Publicaciones de la Sección Judicial de 11 de Febrero de 2022

Fecha de publicación11 Febrero 2022
Número de Gaceta11425
Sección
Judicial
REMATES
JOSÉ IGNACIO ORTE
POR 2 DÍAS - Dr. Bernardo Daniel Bibel, Juez Federal, Juzgado Federal de 1o Inst., Sec. Civil, Comercial, Laboral y
Contencioso Administrativo de Necochea, dependiente de la Cámara Federal de Apelaciones de la Ciudad de Mar del
Plata, sito 56 esq. calle 61 de Necochea. Autos caratulados “BNA c/Cooperativa Agrícola Ganadera de Lobería Limitad a
s/Ejecución Hipotecaria” (Expte. No 71005157/2009). Hace saber que el MCP José Ignacio Orte, Matrícula No 309, CUIT
20207371239 ; rematará en públ ica subasta y al mejor postor EL DÍA 15 DE FEBRERO DE 2022 A LAS 11 H ORAS en
Colegio de Martilleros de Necoch ea sito en calle 68-3153 respetando protocolos COVID. Exhibición día 14-02-2022 de 10 a
11 horas, coordinando previa cita con el Martillero teléfono 2262569134.1) Base de venta $1.000.000.- para el inmueble
identificado con la nomen clatura catastral: Circ. 13, Sec. A, Cha.92, Par c. 3, Ptda. Inmobiliaria 061-5751-9, Matrícula 3.582
superficie edificada de 1060 mts.2 y 2) base de venta $1.200.000 para el inmueble identificado con la nomenclatu ra
catastral: Circ. 13, Sec. A, Cha. 92, Parc. 2, Ptda. Inmobiliaria 061-742 5-1, Matrícula 3583, superficie edificada de 1686
mts.2. Si fracasa este acto, se procederá al segundo remate - una vez transcurrido siete días del primer intento- con base
reducida en un 25% y eventualmente en caso de fracasar el segundo y transcurrida una semana del segundo intento,
saldrá a la venta sin base. Estado de ocupación: Inmueble abandonado, sin aberturas ni techo, libre de ocupantes.deudas
Municipalidad de Lobería: Parcela 2 $2.686,29 y parcela 3 $2786,51. ARBA. $24800,80. Las deudas por impuestos, tasas y
contribuciones a cargo del comprador. No procederá la compra en comisión, prohibiéndose asimismo la cesión del boleto
de compraventa. El comprado r deberá constituir domici lio dentro del radio del juzgado. En virtud de lo normado por el
Artículo 5 70 del C .P.C.C.N. autorízase la s posturas bajo sobre cerrado las que deberán recepcionarse con 48 horas de
anticipación a la fecha fijada para el remate o hasta media hora del inicio por el martillero designado en autos. El sobre en
su interior deberá contener nota donde se exprese el remate que se trata y postura que se efectúa, acompañando cheque
certificado a nombre del Juzgado por el importe de la seña que se establezca con más la comisión del martillero, nombre y
domicilio especial y consti tuido dentro del radio del Juzgado, y demás datos del comprador. Para el caso de sociedades se
deberá acompañar copia au tenticada del Contrato Social y de los instrumentos que acrediten la personería del firmante. La
apertura de los sobres deberá efectuarse en presencia del público que desee asistir, q uince minutos antes de la hora
prevista para el acto, y la adjudicación en todos los casos deberá recaer en la oferta del precio más alta, sea que se
hubiera efectuado por sobre cerrado o en el acto de la subasta. Para el caso de empate, entre las ofertas realizadas por
sobre cerrado y/o la realizada a viva voz en el acto de la subasta, el sr. Martillero deberá llamar a mejorar dichas ofertas.
Publíquese los edictos por dos días hábiles en el Boletín Oficial y en el Diario Ecos Diarios de la ciudad de Necochea.
