Publicaciones de la Sección Judicial de 28/02/2023

Fecha de publicación28 Febrero 2023
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Judicial
SUBASTAS ELECTRÓNICAS
HERRERA HECTOR GABRIEL C/GOICOECHEA ORLANDO DANIEL S/DESPIDO (40)
POR 3 DÍAS - El Tribunal de Trabajo Nº 3, Secretaria Única del Dep artamento Judicial de Bahía Blanca, hace sab er que la
martillera Navarro Jesica Araceli colegiada nro. 1710, en los Autos Caratulados: "Herrera H ector Gabriel c/Goicoechea
Orlando Daniel s/Despido (40)", expte. 21002. Sub astará en la modalidad de subasta electrónica un carromato rural de
campo. Subasta: C OMENZARÁ EL DÍA 27 DE MARZO DE 2023 A LAS 11:00 HORAS, Y FINALIZARÁ EL DÍA 12 DE
ABRIL DE 2023 A LAS 11:00 HS. Sin base. Al contado. Con precio de reserva de pesos doscientos se senta mil ($260.000).
Depósito de garantía. Todo oferente que ha ya cumplido con la inscripción general como postor en el RGSJ y desee
participar, en particular, de la presente subasta, deberá efectivizar un depósito en garantía mediante cualquier medio de
pago disponible que haga ingresar el dinero en la cuenta judicial abierta a nombre del suscripto y como perteneciente a
estos autos, en un monto de pesos veinte mil ($20.000) y que no será gravado por impuesto o tasa alguna, con un a
antelación mínima de tres días hábiles al comienzo de celebración d el remate. Cumplido este recaud o, se generará a favor
del interesado el Código de Postor necesario a los fines de validar su inscripción en el remate aquí ordenado. El depósito
será reintegrado a los oferentes no ganadores de manera inmediata o automática mediante oficio a confeccionar en el
Tribunal, dirigido al Banco de depósitos judiciales, comunicando el listado de aquel los, para que desde allí se transfiera
desde la cuenta de autos a la cuenta de origen o denunciada por cada uno, dicho depósito. Salvo aquellos oferentes que
hubieran hecho reserva de postura, a lo s que le será devuelta sólo si lo piden. Previamente, deberá contarse en la sede del
Tribunal con el informe remitido por el RGSJ -Art. 37 Ac. 3604- y el acta del m artillero -Art. 36 Ac. 3604-. Comisión del
martillero 10% con más 10% de aporte s previsionales s/comisión a cargo del adjudicatario conceptos que deberá n
encontrarse cumplidos co mo requisito al momento de celebrarse el acta de adjudicación. Cuenta Judicial de autos Nº 027-
5145118, CBU 01403341-276205 51451187 del Banco de la Provincia de Buenos Aires suc. Tres Arroyos. Exhibicion del
bien: el 14/03/2023 en calle Avda. Av da Caseros Nº 1133 de la ciudad de Tres Arroyos de 9 hs a 10 hs. Se admite la
compra en comisión debe (Art. 582 CPCC y Art. 21 3er. pa ff. AC 3604 SCBA). Se admite la cesión del acta de adjudicación.
Acta de adju dicación se fija para el día 4 de mayo de 2023 a las 12:00 hs en la sede del tribunal, a la que deberá
comparecer el martillero y el postor ganador. El adjudicatario deberá acompañar la documentación que permitan
individualizarlo como el comprador ganador y deberá constituir domicilio legal y electrónico, acreditar el depósito de la
seña. Asimismo al momento de celebrare el acta de adjudicación deberá el postor ganador acompañar el comprobante de
pago del saldo del precio, pudiendo del saldo del precio descontar la suma integrada del depósito en garantía. Los postores
deberán enco ntrarse registrados en el Registro de Subastas Judiciales, como usuarios del sistema (Güemes 102 Planta
Baja B. Bca. Tel: 0291-4552814). Mayores informes di rigirse al portal de subas tas electrónicas de la pá gina web
www.scba.gov.ar o al telefono de la martillera Tel 291 419 8601 /5086500. Tres Arroyos de febrero, de 2023.
