Publicaciones de la Sección Oficial de 03 de Octubre de 2018

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AÑO CIX
LA PLATA > MIÉRCOLES 3 DE OCTUBRE DE 2018
N° 28.371
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
AUTORIDADES
Gobernadora
Lic. María Eugenia Vidal
Subsecretario Técnico
Dr. Nicolás Galvagni Pardo
Dirección Nacional de Derecho de Autor N° 146.195.
Los Documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deba producir desde el día de su
publicación en el Boletín Of‌i cial.
SUMARIO
Decretos pág. 3
Resoluciones pág. 16
Licitaciones pág. 21
Varios pág 32
Colegiaciones pág. 91
COMERCIAL
Transferencias pág. 92
Convocatorias pág. 94
Sociedades pág. 101
S.A.S. pág. 107
Remates pág. 108
Agencias pág. 109
Sucesorios pág. 129
Nómina de Diarios
Inscriptos en la
Suprema Corte
de Justicia pág. 138
SECCIÓN OFICIAL
SECCIÓN JUDICIAL
SECCIÓN
JURISPRUDENCIA
SECCIÓN OFICIAL > página 3
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Miércoles 3 de octubre de 2018
SECCIÓN OFICIAL
Decretos
DECRE TO N° 1092-GPBA-18
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 21 de septiembre de 2018
VISTO el expediente N° 2916-3592/17 del Ministerio de Salud, por el cual se propicia la designación, a partir del 27 de
septiembre de 2017, de María Celeste FARIAS, como Directora Asociada - cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor,
con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria,
del Hospital Interzonal de Agudos Especializado en Trasplantología - Centro Único Coordinador de Ablación e Implante de la
Provincia de Buenos Aires (C.U.C.A.I.B.A.), y
CONSIDERANDO:
Que dicha solicitud se efectúa teniendo en cuenta la vacante producida por la limitación en el cargo de Hugo Sergio
PETRONE;
Que la profesional cuya designación se propicia se desempeñará efectivamente en un establecimiento hospitalario del
Ministerio de Salud, y la Jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto
General Ejercicio 2018 – Ley N° 14982;
Que las funciones de Director Asociado integran la Carrera Profesional Hospitalaria en virtud de lo dispuesto en el artículo
8° de la Ley N° 10471, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 10528;
Que el nombramiento se gestiona a partir de fecha cierta por motivos de servicio, como excepción al artículo 11 del Decreto
Nº 272/17 E;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial Relaciones Laborales del Ministerio de Jefatura
de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente del Ministerio de Economía;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de
la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Designar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, exceptuando de los alcances del artículo 11 del
Decreto Nº 272/17 E, a partir del 27 de septiembre de 2017, como Directora Asociada - cuarenta y ocho (48) horas semanales
de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional
Hospitalaria, del Hospital Interzonal de Agudos Especializado en Trasplantología - Centro Único Coordinador de Ablación
e Implante de la Provincia de Buenos Aires (C.U.C.A.I.B.A.), a María Celeste FARIAS (D.N.I. 27.667.864 – Clase 1979), de
conformidad con lo establecido por el artículo 8° de la Ley N° 10471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10528.
ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de
Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Of‌i cial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Andrés Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro; MARÍA EUGENIA VIDAL, Gobernadora
DECRETO N° 1096-GPBA-18
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 21 de septiembre de 2018
VISTO el EX-2018-07562340-GDEBA-DAJMDSGP a través del cual tramita la modif‌i cación del artículo 5° del Decreto N°
1205/16, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 14.989 asigna al Ministerio de Desarrollo Social, entre otros objetivos, diseñar y ejecutar políticas de
promoción e inclusión de la población en situación de vulnerabilidad social, estableciendo programas relacionados con la
integración social, igualdad de oportunidades y la participación ciudadana, en particular las referidas a la temática como la
niñez, juventud, tercera edad, seguridad alimentaria y nutrición, entre otras;
Que por Decreto Nº 1205/16, se creó el Programa “Núcleos de Participación Familiar y Comunitaria”, con el objeto de
asistir a las Organizaciones de la Sociedad Civil en la realización de obras de mejoramiento y optimización edilicia de los
predios en donde las entidades desarrollan sus tareas, a los f‌i nes de apoyar las actividades que benef‌i cian a la sociedad en
su conjunto y la promoción de asistencia a la población en situación de vulnerabilidad, mediante la realización de actividades
conjuntas a través de la celebración de acuerdos de cooperación, asistencia y colaboración, facultando asimismo, al Ministerio
de Desarrollo Social a los f‌i nes del mejor desenvolvimiento del Programa, a articular acciones con los organismos nacionales,
provinciales y municipales correspondientes;

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