Publicaciones de la Sección Oficial de 05 de Enero de 2018

AÑO CIX/ LA PLATA, VIERNES 5 DE ENERO DE 2018 Nº 28.189
Edición de 79 páginas
Suplemento de Decretos de 150 páginas
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
AUTORIDADES
Sra. Secretaria Dra. María Fernanda Inza
Legal y Técnica
Sr. Director Provincial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
de Impresiones del Estado
y Boletín Ocial
Sra. Directora de Boletín Ocial Dra. María S. Carmona
Sra. Directora de Impresiones Dra. Silvia Noemí López
y Publicaciones del Estado
Domicilio legal: Calle 3 y 523
Ciudad de La Plata (C.P. 1900) Provincia de Buenos Aires
Teléfono/fax: (0221) 483-3044; 421-0202 y 483-5431
www.gob.gba.gov.ar / E-mail: diebo@gob.gba.gov.ar
Dirección Nacional del Derecho del Autor Nº 146.195
Los documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que
deban producir desde el día de su publicación en el Boletín
Ocial.
SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
Resoluciones -------------------------------------------------- 239
Disposiciones -------------------------------------------------- 247
Licitaciones -------------------------------------------------- 251
Varios -------------------------------------------------- 264
Transferencias -------------------------------------------------- 267
Convocatorias -------------------------------------------------- 270
Sociedades -------------------------------------------------- 274
SECCIÓN JUDICIAL
Remates -------------------------------------------------- 283
Varios -------------------------------------------------- 285
Sucesorios -------------------------------------------------- 308
SECCIÓN OFICIAL / PÁGINA 239
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LA PLATA, VIERNES 5 DE ENERO DE 2018
RESOLUCIONES
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución
Número: RESOL-2017-1099-E-GDEBA-MSGP
LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles, 13 de Diciembre de 2017
Referencia: Expte. N° 21.100-417.037/08 Recompensa Fernández Suárez
VISTO que por expediente N° 21.100-417.037/08 con sus agregados N° 21.100-494.907/09, N° 21.100-47.360/10 y N° 21.100-861.659/17, se
tramita la republicación y aumento del monto ofrecido públicamente mediante Resolución Ministerial N° 2.201/09 a quien brinde información tendiente a
esclarecer el homicidio de DIEGO NÉSTOR FERNÁNDEZ SUÁREZ (IPP N° PP 13-00-011797-08/00) y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 2.052/98 y su modicatorio, el Poder Ejecutivo ha establecido un sistema de recompensas para las personas que aporten
datos, informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fehaciente a n de contribuir al esclarecimiento de hechos de homicidios
dolosos u homicidios en ocasión de otro delito doloso o a la individualización de sus autores, cómplices, encubridores o instigadores prófugos de la
justicia, como así también para hechos delictivos que por su gravedad y/o complejidad así lo justiquen;
Que de conformidad a lo previsto por el Decreto N° 997/03 el Ministerio de Seguridad es el órgano de aplicación, encontrándose facultado para
seleccionar los casos judiciales respecto de los cuales se ofrecerá recompensa;
Que por intermedio de la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas dependiente de la Subsecretaría de Planicación, Gestión y
Evaluación, se han recabado los antecedentes del caso;
Que mediante Resolución Ministerial N° 2.201 de fecha 4 de junio de 2009 se ofreció públicamente recompensa entre las sumas de pesos diez mil
($ 10.000,00) y pesos setenta mil ($ 70.000,00);
Que, según da cuenta la Agente Fiscal que intervino en la investigación el día 13 de junio de 2008 siendo las 00:30 hs. fue encontrado el cuerpo
sin vida de Diego Néstor Fernández Suárez en el interior de su vehículo marca Mazda dominio AIO 813 en la estación de Servicio Shell, sita en Avenida
Calchaquí y Cavioto de la localidad de Quilmes con una herida de proyectil calibre 45 que penetró por cara externa del hombro izquierdo; hacen conocer
que testigos arman haber visto el vehículo de mención cuando se estacionó al costado del cordón Sur de la calle 342 deteniendo la marcha y que dos
sujetos de sexo masculino pasaron a gran carrera por la calle 382, girando en la calle 342 hacia el Este; agregan, que posteriormente se escuchó una
detonación de arma de fuego y al momento, el vehículo inició la marcha haciendo patinar sus neumáticos, girando hacia la izquierda por la calle 381. El
hecho dio origen a la investigación penal preparatoria N° PP 13-00-011797-08/00 ante la Unidad Funcional de Instrucción N° 5 del Departamento Judicial
