Publicaciones de la Sección Jurisprudencia de 03 de Noviembre de 2021

Sección
Jurisprudencia
AÑO LXXX - Tº 198 - Nº 18278
RESOLUCIONES
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
Oficios por medios electrónicos con el Orga nismo de la Niñez y Adolescencia.
Resolución N° 28/2021
Ref. Expte. SPL 8/15, Alcance 7
VISTO: lo dispuesto po r la Suprema Corte de Justicia a través de la Resolución Nº 2079/19, en la que se h abilita el uso del
Sistema d e Presentaciones y Notificaciones Electrónicas de la Suprema Corte para el procedimiento de requerimie nto y
contestación de oficios judiciales, por medios electrónicos, por p arte de las entidades públicas o privadas in teresadas en
adherir a tales herramientas tecnológicas, y que habitualmen te efectúen comunicaciones con órganos jurisdiccionales y de
gobierno (art. 5); y lo establecido en la Resolución de Presidencia SPL Nº 23/21, por la que se avanzó en una primera
etapa de implementación de las comunicaciones electróni cas con el Organismo de la Niñez y Adolescencia;
Y CONSIDERANDO:
1º) Que, en tal sentido, el Organismo de la Niñ ez y Adolescencia, perteneciente al Ministerio de Desarrollo de la
Comunidad de la Provincia de Buenos Aires suscribió y remitió a la Secretaría de Planificación las Actas de aceptación y
confidencialidad respectivas, que obran como Anexos I y II d e la Resolución Nº 2079/19.
2º) Que, en el artículo 6° de la citada Resolución, se faculta a la Presidencia del Tribunal, a propuesta de la Secretaría de
Planificación y la Subsecretaría de Tecnología Informática, para que determine la fecha de efectiva puesta en
funcionamiento del sistema -para cada supuesto- que permitirá requerir y contestar los oficios judiciales por medios
electrónicos.
3°) Que, por la referida Resolución de Presidencia SPL N º 23/21, se habilitó, a partir del 20 de septiembre del corriente año,
una primera etapa de comunicaciones electrónicas con la Subsecretaría de Responsabilidad Penal Juvenil, dependiente del
mentado Organismo Provincial.
4º) Que, de esta manera, habiéndose avanzado en igual sentido con la Subsecretaría de Promoción y Protección de
Derechos, y cumplido los recaudos té cnicos y las capacitaciones respectivas dirigidas a los profesionales involucrados en
la utilización de la herramienta tecnológica en cuestión, resulta oportuno establecer el día 1 º de noviembre del corriente
año como de inicio de esta segunda etapa.
POR ELLO, el Sr. Presidente de la Suprema Corte de Justicia en ejercicio de sus atribuciones y con arreg lo a lo
dispuesto en el artículo 5º del acuerdo 3971.
RESUELVE
Artículo 1º: Extender los alcances de la Resolución de Presidencia SPL Nº 23/21 y establecer el día 1 º de noviembre de
2021 como fecha de efectivo funcionamiento d el mecanismo de oficios judiciales, por medios electrónicos, que se requieran
y contesten por p arte de la Subsecretaría de Promoci ón y Protección de Derechos del Organismo de la Niñez y
Adolescencia, perteneciente al Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 2°: Hacer saber a los órganos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias, así como, en su caso, a los órganos
de gobiern o de la Suprema Cor te de Justicia y a los Registros Públicos que, a partir de la fecha indicada en el artículo
anterior, deberán cana lizar indefectiblem ente los oficios correspondientes -exclusivamente en el marco de las causas
judiciales y/o administrativas que tramiten ante tal organismo- al/los dom icilio/s electrónico/s respectivo/s de la
Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos del Organismo de la Niñez y Adolescencia, perteneciente al
Ministerio de Desarrollo de la Comun idad de la Provincia de Buenos Aires que será/n publicado/s por la Subsecretaría de
Tecnología Informática en la página web de la Suprema Corte de Justicia y en el Registro de Domicilios Electrónicos. Las
respuestas, a dichas comunicacion es, serán cargadas por la referida Subsecretaría tambi én en el Sistema de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > miércoles 03 de noviembre de 2021
DIARIO DE JURISPRUDENCIA JUDICIAL - 1089
SECCIÓN JURISPRUDENCIA > página 1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR