Publicaciones de la Sección Oficial de 10 de Junio de 2019

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AÑO CXAÑO CX
LA PLATA > LUNES 10 DE JUNIO DE 2019
Nº 28539Nº 28539
2019 - Año del centenario del nacimiento de Eva María Du arte de Perón
-Ley 15104-
BOLETÍN
OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
AUTORIDADES
Gobernadora
Lic. María Eugenia VidalLic. María Eugenia Vidal
Secretario Legal y Técnico
Dr. José María GrippoDr. José María Grippo
Subsecretario Técnico
Dr. Nicolás Galvagni PardoDr. Nicolás Galvagni Pardo
Dirección Nacional de Derecho de Autor N° 146.195.
Los Documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deba producir desde el día
de su publicación en el Boletín Oficial.
SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
Decretos pág. 33
Resoluciones pág. 1818
Disposiciones pág. 3030
Licitaciones pág. 3333
Varios pág. 4848
Colegiaciones pág. 6262
Transferencias pág. 6262
Convocatorias pág. 6565
Sociedades pág. 7171
Sociedades Por
Acciones
Simplificadas
pág. 8282
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS A IRES
La Plata > lunes 10 de ju nio de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 2
SECCIÓN OFICIAL
Decretos
DECRETO N° 537-GPBA-19
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 23 de Mayo de 2019
VISTO el expediente Nº 22.700-4481/16 de la Agen cia de Re caudación de la Provincia de Buenos Aires, por el cual se
propicia regularizar la situación de revista de diversos agen tes que prestan servicios como chofer, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 2567/10 se estableció un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y las
bonificaciones remunerativas no bonificables del setenta por ciento (70%) y del cincuenta por ciento (50%) del salario
básico, a los agen tes que se desempeñaran como chofe res en el ámbito de la Agencia de Recaudación de la Pr ovincia de
Buenos Aires, y estuvieran incluidos en el anexo A y el anex o B de la norma citada, respectivamente;
Que del análisis efectuado en el proceso de determinación de los plan teles básicos, se detectó la necesidad de excluir del
anexo A del Decreto N° 2567/10 a los agentes mencionados en el anexo I (IF 2018 29621889 GDEBA GG CJARBA) del
presente, y del anexo B a los ex agentes Ángel Rafael COLAVITA y Rubén Alberto MONTI, a p artir de las fechas que en
cada caso se indica, toda vez que cesaron en sus funciones p or distintas causas;
Que por otra parte se impulsa incluir en el anexo A del Decreto N° 2567/10, con excepción d e lo dispuesto en el artículo 7°
de dicha norma y a partir del 1° de Enero de 2016, a los ag entes mencionados en el anexo II del presente (IF 2018
29621938 GDE BA GGCJARBA), tod a vez que prestan servicios actualmente como choferes, y asignarles la bonificación
contemplada en el artículo 3° del mismo régimen;
Que además se gestiona incorporar al anexo B de la norma referida a Matías CALABRESE y Ángel Norberto MACÍAS, a
partir del 1° de Enero de 2016 y hasta el 1° de Mayo de 2018 en que culminaron las tareas plenas que se les habían
asignado, y asignarles la bonificación contemplada en el a rtículo 4° del mismo régimen;
Que respecto de Sandra Rufina SAAVEDRA, corresponde incluirla en el anexo A del Decreto N° 2567/10, con excepción
del artículo 7 del mismo, desde el 1° de Enero d e 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2017, en que dejó de prestar servicios
en tal carácter, y dar por asignada a su favor la bonificación d el artículo 3° del mismo régimen;
Que dichas gestiones se impulsan a partir de fecha cierta por motivos de servicio, como excepción al artículo 11 del
Decreto N° 272/17 E;
Que a efectos de atender adecuadamente las necesidades y requerimientos operativos de la Agencia de Recaudación,
corresponde disponer el cambio al agrup amiento servicio, especialidad chofer, de los agentes Juan Manuel AISPURU,
Hugo Maximili ano DIPASCUAL, Hernán Alejandro MARCOZ, Matías Ezequiel MONTI y Ariel Sebastián CAUSA, quienes
revistan en el agrupamiento té cnico, y el cambio a la especialidad chofer de los agentes Maximiliano Ezequiel DONADÍO y
Gustavo Marcelo VEINTICINQUE, quienes revistan en el agrupamiento s ervicio, con especialidades de ordenanza y correo,
respectivamente;
Que por consecuencia proce de la inclusión en el anexo A del Decreto N° 2567/10, con excepción de lo dispuesto en el
artículo 7° de dicha norma, de los agentes nominados en el anexo III (IF 2018 29621740 GDEBA GGCJARBA ), a partir de
la fecha de notificación del presente acto administrativo, la asignación del régim en de cuarenta y ocho (48) horas
semanales de labor, y el pago de las bonificaciones prevista s en el artículo 3° del Decreto N° 2567/10;
Que el agente Juan Manuel AIS PURU será reubicado en la categoría 15 del agrupamiento servicio, y mantendrá a los fines
salariales la categoría 18, por aplicación del artículo 163 de la Ley N° 10.430 (texto ordenado por Decreto N° 1869/96);
Que obran en las actuaciones co pias certificadas de las autorizaciones de manejo, de las licencias de conducir y
certificaciones expedidas por la Gerencia de Logística y Servicios Generales de la Gerencia General de Administración,
perteneciente a la Subdirección Ejecutiva de Administración y Tecnología de la Agencia de Recaudación, respecto de la
prestación de servicios de los interesados;
Que la adecuación presupuestaria que ameritan los movimientos que se propician, se efectú an conforme los términos de la
Ley Nº 15.078, aprobatoria del presupuesto general ejercicio 2019;
Que han tomado la intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia, la Dirección Provincial de
Presupuesto Público, la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público, ambas dependientes del Ministerio
de Economía, y la Dirección Provincial de Relaciones Laborales, dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano del
Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que ha dictaminado Asesoría General de Gobierno y se ha conferido la vista pertinente al Fiscal de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemio - de la Constitución de
la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BU ENOS AIRES
DECRETA
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La Plata > lunes 10 de ju nio de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 3

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