Publicaciones de la Sección Oficial de 08 de Junio de 2017

Fecha de publicación08 Junio 2017
Número de Gaceta28045
A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Joaquín de la Torre
Sr. Subsecretario
de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
Domicilio legal: Calle 3 y 523
Ciudad de La Plata (C.P. 1900) Provincia de Buenos Aires
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Dirección Nacional del Derecho del Autor Nº 146.195
Los documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deban producir
desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 28.045
AÑO CVIII/ LA PLATA, JUEVES 8 DE JUNIO DE 2017
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 40 páginas
y Suplemento de 8 páginas de Varios
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Leyes ----------------------------------------------------------------- 4480
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 4481
Disposiciones ----------------------------------------------------------------- 4483
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 4484
Varios ----------------------------------------------------------------- 4490
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 4495
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 4497
Colegiaciones ----------------------------------------------------------------- 4499
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 4499
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 4501
Varios ----------------------------------------------------------------- 4501
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 4513
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 4517
Sección Oficial
LA PLATA, JUEVES 8 DE JUNIO DE 2017
PÁGINA 4480 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Leyes
__________________________________________________
LEY 14.912
El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con
fuerza de Ley
ARTÍCULO 1°: Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubi-
cado en la localidad de Abasto, partido de La Plata, designado catastralmente como:
Circunscripción VIII, Sección C, Fracción I, Parcela 1, inscripto su dominio en la Matrícula
N° 62.659 a nombre de Establecimientos Granjeros Argentinos Sociedad Anónima,
Agropecuaria, Industrial y Comercial y/o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.
ARTÍCULO 2°. El inmueble que se expropia por la presente ley será adjudicado en
propiedad y a título oneroso a su actual poseedor, la Asociación Civil Pantalón Cortito,
inscripta en la Dirección de Personas Jurídicas de la provincia de Buenos Aires bajo el N°
13.658, con cargo de ser el mismo destinado a la consecución de sus fines estatutarios.
ARTÍCULO 3°. El incumplimiento del cargo estipulado en el artículo 2° ocasionará la
revocatoria del dominio a favor del Estado Provincial, operará de pleno derecho y sin
devolución de lo abonado.
ARTÍCULO 4°. Las mejoras existentes en el inmueble a expropiar se presumen reali-
zadas por la Asociación Civil Pantalón Cortito quienes asumirán la responsabilidad de
acreditar tal circunstancia ante quien corresponda.
ARTÍCULO 5°. Fijado el monto de la indemnización y previo al perfeccionamiento de
la expropiación, el Poder Ejecutivo determinará el modo y los plazos en que se abonará
el precio por parte del adjudicatario, quien deberá aceptarlos en forma expresa. El monto
total a abonar por la adjudicataria, estará determinado por la suma que se pague en con-
cepto de precio expropiatorio.
ARTÍCULO 6°. Exceptúase a la presente ley de los alcances del artículo 47 de la Ley
N° 5.708 y sus modificatorias (T.O. s/Decreto N° 8.523/86 y sus modificatorias) estable-
ciéndose en tres (3) años el plazo para considerar abandonada la expropiación, respecto
de los inmuebles consignados en el artículo 1° de la presente ley.
ARTÍCULO 7°. La escritura traslativa del dominio a favor de la beneficiaria será otor-
gada por ante la Escribanía General de Gobierno, estando la misma exenta del Impuesto
al Acto.
ARTÍCULO 8°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos
Aires, en la ciudad de La Plata, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil dieci-
siete.
Manuel Mosca Daniel Marcelo Salvador
Presidente Presidente
H.C. de Diputados H. Senado
Cristina Tabolaro Mariano Mugnolo
Secretaria Legislativa Secretario Legislativo
H.C. de Diputados H. Senado
REGISTRADA bajo el número CATORCE MIL NOVECIENTOS DOCE (14.912). La
Plata, 2 de junio de 2017.
María Fernanda Inza
Secretaria Legal y Técnica
LEY 14.913
El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con
fuerza de Ley
ARTÍCULO 1°: Declárase Bien de Interés Histórico incorporado definitivamente al
Patrimonio Cultural de la provincia de Buenos Aires, en los términos de la Ley 10.419 y
sus modificatorias, a la casa de Susana Esther Soba, ubicada en la Ciudad y Partido de
Saladillo, designada catastralmente como Circunscripción I - Sección A - Manzana 66 -
Parcela 16c, inscripto su dominio en la Matrícula N° 9.910 y Circunscripción I - Sección A
- Manzana 66 - Parcela 17 a, inscripto su dominio en la Matrícula N° 229, ambas a nom-
bre de "Fundación Soba Parrondo".
ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos
Aires, en la ciudad de La Plata, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil dieci-
siete.
Manuel Mosca Daniel Marcelo Salvador
Presidente Presidente
H.C. de Diputados H. Senado
Cristina Tabolaro Mariano Mugnolo
Secretaria Legislativa Secretario Legislativo
H.C. de Diputados H. Senado
REGISTRADA bajo el número CATORCE MIL NOVECIENTOS TRECE (14.913). La
Plata, 2 de junio de 2017.
María Fernanda Inza
Secretaria Legal y Técnica
LEY 14.914
El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con
fuerza de Ley
ARTÍCULO 1°: Declárase Ciudadano Ilustre de la provincia de Buenos Aires al Doctor
Alberto Balestrini por su destacada trayectoria política, institucional y partidaria en esta
Provincia.
ARTÍCULO 2°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Manuel Mosca Daniel Marcelo Salvador
Presidente Presidente
H.C. de Diputados H. Senado
Cristina Tabolaro Mariano Mugnolo
Secretaria Legislativa Secretario Legislativo
H.C. de Diputados H. Senado
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos
Aires, en la ciudad de La Plata, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil dieci-
siete.
REGISTRADA bajo el número CATORCE MIL NOVECIENTOS CATORCE (14.914). La
Plata, 2 de junio de 2017.
María Fernanda Inza
Secretaria Legal y Técnica
LEY 14.915
El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con
fuerza de Ley
ARTÍCULO 1°: Modifícase el artículo 5° de la Ley 13.649 -Adhiriendo al régimen de la
Ley Nacional 25.922 -Ley de Promoción de la Industria del Software- y modificatorias, el
que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 5°.Los beneficiarios del régimen de la presente Ley gozarán de la estabilidad
fiscal hasta el 31 de diciembre de 2019. Se entiende por estabilidad fiscal que la carga tri-
butaria provincial total no podrá verse incrementada por el período estipulado desde el
momento de la incorporación de la empresa al presente marco normativo general."
ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos
Aires, en la ciudad de La Plata, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil dieci-
siete.
Manuel Mosca Daniel Marcelo Salvador
Presidente Presidente
H.C. de Diputados H. Senado
Cristina Tabolaro Mariano Mugnolo
Secretaria Legislativa Secretario Legislativo
H.C. de Diputados H. Senado
REGISTRADA bajo el número CATORCE MIL NOVECIENTOS QUINCE (14.915). La
Plata, 2 de junio de 2017.
María Fernanda Inza
Secretaria Legal y Técnica

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