Publicaciones de la Sección Judicial de 22 de Febrero de 2016

PÁGINA 1129
PROVINCIA DE BUENOS AIRES | BOLETÍN OFICIAL LA PLATA, LUNES 22 DE FEBRERO DE 2016
Sección Judicial
Remates
___________________________________________________
PATRICIA R. DE MARTINI
POR 3 DÍAS - El Juzgado de 1ra. Inst. en lo Civil y
Comercial N° 2 de Olavarría, del Dpto. Judicial Azul, a
cargo de la Dra. María Hilda Galdós, Secretaría Única, a mi
cargo, hace saber que la Martillera Patricia R. de Martini
(T° IV – F° 273) rematará en pública subasta, al mejor pos-
tor, EL DÍA 01 DE ABRIL DE 2016, A LAS 11:00 HS., en el
Centro de Martilleros y Corredores Públicos de la Ciudad
de Olavarría, sito en la calle 9 de Julio N° 2263 de esta ciu-
dad, el siguiente inmueble: 25 % de cuatro lotes de terre-
nos conformado por las Matrículas N° 5045, 5063, 5064 y
5065 (078) del Partido de Olavarría, unificadas según
plano 78-23-95, cuyo certificado de dominio obra a fs.
430/45 Dirección: Av. Del Valle N° 3.640/48, de Olavarría -
Medidas: con una superficie total de 946,13 m2.- Estado
de Ocupación: ocupado según constancia de fs. 529
Partida Inmobiliaria y Nom. Cat.: Las cuatro matrículas
conforman catastralmente la Partida Inmobiliaria 8442
(078) y según cédula catastral agregada a fs. 270/3 se
denomina Circ. I, Secc. D, Quinta 120, Manz. 120 H,
Parcela 2 H; al mejor postor, con la base de las 2/3 partes
de la tasación efectuada a fs. 522 toda vez que la actuali-
zación del crédito hipotecario efectuada a fs. 223 de los
autos principales es menor (conforme Arts. 205 Inc. 1, 2,
3, 206 y ccdtes. de la Ley 24.522 y Art. 566 y ccdtes. del
C.P.C.C.), resultando en consecuencia $ 865.000. Base: $
865.000 - Seña: 30 % - Hon.: 5 % a cargo del comprador
más el 10 % total de aportes previsionales. Sellado: 1 %
cargo del comprador. Visitas: 30 y 31 de marzo de 2016
de 10:00 a 11:00 hs. Saldo: deberá depositarse dentro del
5° día de aprobada la subasta bajo apercibimiento de lo
dispuesto por el Art. 585 del C.P.C.C. Quien resulte com-
prador deberá constituir domicilio procesal en el radio de
asiento del Juzgado. Impuestos: Las deudas que registre
el bien por impuestos, tasas y contribuciones, devenga-
das con anterioridad a la toma de posesión, no estarán a
cargo de los compradores en subasta. Ofertas bajo sobre:
Se admitirán ofertas bajo sobre cerrado que podrán ser
entregadas al Martillero hasta las 11:00 hs. del día hábil
inmediato anterior al remate. El oferente tiene la carga de
anoticiarse de las modalidades consultando el expediente
- se prohíbe la compra en comisión y la cesión del boleto
- solo se admitirá el ingreso a quien acredite -con dinero
en efectivo o cheque certificado - contar con la suma
mínima equivalente a la seña, sellado y honorarios - venta
decretada en autos “Durán Homero Daniel s/ Incidente
Concurso/ Quiebra -Realización de Bienes-” (Expte. N°
OL-193-2011).- Olavarría, 5 de febrero de 2016. Jorge
Mariano Ferrari, Secretario.
C.C. 1.511 / feb. 18 v. feb. 22
_________________________________________________
ROBERTO GEDDES
POR 3 DÍAS - El Juzgado Civil y Com. N° 1, Secretaría
Única de Bahía Blanca, hace saber que el Martillero
Roberto Geddes, en autos: “Prommel Mario E. C/ Tete
S.A. s/ Cobro Hipotecario”, Expte. 95.724, Rematará EL
DÍA 2 DE MARZO DE 2016, A LAS 12:00 HS. en la Sede
del Colegio de Martilleros, Brandsen 148 de Bahía Blanca,
un local comercial en calle L.M. Drago N° 63, local 24 de
B. Bca., Nom. Cat.: Circ. I, Secc. A, Manz. 54-b, Parcela
3-b, U.F. 22, Polígono 00-22 y 00-41, Partida 139.170,
Matrícula 58753/22 de B. Bca. Base $ 35.924. Al contado.
Seña 10%. Precio y comisión 1,5 % + adicional de Ley,
1,2 % sellado boleto, acto de remate, dinero efectivo.
Ocupado por Christian A. Bof en carácter de inquilino.
Revisar 29/2/16 de 11:00 a 12:00 hs. Bahía Blanca, 5 de
febrero de 2016. Fdo.: María Damiana Frías, Secretaria.
B.B. 56.099 / feb. 18 v. feb. 22
PABLO FERNANDO ERRICO
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Paz Letrado de la ciudad
de 25 de Mayo (B.A.). a cargo de la Dra. Rosana M. Farina,
Secretaría Única a cargo del Dr. Claudio A. Ybarra en
autos caratulados “Lissalde Ricardo c/ Villamarín Carlos
Armando s/Cobro Ejecutivo” Exp. N° 18.328 el Martillero
Pablo Fernando Errico, procederá a vender en pública
subasta EL DÍA MIÉRCOLES 2 DE MARZO DE 2016, A
LAS 9:00 HORAS en el Salón de Bomberos Voluntarios de
la ciudad de 25 de Mayo (B.A.) sito en calle 21 N° 738 el
100% del siguiente bien inmueble sito en la ciudad y par-
tido de General Alvear. Bs. As. Nomenclatura Catastral:
Cir.: V; Pa rc. 273 ac ; Pda. In mob., 0 34-009722-0;
Matrícula: (34) 2654 en el estado de mantenimiento y ocu-
pación que surge del mandamiento de constatación de fs.
91 de fecha 07/10/2014. Existen deudas en el expediente
de ARBA a fs. 247. Tasa por conservación, reparación,
mejoramiento de la red vial a fs. 79/80. La venta se orde-
na libre de gravámenes, impuestos, tasas y contribucio-
nes a la fecha de toma de posesión por parte del adqui-
rente. La venta se realizará al contado y al mejor postor,
Base: la suma de Pesos equivalente a U$S 214.200 (dóla-
res estadounidenses doscientos catorce mil doscientos),
según la cotización que al día anterior a la subasta tenga
el Banco de la Nación Argentina, al tipo comprador (Art.
569 CPCC). Seña 20 %. Sellado de Ley 1.2 %. Comisión
3 % a cargo de cada una de las partes con más el 10 %
de los honorarios en concepto de aportes previsionales.