Necochea, 4 de febrero de 2022. Bernardo Daniel Bibel, Ju ez; Mariela Pose, Secretaria Federal.
feb. 10 v. feb. 11
SUBASTAS ELECTRÓNICAS
JORGE ENRIQUE MISURACA
POR 3 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial Nº 5, de Gral. San Martín, sito en el 6to. piso de Av. 101 Nº 1753 de Gral. San
Martín, comunica que en autos “Horianski Ana Maria c/Castro Emilio Enrique s/Ejecución de Sentencia" Expte. 68477, que
el Martille ro Público Jorge Enrique Misuraca, CSM Nº 1569, CUIT 20-12506336-6, IVA Monotributo, subastará en forma
electrónica y al mejor postor (según Ac. 3604/12 SCBA), la que dará COMIENZO EL DÍA 9 DE MARZO DEL 2022 A LAS
12 HS. P.M., FINA LIZANDO EL DÍA 23 DE MARZO DE 2022 A L AS 12 HS. P.M., el 100 % del inmueble de titularidad del
demandado Castro E milio Enrique (DNI 7.700.981), sito en ciudad Jardín Lomas del Palomar, Partido de Tres de Febrero,
Pcia. de Bs. As., con frente Avenida ex Pereyra Iraola Nº 421 y 429, entre las calles Olmos y Al as Argentinas, Hoy Avda .
Ricardo Balbín Nº 2584 (ex 421), entre los inmuebles lindante s individualizados con los siguientes nros., a la derecha 2580
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(ex 429) y el de la izquierda nros. 2588 (ex 415), ciudad Jardín de El Palomar, Pdo. de 3 de Febrero, Nomenclatura
Catastral: Circunscripción IV, Sección U, Manzana 28 C, P arcela 19, Subparcela 28, Matrícula N° 27139 (Polígono 00-01 de
acuerdo a plano PH 47-34-54). Antecedente Dominial Legajo Especial 388, 00-01, año 1968, Pdo. de Tres de Febrero.
Partida inmobiliaria Nº 117-059922, con una superficie de 742 m. 76 dm. Se trata de un inmueble del tipo chalet, antiguo y
por lo que se aprecia es de la original construcción del barrio Finca con una antigüedad de unos 60 años, a la vista se
puede ver, te jas rotas, madera en muy mal estado, con falta de pintura y un mal estado de mantenimien to. Según
mandamiento de constatación del 4/11/21, donde no respondió persona alguna, vecinos linderos refieren que allí vive una
persona de edad avanzada desde hace muchos años en carácter de propietario y que respondería al nombre de Emilio que
rara vez se lo ve en dicho domicilio. Base $5.751.000. Todo interesado en participar de la subasta deberá en forma previa a
la misma, registrarse como postor en la Se ccional del Registro General de Subastas Judiciales que corresponda, efectivizar
antes de la puja virtual, el depósi to en garantía en la cuenta autos del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal
Tribunales de San Martín, Nº 5100-27-8735785 - CBU es 0140138327510087357856, CUIT Poder Judicial 30-70721665-
0. Acreditación de Postores: 4 de marzo de 2022 a las 12 h s. p.m. Todo oferente para participar de la subasta deberá
efectivizar un depósito en garantía, mediante cualquier medio de pago disponible que haga ingresar el dinero en la
premencionada cuenta abierta en este expediente y que se establece el depósito en garantía en la suma de
$287.550. Exhibición, el día 24 de febrero de 2022 de 13 a 14 hs. Los fondos de quien no resultare adjudicatario -y no
hubiere hecho reserva de postura-, deberán ser devueltos al oferente respectivo, y no podrán ser gravados por impuesto o
tasa alguna (Art. 562 del CPCC). Celebrada la audiencia a que refiere el acápite siguiente, se procederá a la devolución del
depósito en garantía sin retención ni gravamen alguno, de aquellos que hicieren reserva de posturas. Deudas: Arba; N o
registra deuda al 14/7/21, Municipal; $ 54.505 al 23/9/21, Aysa; $862,36 al 4/10/21. Audiencia. Una vez finalizada la
subasta y determinado el vencedor de la mism a, se fijará una audiencia (que tendrá lugar el martes subsiguiente de
aprobado el remate a las 10:00 hs.) a la que deberán comparecer al juz gado, el martillero y quien resultare ser el mejor
postor de la subasta. A dicha audiencia, el adjudica tario deberá presentarse con el formulario de inscripción a la subasta, el
comprobante del pago de depósito en garantía, constancia de código de postor y demás instrumentos que permitan su
individualización como comprador en subasta; adjuntar el comprobante de pago de seña -equivalente al veinte por ciento
(20 %) del monto que resultare vencedor y el tres por ciento (3 %) a cargo de cada p arte en concepto de honorarios
profesionales del martillero (con más el 10 % en concepto de aportes previsionales) (Art. 54 de la Ley 10973) y constituir
domicilio legal en los términos del Art. 40 del CPCC, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del
Juzgado (Art. 41 del Ordenamiento Ritual). Saldo de precio: Finalizada la audiencia a que se refi ere el acápite anterior, el
adquirente tendrá un plazo de veinte (20) días, deberá adjuntar el comprobante del saldo de precio en el Banco de la
Provincia de Buenos Aires (Suc. Tribunales) a cuenta de a utos. Jorge Enrique Misuraca (20125063366) (Legajo: 1569).
