Publicaciones de la Sección Oficial de 09/09/2024

Fecha de publicación09 Septiembre 2024
SecciónSección Oficial
AÑO CXV - Nº 29829 La Plata, lunes 09 de septiembr e de 2024.-
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretaria General Lic. Agustina Vila
Subsecretaria Legal y Técnica Dra. María Sol B erriel
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinoficial.gba.gob.ar
www.boletinoficial.gba.gob.ar
Sumario
LEYES 3
RESOLUCIONES 4
RESOLUCIONES FIRMA CONJUNTA 34
DISPOSICIONES 58
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL 68
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS 68
LICITACIONES 69
COLEGIACIONES 79
TRANSFERENCIAS 80
CONVOCATORIAS 82
SOCIEDADES 87
SOCIEDADES POR ACCIONES
SIMPLIFICADAS 102
VARIOS 102
Sección
Oficial
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > lunes 09 de septiembre de 2024
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
LEYES
LEY Nº 15.493
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia d e Buenos Aires
sancionan con fuerza de Ley
ARTÍCULO 1°: D eclárase Fies ta Provincial a la Fiesta Regional del Camionero y el Agricultor, que se celebra en la
localidad de Mechongué, partido de General Alvarado, pro vincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°: Inclúyase la misma en el calendario turísti co provincial y dispóngase su difusión.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los
quince días del mes de agosto de dos mil veinticuatro.
Dip. Alejandro Dichi ara, Presidente Honorable Cámara de Diputados; Veronica Magario, Presidenta Honorable Senado;
Gervasio Bozzano, Secretario Legislativo Honorable Cámara de Diputados; Luis Rolando Lat a, Secreta rio Legislativo
Honorable Senado
E-393/22-23
Registrada bajo el número QUINCE MIL CUATROCIE NTOS NOVENTA Y TRES (15.493).-
La Plata, 9 de septiembre de 2024.
Lic. Facundo E. Aravena, Director de Registro Oficial y Coordinación Admi nistrativa, Subsecretaría Legal y Técnica.
LEY N° 15.494
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia d e Buenos Aires
sancionan con fuerza de Ley
ARTÍCULO 1°: Establécese el día 22 de julio de cada año com o “Día Provincial de las Tareas de Cuidado y del Trabajo no
Remunerado” en coincidencia con el Día Internacional del Trabajo Doméstico, establecido en 1983 durante el Segundo
Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe.
ARTÍCULO 2°: Se promoverá la realizaci ón, en dicho día, de actividades informativas y de capacitación con el fin de
sensibilizar y reflexionar sobre el trabajo no remunerado, poniendo en valor el trabajo doméstico, las tareas de cuidado y
las acciones de apoyo para otros hogares, para la comunidad y voluntario, como así también visibilizar la desigual
distribución de estas tareas desde la perspectiva de género, reconociendo el aporte sustancial de las mujeres en las
mismas.
ARTÍCULO 3°: El Poder Ejecutivo determinará la Autorid ad de Aplicación de la presente Ley.
ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los
quince días del mes de agosto de dos mil veinticuatro.
Dip. A lejandro Dichiara, Presidente Honorable Cámara de Diputados; Veroni ca Magario, Presidenta Honorable
Senad o; Gervasio Bozzano, Secretario Legislativo Honorable Cámara de Diputados; Luis Rolando Lata, Secretario
Legislativo Honorable Senado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > lunes 09 de septiembre de 2024
SECCIÓN OFICIAL > página 3

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