monto contractual, previa constitución de
garantía a satisfacción de este Ministerio;
Que ha tomado intervención la Dirección Provincial de Arquitectura;
Que a fojas 642 la Dirección de Presupuesto agrega planilla de asignación presu-
puestaria;
Que a fojas 762 el Consejo de Obras Públicas se expide en el marco su competencia
sin formular objeciones;
Que en consecuencia corresponde el dictado del pertinente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artícu-
los 9º y 13 de la Ley de Obras Públicas Nº 6.021 y su reglamentación, y el artículo 21 de
la Ley N° 14.803;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprob ar la documentación técnica elaborada por la Dirección
Provincial de Arquitectura y la documentación legal confeccionada por la Dirección de
Compras y Contrataciones para el llamado y ejecución de la obra: "Recuperación y
Puesta en Valor del Edificio Teatro Martín Fierro", en la localidad y partido de La Plata,
cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de pesos ciento cincuenta millones cuatro-
cientos ochenta y nueve mil ochocientos ochenta y uno con veintiséis centavos ($
150.489.881,26), a la que agregándole la suma de pesos un millón quinientos cuatro mil
ochocientos noventa y ocho con ochenta y un centavos ($ 1.504.898,81) para pago de
proyecto, dirección e inspección (artículo 8° Ley N° 6.021), la suma de pesos un millón
quinientos cuatro mil ochocientos noventa y ocho con ochenta y un centav os
($1.504.898,81) para embellecimiento (artículo 3°, Ley N° 6.174) y la suma de pesos quin-
ce millones cuarenta y ocho mil novecientos ochenta y ocho con trece centavos ($
15.048.988,13) para ampliaciones, modificaciones e ítems nuevos, hace un total de pesos
ciento sesenta y ocho millones quinientos cuarenta y ocho mil seiscientos sesenta y siete
con un centavo ($ 168.548.667,01), con un plazo de ejecución de cuatrocientos ochenta
(480) días corridos, que agregada en copia como Anexo Único, que consta de quinientas
sesenta y cuatro (564) fojas, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°. Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones para que de con-
formidad con la documentación y presupuesto aprobados por el artículo 1°, proceda a
efectuar un llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra de referencia, debien-
do publicar los avisos respectivos con una anticipación de quince (15) días hábiles y por
el término de cinco (5) días hábiles en el Boletín Oficial, por un (1) día en diarios locales y
regionales y hasta la fecha de apertura en la página Web de la Provincia de Buenos Aires,
conforme lo establecido en los Decretos N° 496/07 y N° 3.698/07.
ARTÍCULO 3°. Establecer que la presente gestión se atenderá con cargo a la siguien-
te imputación: Presupuesto 2016 - Ley N° 14.807 - PRG NRO 7 - SUBP 3 - PRY 1738 -
FIN 3 - FUN 4 - SUBF 2 - F.F. 11 - PPAL 4 - SP 2 - PAR 1 - UG 675.
ARTÍCULO 4°. Aprobar el otorgamiento, previa constitución de garantía, de un antici-
po financiero del treinta por ciento (30%) del monto del Contrato, conforme lo estableci-
do en el artículo 2.1.5 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares.
ARTÍCULO 5°. Dejar establecido que la Repartición contará con un plazo de 30 días
hábiles para producir el informe que establece el artículo 22 de la Ley N° 6.021, y que de
surgir impugnaciones, dicho plazo deberá ser contado a partir del día siguiente de venci-
do el plazo para formularlas que establece el artículo 2°, apartado 12, de la Resolución N°
114/80.
ARTÍCULO 6°. Designar como integrantes de Ia Comisión Evaluadora de Ofertas a
Daniela Julieta GASTAÑAGA (D.N.I. 34.887.986), Carlos Santiago MAYANS (D.N.I.
33.862.858) y María Noel FERRER (D.N.I. 34.173.926), que intervendrán sólo y especial-
mente en el proceso licitatorio correspondiente a la Licitación Pública citada en el artícu-
lo 1º.
ARTÍCULO 7°. Remitir al Honorable Tribunal de Cuentas copia de la presente, en
cumplimiento de su Acordada de fecha 8 de mayo de 1961.
ARTÍCULO 8°, Regist rar, c omunicar y girar a l a Dire cción de Compras y
Contrataciones. Cumplido, archivar.
Edgardo David Cenzón
Ministro de Infraestructura y
Servicios Públicos
C.C. 13.445
Provincia de Buenos Aires
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 777
La Plata, 28 de septiembre de 2016.
