Publicaciones de la Sección Oficial de 06 de Diciembre de 2021

Fecha de publicación06 Diciembre 2021
Número de Gaceta11309
AÑO CXII - Nº 29153 La Plata, lunes 06 de diciembre de 2021.-
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretario General Dr. Federico Thea
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
· 2021 Año de la Salud y del Personal Sanitario ·
Decreto Nº 3/2021
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinoficial.gba.gob.ar
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SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
RESOLUCIONES pág. 33
RESOLUCIONES
FIRMA CONJUNTA pág. 1818
DISPOSICIONES pág. 2020
INSTITUTO DE
PREVISIÓN
SOCIAL
pág. 3232
JUNTA
ELECTORAL pág. 4343
LICITACIONES pág. 4444
COLEGIACIONES pág. 6262
TRANSFERENCIAS pág. 6363
CONVOCATORIAS pág. 6464
SOCIEDADES pág. 6868
SOCIEDADES POR
ACCIONES
SIMPLIFICADAS
pág. 8686
ORGANISMO DE
CONTROL DE
ENERGÍA
ELÉCTRICA
pág. 8787
VARIOS pág. 9595
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > lunes 06 de diciembre de 2021
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
RESOLUCIÓN N° 269-SSOPMIYSPGP-2021
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 29 de Noviembre de 2021
VISTO el EX-2021-07843041-GDEBA-DPTLMIYSPGP mediante el cual tramita la Licitación Pública N° 78/2021 para la
adjudicación de la obra: “Construcción CAPS Necochea”, en el partido de Necochea, y
CONSIDERANDO:
Que la present e gestión se encuadra en las previsiones establecidas en la Ley Nº 14.812 reglamentada por el Decreto Nº
443/16 que declara la emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos en el ámbito de la
Provincia de Buenos Aires, y que fuera prorrogada por la L ey N° 15.165 y por el Decreto N° 1176/2020;
Que me diante RESO-2021-115-GDEBA-SSOPMIYSPGP de fe cha 1 de junio de 2021 se aprobó la documentación y se
autorizó a la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones, a ef ectuar el llamado a Licitación Pública para la ejecución
de la obra de referencia, con un presupuesto oficial de pesos cincuenta y ocho millones trescientos catorce mil ochocientos
veintitrés con noventa y dos centavos ($58.314.823,92) con un plazo de ejecución de doscientos setenta (270) días
corridos;
Que mediante RESO- 2021-135-GDEBA-SSOPMIYSPGP de fecha 30 de junio de 2021, se aprobó la Circular Modificatoria
N° 1 por la cual se rectificó el presupuesto oficial a la suma de pesos cincuenta y nueve millones cuatrocientos noventa y
siete mil novecientos treinta y tres con treinta y dos centavos ( $59.497.933,32);
Que en virtud del ar tículo 48 de la Ley Nº 6.021, el artículo 2.1.5 de las Especificaciones Legales Particulares del Pliego de
Bases y Condiciones prevé el otorgamiento de un anticipo financiero equivalente al quin ce por ciento (15%) del monto
contractual, previa constitución de garantía a satisfacción de e ste Ministerio;
Que se han cump limentado las publicaciones en la pág ina web de la Provincia conforme lo establecido en el artículo 3° de
la Ley de Emergencia 14.812 y su Decreto Reglamentario 443/16 y en la página
www.gba.gob.ar/infraestructura/licitaciones;
Que según surge del Acta de Apertura de fecha 8 de ju lio de 2021, se recibió la siguiente oferta: Oferta N° 1: ROL
INGENIERIA S.A.;
Que obran informes técnicos de la Dirección Provincial de Arquitectura;
Que la Comisión Evaluadora de Ofertas se expide recomendando adjudicar las referidas labores a la empresa ROL
INGENIERIA S.A. por un monto total de pesos sesenta y ocho millon es quinientos setenta y tres mil ciento cinc uenta
con sesenta y cuatro centavos ($68.573.150,64) por conside rar su propuesta conveniente al interés fiscal;
Que la Dirección de Presupuesto informa que la obra fue prevista en el Presupuesto General Ejercicio 2021, Ley Nº
15.225, y realiza la imputación del gasto;
Que ha tomado intervención la Dirección de Contratacione s de Obra Pública;
Que la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones toma c onocimiento y presta conformidad a la documentación
agregada en las presentes actuaciones;
Que han tomado interve nción en el marco de su competen cia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la
Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el artícu lo 23 de la Ley Nº 6.021, artículo 2º del
DECTO-2018-653-GDEBA-GPBA y Ley Nº 14.812, reglamentada por el Decreto Nº 443/16 y que fuera prorrogada por la
Ley N° 15.165 y por el Decreto N° 1176/2020;
Por ello,
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