Publicaciones de la Sección Judicial de 26 de Diciembre de 2017

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLA PLATA, MARTES 26 DE DICIEMBRE DE 2017
SECCIÓN JUDICIAL / PÁGINA 11844
REMATES
ALLENDE SANDRA LIDIA
POR 3 DÍAS - El Juez Civ. y Com. Juz. 2, Dto. Jud. MDP. Autos: “Curi Alejandra Esperanza C/ Pennisi Salvador y otros S/ Ejecución Honorarios”
Expte.: 121.496, hace saber por 3 días que la Martillera Allende Sandra Lidia, R. 2464, dom. Av. J. Peralta Ramos N° 369, tel. (0223) 481-3877, rematará
en Col. Martilleros Bolívar 2958 el 100% de Inmueble c/ todo lo plantado edicado y adherido al suelo sito calle Rawson N° 4954 Chalet con terreno al
frente cuya numeración se encuentra pintada en la pared lateral izquierda tras la reja entre los números Rawson 4948 y 4964 (ambos domicilios con
chapa municipal identicada), de Mar del Plata. Ocupado por quien alega ser el titular del bien Walter Castillo según Fs. 413; EL DÍA 29 DE DICIEMBRE
2017 c/Base $151.525 o el 02-febrero-2018 c/ Base $113.643,75 o el 09-febrero-2018 sin base, Todos 12:30 hs. Contado, M/ Postor. Nom. Cat.: Circ.
VI: Secc. C; Chacra: 248; Manz. 248-e; Parc. 2; Lote Mide: 8,66 MtS. Fte. por 43 Mts. 30 cms. de Fdo. Supercie 374 Mts. 97 dms. 80 cms.2; Matríc.:
235.111 (45); demás datos e/ Autos; Seña 10%; Comisión 4% c/Pte.; Sell. 0,6% c/ Pte.; más 10% Aporte Previsional a cargo comprador; libre todo Grav.
lmp. y Contrib. hasta posesión a comprador. Deudas: Mun. $ 75.675,85; ARBA $ 32.252,60; OSSE $40.245,85. Concurrentes deben acreditar identidad
para ingreso acto subasta. Visitar 29-diciembre-2017 de 10 a 11 hs. Mar del Plata, diciembre 14 de 2017. Karina A. Minervini, Auxiliar Letrada.
M.P. 36.856 / dic. 21 v. dic. 26
___________________________________________
ERNESTO L. LEIVE CALANDRIA
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 de San Isidro, sito en Ituzaingó 340, 2° piso de San Isidro, en autos
“Penecino Oscar Jesús c/ Obregon Enrique Miguel y Otro/a s/ Cobro Ejecutivo” (Expte. 5725-2012) hace saber que el Martillero Ernesto L. Leive Calandria
rematará EL DÍA 23 DE FEBRERO DE 2018, A LAS 12 HS. en Alte. Brown 160, San Isidro el inmueble sito en la calle Mendoza 188, Pacheco, Matrícula
52140, Nom. Cat.: Cir. II, Sec. A, Maz. 62, Parc. 1c, Pdo. de Tigre (57). La casa es un chalet de planta baja, de ladrillos a la vista, con techo de tejas
francesas esmaltadas con mansardas, en buen estado (fs. 275). Lote 262,46 M2 (fs. 253 vta.) Base: $ 1.633.333 (fs. 307) venta ad corpus en el estado
físico y jurídico en que se encuentran, según títulos y constancias de autos, al contado, en dinero efectivo y al mejor postor. Seña: 20 % la que podrá ser
pagada en efectivo o mediante cheque certicado. Comisión: 3% c/p más Aportes y sellado de Ley. Deudas: ARBA: $ 783,60 al 3/03/15 (fs. 182) Munic.:
$ 6128,50 al 10/3/14 (fs.162), AySa: $3791,49 al 24/4/15 (fs. 205). La venta se efectuará al mejor postor. Los asistentes a la subasta deberán acreditar
identidad y rmar el libro respectivo del Colegio de Martilleros. Deberán exhibir como condición para ingresar al salón de remate y para participar en la
subasta, cheque certicado o certicado que expedirá el actuario respecto de las sumas habidas en la cuenta que se abrirá a nombre de las presentes
para lo cual deberá acreditarse el depósito y/o transferencia 48 hs. antes del acto, la suma de cuatrocientos noventa mil pesos ($ 490.000) en el Bco. de
la Prov. de Bs.As. Suc. Tribunales de S. Isidro. En el acto de la subasta, quien resulte comprador deberá constituir domicilio dentro del radio del Juzgado.