de Quilmes;
Que pese al despliegue de medidas investigativas dispuestas y tendientes a esclarecer el hecho delictivo, no se han obtenido resultados sucientes
para individualizar a los autores;
Que en su mérito, deviene menester incrementar la recompensa ofrecida públicamente para quienes aporten datos, informes, testimonios,
documentación o cualquier otro elemento o referencia fehaciente útil a los nes de la individualización y detención de los autores del delito, jándose un
monto entre las sumas de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00) Y PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000,00) de acuerdo a la naturaleza de la
información que se brinde y el resultado que se logre;
Que la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 4 del Departamento Judicial Quilmes (fojas 61), solicita el incremento de la recompensa
públicamente ofrecida;
Que la Dirección General de Administración ha tomado debida intervención de su competencia (fojas 64);
Que con el n de garantizar la reserva de identidad de las personas que aporten la información aludida y facilitar su presentación, aquéllas podrán
hacerlo ante los Señores Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia quienes se encuentran facultados
para adoptar tal medida, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 4 del Departamento Judicial Quilmes a cargo de la investigación o ante la
Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas del Ministerio de Seguridad, dando a conocer que se encuentran motivados por el presente
ofrecimiento;
Que por último, y para lograr la debida difusión de la oferta pública de recompensa, se arbitrará lo necesario a efectos de que sea transmitida por los
medios de comunicación masivos nacionales y locales del lugar donde fue visto por última vez, para conocimiento de la población, a cuyo n se remitirá
copia de la presente y su Anexo a la Secretaría de Medios de la Provincia de Buenos Aires;
Que se ha dado cumplimiento al procedimiento previsto en la Resolución Ministerial N° 2.390/07;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 14.853 y los Decretos N° 2.052/98 y N° 997/03;
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. INCREMENTAR el monto de la recompensa públicamente ofrecida mediante Resolución Ministerial N° 2.201/09, entre las sumas de
PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00) y PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000,00) para quienes aporten información fehaciente que contribuya
a esclarecer el homicidio de DIEGO NÉSTOR FERNÁNDEZ SUÁREZ, cuyos datos personales y circunstancias del hecho obran en el Anexo (IF-2017-
05554890-GDEBA-DRIYCMSGP) de la presente.
ARTÍCULO 2°. El monto de la recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten a suministrar la información ante las autoridades
señaladas en el artículo siguiente, haciendo conocer que se encuentran motivados por el presente ofrecimiento, en los términos del Decreto N° 2.052/98
y su modicatorio, la Resolución Ministerial N° 2.390/07, lo establecido en el presente y conforme al mérito de la información aportada.
ARTÍCULO 3°. Las personas que deseen aportar la información mencionada en los artículos precedentes, podrán hacerlo con reserva de identidad,
presentándose ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, la Unidad Funcional de Instrucción
y Juicio N° 4 del Departamento Judicial Quilmes, o ante la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas, debiendo asegurar la
condencialidad de la información y la reserva de la identidad de las personas.
ARTÍCULO 4°. Remitir copia de la presente y su Anexo a la Secretaría de Medios de la Provincia de Buenos Aires, para que arbitre los medios
necesarios a efectos de posibilitar su difusión masiva nacional y local del lugar donde el causante fue visto por última vez (localidad de Quilmes, partido
homónimo).
ARTÍCULO 5°. Registrar. Publicar en el Boletín Informativo y Boletín Ocial. Comunicar a la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia
de la Provincia de Buenos Aires, a la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 4 del Departamento Judicial Quilmes. Comunicar a la Subsecretaría
de Planicación, Gestión y Evaluación, a la Dirección General de Administración y a la Dirección General de Análisis Informativo. Cumplimente con ello
la Dirección de Búsqueda e Identicación de Personas Desaparecidas, dejando debida constancia en este expediente. Cumplido, pasar a la Dirección
Provincial de Registro de Personas Desaparecidas y, posteriormente, archivar.