feb. 24 v. feb. 28
RINALDI MARCELO ROQUE C/LAPORTA NORA CATALINA S/DIVISIÓN DE CONDOMINIO
POR 3 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial N° 3 de Mercedes com unica por 3 días, en autos “Rinaldi Marcelo Roque
c/Laporta Nora Catalina s/División de Condominio”, Expte. Nº 88.57 8, que el Martillero Juan Pablo Mateo, con domicilio en
Avda. 2 N° 207 esquina 9, Mercedes, Subastará E lectrónicamente un bien inmueble ubicado en calle 33 N° 860 esquina 36
de la Localidad y Partido de Mercedes, Pcia. de Bs. As, inscripto en la Matrícula N ° 26.126, Nomenclatura Catastral Circ. I;
Secc. A; Manzana 61; Parcela 17 B; Partida 071-2.792, Mercedes; Habitado, por el Sr. Juan Ignacio Roberto Vignatti (Hijo
de Nora Catalina Laporta) según mandamiento de constatación, con fecha 22/10/2.019. Base: $14.531.250, al contado,
Depósito en garantía (5%): $727.000, dicho deposito deberá encontrarse acreditado en la cuenta Judicial con una
antelación de minina de 3 días hábiles al inicio del acto de su basta. de cuenta 7106 027
556.163/2, CBU 01401260277106 55616329, del Banco de la Provincia de Bs. A s. Suc ursal Mercedes; Comisión 3% a
cargo de cada parte con más el 10% en concepto de aportes prevision ales. Déjase estable cido que se prohíbe la compra
en comisión y cesión del acta de adjudicación respectiva (Art. 38 del Ac. 3604/12). Dicho Titulo de Propiedad se encuentra
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La Plata > martes 28 de febrero de 2023
SECCIÓN JUDICIAL > página 1
glosado en expediente.- Adeuda: Deuda A.R.B.A. $21.587,30 (Al dia 24 de febrero de 2021); Deuda Municipal, dos
informes, uno de $32.122,91 y $103.197,32 (Al día 30 de marzo de 2021). La fecha de inicio de subasta será EL DÍA 13 DE
MARZO DE 2.023 A LAS 11 HS., Y FINALIZARÁ EL DÍ A 28 DE MARZO DE 2023 A LAS 11 HS. y la fecha de Exhibición del
bien será el día jueves 02 de marzo de 2.023 de 10:00 a 12:00 hs. Se fija a udiencia para la suscripción del acta de
adjudicación, conforme art. 38 Ac. 3604/12, para el 03 de abril de 2023 a las 10 hs. Cuando el oferente no resultara ganador
y no hubiere ejercido reserva de postura la devolución de las sumas depositadas en garantía le serán devueltas de oficio
por medio de libranza judicial, (Art. 562 y Art. 39 Ac. 3604/12 SCBA). Para poder a dquirir la calidad de tal deber án resultar
inscriptos en forma previa a la subasta en el Registro General de Sub astas Judiciales, con una antelación mínima de tres
(3) días (Art. 24, Anexo I, Ac. 3604) de la fecha establecida par a el inicio del remate digital. Asimismo deberá acreditar el
depósito del 10% en concepto de seña, el que deberá encontrarse acreditado al momento del acta de adjudicación. El
saldo de precio deberá ser abonado al quinto día de aprobada la Subasta, que será notificada en la dirección electrónica. El
deposito deberá, además del saldo de precio de subasta, la comisión del Martillero y aportes de Ley.
feb. 24 v. feb. 28
PLAN ROMBO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/OZUNA MARTÍN DIEGO Y
OTRO/A S/EJECUCIÓN PRENDARIA
POR 2 DÍAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial N° 5, a cargo de la Dra. Gladys Mabel Zaldúa, Av. Ricardo Balbín 1753,
Piso 2° San Martín, Pcia. de Bs. As., hace saber que en los autos caratulados “Plan Rombo S.A. de Ahorro para Fines
Determinados c/Ozuna Martín Diego y Otro/a s/Ejecución Prendaria”, Expediente Nº 64420, el martillero Mariano M. Espina
Rawson (CUIT 20-13407112-6 IVA Resp. Inscripto) subastará al contado y al m ejor postor, en el estado en que s e
encuentra y será exhibido, el automotor, según dom inio: Marca: Renault, Modelo: Clio 3 ptas Base Tipo: Sedán 3 puertas,
Motor Renault N° D4FG728Q095932 Chasis Renault N° 8A1CB2U01CL848231 Color: gris, Año 2011, Dominio: KHN142,