El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobado el remate sin necesidad de noticación o intimación, bajo apercibimiento de
lo dispuesto por el art. 585 del CPCC. En el supuesto de compra en comisión el comprador deberá indicar el nombre de su comitente, en el momento
mismo de la realización del remate, debiendo ser raticado en escrito rmado por ambos dentro del plazo de cinco días de aprobado el remate, bajo
apercibimiento de tenérselo por adjudicatario denitivo (arts. 581, 582 del cód. Procesal, Ley 11.909). Los impuestos, tasas, contribuciones son a cargo
del comprador, a partir de la posesión. El inmueble se encuentra ocupado por los demandados y una hija menor de edad, según mandamiento de
constatación de fs. 275. Visita al inmueble: 20, 21 y 22 de febrero de 14 a 17 hs. Dado y rmado y sellado en San Isidro, de diciembre de 2017. Juan
Martín Mendiguren, Secretario.S.I. 43.855 / dic. 22 v. dic. 27
CASA CENTRAL C.C.
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notica a
YAMILA ELIZABETH CAMPI con último domicilio en calle Gascón N° 1984 Piso 4, Dpto. 18 de la localidad de Mar del Plata, en causa nro. INC- 11046-1
seguida a Lettieri Jonathan Nazareno por el delito de Robo Calicado la Resolución que a continuación de transcribe: ‘’Mar del Plata, 1° de noviembre de
2017. Autos y Vistos: I.- Por recibidas las actuaciones que anteceden, agréguense y, atento el estado de autos, córrase vista de los informes producidos
a tenor del Art. 100 y ccts. Ley 12.256 al Sr. Fiscal de Ejecución y a la Defensa intervinientes por el plazo de 5 días corridos, a n que dentro de dicho
plazo ofrezcan la prueba de la que intenten valerse en la audiencia de resolución oral a realizarse en autos, en ampliación o complementación de los
dictámenes producidos, haciéndose saber que en todos los casos, quedará a cargo de la parte la citación de los testigos o peritos que proponga n para
ser escuchados en la audiencia a llevarse a cabo, como así también, toda otra prueba ofrecida (incluso la documental), debiendo la parte requirente
librar los ocios pertinente a n de su producción. II.- Sin perjuicio de ello, desígnese audiencia para resolver en este incidente, a tenor de lo normado
por los arts. 3 y ccts. Ley 12.256 y 105 tercer párrafo y cctes. C. P. P., para el día fecha de audiencia 21 de diciembre de 2017 a las 10:00 hs. Ofíciese
a la Unidad Penal que aloja al causante a n de procederse al comparendo del nombrado para el día y horario de audiencia jados, haciéndose saber
que en caso de negarse a comparecer ante estos estrados, deberá recurrirse al auxilio de la fuerza pública, decretándose su comparendo compulsivo, a
n de celebrarse la audiencia prevista en esta incidencia, todo ello de conformidad con lo resuelto con fecha 14/5/2015 por la Sala Primera de la Excma.