feb. 9 v. feb. 11
EDICTOS
POR 10 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4 del Departamento Ju dicial de La Plata, a
cargo de la Dra. Gladys Mabel Cardoni, Secretaría Única, cita y emplaza por diez días a quienes se consideren con
derecho al inmueble objeto de autos ubicado en: Calle Mendoza 2567 localidad De l Carril, Pdo. de Saladillo, Buenos Aires,
Pda.11860, a tomar intervención en los autos "LARRABE ROSA y Otro/a c/Mariperisena Juan Ramiro s/Prescripción
Adquisitiva Larga", Expte. N° LP-50656-2020, de trámite an te el Juzgado referido, bajo apercibimiento de designar Defensor
de Ausentes. Horacio Stefanizzi. Secretario.
feb. 4 v. feb. 17
POR 5 DÍA S - Por disposición del Dr. Gabriel Giuliani, Juez Subrogante (PDS) d el Juzgado Correcccional de la ciudad de
Tres Arroyos, Secretaría Única a mi cargo, con sede en calle 25 de Mayo N° 162 de Tres Arroyos, Departamento Judicial
Bahía Blanca, tengo el agrad o de dirigirme a Ud. en el marco de la causa N° 1 65-2020 (IPP N° 02-01-0007 99-19/00),
caratulada: "Rodriguez Oscar Alberto p/Amenazas y Daño (Art. 149 Bis y 183 C.P.)", que instruyera la Unidad Fiscal de
Juicio e Instrucción N° 6 de este medio, publique en el Boletín Oficial, por el término de cinco (5) días, lo dispuesto en estos
obrados y que a continu ación se transcribe en su parte pertinente: "Tres Arroyos. (...) como paso previo a resolver en torno
a la situación de OSCAR ALBERTO RODRIGUEZ, d e nacionalidad argentina, instruido, de estado civil soltero, nacido en
Adolfo Gonzáles Cháves el día 6 de diciembre del año 1975, con DNI N° 24.853.994, hijo de Ana María Rodríguez, con
último domicilio conocido en calle General Guido N° 339 de esta ciudad, de conformidad con lo normado por los Arts. 129,
303, 304 y ccdtes. del CPP, cíteselo por edictos para que en el término de 5 días comparezca a estar a derecho por ante
este Juzgado en lo Correccional, sito en calle 25 de mayo N° 162 de la ciudad de Tres Arroyos, bajo ape rcibimiento de ser
declarado Rebelde y ordenarse su Detención. (...)". Dr. Ga briel Giuliani. Juez (PDS).
