Publicaciones de la Sección Oficial de 05 de Junio de 2017

A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Joaquín de la Torre
Sr. Subsecretario
de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
Domicilio legal: Calle 3 y 523
Ciudad de La Plata (C.P. 1900) Provincia de Buenos Aires
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desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 28.042
AÑO CVIII/ LA PLATA, LUNES 5 DE JUNIO DE 2017
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 56 páginas
y Suplemento de 8 páginas de Balances y Resoluciones
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Decretos ----------------------------------------------------------------- 4344
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 4344
Disposiciones ----------------------------------------------------------------- 4349
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 4350
Varios ----------------------------------------------------------------- 4357
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 4376
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 4378
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 4380
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 4385
Varios ----------------------------------------------------------------- 4386
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 4394
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Nómina de Diarios Inscr iptos
en la Suprema Corte de Justicia ----------------------------------------------------------------- 4397
Sección Oficial
LA PLATA, LUNES 5 DE JUNIO DE 2017
PÁGINA 4344 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Decretos
__________________________________________________
DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DECRETO 133E
La Plata, 19 de mayo de 2017.
Expediente N° 2151-533/16
Renuncia Juan Carlos Reina en el cargo de Gerente General de Actividad Hípica
Personal de Planta Temporaria - Política y designación en el mismo cargo de Gustavo
Daniel D´Audia.
DECRETO 153E
La Plata, 23 de mayo de 2017.
Expediente N° 5300-678/16
Se remite adjunto a las presentes para su consideración Proyecto de Decreto por el
cual tramita la designación interina en el cargo de Director de Relaciones Internacionales,
de la Un idad Estructur al Presidenci a, Secretaría de Relacio nes Instituci onales y
Profesionales de Julio Fabián Hasan.
DEPARTAMENTO DE GOBIERNO
DECRETO 157E
La Plata, 26 de mayo de 2017.
Expediente N° 2208-210/16
Exceptuar del cese a los fines jubilatorios, a la agente de la Subsecretaría de Casas
de la Provincia, Lucila Álvarez.
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA
DECRETO 158E
La Plata, 26 de mayo de 2017.
Expediente N° 2320-724/16
Designar como Director de Áreas Económicas, de Producción y de Infraestructura y
Servicios Públicos, de la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la
Subsecretaría de Hacienda, a Fernando Luis Spinoso, a partir del día 1° de agosto de
2016.
DEPARTAMENTO DE JUSTICIA
DECRETO 160E
La Plata, 26 de mayo de 2017.
Expediente N° 21200-99468/17
Designación de Sergio Claudio Dos Santos en el cargo de Director de la Dirección de
Mediación y Composición, a partir del 30 de diciembre de 2016 y de Mariano Alcides
Rodríguez como Director de la Dirección de Defensa y Asistencia a la Víctima, a partir del
30 de diciembre de 2016.
DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
DECRETO 161E
La Plata, 26 de mayo de 2017.
Expediente N° 21100-523970/17
Designación de Meza y otro.
DEPARTAMENTO DE JUSTICIA
DECRETO 162E
La Plata, 26 de mayo de 2017.
Expediente N° 21200-99950/17
Designación de Martín Javier Félix Villena en el cargo de Director de Admisión y
Análisis de Denuncias, a partir del 30 de diciembre de 2016 y de María Fernanda
Belderrain en el cargo de Directora de Ética Pública, a partir del 7 de febrero de 2017.
DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE D E MINISTROS
DECRETO 164E
La Plata, 26 de mayo de 2017.
Expediente N° 2113-1383/17
Designar en Asesoría General de Gobierno, en el cargo de Director de Planificación y
Gestión de Calidad, a María Lorena Ojeda, a partir de la notificación de la presente.
Resoluciones
__________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SALUD
Resolución N° 181
La Plata, 30 de diciembre de 2016.
