Publicaciones de la Sección Oficial de 05 de Marzo de 2018

Fecha de publicación05 Marzo 2018
Número de Gaceta28228
Domicilio Legal Calle 12 y e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata
Provincia de Buenos Aires
Tel . 0221 429.5621
e-mail diebo@gob.gba.gov.ar
www.gob.gba.gov.ar
Edición de 103 páginas
AÑO CIX
LA PLATA > LUNES 5 DE MARZO DE 2018
N° 28.228
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
AUTORIDADES
Secretaria Legal y Técnica
Dra. María Fernanda Inza
Subsecretario de Desarrollo Institucional
Dr. Ignacio Jakim
Dirección Nacional de Derecho de Autor N° 146.195.
Los Documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deba producir desde el día de su
publicación en el Boletín Ocial.
SUMARIO
Decretos 3
Resoluciones 32
Licitaciones 37
Varios 46
Transferencias 56
Convocatorias 60
Colegiaciones 63
Sociedades 63
S.A.S. 75
Remates 76
Agencias 78
Sucesorios 98
Resoluciones 101
SECCIÓN OFICIAL
SECCIÓN JUDICIAL
SECCIÓN
JURISPRUDENCIA
SECCIÓN OFICIAL > página 3
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Lunes 5 de marzo de 2018
SECCIÓN OFICIAL
Decretos
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Decreto
Número: DECTO-2018-123-GDEBA-GPBA
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 26 de Febrero de 2018
Referencia: 2937-1924-17 - Renuncia ARABARCO Pablo Hernan
VISTO el expediente N° 2937-1924/17 del Ministerio de Salud, por el cual Pablo Hernán ARABARCO, presentó su renuncia,
a partir del 31 de julio de 2017, como Director Asociado del Hospital Zonal General de Agudos “Evita Pueblo” de Berazategui,
dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, cargo para
cuyo desempeño fue designado oportunamente mediante el artículo 2° del Decreto N° 1661/16, y
CONSIDERANDO:
Que la presente situación se encuentra contemplada en lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10430 (texto
ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la
Ley Nº 10471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10528;
Que la Dirección de Sumarios dependiente del Ministerio de Trabajo informó a fojas 6, que el agente de referencia no
registra sumario administrativo pendiente de resolución;
Que consecuentemente, es procedente limitar los alcances del artículo 3° del Decreto N° 1661/16, dejando establecido
que el profesional de referencia retomará el cargo que posee como Médico de Hospital “C” – Especialidad: Clínica Médica,
en el Hospital Zonal General de Agudos “Evita Pueblo” de Berazategui, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales
de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, manteniendo el régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas
semanales de labor, conforme a lo establecido por el artículo 17 del Decreto Nº 3589/91, reglamentario de la Ley Nº 10471;
Que corresponde limitar los alcances del artículo 4° del Decreto N° 1661/16, dejando establecido que el profesional
mencionado en el exordio del presente, retomara su cargo de revista ejerciendo las funciones obtenidas por concurso de Jefe
de Unidad de Diagnostico y Tratamiento Admisión y Egreso – treinta y seis (36) horas semanales de labor, en el Hospital Zonal
General de Agudos “Evita Pueblo” de Berazategui, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría
de Atención de la Salud de las Personas, que le fueran asignadas mediante Resolución N° 6861/14;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de
la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Aceptar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, a partir del 31 de julio de 2017, la renuncia presentada
por Pablo Hernán ARABARCO (D.N.I. 22.720.493 – Clase 1972 – Legajo de Contaduría 354.549), como Director Asociado del
Hospital Zonal General de Agudos “Evita Pueblo” de Berazategui, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la
Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, cargo para cuyo desempeño fue designado oportunamente mediante el
artículo 2° del Decreto N° 1661/16.
ARTÍCULO 2°: Limitar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, a partir del 31 de julio de 2017, los alcances del artículo
3° del Decreto N° 1661/16, dejando establecido que el profesional mencionado en el artículo precedente, retoma su cargo de
revista como Médico de Hospital “C” – Especialidad: Clínica Médica, en el Hospital Zonal General de Agudos “Evita Pueblo” de
Berazategui, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas,
manteniendo el régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, conforme a lo establecido por el artículo 17
del Decreto Nº 3589/91, reglamentario de la Ley Nº 10471.
ARTÍCULO 3°: Limitar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud, los alcances del artículo 4 del Decreto Nº 1661/16, por
el cual Pablo Hernán ARABARCO (D.N.I. 22.720.493 – Clase 1972 – Legajo de Contaduría 354.549), dejando establecido que

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