Publicaciones de la Sección Judicial de 14 de Mayo de 2021

Sección
Judicial
SUBASTAS ELECTRÓNICAS
MARIANO M. ESPINA RAWSON
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2, a cargo del Dr. Ricardo Horacio Suarez Juez,
Secretaría Única, sito en la Av. Presidente Perón 2850, Piso 2°, San Justo, Partido de L a Matanza, Provincia de Buenos
Aires, comunica por 3 (tres) días en los autos caratulado s "Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados c/Barrios,
Héctor Daniel s/Ejecución Prendaria”, Expediente N° LM 47688/2018, que el martillero Mariano M. Espina Rawson (CUIT
20-13407112-6 IVA Resp. Inscripto), subastará por 10 días hábiles, COMENZANDO LA PUJA EL DÍA 4 DE JUNIO DE 2021
A LAS 10:00 HS., FINALIZANDO EL 18 DE JU NIO DE 2021 A LAS 10:00 HS., al contado y mejor postor y bajo la
modalidad electrónica, de acuerdo a lo dispuesto por el (Art. 562 CPCC. mod. Ley 14238), en el estado en que se
encuentra y será exh ibido, el automotor Marca Volkswagen, Modelo High Up! 1.0 MPI, Tipo Sedán 5 puertas, color gris
plata, Naftero, Año 2016, Dominio: AA607PZ. Según el cuenta kilómetros, registra 89.630 km. Está equipado con aire
acondicionado, dirección hidráulica y stereo. La carrocería exterior se observa en buenas condiciones generales con
rayones propios del uso, apreciándose un bollo en el lateral del conductor. Los interiores se observan en buen estado.
Cuenta con rueda de auxilio, criquet y l lave de ruedas. El motor funciona. Posee la bomba de agua rota. Según el informe
de constatación obrante en autos el estado de la unidad prendada puede calificarse como bueno. Base: $214.427,33
Comisión 10% con más el 10% de la misma en concepto de aporte previsiona l a cargo del comprador (Ley 14085), más el
porcentaje de IVA si correspondiere. Deudas al 25/02/2021: Arba (Patentes): $114.901 Infracciones: (Prov. de Bs. As.)
$27.965 y (GCBA) No registra deuda. Lo s tributos nacionale s, provincia les o municipales que eventualme nte
correspondieren sobre lo subastado, devengados hasta la toma de posesión serán abonados con el precio de venta en
tanto no se acredite en autos la existencia de algún otros crédito prioritario, sin perjuicio de la responsabilidad que también
cupiere al co mprador (ver Art. 19 Código Fiscal vigente). Dichos gravámenes, en tanto posteriores a la toma de posesión,
estarán a cargo exclusivamente del adquirente. El IVA sobre el valor de los biene s muebles, en el supuestode
corresponder, será a cargo del comprador, no formando parte del precio. Correrá por cuenta del com prador el cumplimiento
de todas las reglamentaciones de cualquier tipo que se refieran a los bienes muebles subastados, así como la remoción de
cualquier impedimento que obstaculice su uso o su transferencia dominia l en caso de no ser suficiente la trad ición y fuera
ajeno al proceso. El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta. Determinado el ganado r, éste será
notificado a la direcci ón de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su ins cripción, así como en su panel
de usuario del portal, a los efectos de que, en el plazo de 5 días hábiles acredite el deposito del saldo del precio y la
comisión y aportes de ley a favor del martillero, ello bajo ape rcibimiento de declararlo postor remiso (Arts. 585 CPCC y 11
Ac. 3604/12). La inscripción deberá solicitarla e l comprador dentro de los 10 (diez) días de aprobada la s ubasta (Art. 15 D.