VISTO el expediente N° 2900-27911/16 por el cual se gestiona aprobar el Convenio
celebrado entre el Ministerio de Salud y el Instituto Médico Platense, y
CONSIDERANDO:
Que el objeto del mismo es asignar al Ministerio en forma exclusiva y excluyente, de
acuerdo a su capacidad instalada debidamente habilitada y comprobada, cinco (5) camas
de internación para lactantes en terapia, que podrá extenderse por una cantidad igual o
inferior, a un valor diario de pesos seis mil ($ 6.000) y por cama efectivamente ocupada y
la realización de prácticas médico asistenciales a los pacientes derivados;
Que en sus cláusulas se estipula que los costos de los accesorios, descartables o
complementos estarán a cargo del Instituto, la que será responsable de los daños y per-
juicios que pudieran sufrir los pacientes, deberá contratar un seguro de responsabilidad
civil por mala praxis y presentar copia de Inscripción en el Registro de Proveedores del
Estado;
Que el acuerdo tendrá vigencia por el término sesenta (60) días a partir de la fecha de
su aprobación y se renovará automáticamente por períodos iguales;
Que la medida se fundamenta en eventualidades sanitarias que pudieren surgir duran-
te los meses de junio a agosto inclusive, estimando como valor del módulo por cama y
por día el establecido actualmente por el Instituto de Obra Médico Asistencial –IOMA-
para un nivel de alta complejidad;
Que por otra parte, se establecen las condiciones de la facturación y del pago a rea-
lizarse por el Ministerio;
Que por todo lo expuesto corresponde aprobar el referido Convenio;
Que en tal sentido se han expedido Asesoría General de Gobierno a fojas 7 y vuelta,
Contaduría General de la Provincia a fojas 9 y vuelta y Fiscalía de Estado a fojas 39 y vuel-
ta;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 230/16
LA MINISTRA DE SALUD, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprobar el Convenio celebrado entre el Ministerio de Salud y el
Instituto Médico Platense, cuyo original pasa a formar parte integrante de la presente
como Anexo Único.
ARTÍCULO 2°. El gasto que se origine con motivo del Convenio aprobado por el artí-
culo 1º, será atendido con cargo a la siguiente imputación: C. INSTITUCIONAL 1.1.1. -
JURISDICCIÓN 12 - JURISDICCIÓN AUXILIAR 2 - ENTIDAD 0 - CATEGORÍA DE PRO-
GRAMA: PRG 91 - FINALIDAD 3 - FUNCION 1 - FUENTE DE FINANCIAMIENTO: PRO-
CEDENCIA 1 - FUENTE 1 - PARTIDA PRINCIPAL 3 - PARTIDA SUBPRINCIPAL 4 - PAR-
TIDA PARCIAL 2 – EJERCICIO 2016 – Ley Nº 14.807 - pesos dos millones setecientos mil
($ 2.700.000).
ARTÍCULO 3°. Establecer que en los sucesivos actos que se suscriban como conse-
cuencia del Acuerdo que se aprueba por el artículo 1º, deberán tomar intervención los
Organismos de Asesoramiento y Control, cuando corresponda de acuerdo a sus leyes
orgánicas, los que entrarán en vigencia a partir del dictado del pertinente acto aprobato-
rio.
ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar y dar al
Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Zulma Ortiz
Ministra de Salud
CONVENIO
Entre el MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representa-
do en este acto por su titular, Doctora Zulma ORTIZ, en adelante "EL MINISTERIO" por
una parte, y el INSTITUTO MÉDICO PLATENSE, representado por su Presidente Raúl
NOTA: El contenido de la publicación de los decretos extractados, es trans-
cripción literal del instrumento recibido oportunamente de cada Jurisdicción,
conforme Circular Conjunta Nº 1/10 e instrucciones dispuestas por nota del
19/10/12 de la Dirección Provincial de Coor dinación Insti tucional y
Planificación de la Secretaría Legal y Técnica.
LA PLATA, LUNES 5 DE JUNIO DE 2017
PROVINCIA DE BUENOS AIRES | BOLETÍN OFICIAL PÁGINA 4345
Alberto TASSI, en adelante "EL PRESTADOR” por la otra; acuerdan en celebrar el pre-
sente Convenio Específico para la prestación de asistencias en internación, el que se
regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Del Objeto: "EL PRESTADOR" se compromete a asignar en forma exclusi-
va y excluyente a "EL MINISTERIO", de acuerdo a su capacidad instalada debidamente
habilitada y comprobada, la cantidad de cinco (5) camas de internación para lactantes en
terapia, la que podrá extenderse por una cantidad igual o inferior, por un valor de pesos
seis mil ($ 6.000,00) por módulo día y por cada cama efectivamente ocupada, el que inclu-
ye, la realización de prácticas y prestaciones médico asistenciales a los pacientes que se
deriven en consecuencia. Queda excluido del valor del módulo día la “Medicación
Catástrofe” que se facturará a valor del manual farmacéutico menos diez por ciento (-
10%).
SEGUNDA: De las Prestaciones: "EL PRESTADOR" efectuará todos los diagnósticos
y tratamientos que se establecen en la cláusula primera y de acuerdo a las necesidades
asistenciales que circunstancialmente "EL MINISTERIO" no pueda satisfacer en tiempo y
forma con sus recursos propios.
TERCERA: De los Accesorios: "EL PRESTADOR" respetará en todos sus términos los
valores establecidos, estando bajo su exclusivo costo cualquier accesorio, material des-
cartable o complemento que pudiera surgir por los tratamientos a aplicar.