(Art. 54, ap. IV, 55 y 71 de la Ley 10.973 y su modificado-
ra Ley 14.085). Todo dinero en efectivo. El comprador
deberá constituir domicilio procesal en el momento de la
firma del boleto dentro del radio de asiento del Juzgado
bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se
den por notificadas automáticamente conforme el Art. 133
del ritual. Se prohíbe ceder los derechos y acciones del
comprador en subasta. Días de visitas viernes 26 de
febrero de 2016 de 17:30 a 18:30 y sábado 27 de febrero
de 2016 de 9:30 a 10:30 hs. 25 de Mayo, 11 de febrero de
2016. Fdo. Dr. Claudio A. Ybarra, Secretario.
L.P. 15.543 / feb. 18 v. feb. 22
_________________________________________________
ALDO TRUSSO
POR 3 DÍAS - El Juzg. Pra. Inst. C.C. n° 7 de San
Justo, autos: “Consorcio de Propietarios C.H. La Matanza
516 Bº Isabel La Católica de Ciudad Evita c/ Medina
Roberto Rubén s/ Cobro ejecutivo de dinero“ expte. Nº
L.M. 22180 hace saber por 3 días el martillero público
Aldo Trusso C. U. I. T. 20-5600455-7, EL 4 DE MARZO DE
2016. A LAS 9 HS. en Dr. Eizaguirre 1943 de San Justo
(Col. Martilleros), subastará al contado y mejor postor Un
departamento ubicado en Ciudad Evita Pdo. La Matanza,
bajo régimen P.H. Ley 13.512 y Dto. Reg. P.H. 70-405.94
Unidad Funcional 181 Piso 2º Polígono-02-37 sup.cub.
61,80 m2 semidesc. 2,94 m2 total políg. y U.F. 64,74 m2
Porcentual 0,0042% Nom. Cat.: Circ. VII, Secc. N, Manz.
24, Parc. 1, Subparc. 181, Partida 237904 Matrícula
104866/181. Ocupado por Raquel Dolores Meza en carác-
ter de titular de bien siendo viuda del demandado, con su
nieta María Belén García. Adeuda: Muni.: $ 1.069,34 al
6/1/04 sujeto a recargo e int. a la fecha de pago Aguas
Arg. $ 10.966,38 al 6/1/04 Inmob. $ 2.206,46 al 31/3/04
Expensas $ 37.800 al 7/12 Visitas: 3 de marzo de 2016 de
8 a 10 hs. bajo responsabilidad de la demandada Base: $
51.060,66. Seña: 10%. Comisión: 3% c/p + aport. Ley
7.014 Sellados 1,2% en efectivo. El comprador deberá
constituir domicilio legal dentro del radio de asiento del
Juzgado, y pagará el saldo de precio dentro del 5° día de
aprobada la venta. Compra en comisión cfe. Art. 582,
Proc. Seg. Ley 11.909. Gastos de escrituración el adqui-
rente podrá optar por la inscripción seg. art. 581 CPC, o
designar escribano. En este último caso, los gastos de
escrituración a su exclusivo cargo. Libérase al adquirente,
hasta la oportunidad de quedar firme la orden de entregar
la posesión, de toda deuda que afecte al inmueble. En
sentido similar, respecto a las deudas que pudieren exis-
tir por impuestos y tasas y de no ser posible el pago en
todo o en parte por falta de fondos el comprador deberá
asumir el pago como obligaciones “proter rem” Roberto
Rubén Medina, D.N.I. 11.835.952, Consorcio C.U.I.T. 30-
6941124-2, C.U.I.L. 20-18306795-9 (actora). San Justo,
12 de febrero de 2016. Gretel Tiercin, Auxiliar Letrada.
L.P. 15.578 / feb. 19 v. feb. 23
_________________________________________________
MAURICIO RAFAEL SORIANO
POR 3 DÍAS. El Juzgado de Primera Instancia en lo
Civil y Comercial N° 1 de Tres Arroyos, Secretaría Única,
hace saber que el Martillero Mauricio Rafael Soriano,
designado en Expediente N° 28.349, rematará EL DÍA 25
DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO 2016, A LAS 10:30 HS.,
en el domicilio de calle Domingo Vázquez Nº 302 de Tres
Arroyos: Los inmuebles embargados e hipotecados, sitos
en esta ciudad, que llevan las matrículas a) Nº 31.095
(108) - partida 567690 que incluye planta de 8 silos- y N°
24.635 (108) -partida 30114- en forma conjunta y con
base unificada de pesos ciento ochenta y dos mil cuatro-
cientos sesenta y cuatro ($ 182.464) al contado y al mejor
postor; y b) Nº35.252 (108) -partida 581285- con base de
un mil no vecientos sie te con sesen ta ce ntavos ($
1.907,60), al contado y al mejor postor. Estado de ocupa-
ción de los tres inmuebles: Desocupados. Deuda por
impuestos: Inmobilia rio $ 0 y Municip ales $ 49,29.
