Publicaciones de la Sección Jurisprudencia de 20 de Mayo de 2022

Sección
Jurisprudencia
AÑO LXXXI - Tº 199 - Nº 18320
RESOLUCIONES
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
Mecanismo para cubrir desintegraciones e n la Cámara de Apelación
en lo Contencioso Administrativo, con asie nto en General San Martín
Resolución Nº 893/2022
3001-28935-2021
VISTO: la presentación efectuada por la Dra . Ana M aría Bezzi y el Dr. Jorge Augusto Saulquin, integrantes de la Cámara
de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en General San Martín, por la cual solicitan se instaure un
mecanismo adecuado de subrogación ante las licencias que les pudieren corresponder, a fin de evitar que el tribunal quede
desintegrado, y
CONSIDERANDO:
I.
1. Los miembros de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en Gral. San Martín han
elevado a esta Suprema Corte una propuesta para agilizar la integración del mentado órgano jurisdiccional ante
supuestos de licencias, habida cuenta de que en la actualidad -a propósito de la vacante derivada de la renuncia
del Dr. Hugo Jorge Echarri, que fuera aceptada por el Poder Ejecutivo, a partir del 1º-II-2020, mediante Decreto
317/2020-, dicho órgano sólo está compuesto por dos jueces.
Recuerdan que ese Tribunal ha sido designado para prestar el servicio de justicia durante las ferias de enero y julio
del año en curso, a lo que adunan la pendencia de la licencia compensatoria de julio de 2020 y, eventualmente, las
que podrían resultar necesarias por razones de salud.
2. Los requirentes destacan que si bien la Ley Nº 12.074 prevé que
"en caso de vacancia, li cencia, excusación u
otro impedimento de alguno de los miembros de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, éste
se integrará, de ser necesario, por sorteo entre los juec es de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del
Departamento Judic ial correspondiente... ",
sostienen que dicho mecanismo de subrogación no resulta adecuado
fundamentalmente en materia de amparos y medidas cautelares; puntualmente señalan que no es acorde a la
celeridad que los trámites conllevan, conspirando contra la tutela judicial efectiva y la adecuada presta ción del
servicio de justicia.
Ante la necesidad de encontrar u na solución que no afecte la adecuada prestación del servic io de justicia
permitiendo que la Cámara no quede desintegrada, proponen se disponga sus coberturas temporales con los
jueces de primera instancia del fuero, Dres. Jorge Aníbal Ocampo y Luciano Enrici, titu lares de los Juzgados nº 1
del Departamento Judicial San Ma rtín y nº 2 del Departamento Judicial San Isidro, respectivamente, quienes han
prestado su conformidad.
3. A nte tal solicitud, el Sr. Secretario de Planificación entiende que la situación planteada por la C ámara se
encuentra en un marco de excepcionalidad que tom a aconsejable la búsqueda de una solución alternativa
circunscripta al término de las licencias por gozar, habida cuenta de la carga de trabajo denunciada, la necesidad
de resguardar la celeridad en el tratamiento de casos de urgencia asociados a derechos fundamentales, las
licencias pendientes de los magistrados actuantes dentro del marco del COVID y por la atención de tumos en
ferias, a lo que se añaden las vacancias y graves lim itaciones funcionales existentes en las Cámara s del fuero civil
y comercial.
4. Mediante Dictamen Nº 196/2022 la Dirección de Servicios Legales propone una modalidad objetiva y rota tiva de
sustitución de vacantes, sin alterar el espíritu de la Ley Nº 12.074, obse rvando el riesgo que importa la
circunstancia de que sean los mismos jueces quienes desig nen a sus reemplazantes.
Por ello, propicia un mecanismo similar al implementado por la Suprema Corte en ocasión de resolver la cobertura
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > viernes 20 de mayo de 2022
DIARIO DE JURISPRUDENCIA JUDICIAL - 65
SECCIÓN JURISPRUDENCIA > página 1

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