Publicaciones de la Sección Judicial de 29/11/2022

Fecha de publicación29 Noviembre 2022
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Judicial
SUBASTAS ELECTRÓNICAS
NICOLAS DAZEO SACIFI S/CONVERSIÓN EN CONC. PREV. HOY S/QUIEBRA S/INCIDENTE
CONCURSO/QUIEBRA (EXCEPTO VERIFICACIÓN) (BOULEVARD MARÍTIMO N° 4233) INCIDENTE
POR 5 DÍAS - El Juez Civ. y Com. Juz. 2, Dto. Jud. Mdp. Autos: “Nicolas Dazeo Sacifi s/Conversión en Conc. Prev. Hoy
s/Quiebra s/Incidente Concurso/Quiebra (excepto verificación) (Boulevard Marítimo N° 4233) Incidente” expte.: 122551,
hace saber por 5 días que la Martillero Andr ea Paula Rodriguez, R.2838, dom. Corrientes N° 3253, cel. (0223) 154-
975300. rematará judicial mediante el proceso de Subastas Electrónicas tres bauleras ubicadas en calle Boulevard
Marítimo N° 4233 de Mar D. Plata (edificio Nijocali XXVII) U.C.: “L” base $122.370; “M” base $131.672 y “R” base
$45.925,33, FECHA INICIO PARA LAS U.C.: "L", "M" y "R": EL 7-DICIEMBRE-2022 A LAS 10:00, 11:00 Y 12:00 HS.
RESPECTIVAMENTE Y FINALIZAR Á EL DÍA 23-DICIEMBRE-2022 A LAS 10:00, 11:00 y 12:00 HS.
RESPECTIVAMENTE. Al ctdo. mejor postor. Desocupadas según mand. const. agreg. a fs. 146/147. Nom. Catas.: Circ. I;
secc. E; manz. 88-a; parc. 2-a; U.C: “L”, polig. 01-15, superf. 4,21 M2; U.C: “M”, p olig. 01-16, sup erf. 4,53 M2 y U.C: “R”,
polig. 04-08, su perf. 1,58 M2; respectivamente e inscriptas en la m atrícula N° 84.944 (45). Seña 10%; comisió n del
martillero: 5% más 10% de los mismos en concepto de aporte s, a cargo del adquirente. La misma debe rá ser abonada por
el comprador conjuntamente con el saldo de precio o en forma previa, acompañando documentación correspondiente.
Saldo de precio deberá ser d epositado al 5° día hábil de aprobada la subasta (será notificada en driecc. electrónica) bajo
apercibimiento de considerarlo postor remiso. Adquirente deberá integrar el respectivo impuesto de sellos (en la proporción
de alícuota legal vigente al momento del acto) dentro del plazo de 5 días de notificado al efecto. Gastos de escrituración
serán a cargo del comprador. Libre de gravámenes; impuestos, tasas, contribuciones y e xpensas hasta posesión
adquirente. Deudas: Arba: “L” $1.670,70; “M” $1.673,00; Y “R” $1663,40. OSSE: Las bauleras “L” y “M” no registran deudas
y la “R” ad euda $23.356,51. MGP: “L” $40.881,55; “M” $41.479,12 y “R” $39.603,28 . Expensas al 18/11/2022: U.C. “L”:
$22.576, abona mensual $345,40 aprox; U.C: “M”: $24.328, abona mensual $419,41 aprox; Y U.C: “R”: $11.586, abona
mensual $172,70 aprox.; Demás datos en autos; Depósitos en garantía: U.C “L” $6.118,50; U.C “M” $6.583,60; U.C “R”
$2.296,26 equivalente al 5% de cada base. Los interesados deberán registrarse como postores 3 días hábiles antes del
inicio de la puja cibernética en el reg. subastas judiciales sito calle Gascón N° 2543 de MDP, de 8.00 a 14.00 hs. ( AC.
3604/12 art. 6 al 20) y realizar depósito de garantía indicado. Cuentas judiciales en pesos para la U.C “L” N° 8531330 CBU
01404238-27610285313307; para la U.C “M” N° 8531345 cbu 01404238-27610285313451; para la U.C “R” N° 8531364
CBU 01404238-27610285313642; del Bco. de la Pcia. de Bs. As., Suc. Tribunales (6102). El depósito será reintegrado a los
oferentes no ganadores de manera inmediata o automática mediante oficio. Queda expresamente prohibida la compra en
comisión y la cesión de boleto de compraventa. Los postores deberán indicar si realizan la reserva de postura. Deberá
constituir domic. en lugar asiento Juzg. Acta de Adjudicación: Para las U.C.: "L", "M" y "R" se realizará 23-m arzo-2022 a las
10:00; 10:30 y 11:00 hs. respect. en Sede Juzgado sito en calle A. Brown N° 2241 ante el Secretario, a la cual deberán
comparecer el martillero y el adjudicatario muñido del formulario de inscripción a la subasta, comprobante de pago del
depósito en garantía, constancia de código de postor, y d emás instrumentos que permitan su individuali zación fehaciente
como comprador en la Subasta Electrónica. Fecha exhibición: 29 -noviembre-2022 de 10:00 a 11:00 hs. Mar D. Plata,
noviembre de 2022.-
nov. 28 v. dic. 2
EDICTOS
POR 10 DÍAS - El Juzgado de Paz Letrado de La Costa, cita y emplaza por doce días (12) a SANTOS RODOLFO
ANTONIO, y/o a quienes se consideren con derecho sobre el inmue ble denominado catas tralmente como C.:4, Sec.: W,
Mza.: 119, Parc. 15, Matrícula: 2161 3, Partida Inmobiliaria 123-105813, para que en dicho término se presenten en los
autos “Fernández Sergio c/Santos Rodolfo Antonio s/Usucapión”, Nº 46.520 a hacer valer sus derechos. Mar del Tuyú, 08
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La Plata > martes 29 de noviembre de 2022
SECCIÓN JUDICIAL > página 1
de noviembre de 2022. Iamarino Angela Marta. Auxiliar L etrado.
