Publicaciones de la Sección Oficial de 02 de Marzo de 2017

A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Joaquín de la Torre
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de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
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Sra. Directora de Boletín Oficial Dra. Selene López de la Fuente
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
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desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 27.981
AÑO CVIII/ LA PLATA, JUEVES 2 DE MARZO DE 2017
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 40 páginas
y Suplemento de 24 páginas de Leyes, Decretos y Resoluciones
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 1346
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 1347
Varios ----------------------------------------------------------------- 1355
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 1356
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 1358
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 1360
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 1367
Varios ----------------------------------------------------------------- 1367
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 1379
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 1383
Sección Oficial
LA PLATA, JUEVES 2 DE MARZO DE 2017
PÁGINA 1346 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resoluciones
________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 47
La Plata, 1º de febrero de 2017.
VISTO el expediente Nº 2403-565/16, por el cual el Foro Regional Eléctrico de Buenos
Aires (FREBA) solicita la declaración de financiabilidad de un conjunto de obras destina-
das a la expansión del sistema eléctrico provincial, a través del Fondo de Inversión en
Transmisión de la Provincia de Buenos Aires (FITBA), y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 4.052/00 estableció, en su artículo 2º, un agregado tarifario para
cubrir los costos de expansión de la red eléctrica de transporte provincial, con el fin de alen-
tar la realización de inversiones en dicho sistema y sus alternativas complementarias, para
promover el desarrollo eléctrico provincial y asegurar metas de expansión y mejoramiento
del servicio, a cuyos efectos se constituyó el FITBA, el cual se integra con los recursos
recaudados por cada distribuidora miembro del FREBA en concepto de agregado tarifario;
Que asimismo, mediante el Decreto Nº 2.299/09, se establece que el agregado tarifario
previsto en el artículo 2º del Decreto Nº 4.052/00 deberá ser afectado a cubrir los costos
que deban asumir las distribuidoras agrupadas en el Foro Regional Eléctrico de la Provincia
de Buenos Aires para la expansión de la red de transporte y subtransmisión provincial;
Que el artículo 42 inciso a) de la Ley Nº 11.769 (T.O. Decreto Nº 1.868/04) establece
entre los criterios a utilizar para la determinación de las tarifas de distribución, que las mis-
mas reflejarán, entre otros, los costos de transporte y su expansión;
Que el artículo 43 de la Ley Nº 11.769 (T.O. Decreto Nº 1.868/04) determina que los
ingresos generados por el componente tarifario destinado a la expansión del transporte,
según lo previsto en el artículo 42 inciso a), deberán ser depositados en una cuenta espe-
cial, con las características de un Fondo Fiduciario en la forma que se establezca en la
reglamentación, a fin de garantizar el destino de dicho recurso tarifario;
Que el artículo 3º de la Resolución MIVySP Nº 120/02, establece que la disponibilidad
de los fondos, una vez definidos los beneficiarios y aportantes que tendrá cada obra, se
realizará en el ámbito de la Autoridad de Aplicación;
Que por Resolución MI Nº 447/11, se aprobó la reglamentación fijando los alcances, con-
diciones de financiabilidad y otros aspectos operativos con respecto al uso de los recursos
provenientes del agregado tarifario destinados a la financiación de obras de subtransimsión;
Que en el marco precedentemente expuesto, las distribuidoras organizadas bajo la
denominación de Foro Regional Eléctrico de Buenos Aires (FREBA), han presentado una
lista de obras de expansión del sistema de energía eléctrica provincial;
Que a fojas 480 ha intervenido el Área de Planificación y Programación de Inversiones
de la Dirección de Energía, manifestando que las obras presentadas cumplimentan con
los requisitos necesarios para ser reconocidas como financiables por parte de la
Autoridad de Aplicación;
Que a fojas 486/488 la Dirección de Energía, la Dirección Provincial de Desarrollo de
los Servicios Públicos y la Subsecretaría de Servicios Públicos se expiden favorablemen-
te a la gestión en trámite;
Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia se requiere una serie de deci-
siones tendientes a reorganizar la actividad administrativa de este Ministerio, en pos de
adaptar las tareas de gestión, administración y control a las nuevas necesidades y confe-
rir celeridad a las gestiones;
Que en ese marco resulta conveniente delegar en la Dirección Provincial de Desarrollo
de los Servicios Públicos, la declaración de financiabilidad de las obras destinadas a la
expansión del sistema eléctrico provincial, a realizarse a través del Fondo de Inversión en
Transmisión de la Provincia de Buenos Aires;
Que de conformidad con lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno (fojas 490
y vuelta) y la vista de Fiscalía de Estado (fojas 492 y vuelta), procede dictar el pertinente
acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 21
de la Ley N° 14.853;
Por ello,
EL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Establecer que el conjunto de obras de expansión del sistema eléctri-
co de transporte y subtransmisión agregadas como Anexo I, que forma parte de la pre-
sente Resolución, resultan financiables a través Fondo de Inversión en Transmisión de la
Provincia de Buenos Aires (FITBA).
ARTÍCULO 2°. Instruir al FREBA indicando que el conjunto de obras indicadas en el Artículo
1º de la presente, deberán cumplimentar el esquema operativo de uso de los fondos fideico-
mitidos que fuera implementado mediante Resolución MI Nº 447/11 según corresponda.
ARTÍCULO 3°. Delegar en la Dirección Provincial de Desarrollo de los Servicios
Públicos las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 2.299/09.
ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar y pasar a la Dirección Provincial de Desarrollo de
los Servicios Públicos, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Roberto Gigante
Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos

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