Ley 6582/58). Participación en la subasta: Los interesados en la puja, deberán encontrarse inscriptos, e n primer término, en
el Registro General de Subastas y posteriorme nte, como postores en esta subasta en particular, con una antelación mínima
de t res días hábiles al comienzo de su cele bración (Art. 24 AC. 3604 SCBA). Del mismos modo, deberán depositar, al
menos tres días hábiles antes de la fecha fijada para el inicio de la puja electrónica, en la cuenta judicial correspondiente a
las presentes actuaciones del Banco de la Provincia de Buenos Ai res: Cuenta 5120-027-578724/7 CBU
0140042727512057872471 la suma correspondiente al depósito en garantía. (Art. 21 a 24 del Anexo I del Acuerdo 3604).
Se hace saber que, si participan como comisionistas, deberán denunciar el nombre de su comitente, deb iendo ambos
(comisionista y comitente) encontrarse inscriptos en el Registro General de Subastas Judiciales. Para el supuesto de
efectuarse la c ompra en comisión, ésta deberá ser ratificada por escrito, firmad o por ambos dentro del los 5 días de
aprobado el remate, bajo apercibimiento de lo previsto po r el Art. 582 CPCC. Depósito en garantía: Se establece en la suma
de $10.730.- Cuando el oferente no resultara ganador, y no hubiere ejercido reserva de postura, las sumas depositadas en
garantía le serán devueltas de oficio, por medio de libranza judicial o comunicación emanada de l órgano jurisdiccional
interviniente, disponiendo la transferencia electrónica de los montos corre spondientes, a la cuenta bancaria cuyos datos se
aportaron al momento de admitirs e la participación en dicha subasta particular (Art. 39 AC. 3604/12 SCBA) Los interesados
deberán además indicar, si efectuarán la reserva de postura (Art. 40 Ac. 3604/12 SCBA). Cuando el oferente no resultara
ganador y no hubiera ejercido reserva de postura, las sumas depositadas en garantía le serán devueltas de oficio, por
medio de libranza judicia l, disponiendo la transferencia electrónica de los montos correspondientes a la cuenta bancaria
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denunciada. Si el oferente no ganador hubiera efectu ado reserva de postura, podrá solicitar en el Expediente judicial la
restitución del dinero dep ositado en garantía, en cualquier momento posterior a la finalizaron de la subasta. En el supu esto
de que tal opción no se hubiera ejercitado, se devolverá de oficio, luego de que se perfeccione la venta en cabeza de otro
postor o, en su caso, de que se produzca el sobreseimiento de la ejecución en los términos del Art. 573 CPCC (Art. 39 AC:
3604/12 SCBA). Audiencia de adjudicación: A los fines de proceder a la ratificación y firma del acta de adjudicación,
deberán comparecer en Secreta ria el adjudicatario y el martillero el terce r día hábil siguiente, a la finalización de la subasta
a las 9 horas, en la sede de este Tribunal. El procedimiento previsto en el párrafo anterior, podrá ser suplido a través de la
suscripción del acta en forma prevista en el Art. 562 3º párra fo CPCC . El adjudicatario deberá comparecer con el formulario
de inscripción a la subasta, comprobante de pago de deposito de garantía, y el saldo de precio, constancia de código de
postor y demás instrumentos que permitan su individualización fehaciente como comprador en la subasta electrónica. En el
mismo actor constituirá domicilio dentro del radio del juzgado a los efectos l egales pertinentes. Podrá intervenir en el acta
mencionada también el ejecutado y el acreedor ejecutante. Se dispondrá automáticamente la indisponibilidad de dichas
sumas, hasta que se inscriba el bien a su nombre salvo que la demora en la realización de estos trámites le fueren
imputables. Déjese constancia que la indisponibilidad no regirá respecto del pago de impuestos y gastos de justicia (Art.