nov. 18 v. dic. 2
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo
Gabriel Perdichizzi, notifica a Sr. ADMINISTRADOR DEL EDIFICIO RIPALDA XXI, ubicado en calle Cordoba Nro 2026 de
esta ciudad en causa nro. INC-18237-1 seguida a -More no Alexis Keith por el delito de Incidente de Libertad Asistida-, la
Resolución que a continuación de transcribe: "rn//del Plata, 3 de noviembre de 2022. Autos Y Vistos: Con la presentación
que precede fórmese incidente de libertad asistida respecto del causante Moreno Alexis Keith (Art. 104 y ccdtes. Le y
12.256, 25, 498 y c ctds C.P.P.) y dispónense las siguientes medidas: 1.- Solicítese al Dpto. Técnico Criminológico del
establecimiento penitenciario que aloja al causante, copia del legajo técnico criminológico requiriendo se eleve: a) El
pertinente dictamen de conveniencia sobre la aplicación del instituto de libertad asistida. b) Informe ambiental en el
domicilio en el que residiría el nombrado dato que deberá ser aportado oportunamente por el condenado), en caso de
acceder al beneficio solicitado, y c) Gráfico de conducta correspondiente al mismo con indicación de las sanciones
disciplinarias qu e hubiera recibido. 2.- Déjese con stancia que atento a lo resuelto por la Excma. Cámara de Apelación y
Garantías Deptal. en la caus a nro. 5209 seguida a Diagne Reynoso -Incidente d e Salidas Transitorias- en cuanto entendió
necesario contarse con informes de una antigüedad no mayor a tres meses para resolver la cuestión, es que se hace saber
que en caso de existir un Informe Integral del Grupo de Admisión y Seguimiento anter ior que se halle aún vigente, deberá
acompañarse a este Juzgado co pia de dicho dictamen, junto con una Resolución Gene ral del Depto. Técnico Criminológico
actualizada en relación al régimen que aquí se trata. 3.- Requiérase a la unidad de alojamiento, en el plazo de 5 días, los
sumarios disciplinarios que no hayan sido revisados judicialmente impuestos al nombrado para su debido control
jurisdiccional, previo a la audiencia de resolución que se designará en el presente. 4.- Ofíciese a la Seccion al Policial
correspondiente al domicilio de la vícti ma a fin de notificarla que conforme dispone la Ley 15232, "... La víctima tiene
derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o
Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las
solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discon tinua o
semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a
la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Publico Fiscal o Juez/a de
Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando
sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la v íctima u observe que no se cumplen
correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada... Durante la Ejecución de
la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la
etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de exc arcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva
previo a la decisión de: a) Salidas transitorias. b) Régimen de semilibertad. c) Libertad condicional. d) Prisión domiciliaria. e)
Prisión discontinua o semidetención. f) Libertad asistida. g) Cese de una medida de seguridad. ... Cuando la víctima, en su
primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en
los Artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener
actualizado el domicilio e n el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo
pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerte n sobre la cercanía física del liberado bajo
alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá co municar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que
estas adopten las medidas necesarias para garantizar l a protección de la víctima...". En este sentido, requiérasele que
indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopte n, así como si desea ser oida en audiencia en forma
previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de
desearlo constituy a un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar s u manifestación en los cinco
días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea
intervenir en el expediente. Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer man ifestaciones de así desearlo por vía
telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313,
o vía e-mail a ju zejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado". R icardo Gabriel
Perdichizzi, Juez de Ejecución. A los fines que cor responda se transcribe el auto que ordena la presente medida: "/// del
Plata, 15 de noviembre de 2022. Autos Y Vistos: En atención a lo informado respecto de la víctima de autos, notifíquese a
la misma a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín O ficial de la
Provincia de Buenos Aires, hacién dose saber que su silencio será interpretado como falta de voluntad para participar del
proceso". Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución P enal.