Cristian Ritondo
Ministro
Ministerio de Seguridad
SECCIÓN OFICIAL / PÁGINA 240
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LA PLATA, VIERNES 5 DE ENERO DE 2018
ANEXO
PÚBLICA OFERTA DE RECOMPENSA
HOMICIDIO DE
DIEGO NÉSTOR FERNÁNDEZ SUÁREZ
El Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires ofrece pública recompensa entre la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00) y
PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000,00), de conformidad a lo previsto por en el Decreto N° 2.052/98 y su modicatorio, a las personas que
aporten información fehaciente que contribuya a esclarecer el homicidio de DIEGO NÉSTOR FERNÁNDEZ SUÁREZ, quien el día 13 de junio de 2008
siendo las 00:30 hs. fue encontrado sin vida en el interior de su vehículo marca Mazda dominio AIO 813 en la estación de Servicio Shell, sita en Avenida
Calchaquí y Cavioto de la localidad de Quilmes con una herida de proyectil calibre 45 que penetró por cara externa del hombro izquierdo.
Interviene la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 4 del Departamento Judicial Quilmes (IPP N° PP 13-00-011797-08/00).
Las personas que quieran aportar la información requerida deberán presentarse ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos
Judiciales de la Provincia, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 4 del Departamento Judicial Quilmes (sita en calle Yrigoyen 475, Quilmes,
teléfono 011-4002-2600 interno 2615) o ante la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas (sita en calle 2 entre 51 y 53, La Plata,
teléfonos 0221-429-3015 y 429-3091), debiendo asegurar la condencialidad de la información y la reserva de la identidad de las personas.
El monto de la recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten a suministrar la información ante las autoridades señaladas, haciendo
conocer que se encuentran motivados por el presente ofrecimiento, en los términos del Decreto N° 2.052/98 y su modicatorio, de la Resolución
Ministerial N° 2.390/07, lo establecido en el presente y conforme al mérito de la información aportada.
SE ASEGURA ESTRICTA RESERVA DE IDENTIDAD
C.C. 215.524
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución
Número: RESOL-2017-58-E-GDEBA-SSFIMEGP
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves, 28 de diciembre de 2017
Referencia: Letras del Tesoro – Registro contable como Deuda Pública
VISTO el expediente Nº 2300-1213/17, por el cual se propicia la transformación en deuda pública de aquellas Letras emitidas en el marco del
“Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2017” cuyo reembolso excede el ejercicio nanciero 2017, las Leyes Nacionales Nº 25.917
y Nº 27.341, las Leyes Provinciales Nº 10.189, Nº 13.295, Nº 13.767 y Nº 14.879, los Decretos Nº 3260/08 y Nº 3264/08, las Resoluciones Nº 3/17,
N°108/17 E (RESOL-2017-108-E-GDEBA-TGP) y N°109/17 E (RESOL-2017-109-E-GDEBA-TGP) del Tesorero General de la Provincia, la Resolución
del Ministerio de Economía Nº 1/17, la Resolución del Subsecretario de Finanzas del Ministerio de Economía N° 55/17 E (RESOL-2017-55-E-GDEBA-
SSFIMEGP) y N°56/17 E (RESOL-2017-56-E-GDEBA- SSFIMEGP), las Resoluciones N° 13/17 E (RESOL-2017-13-APN-SECH#MHA) y N° 130/17 E
(RESOL-2017-130-APN-SECH#MHA) de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda de la Nación, y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 76 de la Ley Nº 13.767 prevé la emisión de Letras del Tesoro con el n de cubrir deciencias estacionales de caja, por hasta el monto
que je anualmente la Ley de Presupuesto General, facultando a la Tesorería General de la Provincia para la emisión de estos instrumentos;
Que, el artículo 35 de la Ley N° 14.879 de Presupuesto para el Ejercicio 2017 jó en la suma de pesos un mil quinientos millones ($1.500.000.000)
o su equivalente en moneda extranjera, el monto máximo para autorizar a la Tesorería General de la Provincia a emitir Letras del Tesoro en los términos
Que, asimismo, el citado artículo estableció que las mencionadas Letras podrán ser emitidas por un plazo máximo de hasta trescientos sesenta y