cuyo estado, según e l informe de constatación obrante en autos puede calificarse como regular, COMENZANDO LA PUJA
EL DÍA 22/3/2023 A L AS 13 HS., FINALIZANDO EL 10/4/2023 A LAS 13 HS. Exhibición: 13/3/2023 de 10 a 13 hs. en Ruta
Central Atucha s/n (2806), Terminal Portuaria Delta Dock, d e la localidad de Lima, Partido de Zárate, Provincia de Buenos
Aires y en forma virtual: https://youtu.be/VghPVzYNoeQ. Ba se: $600.000. Depósito en garantía $30.000. Comisión 10% con
más el 10% de la misma en concepto de aporte previsional a cargo del co mprador, más el porcentaje de IVA Los depósitos
deberán realizarse en la cuenta judicial abierta en el Banco de la Pcia. de Buenos Aires, Suc. San Martín: Cuenta: 5100-27-
8722145 CBU 0140138327510087221452. Audiencia de adjudicación: 20/04/2023 a las 10 hs A la misma deberán
comparecer a la sede del juzgado el adjudicatario y el martillero interviniente - p udiendo concurrir las partes del proceso- a
efectos de que en pre sencia de la Sra. Secretaria se p roceda a la confección del acta de adjudicación del bien. El
adjudicatario deberá constituir en dicho acto domicilio legal bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados
del J uzgado. Asimism o, deberá comparecer al acto munido del formulario de inscripción a la subasta, comprobante del
depósito en garantía - el que se tomará a cuenta del precio-, constancia de códi go de postor y constancia de depósito en la
cuenta de autos del precio de la compra efectua da y de la comisión del martillero con más sus aportes. Una vez verificado
el pago del saldo de precio y realizada la audiencia de adjudicación se efectivizará la toma de posesión del bien. Los
gastos de inscripción d el bien se encuentran a cargo del adquirente. Deudas al 12/2/2023: ARBA: No registra Infracciones:
(Prov. de Bs. As.) $30.630 y (GCBA) No registra. Las deudas que posea el automotor suba stado serán soportadas con el
precio de la venta, hasta el momento de la toma de posesión del bien, la que no podrá extenderse del plazo de 30 días de
efectuado el pago del saldo de precio. Superado dicho lapso, correrán los que se devenguen a cargo del adquirente. No
será admitida la compra en comisión. CUIT Deudor 20-28079045-2. Por informes consultar al martillero al 01151462093, en
la web http://subastas.scba.gov.ar o a través del expediente. G ral. San Martín, 2023
feb. 27 v. feb. 28
FERNANDEZ GARCIA A. Y HERNADEZ DELFA S/SUCESIONES AB INTESTATO
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Paz Letr ado de San Antonio de Are co Dep. Jud. de Mercedes h ace saber por 3 días en Que
el Mart. Jorge Luis Beltrán colegiado N° 2262 del Libro V.C.M.M. CUIT Y I. B. N° 20-11652321-4- Legajo Previsional Ley
7014 N° 17376 designado en los autos "Fernandez Garcia A. y Hernadez Delfa s/Sucesiones Ab Intestato", expte.: C-6308.
Subastará en forma electrónica un inmueble sito en la calle Guido e/Carlos Pellegrini y Carlos María Martínez de San
Antonio de Areco (B) estado de socupado de personas ocupados por vehículo s/mand. de const. 2/11/22. N.C: Circ.: I, Sec.:
B, Mza.: 153, Parc.: 9 T Matrícula: Folio: 52/1945 (095). La s ubasta ordenada en los autos se llevara a cabo con FECHA DE
INICIO 31/3/23 A LAS 11 HS. Y FECHA DE FINALIZACIÓN 17/4 /23 A LAS 11 HS . Exhibición: 13/3/23 de 12 a 14 hs Base:
u$s80.000. Depósito en garantía: u$s100, que deberá depositarse, como perteneciente a estos autos con antelación
mínima de tres días hábiles al comienzo de la celebración del remate median te cualquier medio de pago disponible que
haga ingresar el dinero a la Cuenta Judicial en dólares del Bco. de la Provincia de Bs. As., Sucursal San Antonio de Areco
N° 7194-028-500023/0, CBU N° 0140316728719450002307, dicho importe no será gravado por impuesto o tasa alguna.
