Publicaciones de la Sección Oficial de 10 de Marzo de 2017
A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Joaquín de la Torre
Sr. Subsecretario
de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Boletín Oficial Dra. Selene López de la Fuente
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
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Los documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deban producir
desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 27.987
AÑO CVIII/ LA PLATA, VIERNES 10 DE MARZO DE 2017
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 48 páginas
y Suplemento de 24 páginas de Decretos y Resoluciones
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Decretos ----------------------------------------------------------------- 1586
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 1586
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 1589
Varios ----------------------------------------------------------------- 1597
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 1606
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 1607
Colegiaciones ----------------------------------------------------------------- 1610
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 1610
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 1613
Varios ----------------------------------------------------------------- 1614
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 1627
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Nómina de Diarios Inscr iptos
en la Suprema Corte de Justicia ----------------------------------------------------------------- 1631
Sección Oficial
LA PLATA, VIERNES 10 DE MARZO DE 2017
PÁGINA 1586 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Decretos
________________________________________________
DEPARTAMENTO DE AGROINDUSTRIA
DECRETO 130
La Plata, 15 de febrero de 2017.
VISTO el expediente N° 22500-35130/16, por medio del cual tramita la aprobación del
Convenio Marco suscripto entre el Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos
Aires y la empresa YPF S.A., y
CONSIDERANDO:
Que el objeto del instrumento legal cuya aprobación se impulsa, es el acuerdo de las
partes en analizar en forma conjunta, acciones direccionadas a la sustentabilidad energé-
tica del sector agropecuario, principalmente de aquellas energías renovables;
Que las acciones que se prevén, podrán incluir trabajos de investigación, experimen-
tación, difusión, intercambio de conocimientos o técnicas, como así también la formación
y capacitación de personal de la otra parte suscriptora y de toda otra actividad que las
partes consideren de utilidad;
Que el presente Convenio Marco tendrá una duración de tres (3) años a partir de su
aprobación, período que podrá ser prorrogado por acuerdo de partes y rescindido antes
del vencimiento de su plazo, a condición de dar aviso fehaciente a la otra parte con una
antelación no menor a los noventa (90) días;
Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de
la Provincia, y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo
144 –Proemio– de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Aproba r el Con venio Mar co suscrip to entre el Minist erio de
Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires y la empresa YPF S.A., cuyo texto pasa a
formar parte integrante del presente como anexo único.
ARTÍCULO 2°. Facultar al Ministro Secretario en el Departamento de Agroindustria, a
aprobar los Convenios Específicos, Acuerdos, Protocolos, Addendas, etcétera, que se
suscriban como consecuencia del Convenio Marco aprobado en el artículo 1°.
ARTÍCULO 3º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en
los Departamentos de Agroindustria, y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar y dar al
Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Leonardo J. Sarquís María Eugenia Vidal
Ministro de Agroindustria Gobernadora
Federico Salvai
Jefe de Gabinete
de Ministros
CONVENIO MARCO
ENTRE EL MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y LA EMPRESA YPF S.A.
Entre el Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires, en adelante "EL
MINISTERIO", representado en este acto por su Titular, Ing. Leonardo SARQUÍS, con
domicilio en calle 12 esquina 51, Centro Administrativo Gubernamental Torre I "Dr.
Alejandro Korn", piso 7°, de la ciudad de La Plata, por una parte, y la empresa YPF S.A.
en adelante "LA EMPRESA", representada en este acto por su apoderado, Marcos Miguel
BROWNE (quien posee Poder Especial otorgado mediante escritura número doscientos
veintidós), con domicilio en calle Macacha Güemes 515 de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, por otra parte, acuerdan celebrar el presente Convenio Marco, el que se
regirá por las siguientes Cláusulas:
PRIMERA: Ambas partes acuerdan analizar en forma conjunta acciones apuntadas a
la sustentabilidad energética del sector agropecuario, principalmente referidas al desa-
rrollo de energías renovables. Dichas acciones podrán incluir trabajos de investigación,
experimentación, difusión, intercambio de conocimientos y técnicas, formación y capaci-
tación de personal de la otra parte, y toda otra actividad que las partes consideren útiles
y pertinentes a los fines de este Convenio Marco.