Comisión 3% a cada parte, Aportes Ley 7.014 y Sellado,
todo en dinero en efectivo en el acto de subasta. Seña
10% en efectivo en acto de remate. Visitas a los inmue-
bles de 9:30 a 10:00 hs. el mismo día de remate.- El com-
prador deberá dar cumplimiento a lo normado por el Art.
580 CPCC, pudiendo optar por la inscripción directa del
dominio conforme lo dispuesto por el Art. 581 CPCC o
designar Escribano, en cuyo caso las erogaciones serán a
su exclusivo cargo. Para el caso de compra en comisión
conforme Art. 582 del COCC, en el mismo acto de la
subasta se deberá denunciar el nombre del comitente,
bajo apercibimiento. Se permiten ofertas en sobre cerrado
que deberán presentarse ante el Secretario del Juzgado
con dos días antelación a la subasta. Tres Arroyos, 12 de
Febrero de 2016. Mariana C. Druetta, Abogada Secretaria.
L.P. 15.591 / feb. 19 v. feb. 23
_________________________________________________
NOEMÍ NIDIA MESCHLER
POR 1 DÍA – El Juzgado de Primera Instancia en lo
Civil y Comercial N° 8, Secretaría Única, sito en la calle
Ituzaingó 340, piso 6° de San Isidro, comunica por un día
que en los autos caratulados “Anacon S.A. c/ Mazas Elda
Beatriz y Otros s/ Cobro Ejecutivo, Expediente N° 52146”,
que la Martillera Noemí Nidia Meschler, Rematará EL DÍA
18 DE MARZO DE 2016, A LAS 12:30 HS., en el salón de
remates del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos
sito en la calle Almirante Brown 160 de San Isidro, al con-
tado y al mejor postor los siguientes bienes: 1) Un televi-
sor LCD Philips color 42 pulg. con control remoto funcio-
nando. 2) Un home theater Philips modelo (HTS 6500/55
Serial NW 00725006/34) con dos parlantes y control
remoto, todo funcionando. 3) Un reloj de pie rectangular
con frente vidriado y espejado mide aproximadamente
1,80m. x 40cm. de alto. 4) Un juego de sillones compues-
to por dos individuales y uno con cuatro cuerpos color
beige tapizado en buen estado de conservación. 5) Una
mesa ratona de algarrobo y frente de vidrio (medida apro-
ximada 1m. x 080m.). 6) Una biblioteca de tres cuerpos de
madera con estantes de vidrio y estante para PC. 7) Un
notebook ACER (S/N LXP6 y 0212801102 de 31601). 8)
Una impresora HP (CH 180 multifunción serie BRG 09
FP04P). 9) Un televisor Samsung LCD 32 pulg. (Mod.
LN32 c450 e1CTC) con control remoto funcionando. 10)
Un aire acondicionado Surrey frontal blanca de 4000 fri-
BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
PÁGINA 1130 LA PLATA, LUNES 22 DE FEBRERO DE 2016
goría frío con control remoto y funcionando. 11) Una mesa
redonda de vidrio y estructura metálica color gris de
1,60m. 12) Diez sillas metálicas color gris con almohadilla
de tela beige. Se aceptarán en la subasta ofertas en sobre
cerrado, las que deberán ser presentadas en Secretaría
hasta dos horas antes de la fijada para la subasta, debien-
do ser retiradas por el martillero del expediente bajo debi-
da constancia. Las ofertas serán abiertas en el acto de
remate, la oferta deberá indicar nombre y domicilio real y
constituido del oferente, expresar el precio ofrecido y
deberá ser ratificada por el oferente en el acto del remate,
se tendrá por no efectuada la oferta hecha de esta mane-
ra, si el oferente no la ratifica en el acto de la subasta (Art.