Cámara de Apelaciones y Garantías en el marco de la causa 26.964 caratulada “Salazar Martín Adrián s/Incidente de salidas transitorias” en cuanto
dispone “...No está prevista, a nuestro entender, la renuncia - ni expresa ni tácita- del encartado, de la realización de la audiencia oral prevista por ley y
su consecuente resolución en esos términos... “. -III. - Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a n de noticarla de la
audiencia jada en autos, debiéndosele hacer saber también que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente,
ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias;
régimen de semi libertad; libertad condicional; prisión domiciliaria, prisión discontinua o semi detención; libertad asistida o régimen preparatorio para su
liberación. Requiérasele también que manieste si desea ser informada acerca de los planteos que se formulen en esos casos, y en tal caso, je domicilio
para su noticación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su
silencio como expresión de no desear ser informada.”. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución. A los nes que corresponda se transcribe
el auto que ordena la presente medida: “Mar del Plata, 11 de diciembre de 2017. Autos y Vistos: Atento lo informado por parte de la Seccional Segunda
Dptal. respecto de la Sra. Campi Yamila Elizabeth, notifíquese a la misma a tenor del Art. 129 del C.P. P., por medio de publicación por el término de cinco
días en el Boletín Ocial de la Provincia de Buenos Aires.”. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal. Josena Marino, Auxiliar Letrada.
C.C. 14.761 / dic. 19 v. dic. 26
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POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notica
a SOBRINO GUSTADO con último domicilio en calle BIas Parera 122 de la ciudad de Mar del Plata en causa N° INC- 14118-4 seguida a Demetrio
Marcelo s/Incidente de Libertad Asistida la Resolución que a continuación de transcribe: Mar del Plata, 28 de noviembre de 2017. I.- En función del
estado de autos, córrase vista de los informes producidos en relación a Demetrio Marcelo a tenor del Art. 100 y ccts. Ley 12.256 a Fiscal y Defensa
por el plazo de cinco días sucesivos, a n que dentro de dicho plazo ofrezcan la prueba de la que intenten valerse en la audiencia de resolución oral
a realizarse en autos en ampliación o complementación de los dictámenes producidos, haciéndose saber que en todos los casos, quedará a cargo de
esa parte la citación de los testigos o peritos que propongan para ser escuchados en la audiencia a llevarse a cabo, como así también toda otra prueba
ofrecida (incluso la documental), debiendo la parte requirente librar los ocios pertinente a n de su producción. Sin perjuicio de ello, desígnese audiencia
para resolver en este incidente, a tenor de lo normado por los Arts. 3 y ccts. Ley 12.256 y 105 tercer párrafo y cctes. C.P.P., para el día 12/12/2017 a
las 09:30 horas. Ofíciese a la Unidad Penal que aloja al causante a n de procederse al comparendo del nombrado para el día y horario de audiencia
Sección Judicial
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLA PLATA, MARTES 26 DE DICIEMBRE DE 2017
SECCIÓN JUDICIAL / PÁGINA 11845
jados, haciéndose saber que en caso de negarse a comparecer ante estos estrados, deberá recurrirse al auxilio de la fuerza pública, decretándose su
comparendo compulsivo, a n de celebrarse la audiencia prevista en esta incidencia, todo ello de conformidad con lo resuelto con fecha 14/5/2015 por la
Sala Primera de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías en el marco de la causa 26.964 caratulada “Salazar Martín Adrián s/Incidente de salidas
transitorias” en cuanto dispone” ...No está prevista, a nuestro entender, la renuncia - ni expresa ni tácita- del encartado, de la realización de la audiencia
oral prevista por ley y su consecuente resolución en esos términos...”, haciéndole saber que en el día de la audiencia deberá acompañarse un gráco de
conducta actualizado, con indicación de las sanciones disciplinarias que hubiera recibido el nombrado y el legajo personal del interno. III.- Ofíciese a la
Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a n de noticarla de la audiencia jada en autos, debiéndosele hacer saber también que tiene
derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se
pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semi libertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión
discontinua o semi detención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación. Requiérasele también que manieste si desea ser informada
acerca de los pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio
como expresión de no desear ser informada.. Fdo. Ricardo Perdichizzi, Juez. “Mar del Plata, 11 de diciembre de 2017. Autos y Vistos: No habiéndose
podido noticar al Sr. Sobrino Gustavo Alfredo en el domicilio de calle BIas Parera 122 de esta ciudad, notifíquese al mismo a tenor del Art. 129 del C.P.P.,
por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Ocial de Buenos Aires. Fdo.: Ricardo G. Perdichizzi, Juez.