nov. 23 v. nov. 29
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo
Gabriel Perdichizzi, notifica a Sr. LARRUBIA CARLOS AN TONIO en causa nro. INC -17796-2 seguida a -Gomez Luis
Eduardo por el delito de In cidente de Libertad Asistida-, la Resolución que a continuación de transcribe: "/// del Plata, 14 de
septiembre de 2022. .. Ofícies e a l a Seccional Policial corresp ondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que
conforme dispone la ley 15232, "... La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que
estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular
damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad
condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la
liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a i nterponer
observaciones o quejas ante el Ministerio Publico Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como
particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o
abogados/as de la víctima u o bserve que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse
bajo argumentación fundada... Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser info rmada y a ser oída, en
audiencia especial a nte el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de
excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a) Salidas transitorias. b)
Régimen de semilibertad . c) Libertad condicional. d) Pr isión domiciliaria. e) Prisión discontinua o semidetención. f) Libertad
asistida. g) Cese de una medida de seguridad. ... Cuando la víctima, e n su primera interven ción en el proceso
expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los Artículos 11, 12 y 13, e l
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La Plata > martes 29 de noviembre de 2022
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Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el
cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión
de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de esto s institutos. El/la Juez/a
deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias
para garantizar la protección de la víctima...". En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las
resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de
libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda
ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele
saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente. Sin perjuicio de ello,
hágasele saber que podrá hacer manifesta ciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las
12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar,
en el mismo plazo de cinco días antes mencionado. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución. A los fines que
corresponda se transcri be el auto que ordena la presente medida: "/// del Plata, 1 7 de noviembre de 2022. Autos Y Vistos:
En aten ción a lo informado respecto de la víctima de autos, notifíquese a la misma a tenor del Art. 129 del C.P.P., por
medio de publicación por el término de cinco días en el Boletin oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber
que su sil encio será interpretado como falta de voluntad para participar del proceso ". Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de
Ejecución Penal.
nov. 23 v. nov. 29
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo
Gabriel Perdichizzi, no tifica a Sra. MIL AGROS DEL CARMEN GALLO en causa nro. INC-15529-2 seguida a -Gonzalez
Carlos Vita por el delito de Incidente de Libertad Condicional-, la Resolución que a continuación de transcribe: "/// del Plata,
3 de noviembre de 2022. Autos Y Vistos: Con la presentación de que antecede fór mese incidente de libertad
condicional respecto del causante Gonzalez Carlos Vita (Art. 13 y ccdtes. CP, 25, 511 y cctd s C.P.P.) y dispónense las
siguientes medidas: ... 4.- Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que
conforme dispone la Ley 15232, "... La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo q ue
estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular
damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad
condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la
liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a i nterponer
observaciones o quejas ante el Ministerio Público Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como
particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o
abogados/as de la víctima u o bserve que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse
bajo argumentación fundada... Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser info rmada y a ser oída, en
audiencia especial a nte el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de
excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a) Salidas transitorias. b)
Régimen de semilibertad . c) Libertad condicional. d) Pr isión domiciliaria. e) Prisión discontinua o semidetención. f) Libertad
asistida. g) Cese de una medida de seguridad. ... Cuando la víctima, e n su primera interven ción en el proceso
expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los artículos 11, 12 y 13, el
Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el
cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión
de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de esto s institutos. El/la Juez/a
deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias
para garantizar la protección de la víctima...". En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las
resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de
libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda
ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele
saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente. Sin perjuicio de ello,
hágasele saber que podrá hacer manifesta ciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las
12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar,
en el mismo plazo de cinco días antes mencionado". Ricar do Perdichizzi, Juez. Asimismo, informo las vías de comunicación
con este Juzgado abonado telefónico 0223-4956666 int. 57313 o 57462, o via mail al juzejec1-
mp@jusbuenosaires.gov.ar.". Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución. A los fines que corresponda se transcribe el
auto que ordena la presente medida: "/// del Plata, 17 de noviembre de 2022. Autos Y Vistos: En a tención a lo info rmado
respecto de la víctima de autos, notifíquese a la misma a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el
término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que su sil encio será
interpretado como falta de voluntad para participar del proc eso". Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal.
nov. 23 v. nov. 29
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo
Gabriel Perdichizzi, notifica a r. RENZO GARCÍA en causa nro. INC-17319-6 seguida a -Del Monte Rodrigo Yael por e l
delito de Incidente de Libertad Condicional-, la Resolución que a continuación de transcribe: "/// del Plata, 3 de Noviembre
de 2022.- Ofíciese a la Seccional Policial correspondie nte al domicilio de la víctima a fin de notificarla que conform e
dispone la ley 15232, "... La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime
conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constitui do como particular
damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad
condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la
liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a i nterponer
observaciones o quejas ante el Ministerio Publico Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como
particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o
abogados/as de la víctima u o bserve que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse
bajo argumentación fundada... Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser info rmada y a ser oída, en
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