581, CPCC). Exhibición: El automotor será exhibido el día 26 de mayo de 2021 de 10 a 12 y de 14 a 16 hs en el
Estacionamiento del Supermercado Carrefour sito en Panamericana y Ruta 202, San Fernando, Pcia de Buenos Aires. Los
interesados podrán visualizar la s imágenes del vehículo a subastar en youtub e a través del siguiente link
https://youtu.be/49vzCdmViM8 CUIT del Deudor 20-22091975-8. Para mayores informes p odrán los interesados consultar a
los auxiliares de justicia intervinientes, al martillero al celular 1550113598 o en la web http://subastas.scba.gov.ar e incluso
a través del expediente según lo normado en el Artículo 113 de la Ley 5177 (TO po r Dec. 2885/01). San Justo, mayo de
2021. Diaz Ezequiel Alejandro, Secretario.
may. 12 v. may. 14
EDICTOS
POR 5 D ÍAS - Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en IPP PP-03-02-004778-20/00 caratulada "Heredia, Juan Carlos
s/Desobediencia" de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 4, a cargo del Dr. Diego Olivera Zapiola, Secretaría a
cargo del Dr. Francisco Manuel Acebal, de este departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar
edicto por término de cinco días , a fin de notificar al imputado JUAN CARLOS HERED IA cuyo último domicilio conocido era
en calle Jujuy N° 3045 de la localidad de San Bernardo del Tuyú, Partido d e la Costa, la siguiente resolución: Fdo. Diego
Olivera Zapiola. Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 4 Depto. Judicial Dolores. Asimismo transcribole el auto que
dispuso el presente: "Mar del Tuyú, 28 de abril de 2021.- Atento el estado de la presente IPP, y de conformidad con la
Notificación Policial de fs. 165 y 168 y la vista contestada por el Sr. Defensor Oficial de fs. 170, procédase a notificar al Sr.
Juan Carlos Heredia de la resolucion de fs. 111/120, p or Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta
Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Asimismo, remítase la IPP
a la sede de la Fiscalía de intervenciones a los efectos de q ue su titular arbitre los medios tendientes a dar con el paradero
del imputado , debiendo inform ar a esta Judicatura de manera periódica - mensualmente - el resultado de las diligencias
realizadas a tal fin.". Fdo. Diego Olivera Zapiola. Juez a car go del Juzgado de Garantías Nº 4 Depto. Judicial Dolores.
may. 10 v. may. 14
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Emiliano J. Lazzari, Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N° 1 Departamental,
tengo el agrado de dirigirme a Ud. en "De Los Santos Martinez Miguel A menazas a Britez Duarte Nélida" en Ostende - C.N°
820/16 (I.P.P. N° 03-03-0017 83-16), de trámite por ante éste Juzga do, Secretaría Única a mi cargo, sito en calle Aristóbulo
del Valle N° 87, a los efectos d e que proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al co-infractor
DE LOS SANTOS MARTINEZ MIGUEL, DNI 93406801, cuyo último domicilio conocido era en calle Real: Calle El Ca iro
Nro. 898 Ostende Esquina Alberti, de l a resolución dictada por el Juzgado, que a continuación se transcribe: "Dolo res, 05
de abril de 2021.- Autos y Vistos: y Considerando: Resuelvo: Primero: Sobreseer al ciudadano De Los Santos Martinez
Miguel, resulta ser: de nacionalidad paraguayo, instruido, DNI 93406801, de estado civil divorciado, nacido el 17 de
noviembre de 1954 en la localidad de Villa Rica, República del Paraguay, hijo de Cayetano De Los Santois y de Cecilia
Martinez Amarilla, último domic iliado en calle El Cairo N ° 898 esquina Alberti de la localidad de Ostende, Partido de
Pinamar, Provincia de Buenos Aires. En orden al hecho por el que fue requerido a juicio, por el delito de Amenazas previsto
y reprimido en los Arts. 149 bis del Código Penal, ocurrido el día 06 de abril de 2016 en Ostende, en razón de haber
operado la prescripción de la acción penal.- Rigen en el caso los Arts. 59 inc. 3º, 62 inc. 2º, 67 del C.P. y 341 del C.P.P.-
Segundo: Déjese sin efecto la Rebeldía y concordante Orden de Captura oportunamente dispuesta por este Órgano con
fecha 0 7/12/2016.- Tercero: Regístrese. Notifíquese. Oportunamente practíquense las com unicaciones de ley.". Fdo. Dr.