C.C. 14.762 / dic. 19 v. dic. 26
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POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notica
a los Sres. HÉCTOR RUBÉN SALVADOR, JOSÉ LUIS ARRATE y Sra. NATALIA GILARDONI con último domicilios conocidos en calle 527-2515 de
Quequén, Avda. 58 y 60 de Necochea (estación de servicio) y calle 65-3862 de Necochea, respectivamente en causa N° INC-14781-1 seguida a Gauna,
Fabián por el delito de Robo calicado la Resolución que a continuación de transcribe: “ Mar del Plata, 09 de noviembre de 2017. I.- En función del
estado de autos, córrase vista de los informes producidos a tenor del Art. 100 y ccts. Ley 12.256 a Fiscal y Defensa por el plazo de cinco días sucesivos,
a n que dentro de dicho plazo ofrezcan la prueba de la que intenten valerse en la audiencia de resolución oral a realizarse en autos en ampliación o
complementación de los dictámenes producidos, haciéndose saber que en todos los casos, quedará a cargo de esa parte la citación de los testigos
o peritos que propongan para ser escuchados en la audiencia a llevarse a cabo, como así también toda otra prueba ofrecida (incluso la documental),
debiendo la parte requirente librar los ocios pertinente a n de su producción. Sin perjuicio de ello, desígnese audiencia oral para resolver en este
incidente, a tenor de lo normado por los Arts. 3 y ccts. Ley 12.256 y 105 tercer párrafo y cctes. C.P.P., para el día lunes 11 de diciembre de 2017 a
las 09:30 horas. Ofíciese a la Unidad Penal que aloja al causante a n de procederse al comparendo del nombrado para el día y horario de audiencia
jados, haciéndose saber que en caso de negarse a comparecer ante estos estrados, deberá recurrirse al auxilio de la fuerza pública decretándose su
comparendo compulsivo, a n de celebrarse la audiencia prevista en esta incidencia, todo ello de conformidad con lo resuelto con fecha 14/5/2015 por la
Sala Primera de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías en el marco de la causa 26.964 caratulada “Salazar Martín Adrián s/Incidente de salidas
transitorias” en cuanto dispone “...No está prevista, a nuestro entender, la renuncia - ni expresa ni tácita- del encartado, de la realización de la audiencia
oral prevista por ley y su consecuente resolución en esos términos...”, haciéndole saber que en el día de la audiencia deberá acompañarse un gráco de
conducta actualizado, con indicación de las sanciones disciplinarias que hubiera recibido el nombrado y el legajo personal del interno. II.- Ofíciese a la
Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a n de noticarla de la audiencia jada en autos, debiéndosele hacer saber también que tiene
derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se
pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semi libertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión
discontinua o semi detención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación. Requiérasele también que manieste si desea ser informada
acerca de los pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio
como expresión de no desear ser informada. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución. A los nes que corresponda se transcribe el auto que
ordena la presente medida: Mar del Plata, 10 de diciembre de 2017. Autos y Vistos: En atención a no haber recibido respuesta alguna con respecto a la
noticación librada a la víctima de autos, notifíquese al mismo a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el
Boletín ocial de la Provincia de Buenos Aires. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal. C.C. 14.763 / dic. 19 v. dic. 26
___________________________________________
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notica
al Sr. SERANTES, ALBERTO y/o herederos, con último domicilio en calle Gutemberg 6553 de Mar del Plata en causa N° INC- 14694-1 seguida a Del
Sole, Mauro Damián por el delito de Robo agravado en tentativa, la Resolución que a continuación de transcribe: “Mar del Plata, 30 de noviembre de
2017. Autos y Vistos: ... II.- Sin perjuicio de ello, desígnese audiencia para resolver en este incidente, a tenor de lo normado por los Arts. 3 y ccts. Ley
12.256 y 105 tercer párrafo y cctes. C.P.P., para el día 11 de diciembre de 2017 a las 10.00 hs.- ...III- Ofíciese a la Jefatura Departamental de Policía