feb. 7 v. feb. 11
POR 5 DÍAS - La Señora Titular del Juzgado en lo Correccional N° 1 de Avellaneda-Lanús, Dra. Brenda L. Madrid, notifica
a MARIA DEL CARMEN GARCÍA, DNI 95.037.171, de nacionalidad colombiana, comerciante, instruida, en causa N° 20-00-
009722-21, Registro de interno N° 219, de la Secre taría del Juzgado en lo Correccion al N° 1 Avellaneda-Lanús, resolución
que a continuación se transcribe: "Sentencia en la ciudad de Avellaneda, a los 19 días del mes de noviembre de 2021, de
conformidad con lo preceptuado por los Artículos 1 8 y 19 de la Constitución Nacional; 168 y 171 de la Constitución d e la
Provincia de Buenos Aires; Art. 5, 26 "a contrario sensu", 29 inc. 3ero. 45, 50, 8 9, y 92 en función d el Art. 80, inc. 1° y 11°
del Código Penal, 210, 371, 373, 374, 375, 376, 530, 531 y 533 del Código de Procedimiento Penal; 10 de la Declaración
Universal de Derechos Humanos (DUDH); 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); 14 del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDyP) y 75 inciso 22 de la Constitu ción Nacional, la Suscripta, Falla: I.-
Condenar a Juan Sebastián Pardo Rodriguez, y/o Juan Sebastían Pardo Rodriguez, (...), a la pena de nueve (9) M eses de
Prisión de Efectivo Cumplimiento, más la Declara ción de Reincidencia, y Las Costas del Proceso, en Orden al Delito de:
"Lesiones Leves Agravadas por el Vínculo y por ser Cometidas por un Homb re contra Una Mujer Mediando Violencia de
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Género", p revisto y re primido por el Artículos 45, 89, y 92, en función del Art. 80 inc. 1° y 11° del Código Penal, por el
hecho cometido el 26 de mayo del 2021, en la localidad de Wilde, partido de Avellaneda, en perjuicio de Maria Del Carmen
Garcia Velasquez. II.- Declarar que ocurrió un caso de violencia de género en el ámbito doméstico al ma rgen de la
calificación adoptada (Arts. 1, 2, 5, 6 inc. "a" Ley 26485 de "Protecc ión Integral a las Mujeres" y Convención Interamericana
para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer". Ello amerita comunicar lo aquí resue lto a la Oficina de la
Corte Suprema de Justicia de la Nación, Unidad de Investigación de Género, para que el caso bajo examen contribuya al
estudio del fenómen o de violencia de género, a la elaboración de las estadísticas del rubro y al diseño de programas para
su prevención; y al Consejo Nacional de la Mujer (Av. Entre Ríos Nº181, 9º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires) a los
fines que corresponda -Ley 26.485, Art. 9, inc. "m" y "n".-(...)". Brenda Leticia Madrid. Juez.
feb. 7 v. feb. 11
POR 5 DÍA S - Por disposición del Dr. Gabriel Giuliani, Juez Subrogante (PDS) d el Juzgado Correcccional de la ciudad de
Tres Arroyos, Secretaría Única a mi cargo, con sede en calle 25 de Mayo N° 162 de Tres Arroyos, Departamento Judicial
Bahía Blanca, tengo el agrad o de dirigirme a Ud. en el marco de la causa N° 3 10-2020 (IPP N° 02-01-0023 21-20/00),
caratulada: "Del Viso Emanuel Carlos p/Amenazas Agravadas y Desobediencia en Concurso Real a/Sigoli Jorge Raul", que
instruyera la Unidad Fiscal de Juicio e Instrucción N° 17 de este medio, publique en el Boletín Oficial, por el término de
cinco (5) días, lo dispuesto en estos obrados y que a continuaci ón se transcribe en su parte pertinente: "Tres Arroyos. (...)
como paso previo a resolver en torno a la situación de CAR LOS EMANUEL DEL VISO, con DNI N° 42.155.357, nacido en la
ciudad de Tres Arroyos, el 15/11/1999, hijo de Luis Alberto Del Viso y de Lorena Fede rico, con último domicilio conocido en
calle Ayacucho N° 665 de esta ciudad, de conformidad con lo normado por los Arts. 129, 303, 304 y ccdtes. del CPP,
cíteselo por edictos para que en el término de 5 día s compar ezca a estar a derecho por ante este Juzgado en lo
Correccional, sito en calle 25 de Mayo N° 162 de la ciudad de Tres Arroyos, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y
ordenarse su Detención". Fdo. Dr. Gabriel Giuliani. Juez (P DS).