34 Inc. 5 ap. b del C.P.C.). El comprador deberá constituir
domicilio procesal, en el radio de asiento del Tribunal, bajo
apercibimiento de que las sucesivas providencias se
darán por notificadas automáticamente conforme Art. 133
CPCCP. Exhibición: 17 de marzo 2016 de 08 a 12:00 hs.,
en la Av. Presidente Perón 10360 Pablo Podestá Pcia. de
Buenos Aires. Sin base. Comisión: 10% a cargo del com-
prador, con más el aporte de Ley. Todo en dinero efecti-
vo. Informes en el Tribunal citado o en las oficinas del
Martillero tel.: 30199314. San Isidro, 1° de febrero de
2016. María Laura Iglesias, Secretaria.
S.I. 38.145
_________________________________________________
EDUARDO DOMINGO ANCHOU
POR 3 DÍAS – El Juzgado Civil y Comercial N° 1, Sec.
Única de Mar del Plata en los autos “Basualdo Rosa Elvira
s/ Sucesión Ab Intestato” Exp. N° 99.422 hace saber que
el Martillero Eduardo Domingo Anchou (Reg. 1454), con
domicilio en calle Entre Ríos 1808 entre piso Of. 3, rema-
tará en el Colegio de Martilleros Deptal. (Bolívar 2958) EL
DÍA 26 DE FEBRERO DE 2016, A LAS 12:00 HS., los dere-
chos y acciones que le corresponden a la causante,
Basualdo Rosa Elvira, con respecto al boleto de compra-
venta que luce agregado en copia certificada a fs.
145/146, respecto del 50% del bien inmueble identificado
como Cir. VI Sec. A, Chac. 85, Mza. 85-z, Parc. 23.
Matrícula 232245 el que resulta ser de titularidad dominial
del vendedor González, Lain Manuel (ver antecedente
dominial fs. 387); al contado, sin base y al mejor postor.
Comisión 10 % más el 10% en concepto de aportes pre-
visionales e IVA (Art. 54 ap. IV de la Ley 10.973 texto
según Ley 14.085), anticipo de sellado: 0,6% cada parte.
Deberá constituir domicilio en el lugar del asiento del
Juzgado y denunciarse el nombre del eventual comitente
en el acto de subasta y ratificarlo en escrito firmado por
ambos dentro de los 5 días de aprobado el Remate, bajo
apercibimiento del Art. 580/2 del CPCC. Deudas: Informes
Mart. tel.: 493-8882/156-892657/156-892655 . Mar del
Plata, 15 de febre ro de 2016. Fél ix Adrián Fer rán,
Secretario.
M.P. 33.107 / feb. 22 v. feb. 24
_________________________________________________
OMAR A. SASS
POR 2 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial N° 9 Secr.
Única Depto. Jud. Mar del Plata hace saber que el
Martillero Omar A. Sass, reg. 2204 cel. 155-364707, rema-
tará EL DÍA 26 DE FEBRERO DE 2016, A LAS 13:00 HS.
en calle Bolívar 2958 de Mar del Plata: 1) Un Automotor
dominio ICJ265 marca Peugeot 307 XS 1.6 4P 110 CV año
2009. 2) Un Automotor dominio ICJ266 marca Peugeot
307 XS 1.6 4P 110 CV año 2009. En el estado que se
encuentran y exhiben el 26/02/2016 de 11:00 a 12:00 hs.
en calle Salta 3374 MdP lugar donde el comprador tomará
posesión del bien y procederá a su retiro el día de la
subasta a las 15:00 hs. sin base al contado y mejor pos-
tor Honorarios 10% + IVA y ap. jubilatorios Sellado de Ley
1,2% a cargo del comprador todo en efectivo acto subas-
ta. Libre de gravámenes, impuestos, tasas y contribucio-
nes hasta la entrega de posesión. Los asistentes al rema-
te deberán concurrir munidos de documento de identidad
a los fines de su identificación y anotación de su ingreso;
debiendo a su vez consignar, para el caso que actúen en
calidad de mandatarios, el nombre de sus comitentes, ello
en aras de resguardar la transparencia del acto y el cono-
cimiento por parte de todos los asistentes de las personas
que pujan y de la persona que en definitiva resulta com-
pradora. Por los mismos motivos, el boleto deberá ser
suscripto por las partes en el mismo acto y en presencia
de todos los asistentes. El comprador en comisión (conf.