CUARTA: De la Comunicación: "EL MINISTERIO" comunicará a "EL PRESTADOR"
todos los datos del paciente y demás parámetros que estime conveniente incorporar.
Dicha comunicación podrá efectuarse por los medios tecnológicos actuales (e-mail, fax,
etc.) y dichos formularios no podrán contener tachaduras, enmiendas ni raspaduras de
ningún tipo y deberán conservarse en perfecto estado de uso. La derivación de los
pacientes será efectuada por la Dirección de Manejo de Emergencias Sanitarias y
Catástrofes, siendo la mencionada Dependencia la única unidad orgánica con posibilidad
de autorización para el reconocimiento de la derivación de pacientes para su internación.
QUINTA: Del Plazo de Duración: El presente convenio tendrá una duración de tres (3)
meses, comenzando a regir a partir del 1° de junio y hasta el 31 de agosto inclusive de
2016. Asimismo, podrá ser prorrogado por hasta un período igual o menor, siempre que
no medie renuncia expresa de alguna de las partes dentro de los diez (10) días antes de
finalizar el período originario, debiendo "EL PRESTADOR" terminar con todos los trata-
mientos iniciados.
SEXTA: "EL PRESTADOR" es responsable de los daños y perjuicios que pudieran
sufrir los pacientes derivados por "EL MINISTERIO" en el marco del presente convenio,
como consecuencia de la prestación de sus servicios y/o por la actuación de los profe-
sionales a su cargo.
SÉPTIMA: "EL PRESTADOR" deberá acreditar la contratación del respectivo seguro
de responsabilidad civil por mala praxis, respecto de los profesionales a su cargo, pre-
sentando ante "EL MINISTERIO" la póliza pertinente y su renovación. La falta de cumpli-
miento de este requisito por parte de "EL PRESTADOR" dará derecho a "EL MINISTERIO"
a rescindir el convenio sin la antelación prevista en la cláusula quinta y sin derecho a
reclamo alguno por parte de "EL PRESTADOR".
OCTAVA: "EL PRESTADOR" deberá presentar, asimismo, a la suscripción del pre-
sente convenio, copia de Inscripción en el Registro de Proveedores y Licitadores del
Estado actualizada o certificado en trámite en el rubro correspondiente.
NOVENA: De la Facturación: "EL PRESTADOR" presentará a "EL MINISTERIO" den-
tro de los cinco (5) primeros días hábiles de cada mes, las facturas y remitos del mes ante-
rior de acuerdo a las normativas vigentes en materia impositiva, los cuales deberán estar
firmados por los pacientes con aclaración de firma y número de documento o en su defec-
to familiar, tutor o responsable a cargo, acompañando copia del documento de identidad
a tal efecto.
DÉCIMA: De la Documentación Anexa a la Facturación: Con la facturación se deberá
acompañar la documentación que se detalla a continuación, conforme a la Resolución N°
111/11 de la Tesorería General de la Provincia:
a) Las facturas a presentar deben ser tipo B o C, original y 2 copias.
b) Remitos original y 2 copias.
e) Copia de Historia Clínica debidamente certificada, sin enmiendas, raspaduras y/o
tachaduras. En el caso de estudios ambulatorios se acompañará una copia del resultado,
la orden médica y la encuesta social.
d) Será obligatorio la presentación adjunta de un soporte magnético de los pacientes
internados.
e) Copia de Inscripción en el Impuesto a las Ganancias.
f) Copia de Inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos.
g) En caso de estar inscripto en Convenio Multilateral se debe presentar:
C.M. 01: (Inscripción)
C.M. 03: (Último pago del mes)
C.M. 05: (Presentación Anual)
DECIMOPRIMERA: De la Auditoría Médica: La facturación de prácticas y/o prestacio-
nes médicas que se presenten quedarán sujetas a una auditoría médica, técnica-econó-
mica la que emitirá un informe sobre la viabilidad o no de la prestación del mes, comuni-
cando a "EL PRESTADOR" cualquier anormalidad producida en el período, el cual deberá
subsanar el error. Una vez finalizado el proceso de auditoría médica, técnica-económica
se dará como ingresada oficialmente la factura.
DECIMOSEGUNDA: De la Conformación de Facturas: Dentro de los diez (10) días de
la fecha de presentación de la factura, el Director Provincial de Hospitales procederá a
conformar las facturas y elevar a la Dirección de Contabilidad para continuar con su liqui-
dación y pago.
DECIMOTERCERA: De la Forma de Pago: "EL MINISTERIO" se obliga a abonar las
facturas que se presenten y se adecuen a las formalidades, contenidos y valores consig-
nados en las cláusulas del presente, en el plazo de treinta (30) días. A tales fines "EL
PRESTADOR" deberá consignar el número de sucursal bancaria, cuenta corriente y caja
de ahorro al momento de la suscripción.
