Publicaciones de la Sección Jurisprudencia de 29 de Abril de 2021

Sección
Jurisprudencia
AÑO LXXX - Tº 198 - Nº 18228
ACUERDOS
SUPREMA CORTE DE JUSTCIA
Texto ordenado del protocolo de uso del m ódulo informático
Acuerdo N° 4017
Nota E. 544/20 - Sec. Planif.
VISTO: El Acuerdo N° 4003, por el cua l -en lo que interesa en la presente- se ap robó el “Protocolo de trabajo y pautas de
uso del módulo informático para el sorteo de causas jurisdiccionales y de gobierno en órganos colegiados y, la Resolución
de Presidencia SPL N° 6/21, mediante la que se convocó públicamente a magistrados y funcionarios de dichos órganos a
formular los aportes que estimen conducentes al perfeccionamiento del protocolo, a los fi nes de su posterior
implementación (art. 2o, Acuerdo N° 4003); y,
CONSIDERANDO:
1°) Que la consulta realizada ha evidenciado un significativo y elevado nivel de conformidad por parte de magistrados y
funcionarios con las pautas de trab ajo y uso del módulo informático aprobado, destacándose positivamente el medio para
garantizar mayor y mejor transparencia, publicidad, rendición de cuentas y equidad en el sorteo de causas para estudio y
votación.
2°) Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3o de la Resolución de Presidencia SPL N° 6/21, la Secretaría de
Planificación ha procesado las respues tas, observaciones y sugerencias formuladas a través de dicha consulta, elaborando
un informe al efecto.
3°) Que, del análisis del conjunto de los datos cuantitativos y cu alitativos de la encuesta conten idos en el reporte, surge la
conveniencia de realizar modificaciones parciales que incorporen aquellas sugerencias u observaciones formuladas que
resultan razonables y adecuadas para optimizar la razón d e ser y funcionamiento de la herramienta.
Que, en ese sentido, resulta propicio ampliar la nómina d e la tabla categorías y subcategorías estipuladas para las
Cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial, a efectos de enriquecer el criterio de proporcionalidad previsto en la
distribución de causas. El mismo temperamen to deviene oportuno en relación con las Cámaras de Apelación y Garantías
en lo Penal, a fin de incorporar la diferenciación entre queja s por retardo de justicia y por recurso denegado.
También resulta conveniente suprimir la expresión “más de un órgano con la misma competencia” contenida en la cláusula
7 segundo párrafo del protocolo de trabajo y pautas de uso, de modo de disipar cualquier tipo de confusión que pudiese
existir en tomo a la adjudicación o ingreso de causas por tum os o por las Receptorías de Expedientes.
De igual modo, se explicita en la cláusula 14 que, el informe que se elabore sobre la utilización del módulo por cada
tribunal, tendrá carácter público y será de libre acceso en el sitio web de la Suprema Corte, tal como lo son las estadísticas.
4°) Que, teniendo en consideració n las incorporaciones propiciadas y siendo que la clarida d y previsibilidad de las reglas
son atributos inherentes a la seguridad jurídica, resulta conveniente la elaboración y publicación de un texto ordenado del
“Protocolo de trabajo y pautas de uso del módulo informático para el sorteo de causas juri sdiccionales y de gobierno en
órganos colegiados” aprobado por Acuerdo N° 4003, el cu al forma parte de la presente como Anexo Único.
5°) Que ha informado, en el ámbito de su competencia, la S ecretaría de Planificación.
POR ELLO, la Suprema Corte de Justici a en ejercicio de sus atribuciones (art. 32 incs. “s” y concs., Ley 5827) y con arreglo
a lo establecido en el artículo 4o del Acuerdo N° 3971,
ACUERDA
Artículo 1°: Modificar el segundo párrafo de la cláusula 7 del “Protocolo de trabajo y pautas de uso del módulo informático
para el sorteo de causas jurisdiccionales y de gobierno en órganos colegiados” aprobado por Acuerdo N° 4003, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > jueves 29 de abril de 2021
DIARIO DE JURISPRUDENCIA JUDICIAL - 912
SECCIÓN JURISPRUDENCIA > página 1

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