Art. 582 del CPCC, t.o. Art. 1° Ley 11.909), deberá acredi-
tar la condición de tal a través de un poder especial otor-
gado al efecto (Art. 1881 Inc. 7° del Código Civil).
Comprador constituirá domicilio en radio de Juzgado
Adeuda Imp. Automotor al 02/2016: 1) $ 21.098,20. 2) $
21.098,2 0. Autos: “Filetto S. R.L. s/ Qu iebra” Exp.
6.355/2011. Mar del Plata, 4 de febrero de 2016. Martín
Zambecchi, Secretario.
C.C. 1.601 / feb. 22 v. feb. 23
CASA CENTRAL C.C.
POR 5 DÍAS - Santiago Sommariva, Instructor Judicial
de la Unidad Funcional del Fuero de Responsabilidad
Penal Juvenil N° 2 del Departamento Judicial Dolores, por
disposición de la Dra. Mónica Ferre Agente Fiscal, tengo
el agrado de dirigirme a Usted en el marco de la IPP 03-
00-003226-13/00 seguida a Walter Leandro Espandrio a
fin de solicitarle que por ese medio, se notifique a VIDELA
ANÍBAL ÁNGEL, DNI 16.493.097, con último domicilio
conocido en calle Buenos Aires 1 3 de la localidad de Villa
Gesell, la resolución de archivo que se transcribe
Dolores, 12 de junio de 2013. Visto: Las presentes actua-
ciones iniciadas por denuncia de Videla Ángel Aníbal que
componen la IPP N° 03-00-003226-13. Considerando:
Que de la denuncia agregada a fs. 1/2 la víctima de autos
manifiesta que en circunstancias que se dirigía hacia la
garita sita en Paseo 114 y Avenida Boulevard de Villa
Gesell, fue sorprendido por un sujeto de sexo masculino
quien exhibiendo un arma de fuego y diciéndole “dame la
valija... dame todo porque si no te quemo”, siendo desa-
poderado de una valija la que contenía en su interior cds
y dvds de música y películas varias. De acuerdo a distin-
tas diligencias ordenadas y de las declaraciones obrantes
a fs. 26, 27 y 28 no sería ajeno al hecho el joven Espandrio
Walter Leandro, quien habría sido visto ofreciendo a la
venta cds y dvds. Atento ello se requirió al Juzgado de
Garantías interviniente orden de allanamiento para el
domicilio del mentado, arrojando tal diligencia resultado
negativo conforme surge del acta agregada a fs. 37/38.
Por lo expuesto y sin perjuicio de la labor instructoria lle-
vada a cabo, se colige que de lo actuado no surgen ele-
mentos convictivos suficientes que permitan determinar la
autoría del hecho denunciado, no existiendo prueba sufi-
ciente que permitan convocar al sindicado a los fines pre-
vistos por el art. 308 de C.P.P., y no vislumbrándose al
menos en lo inmediato la posibilidad de adquirir nuevos
elementos que permitan modificar el actual cuadro valora-
tivo, es por ello que, de conformidad con lo dispuesto con
Resuelvo: a) Proceder al archivo de las presentes actua-
ciones.” Sant iago J. Somm ariva, Ins tructor J udicial.
Dolores, 26 de noviembre de 2015.