Los postores se podrán inscribir de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 7 de AC 3604 de la SCBA, cumpliend o este
recaudo, se g enera a favor del interesado el Código de Postor necesario a los fines de validar su inscripción en el remate
aquí ordenado (Art. 562 4° párrafo, 575 del CPC Art. 22 y 37 AC. 3604 y AC. 3731). La suma depositada será reintegrada a
los oferentes no ganadores de manera inmediata, con excepción de aquellos oferentes que hubieran hecho reserva de
postura, a lo s que le será devuelta solo si lo piden (Art. 585 2° párrafo del CPCC, Art. 39 AC. 3604/12). Honorarios
martillero 3% a cargo de c/p mas el 10% de aportes previsionales a cargo del comprador (aportes Ley 7014) El importe de
comisión como los aportes respectivos deberán encontrarse depositados en la cta de autos y acreditados al momento de
suscribir el acta de adjudicación. Sellado 1, 2%. Audiencia: 25/4/23 a las 11 hs. en la Sede del Juzgado calle Moreno N°
148 de San Antonio de Areco, donde el adjudicatario deberá acreditar su identidad y concurrir con el comprobante del
depósito y/ o transferencia bancaria que acredite haber abonado las sumas correspondientes a la garantía como así
también 1,5% por impuestos a la transferencia de Inmuebles (Ley 23.905) Saldo de precio: Cinco días de aprobado el
remate (Art. 585 CPCC) deduciéndose el depósito de garantí a, bajo apercibimie nto de postor remiso. Así mi smo deberá
constituir domicilio procesal físico y electrónico en el radio de asiento del Juzgad o bajo apercibimiento de lo normado por el
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La Plata > martes 28 de febrero de 2023
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Art. 133 CPCC. Los postores deberán estar registrados en el Registro de Subastas Judiciales, como usuario del sistema. Se
prohíbe la compra en comisión y la cesión del boleto de compra venta. Deudas: Se procederá al pago de impuestos, tasas
y contribuciones que pesan sobre el inmueble objeto de subasta ya sean nacionales provinciales o mun icipales y que
surjan de los informes obrantes en autos, será a cargo del adquirente las posteriores a la toma de posesión. Informes
registro general de subastas: Reg. Pub. de Com ercio Dptal. Mercedes sito Calle 23 y 22 PB ( Arts. 6 a 20 del Ac 3604/12)
subastas-me@scba.gov.ar te. 2324-42-4352. En el portal de Su bastas electrónicas en su página www.scba.gov.as o al
martillero (2345-65-6033/522956 W. jlbmartju@hotmai l.com. San Antonio de Areco, de 2023.
feb. 28 v. mar. 2
PLAN ÓVALO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/CUELICHI GABRIEL
GUILLERMO S/EJECUCIÓN PRENDARIA
Aclaratoria
POR 1 DÍA - El Juzgado de Primera Instancia en lo Ci vil y Com ercial Nº 2 del D ep. Jud. de Moreno - Gral. Rodríguez,
asiento: Merlo 2729, Moreno, Pcia. Bs. As., a cargo del Dr. Gabriel Acosta, hace saber que en los auto s caratulados “Plan
Óvalo S.A. de Ahorro para Fines Determinados c/Cuelichi Gabriel Guillermo s/Ejecución Prendaria", Exp.
10.670, aclara que la subasta ordenada del automotor según domi nio Marca: Ford dominio: KWO579 modelo: Ecosport 1.6
L 4X2 XL Plus Motor: Ford R591C87197 00 chasis: Ford 9BFZE55N8C871970 color: Negro, FI NALIZA DÍA EL 21/03/23 A
LAS 12 HS. Martillero María de La Paz Labaroni (CUIT 2 7-33917927-7, monotributista). Moreno, febrero de 2023.
EDICTOS
POR 5 DÍAS - El Señor Juez Titular d el Juzgado en lo Correcc ional N° 3 del Departam ento Judicial Avellaneda-Lanús, Dr.
Ramiro G. Varangot, por medio del presente, notifica a NÉS TOR SIMÓN MOOR TORRES, en actuaciones que se registran
por Secretaría como causa Nº 0702-19662-20, seguidas al nombrado en orden al delito de Lesiones Leves Calificadas del
auto que a continuación se transcribe: "Lanús, 1° de n oviembre de 2022. A utos Y Vistos: Para resolver el pedido de
sobreseimiento en la pre sente causa Nº 0702-19662-20, seguida a Moor Torres Nestor Simon, en orden al delito de
Lesiones Leves calificadas por el Vínculo y po r ser cometidas de un Hombre Contra una Mujer, mediando Violencia de
Género, que se registra por la Secretaría Única de este Juzgado en lo Correccional N° 3 del Depto. Judicial Avellaneda-
Lanús; Y Considerando: Que con fecha 12 de agosto de 2022 la Sra. Defensora Oficial interviniente solic ito se dicte auto de
sobreseimiento en el marco de la presente causa en favor d e Nestor Simon Moor Torres en función de los arts. 285, 328 inc.
