Publicaciones de la Sección Jurisprudencia de 05 de Marzo de 2018

SECCIÓN JURISPRUDENCIA > página 101
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Lunes 5 de marzo de 2018
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
DEPARTAMENTO JUDICIAL SAN MARTÍN
Suspensión de términos procesales en la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, de Apelación
y Garantías en lo Penal, Juzgados en lo Civil y Comercial, Tribunales en lo Criminal n°s. 1, 2, 4y 5,
Juzgados en lo Correccional N°s. 1 y 2 y Juzgados de Garantías N°s. 2 y 3.
Res. N° 41 (Pres.)
La Plata, 20 de febrero de 2018.
VISTO Y CONSIDERANDO: La presentación formalizada por la Presidente de la Cámara de Apelación en lo
Civil y Comercial del Departamento Judicial de General San Martín, téngase presente.
Que en virtud del informe elaborado por la Dirección General de Arquitectura, Obras y Servicios, corresponde
otorgar la suspensión de términos procesales solicitada para el día 6 de febrero del corriente año.
Por ello, la señora Presidente la Suprema Corte de Justicia en ejercicio de sus atribuciones,
RESUELVE:
1. Disponer la suspensión de los términos procesales en la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, de
Apelación y Garantías en lo Penal, Juzgados en lo Civil y Comercial, Tribunales en lo Criminal n°s 1, 2, 4 y 5,
Juzgados en lo Correccional n°s 1 y 2 y Juzgados de Garantías n°s 2 y 3 del Departamento Judicial de General
San Martín, para el día 6 de febrero de 2018, sin perjuicio de la validez de los actos que se hubieren cumplido.
2. Destacar que la medida dispuesta no implicó la suspensión de ingreso de causas.
3. Regístrese, comuníquese vía correo electrónico, publíquese y póngase a consideración del Tribunal en el
próximo Acuerdo.
HILDA KOGAN. Ante mí: MATÍAS JOSÉ ÁLVAREZ.
DEPARTAMENTO JUDICIAL QUILMES
Suspensión de términos procesales en el Juzgado de Familia n° 3.
Res. Nº 42 (Pres.).
La Plata 20 de febrero de 2018.
VISTO: La presentación formalizada por el Dr. Diego De Rosa, Secretario de la Cámara de Apelación en lo Civil
y Comercial del Departamento Judicial de Quilmes, téngase presente.
Y CONSIDERANDO: Que el interesado solicita la suspensión de los términos procesales para los días 5, 6 y 7
de febrero del comente año en el Juzgado de Familia n° 3 con sede en Florencio Varela con motivo de la falta de
suministro eléctrico.
Que, en atención a los términos del informe elaborado al respecto por el titular de la Dirección General de
Arquitectura, Obras y Servicios, corresponde hacer lugar a lo solicitado.
Por ello, la señora Presidente de la Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones,
RESUELVE:
1. Disponer la suspensión de los términos procesales en el Juzgado de Familia n° 3 del Departamento Judicial
de Quilmes, con sede en Florencio Varela para los días 5, 6 y 7 de febrero del año en curso, sin perjuicio de la
validez de los actos cumplidos.
2. Destacar que la medida dispuesta no implicó la suspensión de ingreso de causas.
3. Regístrese, comuníquese vía correo electrónico, publíquese y póngase a consideración del Tribunal en el
próximo Acuerdo.
HILDA KOGAN. Ante mí: MATÍAS JOSÉ ÁLVAREZ.
DIARIO DE JURISPRUDENCIA JUDICIAL - 116
-SECCIÓN JURISPRUDENCIA-
AÑO LXXVII - Tº 194 - Nº 16.710
Resoluciones

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