Publicaciones de la Sección Oficial de 06 de Julio de 2020

AÑO CXI - Nº 28.805
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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretario General Dr. Federico Thea
Subsecretario Legal y Técnico Dr. Esteban Taglianetti
La Plata, lunes 6 de julio de 2020.-
SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
Decretos pág. 33
Resoluciones pág. 55
Resoluciones
Firma
Conjunta
pág. 4444
Disposiciones pág. 4949
Disposiciones
Firma
Conjunta
pág. 5555
Licitaciones pág. 5656
Varios pág. 6161
Transferencias pág. 7373
Convocatorias pág. 7373
Sociedades pág. 7474
Sociedades Por
Acciones
Simplificadas
pág. 8080
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > lunes 06 de julio de 2020
SECCIÓN OFICIAL > página 2
SECCIÓN OFICIAL
Decretos
HONORABLE CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO Nº 318/2020
LA PLATA, 24 JUN 2020
VISTO, el Decreto del Poder Ejecu tivo Provincial Nº 59/19 que aprueba la reglamentación de la Ley Provincial Nº 13.981
mediante la cual se regula el Subsistema de Contrataciones del Estad o incorporándolo al Sistema de Administración
Financiera del Sector Público de la Provincia de Buenos A ires previsto en la Ley Nº 13.767, y
CONSIDERANDO:
Que, el citado Decreto Provincial derog a la vigencia del Decreto Nº 1300/16 invitando al Poder Legislativo, al Poder Judicial
y a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires a adherir a sus disposiciones, según surge de lo establecid o en su
Artículo 6°;
Que, a través del Decreto Nº 30/17 de la Presidencia de esta H. Cámara de Senadores, se adhirió a las disposiciones del
Decreto Nº 1300/16 con las reservas y excepciones establecidas en el mismo, adecuando las contrataciones que lleva
adelante la administración del H. Senado para los proceso s contractuales propios;
Que, en tal sentido, y a través del Artículo 25 de la Ley Nº 13.882 Complementaria Permanente de Presupuesto de este H.
Senado, se determinó que los procesos de adquisición de bienes y contrataciones de servicios y obras se efectuarán a
través de sus oficin as técnicas, siendo la Presidencia de esta H. Cámara o el f uncionario en quien esta delegue, la
autoridad de aplicación de todas las licitaciones, contrataciones y adjud icaciones que tengan lugar en su jurisdi cción,
conforme excepción mencionada en el Artículo 2°, Ley Nº 1 3.981;
Que, en ese marco, mediante el dictado de la Resolución Nº 76/19 el señor Contador General de la Provincia de Buenos
Aires procedió a aprobar el “Pliego de Bases y Condicione s Generales para la Contratación de Bienes y Servicios”, para ser
aplicado en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en jurisdicción del H. Senado, los procesos que se realizan se rigen en la actualidad por los Pliegos de Bases y
Condiciones, formulario de “Convocatoria” y “Planilla de Cotización” apr obados por el Decreto Nº 30 /17, con los alcances
previstos en los mismos, los que oportunamente fueran pu blicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires;
Que, como consecuencia de la puesta e n vigencia de la nueva normativa, que en lo sucesivo regulará, en forma parcial, las
contrataciones que lleve ad elante la admi nistración del H . Senado, resulta necesario realizar la adecuación de los actos
administrativos que regirán la generalidad de los procesos contractuales propios;
Que, con la finalidad de lograr un cu erpo regulatorio ajustado a las disposiciones de la Ley Nº 13.981 y s u reglamento, pero
atendiendo a las particularidades de éste Poder Legislativo, la D irección General de Administración reform uló el “Pliego de
Bases y Condiciones Genera les para la Contratación de Bienes y Servicios” y los formularios de “Convocatoria” y “Planillas
de Cotización” con los que se pretende llevar adelante tales procesos;
Que, finalmente y con el propósito de agilizar a lgunos procedimientos de contratación, resulta necesario fijar normas al
respecto;
Que, en consonancia con las disposiciones que regulan las con trataciones del estado provincial y con la finalidad de lograr
un cuerpo regulatorio marco ajustado a las disposiciones de la Ley Nº 13.981, deviene oportuno adherir en lo pertinente al
Decreto Nº 5 9/19 del Poder Ejecutivo Provincial, teniendo en consideración las particularidades de éste Poder Legislativo,
dejando sin efecto el Decreto Nº 30/17;
Que, con la finalidad de lograr un marco normativo que atienda las neces idades urgencias y particularidades de éste Poder
Legislativo, se están acelerando las adecuaci ones tendientes a incorporar en éste ámbito e l expediente electrónico, por lo
que hasta lo grar dicho objetivo, se propone agilizar el pro cedimiento de contratación en lo relativo a la intervención de los
Organismos de control;
Que, ha prestado su intervención la Dirección General d e Asuntos Legales y Relaciones Legislativas del H . Senado de
Buenos Aires;
Que, la presente medida se dicta en el marco de las atribuciones conferidas por el Artículo 204, Inciso s) del Reglamento
Interno de la Honorable Cámara de Senadores de la Prov incia de Buenos Aires y el Artículo 28 de la Ley Nº 13.981;
Por ello,
LA VICEGOBERNADORA DE BUENOS AIRES E N EJERCICIO
DE LA PRESIDENCIA DEL H. SENADO
DECRETA
ARTICULO 1. Establecer que los procesos de adquisición de bienes, servicios y obras, enmarcadas en las disposiciones de
la Ley Nº 13.981 y su reglamentación, se realizarán en el ám bito de la Secretaría Administ rativa y de la Dirección General
de Administración del H. Senado, a través de las á reas competentes, los que serán autorizados y aprobados por las
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