VISTO el expediente N° 2400-2138/16 mediante el cual se gestiona efectuar un lla-
mado a Licitación Pública para la realización de la obra: "Puesta en Valor Hogar Provincial
para Mujeres Víctimas de Violencia de Género”, en la localidad y partido de Ensenada, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Arquitectura ha elaborado la documentación técnica y
la Dirección de Compras y Contrataciones ha confeccionado la documentación legal, que
regirán el llamado y ejecución de la obra de referencia, con su respectivo presupuesto ofi-
cial, que responde a las normativas aprobadas para este tipo de realizaciones (Decreto N°
1.562/85 y normas complementarias y Resolución N° 18/16);
Que el presupuesto oficial de la obra asciende a la suma de pesos siete millones dos-
cientos ocho mil novecientos cincuenta con ochenta y siete centavos ($ 7.208.950,87), a
la que agregándole la suma de pesos setenta y dos mil ochenta y nueve con cincuenta y
un centavos ($ 72.089,51) para pago de proyecto, dirección e inspección (artículo 8° Ley
N° 6.021), la suma de pesos doscientos dieciséis mil doscientos sesenta y ocho con cin-
cuenta y tres centavos ($ 216.268,53) para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052,
modificatoria del artículo 8° de la Ley N° 6.021 y la suma de pesos setenta y dos mil
ochenta y nueve con cincuenta y un centavos ($ 72.089,51) para embellecimiento (artícu-
lo 3º Ley N° 6.174), hace un total de pesos siete millones quinientos sesenta y nueve mil
trescientos noventa y ocho con cuarenta y dos centavos ($ 7.569.398,42), con un plazo
de ejecución de ciento ochenta (180) días corridos;
Que en el marco del artículo 48 de la Ley N° 6.021, el artículo 2.1.5 del Pliego de
Bases y Condiciones Legales Particulares, prevé el otorgamiento de un anticipo financie-
ro equivalente al treinta por ciento (30%) del monto contractual, previa constitución de
garantía a satisfacción de este Ministerio;
Que toma intervención la Dirección Provincial de Arquitectura;
Que a fojas 114 la Dirección de Presupuesto agrega planilla de asignación presu-
puestaria;
Que a fojas 201 el Consejo de Obras Públicas se expide en el marco de su compe-
tencia sin formular objeciones;
Que en consecuencia corresponde el dictado del pertinente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artícu-
los 9° y 13 de la Ley de Obras Públicas N° 6.021 y su reglamentación, y el artículo 21 de
la Ley N° 14.803;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Apro bar la documentación técnica elaborada por la Dirección
Provincial de Arquitectura y la documentación legal confeccionada por la Dirección de
Compras y Contrataciones para el llamado y ejecución de la obra: "Puesta en Valor Hogar
Provincial Para Mujeres Víctimas de Violencia de Género", en el partido de Ensenada,
cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de pesos siete millones doscientos ocho mil
novecientos cincuenta con ochenta y siete centavos ($ 7.208.950,87), a la que agregán-
LA PLATA, MARTES 11 DE OCTUBRE DE 2016
PROVINCIA DE BUENOS AIRES | BOLETÍN OFICIAL PÁGINA 8107
dole la suma de pesos setenta y dos mil ochenta y nueve con cincuenta y un centavos ($
72.089,51) para pago de proyecto; dirección e inspección (artículo 8° Ley N° 6.021), la
suma de pesos doscientos dieciséis mil doscientos sesenta y ocho con cincuenta y tres
centavos ($ 216.268,53) para la reserva establecida en la Ley N° 14.052, modificatoria del
artículo 8° de la Ley N° 6.021 y la suma de pesos setenta y dos mil ochenta y nueve con
cincuenta y un centavos ($ 72.089,51) para embellecimiento (artículo 3° Ley N° 6.174),
hace un total de pesos siete millones quinientos sesenta y nueve mil trescientos noventa
y ocho con cuarenta y dos centavos ($ 7.569.398,42), con un plazo de ejecución de cien-
to ochenta (180) días corridos, que agregada en copia como Anexo Único, que consta de
ciento ochenta y cinco (185) fojas, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°. Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones para que de con-
formidad con la documentación y presupuesto aprobados por el artículo 1°, proceda a
efectuar un llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra de referencia, debien-
do publicar los avisos respectivos con una anticipación de quince (15) días hábiles y por
el término de cinco (5) días hábiles en el Boletín Oficial, por un (1) día en diarios locales y
regionales y hasta la fecha de apertura en la página Web de la Provincia de Buenos Aires,
conforme lo establecido en los Decretos N° 496/07 y N° 3.698/07.