a los nes de noticar a la víctima de autos Sr. Serantes Mario Alberto de la audiencia jada en autos, debiéndosele hacer saber también que tiene
derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se
pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias, régimen de semi libertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión
discontinua o semi detención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación. Requiérasele también que manieste si desea ser informada
acerca de los planteos que se formulen en esos casos, y en tal caso, je domicilio para su noticación, pudiendo designar un representante legal,
proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada. Asimismo,
requiérasele también que manieste si desea ser informada acerca de los planteos que se formulen en esos casos, y en tal caso, je domicilio para su
noticación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio
como expresión de no desear ser informada. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución. A los nes que corresponda se transcribe el auto que
ordena la presente medida: “Mar del Plata, 10 de diciembre de 2017. Autos y Vistos: En atención a que aún no se ha recepcionado respuesta alguna de
la noticación librada a la víctima de autos; notifíquese al mismo a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en
el Boletín Ocial de la Provincia de Buenos Aires. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal.C.C. 14.764 / dic. 19 v. dic. 26
___________________________________________
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notica
a la progenitora de la víctima de autos, Sra. GRACIELA ALICIA COSTAS con último domicilio en calle Plan Federal casa N° 77 de la ciudad de Coronel
Vidal en causa N° INC- 14282-5 seguida a López, Martín Guillermo la Resolución que a continuación de transcribe: “ Mar del Plata, 30 de noviembre de
2017. Autos y Vistos: I. Por recibidas las actuaciones que anteceden, agréguense y, atento el estado de autos córrase vista de los informes producidos
a tenor del Art. 100 y ccts. Ley 12.256 al Sr. Fiscal de Ejecución y a la Defensa intervinientes por el plazo de 5 días corridos, a n que dentro de dicho
plazo ofrezcan la prueba de la que intenten valerse en la audiencia de resolución oral a realizarse en autos, en ampliación o complementación de los
dictámenes producidos, haciéndose saber que en todos los casos, quedará a cargo de la parte la citación de los testigos o peritos que propongan para
ser escuchados en la audiencia a llevarse a cabo, como así también, toda otra prueba ofrecida (incluso la documental), debiendo la parte requirente
librar los ocio pertinente a n de su producción. II.- Sin perjuicio de ello, desígnese audiencia para resolver en este incidente, a tenor de lo normado
por los Arts. 3 y ccts. Ley 12.256 y 105 tercer párrafo y cctes. C.P.P., para el día 11 de diciembre de 2017 a las 10:00 hs. Ofíciese a la Unidad Penal
que aloja al causante a n de procederse al comparendo del nombrado para el día y horario de audiencia jados, haciéndose saber que en caso de
negarse a comparecer ante estos estrados, deberá recurrirse al auxilio de la fuerza pública, decretándose su comparendo compulsivo, a n de celebrarse
la audiencia prevista en esta incidencia, todo ello de conformidad con Io resuelto con fecha 14/5/2015 por la Sala Primera de la Excma. Cámara de
Apelaciones y Garantías en el marco de la causa 26.964 caratulada “Salazar Martín Adrián s/Incidente de salidas transitorias” en cuanto dispone “... No
está prevista, a nuestro entender, la renuncia - ni expresa ni tácita- del encartado, de la realización de la audiencia oral prevista por ley y su consecuente
resolución en esos términos...” III.- Ofíciese a la Comisaría de Coronel Vidal a los nes de noticar a la víctima Graciela Alicia Costas (progenitora de la
víctima de autos) a n de noticada de la audiencia jada en autos, debiéndosele hacer saber también que tiene derecho a ser informada y a expresar
su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de
la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semi libertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semi detención;

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