Emiliano J. Lazzari - Juez a Cargo del Juzgado en lo Co rreccional N° 1 Departamental - Ante mi Dra. Natalia Noemi Lovari
- Abogada - Secretaria - Juzgado en lo Correccional N° 1 Departamental. Asimismo, se transcribe el auto que dispone el
presente: "Dolores, 04 de m ayo de 2021 .- Autos y Vistos: Habiéndose r ecepcionado las act uaciones de notificac ión del
imputado De Los Santos Martinez Miguel, provenien tes de la Comisaría de Ostende y atento a lo allí informado y no
habiéndose podido notificarlo de la resolución dictada por el Juzgado, con fecha 05 de abril de 2021; procédase a su
notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo
dispuesto por el artículo 12 9 del C.P.P.- Notifíquese al Agente Fiscal y a la Defensor Oficial."- Fdo. Dr. Emiliano J. Lazzari -
Juez a Cargo del Juzgado en lo Correccional - Juzgado en lo Correccional N° 1 Departamental.
may. 10 v. may. 14
POR 5 DÍAS - El Señor Juez, Dr. Manuel Barreiro, a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial
de Lomas de Zamora (sito en la calle Larroque y Presidente Perón, 4to. piso, sector "D ", Banfield, par tido de Lomas de
Zamora, Prov incia de Buenos Aires) cita y emplaza a AGUIRRE MIGUEL ANGEL, de nacionalidad argentino, de estado
civil soltero, titular del DNI no posee, de ocupación changarin, nacido el día 24 de septiembr e de 1991, hijo de Juan Ramon
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Aguirre y de Mirta Sosa, con último domicilio en la calle la Campana y Laroque, de la localidad de Dock Sud, partido de
Avellaneda, Pr ovincia de Bs. As., para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado
"supra" a estar a derecho en la causa nro. 07- 02-17903-18 (Registro Interno Nº 8721 ), caratulada "Aguirr e Miguel Angel
s/Encubrimiento Calificado". Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: "///mas de Zamora, 4 de mayo de
2021.- En atención a lo informado por la seccional policial respecto de la citación cursada al incusado M iguel Angel Aguirre,
y lo manifestado por el Sr. Defensor, sin que haya comparecido el encartado por ante esta Sede Judicial o justificado su
incomparecencia, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días,
los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el Art. 129 del C .P.P.- A dichos efectos líbrese oficio al
Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejá ndose constancia en el texto del edicto que de no presentarse
dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su Rebeldía (Arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo)".
Fdo.: Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional. Lomas de Z amora, 4 de mayo de 2021. Romina Felisatti, Auxiliar Letrada.
may. 10 v. may. 14
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo
Gabriel Perdichizzi, notifica a MARISA HERVOTEN causa nro. 17380 la Resolución que a co ntinuación de transcribe:
"//Ofíciese a la S eccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que conforme dispone la Ley
15232, "... La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente an te el/la
Juez/a de Ejecución o Juez/a competent e, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en
que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semiliberta d, libertad condicional, prisión domiciliaria,
prisión discontinua o sem idetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II.
Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Público
Fiscal o Juez/a de E jecución, aun cuando no se hubiese constitu ido como particular damnificado, cuando considere que se
están vulnerando s us derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la vícti ma u observe que no se
cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada... Durante la
Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a
competente en la etapa procesal corr espondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la
prisión preven tiva previo a la decisión de: a) Salida s transitorias. b) Régimen de semilibertad. c) Libertad condicional. d)
Prisión domicil iaria. e) Prisión discontinua o semidetención. f) Libertad asistida. g) Cese de una medida de seguridad. ...
Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente m anifieste su voluntad de ser informada de las
resoluciones referidas en los Artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá
constituir y mantener actualizado el dom icilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso
de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de d ispositivos de monitoreo q ue alerten sobre la cercanía física del
liberado bajo alguno d e estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resoluci ón adoptada,
a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctim a...".- en este sentido,
requiérasele que indique si desea ser informada d e las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en
audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso,
solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio dond e pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su
manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, hac iéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se
considerará que no desea intervenir en el expediente.- Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer
manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes e ntre las 08:00 y las 12:00 hs., al abon ado telefónico
0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco
días antes mencionado." "-rn///de l Plata, 5 de mayo de 2021 - Autos y Vistos: Atento lo informando por la autoridad policial,
líbrese edicto electrónico a los fines de notificar a la progenitor a de las víctimas por intermedio del Boletín Oficial, todo ello,
para con el auto de fecha 3/5721.". Fdo. Ricardo Gabriel Pe rdichizzi, Juez de Ejecución Penal.
may. 10 v. may. 14
POR 5 DÍAS - La Señora Titular del Juzgado en lo Correccional N° 1 de Avellaneda - Lanús, Dra. Brenda L. Madrid, notifica
a SERGIO DANIEL ROMERO, en causa N° 20-01-000993-21 Registro de interno N ° 45, de la Secretaría del Juzgado en lo
Correccional N° 1 Avellaneda - Lanús, de la resolución qu e a continuación se transcribe: "///llaneda, 5 de mayo de 2021 - En
atención al estado de autos, teniendo en cuenta el resultado negativo que han arrojado las actuaciones obrantes a fojas 66
y 69, sumado a la respuesta brind ada a fs. 70 por parte del Sr. Defensor del acusado respecto a que ha perdido contacto
con el mismo, en razón de ignorarse el domicilio del encausado de autos, d e conformidad con lo normado por el Artículo
129 del código de Procedimiento Penal. Se cita y emplaza a Sergio Daniel Romero, por el término de cinco días, a estar a
derecho. A sus efectos, líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días.". Fdo. Brenda L.
Madrid, Juez. Dr. Mariano Albanese - Auxiliar Letrado.
may. 10 v. may. 14
POR 5 DÍAS - Titular del Juzgado en lo Correccional N° 3 del Departam ento Judicial Dolores, sito en Calle Ingeniero Quadri
N° 242 de ésta ciudad de Dolores, en causa N° 415-19, interno N° 2202 caratulada "Ojeda Maximiliano Ezequiel, Ojeda
Pedro Facundo s/Lesiones Leves (Art. 89 del C.P.) a Alfred o Maximiliano Caceres y Leandro Daniel Salguero", Secr etaría
Única a cargo de la Dra. Inés Lamacchia, a efectos de solic itarle que por donde corresponda se proceda a publicar edicto
por el término de cinco (5) días a fin de notificar a OJEDA PEDRO FACUNDO titular del DNI N° 36.698.917 la resolución
dictada que a continuación se transcribe en su parte dispositiva ese ncial: "Dolores, 19 de marzo de 2021. Autos y vistos:
Para resolver en la presente causa N° 415-19 Interno N° 2202 caratulada "Ojeda Maximiliano Ezequiel, Ojeda Pedro
Facundo s/Lesiones Leves ( Art. 89 del C.P.) a Alfredo Maximiliano Caceres y Lea ndro Daniel Salguero" respecto de la
prescripción de la acción. Y conside rando:... Por todo ello , resuelvo: I.- Declarar extinguida la acción penal, en ésta causa
N° 415-19 Interno N° 2202 caratulada "Ojeda Maximiliano Ezequiel, Ojeda Pedro Facundo s/Le siones Leves (Art. 89 del
C.P.) a Alfredo Maximiliano Caceres y Leandro Daniel Salguero" al haber operado la prescripc ión de la misma,
correspondiendo sobreseer en forma total al imputado Pedro Facundo Ojeda, Argentino, DNI Nº 36.698.917, que sabe leer
y escribir, nacido el 19 de junio de 1992 en la localidad de Merlo Buenos aires, de profesión u ocupación h errero, de estado
civil casado, hijo de don Francisco Ojeda y de doña Lacsi Ana Maria, domiciliado en calle 72 N° 1123 - d e la localidad de
Mar del Tuyú, cuyo lugar de residencia anterior es Caaguazú N° 1057 de la localidad de Merlo, y al imputado Maximiliano
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