ARTÍCULO 3°. Establecer que la presente gestión se atenderá con cargo a la siguien-
te imputación: Presupuesto 2016 - Ley N° 14.807 - CAT PRG - NRO 9 - SUBP 2- PRY
1459 - FIN 1- FUN 3 - F.F. 11- P. PPAL 4 - SP 2 - PARC 1- UG 675.
ARTÍCULO 4°. Aprobar el otorgamiento, previa constitución de garantía, de un antici-
po financiero del treinta por ciento (30%) del monto del Contrato, conforme lo estableci-
do en el artículo 2.1.5 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares.
ARTÍCULO 5°. Dejar establecido que la Repartición contará con un plazo de 30 días
hábiles para producir el informe que establece el artículo 22 de la Ley N° 6.021, y que de
surgir impugnaciones, dicho plazo deberá ser contado a partir del día siguiente de venci-
do el plazo para formularlas que establece el artículo 2°, apartado 12, de la Resolución N°
114/80.
ARTÍCULO 6°. Designar como integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas a
María Noel FERRER (D.N.I. 34.173.926), Carlos Santiago MAYANS (D.N.I. 33.862.858) y
Daniela Julieta GASTAÑAGA (D.N.I. 34.887.986), que intervendrán sólo y especialmente
en el proceso licitatorio correspondiente a la Licitación Pública citada en el artículo 1°.
ARTÍCULO 7°. Remitir al Honorable Tribunal de Cuentas copia de la presente, en
cumplimiento de su Acordada de fecha 8 de mayo de 1961.
ARTÍCULO 8°. Regist rar, c omunicar y girar a l a Dire cción de Compras y
Contrataciones. Cumplido, archivar.
Edgardo David Cenzón
Ministro de Infraestructura y
Servicios Públicos
C.C. 13.446
Provincia de Buenos Aires
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 128
La Plata, 28 de septiembre de 2016.
VISTO el expediente N° 2417-1256/16, el artículo 34 del Decreto-Ley N° 6.378/57 y
las políticas públicas lIevadas adelante por la Secretaría de Gestión de Transporte de la
Nación, autorizando nuevos ajustes tarifarios a los Servicios Públicos interurbanos inter-
jurisdiccionales, y
CONSIDERANDO: .
Que mediante la Resolución N° 39/2016 de la Secretaría de Gestión de Transporte del
Ministerio de Transporte de la Nación se ha procedido a actualizar las bases tarifarias para
los servicios interurbanos de autotransporte público de pasajeros de su jurisdicción,
siguiendo el incremento de costos de explotación de lo mismos;
Que resulta evidente la traslación incremental de valores específicos de explotación
también en los servicios de jurisdicción provincial, entendiendo necesario y procedente en
esta oportunidad, compensar el defasaje tarifario producido desde el dictado de la
Resolución Nº 554 de fecha 14 de septiembre de 2015 de la entonces Agencia Provincial
del Transporte hasta el presente;
Que dicha medida se fundamenta en el hecho de hallarse afectada negativamente la
ecuación económico-financiera de los prestadores, cuya incidencia sólo es posible equi-
parar mediante una adecuación de la base tarifaria conforme lo dispuesto por el artículo
34 del Decreto Ley N° 16.378/57 Ley Orgánica del Transporte de Pasajeros y en concor-
dancia a lo previamente decidido en el orden nacional;
Que corresponde readecuar los factores de cáIculo a fin de equilibrar la base tarifaria
provincial con la tarifa nacional surgida del estudio de costos de explotación propio de la
jurisdicción;
Que el Departamento Costos y Tarifas de la Dirección de Transporte de Pasajeros
dependiente de la Dirección Provincial de Transporte Automotor de esta Subsecretaría de
Transporte ha tomado la intervención de su competencia mediante informe técnico de
fecha 16 de agosto del corriente año, proponiendo homologar la base tarifaria provincial
de los servicios interurbanos y/o rurales a su similar nacional;
Que han tomado la intervención de su competencia la Asesoría General de Gobierno,
la Contaduría General de la Provincia y tomó Vista el señor Fiscal de Estado;
Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el
Decreto Ley Nº 16.378/57, su reglamentación Decreto N° 6.864/58 y el artículo 1 inciso 21
del Decreto Nº 230 del 28 de marzo de 2016;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO N° 230/16
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Establecer las Bases Tarifarias aplicables por pasajero-kilómetro para
los Servicios Interurbanos y/o Rurales correspondiente al autotransporte público de pasa-
jeros de la jurisdicción provincial, para cada una de las categorías de servicios, a saber:
a. Servicios Ordinarios:………………… 0,7841 $/km./pas.
b. Servicios con Aire Acondicionado:... 0,9387 $/km./pas.
c. Servicios Semi Cama:………………. 1,1044 $/km./pas.
d. Servicios Cama Ejecutivo:………….. 1,2590 $/km./pas.
e. Servicios Cama Suite:………………. 1,4578 $/km./pas.