2, 332 y ccdts. 338 del CPPBA, y 71, 72 y ccdts. del C.P. Por otra parte, la Sra. Fiscal interviniente tras el traslado conferido
oportunamente, manifestó que no se puede tener por favorable la pretensión realizada por la defensa por cuanto se
encuentran en autos "razones de interés público", por demás abastecidas para proseguir con la presente. Que
encontrándose la presente en con diciones de ser resuelta, paso a analizar las siguientes causales. Veamos: Que por las
probanzas obrantes en autos la Sra. Agente Fiscal que oportunamente intervin o, Dra. Maria Laura Carbal lal, requirió la
citación a juicio del enjuiciado y sostuvo que "Que el día 2 de noviem bre del año 2020, siendo ap roximadamente las 20:00
hs. en el interi or del domicilio sito en la calle Rawson s/n entre A lma Fuerte y Roca de la localidad de Avellaneda, Nestor
Simón Mo or con claras intenciones de ocasionar un daño en la salud de su pareja Patricia Gisele Paredes , la tomó del
cuello fuertemente, o casionándole con su accionar lesiones contuso escoriativas en región de cara lateral dere cha de
aproximadamente 3 cm. de diámetro, calificadas de leve entidad y en un contexto de violencia de género". Las presentes
actuaciones se iniciaron como consecu encia de que el hijo de la victima y del imputado, pidió ayuda al personal policial que
se encontraba recorriendo la z ona, contándole lo que estaba ocurriendo en su d omicilio con sus padres y según sus dichos
ingresaron al domicilio. Que allí labraron el acta de inicio dejando constancia de esas circunstancias y le recibieron
declaración testimonial -entre otros- a la Sra. Paredes, victima de autos, quien detalló lo sucedido en el interior de la
vivienda, mani festó que su pareja se encontraba nerviosa, y explicó las circunstancias en las que arribó a esa sede. En
dicha oportunidad, se le informó de lo establecido en el mencionado art. 72 del Código Penal, preguntada respecto de su
deseo de instar o no la acción penal por las lesiones sufridas, refirió que no era su deseo. Sin embargo, la Sra. Fiscal
continuó adelante co n la tramitación de la causa, pero no pudo lograr la recepción testimonial de la víctima en sede fiscal,
ya que no extremó las medidas necesarias para citarla y así ayudarla, ello lejos de respetar la normativa internacional a la
que la titular de la acción hace referencia y cita "tomar todas las medidas apropiadas para modificar pr acticas jurídicas o
consuetudinarias que respalden la persistencia o la tolerancia de la violencia contra la mujer". Meses mas tarde solicitó la
Elevación a Juicio sin haber logrado dilucidar la voluntad de la nombrada Patricia Giselle Paredes.- Ahora bien, llegada
ésta instancia del proceso y respecto de la imputaci ón dirigida contra el nombrado, advierto que me encuentro ante un
obstáculo insuperable. La Ley, como fuente formal d e derecho, resulta ser obligatoria para los habitantes y es deber de los
magistrados aplicar siempre la misma. En t al circuns tancia, es que nadie puede alejarse en momento alguno de lo
ordenado por las normas jurídicas.- De esta manera, debo remitirme al contenido del art. 72 del Código de fondo en su
última redacción (según Ley 27.455) Reza este artículo ". S on acciones dependientes de instancia privada las que nacen de
los siguientes delitos: 2. Lesiones leves, sean dolos as o culposas...". En los casos de este artíc ulo, no se procederá a
formar causa sino por acusación o denuncia del agraviado, de su tutor, guardador o representantes legales. Sin embargo,
se procederá de oficio: b) En los casos del inciso 2, cuando mediaren razones de seguridad o interés público.". Resulta
claro que en este caso no estamos frente a una razón "de seguridad o de interés público", que sería el único supuesto en el
cual el legislador autorizó a apartarse d e la instancia privada por parte de quién está legitimado a instar el delito de lesiones
leves, evidenciando así que la Sra. Agente Fiscal actuó en exceso, en nomb re de los derechos de la victima, desoyéndola y
sin su autorización se ava nzó sobre un derecho que no le pertenece. Debe mencionarse que "el principio de la instancia
privada ha sido consagrad o como una prerrogativa a favor de la víctima y nunca como una garan tía acordada al imputado"
(Baigún y Zaffaroni, Código Penal y normas complementarias. Análisis doctrinario y jurisprudencial", Ed. Hammurabi, to. II,
pág. 757). La Camara Nacional De Apelaciones En Lo Criminal Y Correccional En La Sala V (CCC 3683/2017/CA 1. "G. R.,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > martes 28 de febrero de 2023
SECCIÓN JUDICIAL > página 3

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