C.C. 1.287 / feb. 16 v. feb. 22
_________________________________________________
POR 5 DÍAS - Santiago Sommariva, Instructor Judicial
de la Unidad Funcional del Fuero de Responsabilidad
Penal Juvenil Dptal. por disposición de la Dra. Mónica
Ferré, Agente Fiscal, tengo el agrado de dirigirme a Usted
en el marco de la IPP 03-03-002109-11/00 seguida a
Cristian Ariel Meier por el delito de robo a fin de solicitar-
le que a fin de por ese medio, se notifique a la denuncian-
te, RODRÍGUE Z JEREZ CINTIA MICAELA, DNI
33.747.178 , con último domicilio conocido en calle
Avenida 2 entre Paseo 118 y Paseo 119 de la localidad de
Villa Gesell, la resolución de archivo dictada oportuna-
mente - fs. 25/26 y 7 vta. que a continuación se transcri-
be “Dolores, 25 de octubre de 2012. Vistos: Los de las
presentes actuaci ones que llevan el núm ero 03-03-
002109-11 de esta Unidad Funcional de Responsabilidad
Penal Juvenil, Y Considerando: Que la presente investiga-
ción se inicia en fecha 09 de mayo de 2011 por denuncia
penal formulada por Rodríguez Jerez Cintia Micaela quien
da cuenta que en la fecha mencionada y siendo aproxi-
madamente las 12:10 horas mientras se encontraba tra-
bajando en el local rubro Quiniela sito en calle Avenida 3
entre Paseo 118 y 119 de la localidad de Villa Gesell,
ingresa al mismo un sujeto de sexo masculino, quien pre-
vio exhibirle un arma de puño, se apodera ilegítimamente
de dinero en efectivo en aproximadamente la suma de dos
mil quinientos pesos, dándose a la fuga del lugar con la
res furtiva en su poder. Que por su parte del informe poli-
cial de fecha 09 de mayo de 2011 efectuado por el
Sargento Carvajal obrante a fs. 06, surge que de un rele-
vamiento vecinal y rastrillaje practicado en la zona se
determina que la autoría del ilícito recae sobre el joven
Meier Cristian Ariel, habiéndose secuestrado un arma de
fuego de juguete de color negra tipo pistola a sevita y con
relación a los cuales la Dra. Torres -Agente Fiscal de la
UFRPJ- dispuso entre otras medidas la entrega del joven
sindicado a sus progenitores-. En así que en primer lugar
debo advertir que dicho informe policial no se encuentra
sustentado con ninguna actuación complementaria, tal
como serían la individualización y/o en su caso la declara-
ción testimonial de los vecinos entrevistados que le per-
miten determinar la autoría en cabeza del joven Meier, el
acta de procedimiento por la cual se procede a la apre-
hensión del joven -toda vez que surgiría una entrega del
mismo a sus progenitores- o circunstancias en la que se
produce, lugar donde fue incautada el arma de fuego de
juguete, un examen visu de la misma y demás. Sumado a
ello debo reseñar que en todo caso mal podría la Dra.