SEGUNDA: Ambas partes suscriptoras reconocen mutuamente tener interés para
proponer iniciativas de trabajos, estudios, planes y programas de acción, que, en caso de
previo acuerdo, se plasmarán en convenios específicos, y tendrán como referencia al pre-
sente Convenio Marco.
TERCERA: Se deja expresa constancia que la firma del presente Convenio Marco no
significa obstáculo alguno para que las partes signatarias, en forma conjunta o individual,
puedan concretar similares acuerdos con otras Entidades o Instituciones interesadas en
fines análogos. Asimismo, se aclara por la ejecución del presente Convenio Marco ningu-
na de las partes, ni sus afiliadas, quedará obligada frente a la otra, a celebrar contrato vin-
culante o comprometer el desarrollo de proyecto alguno de cualquier naturaleza que fuera.
CUARTA: El presente Convenio Marco tendrá una duración de tres (3) años a partir de
su aprobación por parte de las autoridades respectivas, período que podrá ser prorroga-
do por acuerdo de partes. En caso de que alguna de las partes quisiera dar por termina-
do el presente Convenio Marco antes del vencimiento de su plazo, podrá hacerlo en cual-
quier momento, a condición de dar aviso fehaciente a la otra parte con una antelación no
menor a noventa (90) días.
QUINTA: Ambas partes se comprometen a llevar adelante los propósitos del presente
Convenio Marco con un espíritu de cooperación y buena fe, resolviendo en forma directa
e inmediata cualquier diferencia que pudiere surgir como consecuencia del cumplimiento
de este instrumento. Si no obstante ello las diferencias persistiesen, las partes acuerdan
someterse a la jurisdicción de los Tribunales Contencioso - Administrativos competentes,
con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderles.
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto, en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 27 días del mes de septiem-
bre de dos mil dieciséis.
Marcos Brown Leonardo J. Sarquís
VP Gas & Energía Ministro de Agroindustria
Resoluciones
________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
Resolución Nº 1
La Plata, 22 de febrero de 2017.
Expediente Nº 2166-542/16
Aprobar el Acuerdo Marco de Cooperación y Asistencia Legal y Técnica y el Acta
Complementaria Nº 1, celebrados entre la Secretaría Legal y Técnica y la Municipalidad
de Necochea, que como Anexos I y II, forman parte integrante del presente.
C.C. 2.775
Provincia de Buenos Aires
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
Resolución Nº 2
La Plata, 22 de febrero de 2017.
Expediente Nº 2166-941/16
Aprobar el Acuerdo Marco de Cooperación y Asistencia Legal y Técnica y el Acta
Complementaria Nº 1, celebrados entre la Secretaría Legal y Técnica y la Municipalidad
de Quilmes, que como Anexos I y II, forman parte integrante del presente.
C.C. 2.776
Provincia de Buenos Aires
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
Resolución Nº 3
La Plata, 22 de febrero de 2017.
Expediente Nº 2166-942/16
Aprobar el Acuerdo Marco de Cooperación y Asistencia Legal y Técnica y el Acta
Complementaria Nº 1, celebrados entre la Secretaría Legal y Técnica y la Municipalidad
de Hipólito Yrigoyen, que como Anexos I y II, forman parte integrante del presente.
C.C. 2.777
NOTA: El contenido de la publicación de las resoluciones extractadas, es
transcripción literal del instrum ento recibido oportunamente de cada
Jurisdicción, conforme Circular Conjunta Nº 1/10 e instrucciones dispuestas
por nota del 19/10/12 de la Dirección Provincial de Coordinación Institucional
y Planificación de la Secretaría Legal y Técnica.
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