DECIMOCUARTA: De la Rescisión: Será causal de rescisión del presente convenio los
incumplimientos o irregularidades de "EL PRESTADOR" debidamente comprobados.
Para el caso de rescisión "EL PRESTADOR" deberá asegurar la continuidad de la presta-
ción de los pacientes bajo tratamiento, no dando derecho a reclamo alguno por daños y
perjuicios ante "EL MINISTERIO".
DECIMOQUINTA: De las Penalidades: Ambas partes convienen que, para los incum-
plimientos que pudieran originarse en el tracto de este convenio, serán de aplicación
todas las normas que a esos efectos se encuentran previstas en la Ley N° 13981 y su
Decreto Reglamentario N° 1300/16.
1- Por primera vez: pérdida del 2% de la facturación del mes o mes subsiguiente.
2- Por segunda vez: pérdida del 3% de la facturación del mes o mes subsiguiente.
3- Por tercera vez: pérdida del 5% de la facturación del mes o mes subsiguiente.
4- De producirse un nuevo incumplimiento "EL MINISTERIO" se arroga la facultad de
proceder de acuerdo a la cláusula decimocuarta.
En el caso de comprobarse penalidades al momento de la prestación, el débito
correspondiente a la misma se procederá a debitar de la facturación presentada, y si se
efectuare con posterioridad al pago de la prestación que ocasionó la mencionada penali-
dad, podrá debitarse de facturaciones subsiguientes.
DECIMOSEXTA: Para la resolución en casos de controversias de todas las cuestiones
que se susciten por la aplicación del presente convenio, las partes se someten a la
Jurisdicción de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial
La Plata.
DECIMOSÉPTIMA: Del Domicilio y Notificaciones: A tales fines, "EL MINISTERIO" fija
su domicilio en calle 51 N° 1120 y "EL PRESTADOR" en calle 51 N° 315, ambos de la ciu-
dad y partido de La Plata, lugares donde tendrán plena validez cualquier notificación que
surja del presente convenio.
En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo
efecto, en la ciudad de La Plata a los 30 días del mes de junio de 2016.
Raúl A. Tassi Zulma Ortiz
Presidente I.M.P. Ministra de Salud
C.C. 6.484
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución N° 123
La Plata, 26 de mayo de 2017.
VISTO el expediente Nº 2200-3865/17, mediante el cual la Subsecretaría de Gobierno
y Asuntos Municipales propicia, en el marco de lo solicitado por diversos Municipios de
la Provincia, declarar no laborables y feriados los días en los cuales se celebren festivi-
dades locales, y
CONSIDERANDO:
Que los municipios requirentes han planificado, para los días en los cuales se con-
memoren aniversarios o fiestas patronales, actos y festejos que contarán con masiva con-
currencia;
Que con el fin de fomentar dichas celebraciones y facilitar una mayor participación de
la comunidad, corresponde acceder a lo solicitado, dictando el pertinente acto adminis-
trativo que declare no laborables, para la Administración Pública y Banco de la Provincia
de Buenos Aires y feriados optativos para la industria, el comercio y restantes activida-
des, los días en los cuales se desarrollen dichas festividades;
Que la Dirección General de Escuelas ha solicitado exceptuar a las instituciones
dependientes de la misma de los feriados o asuetos municipales que se declaren no labo-
rales;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo
2º del Decreto Nº 230/16;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 230/16 EL
MINISTRO DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Declarar no laborables, para la Administración Pública y el Banco de la
Provincia de Buenos Aires, y feriados optativos para la industria, el comercio y restantes
actividades, los días en los cuales se desarrollen festividades, en los distintos partidos y
localidades de la Provincia de Buenos Aires, conforme se detalla en los Anexos I y II que
forman parte integrante de la presente Resolución, compuestos de una (1) foja cada uno.
ARTÍCULO 2. Se exceptúa de lo dispuesto en el artículo precedente a las instituciones
y dependencias pertenecientes a la Dirección General de Escuelas.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar
al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archivar.
Joaquín De La Torre
Ministro de Gobierno
ANEXO I
PARTIDOS
LOBOS 2 de junio Fundación
PILA 3 de junio Aniversario
VILLA GESELL 6 de junio Fundación
ALBERTI 10 de junio Fundación
AYACUCHO 22 de junio Fundación
PILA 23 de junio Patronal
GRAL. MADARIAGA 23 de junio Patronal
BERISSO 24 de junio Fundación
FLORENCIO VARELA 24 de junio Patronal
MERCEDES 25 de junio Fundación
RAUCH 29 de junio Patronal
CAPITÁN SARMIENTO 29 de junio Autonomía

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