Publicaciones de la Sección Jurisprudencia de 16 de Mayo de 2016

PÁGINA 3767
PROVINCIA DE BUENOS AIRES | BOLETÍN OFICIAL LA PLATA, LUNES 16 DE MAYO DE 2016
DIARIO DE JURISPRUDENCIA JUDICIAL - 147
Nómina de Diarios Inscriptos en la Suprema Corte de Justicia
(actualizada al 8-3-2016)
Resoluciones
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DEPARTAMENTO JUDICIAL LA PLATA
Suspensión de términos procesales en la Unidad Funcional de Defensa
N° 5.
Res. Nº 184 (Pres.)
La Plata, 2 de mayo de 2016.
VISTO Y CONSIDERANDO: La presentación formalizada por el Dr. Ornar Roberto
Ozafrain, Defensor General del departamento judicial La Plata, requiriendo la sus-
pensión de los términos procesales los días 2 y 3 de mayo del año en curso, con
motivo del traslado de la Unidad Funcional de Defensa n° 5 departamental.
Que, en atención a los términos del informe elaborado al respecto por el
Departamento de Arquitectura e Infraestructura de la Procuración General,
corresponde hacer lugar a lo solicitado.
POR ELLO, el señor Presidente de la Suprema Corte de Justicia en ejercicio
de sus atribuciones,
RESUELVE:
1 .-Disponer la suspensión de los términos procesales en la Unidad
Funcional de Defensa n° 5 del Departamento Judicial de La Plata para los días 2
y 3 de mayo de 2016, sin perjuicio de la validez de los actos que se hubieran
cumplido.-
2.- Destacar que la medida dispuesta no implicó la suspensión de ingreso de
causas.
3.- Regístrese, comuníquese vía correo electrónico, publíquese y póngase a
consideración del Tribunal en el próximo Acuerdo.
LUIS ESTEBAN GENOUD. Ante mí: DANIEL O. GONZÁLEZ.
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
Inicio de actividades del Tribunal del Trabajo n° 1 de Florencio Varela,
a partir del día 27 de junio de 2016.
Res. Nº 723
La Plata, 4 de mayo de 2016.
VISTO: Lo establecido por la Ley 12.218 en cuanto dispone la creación de
Tribunales de Trabajo en el Departamento Judicial Quilmes y la Resolución N°
326/10 que dispuso el traslado de uno de los Tribunales al partido de Florencio
Varela, asignándole competencia territorial exclusiva sobre dicho partido.
Y CONSIDERANDO: Que, por Decretos del Poder Ejecutivo nºs 943, 956 y
982 del año 2013, se designó a los doctores Manuela María Ochandio, Carlos
Domínguez Folgueiras y Eduardo César Mongiovi, respectivamente, como inte-
grantes del Tribunal creado.
Que los citados Magistrados han prestado juramento con el objeto de subro-
gar órganos vacantes en la cabecera departamental (conf. Res. N° 981/14)
Que por Resolución Nº 2682/15 se procedió a la contratación de la locación
del inmueble sito en calle Catamarca N° 828 de la ciudad de Florencio Varela.
Que en atención a lo informado a l respecto por las Secretarí as de
Planificación y Personal y la Subsecretaría de Tecnología Informática las actua-
les condiciones que se observan en materia edilicia y de personal permiten ins-
trumentar la puesta en marcha del organismo referido.
POR ELLO, la Suprema Corte de Justicia en ejercicio de sus atribuciones,
RESUELVE:
Artículo 1°: Fijar el día 27 de junio de 2016, como fecha de inicio de activi-
dades del Tribunal del Trabajo n° 1 de Florencio Varela, con asiento y compe-
tencia territorial exclusiva en el partido de Florencio Varela.
Artículo 2°: El organismo funcionará en el inmueble sito en calle Catamarca
N° 828 de la citada localidad, para lo cual la Dirección General de Arquitectura,
Obras y Servicios adoptará las medidas pertinentes para dotar de los espacios
e instalaciones adecuadas.
Artículo 3°: Respecto de las causas correspondientes al partido de Florencio
Varela que se encuentran radicadas en los Tribunales de la cabecera departa-
mental, continuarán tramitando en dichos órganos hasta su finalización.
Artículo 4°: En función de lo previsto oportunamente respecto a la determi-
nación de los turnos de los Tribunales de Trabajo del Departamento Judicial
Quilmes, dejar constancia que –a partir de la puesta en funcionamiento que se
dispone- este órgano se encontrará permanentemente de turno para la atención
de las causas correspondientes a la jurisdicción de Florencio Varela.
Artículo 5°: Disponer que la Receptoría de Expedientes descentralizada de
Florencio Varela, en su carácter de órgano de contralor del Régimen de profe-
sionales auxiliares de la justicia, disponga el llamado a inscripción de profesio-
nales para actuar en el fuero laboral en esa sede.
Hasta tanto se oficialice la lista de profesionales ut-supra mencionada, en
caso de ser necesaria la desinsaculación de peritos de lista, los profesionales
que no acepten el cargo no serán pasibles de sanciones (conf. Art. 42° Ac. 2728).
Artículo 6°: Autorizar a la Secretaría de Planificación a realizar las adecuacio-
nes necesarias en el sistema “Inforec” instalado en la Receptoría de Expedientes
descentralizada de Florencio Varela, a fin de permitir la registración y radicación
de las causas del fuero laboral.
Artículo 7°: Conferir intervención a la Secretaría de Personal para que proce-
da a la instrumentación de la planta funcional respectiva, en función de las pro-
puestas, cargos y disponibilidades presupuestarias.
Artículo 8°: Por intermedio de la Subsecretaría de Tecnología Informática, se
adoptarán los recaudos necesarios con el objeto de dotar al organismo cuyo fun-
cionamiento se dispone del equipamiento y sistemas informáticos pertinentes.
Artículo 9°: Solicitar a los Magistrados se sirvan adoptar los recaudos para
enviar la información estadística mensual del Tribunal a su cargo, comenzando
el 5° día hábil del mes posterior a la puesta en funcionamiento.
Artículo 10: Regístrese, comuníquese vía correo electrónico y publíquese.
LUIS ESTEBAN GENOUD; HECTOR NEGRI; HILDA KOGAN; EDUARDO JULIO
PETTIGIANI; EDUARDO NÉSTOR de LÁZZARI. Ante mí: NÉSTOR TRABUCCO.
DEPARTAMENTO JUDICIAL JUNÍN
Suspensión de términos procesales en la Receptoría General de
Expedientes.
Res. Nº 189 (Pres.)
La Plata, 4 de mayo de 2016.
VISTO Y CONSIDERANDO: La presentación formalizada por el Dr. Enrique
Rebón, Director General de Receptorías de Expedientes y Archivos, elevando
pedido de suspensión de términos requerido por la titular de la Receptoría
General de Expedientes del Departamento Judicial de Junín para el día 9 de mayo
del año en curso, con motivo del traslado de la sede de la citada dependencia.
Que, en atención a los términos del informe elaborado al respecto por la
Dirección General de Arquitectura, Obras y Servicios, corresponde hacer lugar a
lo solicitado.
POR ELLO, el señor Presidente de la Suprema Corte de Justicia en ejercicio
de sus atribuciones,
Sección Jurisprudencia
AÑO LXXV - Tº 190 - Nº 16.334

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