cinco (365) días contados a partir de la fecha de su emisión, pudiendo su reembolso exceder el ejercicio nanciero de emisión, debiendo en tales casos
dar cumplimiento con los requisitos que establece el Título III de la Ley mencionada;
Que, adicionalmente, el artículo incorporado a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N° 10.189 por el artículo 61 de la Ley N° 14.393
- con las modicaciones introducidas por la Ley N° 14.552- autoriza a la Tesorería General de la Provincia a emitir Letras del Tesoro en los términos del
artículo 76 de la Ley N° 13.767, al sólo efecto de cancelar las Letras emitidas en el marco del Programa de Emisión de Letras del Tesoro del ejercicio
anterior, por hasta la suma autorizada en dicho Programa;
Que, conforme a lo establecido por el artículo 76 inciso e) del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, el monto máximo de autorización para hacer uso
del crédito a corto plazo que je la Ley de Presupuesto para cada ejercicio scal, se afectará por el valor nominal en circulación;
Que, asimismo, el artículo 76 de la Ley Nº 13.767 establece que, en caso de exceder el reembolso de las Letras el ejercicio nanciero de emisión, se
transformarán en deuda pública, debiéndose, en este supuesto, dar cumplimiento a los requisitos que al respecto se prescriben en el Título correspondiente
al Subsistema de Crédito Público;
Que, en función de las autorizaciones otorgadas por el artículo 35 de la mencionada Ley N° 14.879 y del artículo incorporado a la Ley Complementaria
Permanente de Presupuesto N° 10.189 por el artículo 61 de la Ley N° 14.393 - con las modicaciones introducidas por la Ley N° 14.552 -, mediante
Resolución N° 3/17 y su modicatoria N° 108/17 E (RESOL-2017-108-E-GDEBA-TGP) ambas del Tesorero General de la Provincia, se creó el “Programa
de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2017” por un monto máximo de hasta valor nominal pesos ocho mil cuatrocientos ochenta y seis millones
(VN $8.486.000.000) o su equivalente en moneda extranjera, el cual establece los términos generales del mismo;
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, el Ministerio de Economía establece los términos y
condiciones nancieras de las Letras del Tesoro en cada oportunidad;
Que, mediante la Resolución N° 55/17 E (RESOL-2017-55-E-GDEBA-SSFIMEGP) del Subsecretario de Finanzas del Ministerio de Economía se
establecieron los términos y condiciones de las Letras del Tesoro correspondiente al duodécimo Tramo del Programa citado y asimismo, por medio de la
Resolución N° 56/17 E (RESOL-2017-56-E-GDEBA- SSFIMEGP) del referido Subsecretario se autorizó a Provincia Bursátil S.A. para realizar los actos
operativos necesarios en dicha emisión;
Que, en ese contexto, a través de la mencionada Resolución N°55/17 E se dispusieron los términos y condiciones de las Letras del Tesoro a sesenta
y tres (63) días, noventa y un (91) días y ciento diecinueve (119) días, emitidas por los artículos 1°, 2° y 3° de la Resolución N°109/17 E (RESOL-2017-
109-E-GDEBA-TGP) de la Tesorería General de la Provincia, por un monto de valor nominal pesos un mil ochocientos treinta y ocho millones cuatro mil
(VN $ 1.838.004.000) de valor nominal pesos cuatrocientos setenta y un millones trescientos cinco mil seiscientos (VN $ 461.305.600) y de valor nominal
pesos veinticuatro millones (VN $ 24.000.000) respectivamente;
Que; mediante el artículo 11 de la Resolución del Ministerio de Economía N° 1/17, han sido delegadas en la Subsecretaría de Finanzas las
competencias que le fueran conferidas a este Ministerio mediante los artículos 35 de la Ley Nº 14.879 y el artículo incorporado a la Ley Complementaria
Permanente de Presupuesto N° 10.189 por el artículo 61 de la Ley N° 14.393 - con las modicaciones introducidas por la Ley N° 14.552 y del artículo 76
incisos a), d) e i) del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08;
Que, atento a que el reembolso de dichas Letras excede el Ejercicio nanciero 2017, se estima pertinente en esta instancia propiciar el registro
contable de las mismas como deuda pública;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR