Publicaciones de la Sección Oficial de 08 de Julio de 2022

DE LA PRO V I N C I A DE BUENOS AIRES
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Día de la Independencia
9 de julio
O CXIII - Nº 29.297 La Plata, viernes 8 de julio de 2022.-
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretaria General Lic. Agustina Vila
Subsecretaria Legal y Técnica Dra. María Sol Berriel
Arte de tapa: Agustina La Ferrara, DCV.
Sumario
RESOLUCIONES 3
RESOLUCIONES FIRMA CONJUNTA 51
DISPOSICIONES 52
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL 62
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS 71
LICITACIONES 78
COLEGIACIONES 96
TRANSFERENCIAS 97
CONVOCATORIAS 99
SOCIEDADES 104
SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS 114
ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA
ELÉCTRICA 114
VARIOS 116
Sección
Oficial
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > viernes 08 de julio de 2022
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESOLUCIÓN Nº 1942-MJGM-2022
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 9 de Junio de 2022
VISTO el expediente electrónico N° EX-2021-21499422-GDEBA-DSTAMJGM por el cual tramita el reconocimiento de
gasto por el “Servicio de enlaces de datos de la Red Única Provincial de Comunicación de Datos (RUPC D), bajo el régimen
de recon ocimiento por provisión de servicios sin el correspondiente amparo contractual, de car ácter excepcional
denominado “legítimo abono”, conforme lo dispuesto por el Decreto N° 523/2018 y del Decreto N° 845/2020, para el
período comprendido entre el 15 de diciembre de 2020 y el 28 de julio de 2021, a favor de la firma Ertach S.A.- Telecom
Argentina S.A (UT) , y
CONSIDERANDO:
Que la Subsecretaría de Gobierno Digital de este Ministerio de Jefatura de Ga binete de Ministros propicia el
reconocimiento del gasto por el servicio indicado en el Visto, bajo la figura del legítimo abono prevista en el Decreto N°
523/2018 y su Anexo I -Cuadro de Competencias y Niveles de Decisión-, reemplazado por Anexo Único del Decreto N°
845/2020, mediante el GEDO: PV-2021-22095884-GDE BA-SSGDMJGM.
Que a través Decreto N° 166/20 17 se aprobó el Convenio suscripto entre el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros
de la Provincia de B uenos Aires y ERTACH SA - PRIMA SA (UTE), m ediante el cual se contrató el servicio de Transmisión
de Datos necesarios para la Red Única Provincial de Com unicación de Datos (RUPCD).
En el instrumen to de referencia, se es tipuló un plazo de pre stación del servicio de veinticuatro (24) meses, computables a
partir de la fecha de su suscripción siendo el mismo el con fecha 1° de mayo de 2017, reservándose la Provincia e l
derecho de prorrogarlo por un período de SEIS (6) meses .
Que mediante Decreto N° DECTO-2019 -443-GDEBA-GPBA, se aprobó la prórroga por el término de seis (6) meses,
contados a partir del 1° de mayo de 2019 y h asta el 31 de octubre de 2019, delservicio de Transmisión de Datos necesarios
para la Red Única Provincial de Comunicación de Datos (RUPCD) contratado con la firma ERTACH S.A - CABLEVISION
S.A. (UTE), conforme lo dispuesto por la Cláusula Tercera -Parte II- del Convenio a probado a través del Decreto N°
166/2017, en el marco de lo regulado por el artículo 7, Inciso F) de la Ley N° 13.981 y su Decreto Reglamentario.
Que por EX-2019-07579593-GDEBA- DGTYAMJGM se dio inicio a la Licitación Pública N° 31-0066- LPU19 tendiente a
renovar el servicio de enlace de datos de la Red Única Provincial de Comunicación de Datos, autorizándose mediante
Resolución N° 71/2019 y su rectificatoria N° 78/2019, emanadas de la por entonces Subsecretaría para la Modernización
del Estado, a través de la cual la empresa CENTURYLINK ARGENTINA S.A. (C.U.I.T. N° 30-62674717-1) resultó
adjudicataria del servicio de enlace de datos incluidos en el Convenio.
Que, en cumplimiento de lo prescripto por el artículo 3° del Decreto 523/2018, modificado por su par N° 845/2020, se
adunan a las presentes actuacio nes las certificaciones de servicio, evidenciando que el servicio fue prestado efectivamente
desde el día 15 de diciembre de 2020 y el 28 de julio de 2021, las facturas y sus respectiv as notas de crédito, por un monto
total de pesos OCHENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL CINCUENTA Y NUEVE con 95/100
($81.529.059,95) a reconocer a favor del proveedor, y sus co rrespondientes notas aclaratorias.
Que, en virtud de lo expuesto resulta oportuno tratar la cuestión relacionada con la falta de amparo contractual en relación
a los servicios de enlaces de datos de la Red Única Provincial de Comunicació n de Datos (RUPCD), prestado durante el
período comprendido entre el 15 de diciembre de 2020 y el 28 de julio de 2021, razón por la que el reconocimiento del
gasto, deberá enmarcarse en la figura jurídica del legítimo abono.
Que, a fin de dar cumplimiento con los parámetros imp uestos por el Decreto N° 523/2018, modificado por su similar N°
845/2020, a fin de justificar la procedencia d el legítimo ab ono, resulta o portuno destacar que la RUPCD es la
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