ARTÍCULO 2. Establecer los factores de estacionalidad y de corrección de la tarifa
final, que obran a continuación:
mes factor
Enero 1,10
Febrero 1,10
Marzo 1,10
Abril 1,05
Mayo 1,05
Junio 1,05
Julio 1,10
Agosto 1,05
Septiembre 1,05
Octubre 1,05
Noviembre 1,00
Diciembre 1,10
Factor de corrección aplicable a la tarifa final
Límite máximo: 1,10
Límite mínimo: 0,85
ARTÍCULO 3º. Establecer que para el cálculo de las tarifas se aplicará un redondeo
de veinticinco centavos ($ 0,25).
ARTÍCULO 4º. Fijar una Tarifa Mínima para los servicios Interurbanos y/o Rurales
correspondiente al autotransporte público de pasajeros de la jurisdicción provincial de
pesos doce con veinte centavos ($ 12,20).
ARTÍCULO 5º. Las empresas permisionarias deberán presentar ante la Dirección de
Transporte de Pasajeros dependiente de la Dirección Provincial del Transporte Automotor
de la Subsecretaría de Transporte los cuadros tarifarios de rigor para su homologación,
detallando la adecuación a la categoría y denominación de los servicios que se encuen-
tran prestando conforme la clasificación, conteniendo el texto literal que fue incorporado
por el último párrafo del artículo 1º de la Disposición N° 574/10 de la entonces Dirección
Provincial de Transporte, establecido en consonancia con la Ley N° 14.080 modificatoria
del artículo 32 del Decreto-Ley N° 16.378/57, dentro de Ios cinco (5) días posteriores a la
publicación de la presente con carácter de Declaración Jurada.
ARTÍCULO 6º. Determinar que las empresas estarán obligadas a la aplicación de las
tarifas cuyos cuadros sean homologados por la Subsecretaría de Transporte, cumpliendo
los plazos y las pautas de publicidad establecidos en el artículo 78 del Decreto N°
6.864/58. Asimismo, cualquier cambio que tuviere lugar en el marco de las bandas tarifa-
rias optativas, solo podrá aplicarse por el prestador, luego de su exhibición al público
durante el término de cinco (5) días contado a partir de su nueva homologación.
ARTÍCULO 7º. Registrar. Comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Edgardo David Cenzón
Ministro de Infraestructura y
Servicios Públicos
C.C. 13.490
Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Resolución Normativa N° 29
La Plata, 27 de septiembre de 2016.
VISTO el expediente Nº 22700-2883/16, por el que se propicia actualizar la regla-
mentación del artículo 208 del Código Fiscal -Ley Nº 10.397 (T.O. 2011) modificatorias; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 208 del Código Fiscal establece que los contribuyentes del Impuesto
sobre los Ingresos Brutos que empleen personas con capacidades diferentes, que revis-
ten en la categoría de tutelados o liberados según el artículo 161 de la Ley Nº 12.256 y
modificatorias y/o que hayan sido declaradas judicialmente víctimas del delito de trata de
personas o sus delitos conexos según la Ley Nacional N° 26.364 y modificatoria, podrán
imputar, en la forma y condiciones que establezca la Agencia de Recaudación, el equiva-
lente al cincuenta por ciento (50%) de las remuneraciones nominales que éstas perciban,
como pago a cuenta del citado impuesto;
Que, mediante las Resoluciones Normativas N° 39/11, 27/12 y 46/12, esta Autoridad
de Aplicación reglamentó diversos aspectos de la aplicación del beneficio mencionado;
Que, en esta oportunidad, corresponde unificar y actualizar la reglamentación esta-
blecida en las citadas Resoluciones, contemplando expresamente la situación de los con-
tribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que empleen a personas declaradas
judicialmente víctimas del delito de trata o sus delitos conexos según la Ley Nacional Nº
26.364 y modificatoria, conforme la modificación introducida en el citado artículo 208 del
Código Fiscal, por la Ley Nº 14.739;
Que han tomado intervención la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro,
la Gerencia General de Técnica Tributaria y Catastral, y sus dependencias;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13.766;
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
Capítulo I. Aplicación del beneficio.
ARTÍCULO 1º. Establecer que, a los fines de aplicar el pago a cuenta previsto en el
artículo 208 del Código Fiscal, se entenderá por remuneración nominal percibida por los
Para continuar leyendo
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