Publicaciones de la Sección Oficial de 08 de Mayo de 2018

Fecha de publicación08 Mayo 2018
Número de Gaceta28269
Edición de 109 páginas
y Suplementos de 26 páginas de Resoluciones
AÑO CIX
LA PLATA > MARTES 8 DE MAYO DE 2018
N° 28.269
Secretaria Legal y Técnica
Dra. María Fernanda Inza
Dirección Nacional de Derecho de Autor N° 146.195.
Los Documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deba producir desde el día de su
publicación en el Boletín Of‌i cial.
Resolucionespág.3
Licitacionesg. 11
Variospág.19
Transferenciaspág.60
Convocatorias pág.61
Sociedadespág.66
S.A.S. pág.71
Remates pág.72
Agenciaspág.73
Sucesorios pág.96
Nómina de Diarios
Inscriptos en la
Suprema Corte
de Justicia pág.102
La Plata > Martes 8 de mayo de 2018
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución
Número: RESOL-2018-77-GDEBA-MCTI
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 26 de abril de 2018
Referencia: Convenio Marco MCTI-IPS. 26000-940/17
VISTO el expediente N° 26000-940/17, por el cual tramita la aprobación del Convenio Marco entre el Ministerio de Ciencia,
Tecnología e Innovación de la Provincia de Buenos Aires y el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que el Convenio Marco, citado en el exordio de la presente, tiene por objeto elaborar planes y programas de formación y
capacitación para adultos mayores sobre el uso de la tecnología, innovaciones en materia científ‌i ca y otras temáticas af‌i nes
que contribuyan a brindar herramientas en pos de la “Construcción de nuevas signif‌i caciones sobre el adulto mayor” donde se
valorice el conocimiento y la tecnología puestos al servicio del ciudadano;
Que el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación se compromete a desarrollar programas vinculados a la difusión del
conocimiento, así como capacitaciones, en el Instituto de Previsión Social, y enaquellas dependencias que se encuentren en su
órbita, acordando las partes a realizar un seguimiento de las tareas realizadas a f‌i n de darle continuidad a las mismas;
Que las acciones y programas que las partes lleven adelante bajo el presente Convenio Marco, serán instrumentados y
def‌i nidos mediante Convenios Específ‌i cos, en los que se establecerán la naturaleza, términos y alcance de las actividades
a realizar, sus objetivos y planes de trabajo, plazos de ejecución de las tareas, equipamiento y personal a ser afectados, los
compromisos presupuestarios, así como el costo de los trabajos solicitados, plazo y forma de pago, si los hubiere, y toda otra
cuestión que las partes consideren pertinente incluir;
Que el Convenio Marco tendrá una vigencia por el término de un (1) año, prorrogable automáticamente por periodos iguales
al inicial;
Que las partes podrán rescindir el presente, comunicando de manera fehaciente tal decisión a la otra parte, con una antelación
no menor a los treinta (30) días;
Que las partes acuerdan que las controversias se tratarán de dirimir consensualmente atendiendo al espíritu de cooperación
y buena voluntad; en caso de no llegar a un entendimiento, las partes acuerdan su resolución conforme las pautas del artículo
4° del Decreto Ley N° 7647/70;
Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno y la Contaduría General de la Provincia;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1°, inciso 5) del Decreto N° 272/17 E;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO N° 272/17 E,
EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Aprobar el Convenio Marco entre el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Provincia de Buenos
Aires y el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, el que como Anexo Único (IF-2018-4683912-GDEBA-
DATJMCTI), integra la presente resolución.
ARTÍCULO 2°: En los sucesivos instrumentos que se suscriban como consecuencia del acuerdo cuya aprobación se propicia,
deberán tomar intervención, con carácter previo a su suscripción, los organismos de asesoramiento y control cuando corresponda
de acuerdo a sus leyes orgánicas.
ARTÍCULO 3°: Registrar, comunicar a la Secretaría Legal y Técnica, publicar y dar al Boletín Of‌i cial. Cumplido, archivar.
Jorge Román Elustondo
Ministro
Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación
Nota: El Anexo Único podrá ser consultado en el ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.
C.C. 4.431

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