Torres haber dispuesto las diligencias señaladas en dicho
informe por cuanto la misma desde el año 2010 no desa-
rrolla tareas ni en el fuero ni en el Departamento Judicial
Dolores. Por su parte, de haber entendido que podría
resultar sindicado el joven Meier no se solicitó al Juzgado
de Garantías Dptal. orden de allanamiento en su domici-
lio, el que a la fecha resulta inverosímil atento haber trans-
currido casi un año y medio desde su comisión -dejo
constancia que la investigación ingresa a esta sede fiscal
en fecha 22 de octubre de 2012. Que sin perjuicio de lo
expuesto lo cierto es que no existen testigos presenciales
del propio evento que puedan manifestar como sucedie-
ron los hechos, contando solo con las expresiones del
denunciante; sumado a que de entender y probar que
quien resulta ser autor del mismo es el joven Meiere el
mismo cuenta a la fecha del ilícito con 14 años de edad
conforme surge de fs. 18, y por lo tanto según lo pres-
cripto por el art. 1 de la Ley 22.278 y art. 63 de la Ley
13.634 y cctes. resulta inimputable y por lo tanto no per-
seguible penalmente. Por lo expuesto entiendo no surgen
elementos convictivos suficientes que permitan determi-
nar en cabeza del sindicado la autoría y responsabilidad
penal del evento como así también convocarlo a los fines
previstos por el art. 308 del C.P.P., dada la inimputabili-
dad penal de la que goza el mismo y ante la inexistencia
de momento de circunstancias que permitan conducir a la
modificación del cuadro convictivo logrado, es que, de
conformidad con lo dispuesto por el art. 268 cuarto párra-
fo del CPP: Resuelvo: 1.- Proceder al archivo de las pre-
sentes actuaciones -cfme. art. 268 cuarto párrafo del
C.P.P”. S antiago J. Somm ariva, Instru ctor Ju dicial.
Dolores, 25 de noviembre de 2015.
C.C. 1.288 / feb. 16 v. feb. 22
_________________________________________________
POR 5 DÍAS - En IPP PP-03-04-000116-14/00, de trá-
mite por ante este Juzgado de Garantías N° 4 de Mar del
Tuyú, a cargo del Dr. Diego Olivera Zapiola, Secretaría a
cargo del autorizante, a fin de notificar al imputado
HERNÁN MARIANO SKOCZDOPOLE cuyo último domici-
lio conocido era en calle Guiraldes N° 270, la siguiente
resolución: “Mar del Tuyú, 29 de enero de 2016. Autos y
Vistos: Para resolver la solicitud de sobreseimiento y cam-
bio de calificación interpuesta por el Sr. Defensor Oficial
en favor del imputado Hernán Mariano Zkoczdopole
teniendo a la vista las actuaciones que conforman la
Investig ación Pe nal Prepa ratoria 0 3-04-116-14;Y
Considerando: Primero: Que a fs. 87/90, la Sra. Agente
Fiscal, de la UFID N° 6 de Villa Gesell, Dra. Verónica
Zamboni, requiere la elevación a juicio de la presente
causa. Segundo: Que a fs. 91/ vta. se notifica de las con-
clusiones de dicho requerimiento al Sr. Defensor Oficial,
oponiéndose al progreso de la acción penal a fs. 92/94 y
vta. solicitando el sobreseimiento de su asistido Hernán
Mariano Zkoczdopole, cambio de calificación y subdiaria-
mente se fije audiencia a tenor de lo dispuesto en el art.
404 del C.P.P. Expresa el representante del Ministerio
Público de la Defensa en relación al hecho que se le impu-
ta a su defendido que analizada la prueba valorada por el
Ministerio Público Fiscal se advierten diferentes cuestio-
nes que indudablemente deben inclinarse a favor de su
defendido. Manifiesta la Defensa que el MPF encuadra
jurídicamente la conducta atribuida a su pupilo como
constitu tiva del delito de T enencia Simple de
Estupefacientes (art. 14, primer párrafo de la Ley 23.737),
ello en cal idad de Aut or pe nalmente re sponsable.
Asimismo el representante del MPD refiere que en base a
las constancias en que el MPF sustenta su imputación y a
la prueba valorada se advierten que no se ha podido acre-
ditar, ni siquiera presumir, el dominio sobre las sustancias
estupefacientes en relación al encartado, ello toda vez
que no era el único sujeto residente en el lugar al momen-
to de realizarse el allanamiento. Aduna el Sr. Defensor
Oficial, que sin perjuicio de ello, y aún en la hipótesis de
que las piedras incautadas pertenecieran a su defendido,
ello no resulta suficiente para la imputación sostenida por
el MPF. Continúa la Defensa expresando que el número
de plantas secuestradas, de por sí escaso para conside-
rar un destino distinto del consumo personal, no permite

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR