Publicaciones de la Sección Oficial de 06 de Junio de 2019

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AÑO CXAÑO CX
LA PLATA > JUEVES 06 DE JUNIO DE 2019
Nº 28537Nº 28537
2019 - Año del centenario del nacimiento de Eva María Du arte de Perón
-Ley 15104-
BOLETÍN
OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
AUTORIDADES
Gobernadora
Lic. María Eugenia VidalLic. María Eugenia Vidal
Secretario Legal y Técnico
Dr. José María GrippoDr. José María Grippo
Subsecretario Técnico
Dr. Nicolás Galvagni PardoDr. Nicolás Galvagni Pardo
Dirección Nacional de Derecho de Autor N° 146.195.
Los Documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deba producir desde el día
de su publicación en el Boletín Oficial.
SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
Decretos pág. 33
Resoluciones pág. 2222
Disposiciones pág. 2828
Licitaciones pág. 3535
Varios pág. 5353
Transferencias pág. 8181
Convocatorias pág. 8484
Sociedades pág. 8989
Sociedades Por
Acciones
Simplificadas
pág. 9696
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS A IRES
La Plata > jueves 06 de junio de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 2
SECCIÓN OFICIAL
Decretos
DECRETO Nº 448-GPBA-19
LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 8 de Mayo de 2019
VISTO el expediente N° 2300-1254/18 mediante el cual se propicia readecuar el incremento pautado en la política salarial
para el personal enmarcado en el régimen de la Ley N° 1 0374 y modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 10374 y sus modificatorias regulan el marco salarial de los magistrados, funcionarios y empleados del Poder
Judicial;
Que por D ecreto N° 651/18 se determinó la política salarial para el sector involucrado, con vigencia desde el 1° de enero,
1° de marzo, 1° de agosto y 1° de septiembre de 2017;
Que los incrementos fueron pautados desde el 1° de enero en un 2%, desde el 1° de marzo en un 10%, desde el 1° de
agosto en un 16% y desde el 1° de septiembre en un 21,5%; siempre valores acumulados respecto del mes de diciembre
de 2016;
Que la norma citada en el párrafo pre-antecedente incluyó en su artículo 6°, una cláusula de adecuación salarial,
consistente en una modificación de la pauta, si la inflación acumulada durante el año calendario 2017, según el Índice de
Precios al Consumidor (IPC-GBA) publicado por el Instit uto Nacional de Estadística y C ensos (INDEC), superaba el 21,5%
de incremento consensuado, provocando ello, un ajuste au tomático sobre el sueldo básico hasta equipararlo con la inflación
del mes en que tal condición se haya verificado;
Que la condición definida en el párrafo precedente, se verificó en el mes de diciembre del año 2017, t oda vez que en dicho
mes, la inflación acumulada según el Índice de Precios al Consumidor (IPC-G BA) durante el año calendario 2017, fue del
25%, valor acumulado respecto del mes de diciembre de 2 016;
Que en ra zón de lo expuesto y sin perjuicio de la autom aticidad de las previsiones dispuestas, procede formalizar la
adecuación sobre la pauta salarial consensuada, con vigencia desde el 1° de diciembre de 2017, determinando el valor de
los sueldos básicos de los niveles s alariales correspondientes a los agentes, funcionarios y magistrados que se
desempeñan bajo el régimen establecido por la Ley N° 10 374 y sus modificatorias;
Que ha emitido dictamen Asesoría General de Gobierno, informe Contadur ía General de la Provincia y vista Fiscalía de
Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la
Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BU ENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Determinar para los agentes, funcionarios y magistrados que se desempeñan bajo el régimen establecido
por la Ley N° 10374 y sus modificatorias, la aplicación de la cláusula de readecuación salarial en orden a las previsiones
contenidas en el artículo 6° del Decreto N° 651/18, quedando fijados los valores de lo s sueldos básicos de los niveles
salariales pertinentes, con vigencia desde el 1° de diciembre de 2017, e n los importes que se detallan en el Anexo Único
(IF-2018-10553257-GDEBA-DPELSPMEGP) que form a parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los De partamentos de Economía, de
Trabajo, de Justicia y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3°. Regist rar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar a la
Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archivar.
Marcelo Villegas, Ministro; Gustavo Alfredo Ferrari, Ministro; Hernán Lacunza , Ministro; Federico Salvai,
Ministro; MARÍA EUGENIA VIDAL, Gobernadora
ANEXO/S
ANEXO 9dcfacd883a2dcd1870297d71028bd8e67b4a5e6d248ea84683a4766f7b88e5a Ver
DECRETO N° 503-GPBA-19
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