feb. 7 v. feb. 11
POR 5 DÍA S - Por disposición del Dr. Gabriel Giuliani, Juez Subrogante (PDS) d el Juzgado Correcccional de la ciudad de
Tres Arroyos, Secretaría Única a mi cargo, con sede en calle 25 de Mayo N° 162 de Tres Arroyos, Departamento Judicial
Bahía Blanca, tengo el agrado de dirigirme a Ud. en el marco de la causa N° 49-2020 (IPP N° 02-01-002329- 19/00),
caratulada: "Lo zano Inocencio Bernardo p/Desobediencia (Art. 239 C.P.)", que instruyera la Unidad Fiscal de Juicio e
Instrucción N° 6 de este medio, publique en el Boletín Oficia l, por el término de cinco (5) días, lo dispuesto en estos obrados
y que a continuación se transcribe en su parte pertinente: "Tres Arroyos. (...) como pa so previo a resolver en torno a la
situación de LOZANO INOCENCIO BERNARDO , de nacionalidad argentina, instruido, de estado civil soltero, nacido en
Tres Arroyos el día 12 de abril del año 1972, con DNI N° 22.327. 772, hijo de César Omar y de María Soledad Casado, con
último domicilio conocido en calle Víctor Manuel N° 665 de esta ciudad, de conformidad con lo normado por los Arts. 129,
303, 304 y ccdtes. del CPP, cíteselo por edictos para que en el término de 5 días comparezca a estar a derecho por ante
este Juzgado en lo Correccional, sito en calle 25 de Mayo N° 162 de la ciudad de Tres Arroyos, bajo ape rcibimiento de ser
declarado Rebelde y ordenarse su Detención. (...)". Dr. Ga briel Giuliani. Juez (PDS).
feb. 7 v. feb. 11
POR 5 DÍAS - En mi carácter de Titular del Juzgado en lo Correccional N° 3 del Departamento Judicial Dolores, sito en
Calle Ingeniero Quadri N° 242 de ésta ciudad d e Dolores, en causa N° 685-17, interno N° 1610 caratulada "Lecl erq Matias
s/Hurto Simple (Art. 162 del C.P) a Maria De Los Angeles Palacios, en Ayacucho", Secretaría Única a cargo de la Dra. Inés
Lamacchia, a efectos de solicitarle que por donde corresponda se proceda a publicar edicto po r el termino de cinco (5) días
a fin de notificar a LECLERQ MATIAS, titular del DNI 39.849.9 26 la resolución dictada en el día de la fecha que a
continuación se transcribe en su parte dispositiva esencial: "D olores, 23 de noviembre de 2021. Autos y Vistos: Atento el
estado de autos corresponde resolver respecto de la suspensión del juicio a prueba otorgada en fecha 26/6/2019. Y
Considerando: Primero: Que en la presente causa se suspendió el juicio a prueba con fecha 26/6/2019 respecto del
imputado Leclerq Matias por el delito d e Hurto por el término de dos años. En dicho resolutorio se impusieron como normas
de conducta las siguientes: Fijar como normas de conducta las siguientes: Someterse al cuidado del Patronato de
Liberados, Delegación Ayacucho, realizar tareas comunitarias no remuneradas durante seis horas por mes por el tiempo de
la suspe nsión (2 años) en la fundación la salud de los niños de la Ciudad de Ayacuc ho. (Art. 27 bis inciso 8 del C.P.),
Mantener domicilio y dar aviso en caso de cambiarlo, abstenerse de relacionarse con determinadas personas (Art. 27 bis
del C.P.). Abusar del consumo de beb idas alcohólicas y abstenerse de consumir estupefacientes y no cometer nuevos
hechos delictivos (Art. 27 bis del C.P), cumplir con una reparación ec onómica de 300 pesos, una vez que se le notificara
que debia relanzarla. En la presente causa se hallan agregados informes del Patronato de Liberados interviniente que dan
cuenta de las presentaciones del imputado a dicha delegación, cumpliendo de ésta manera en forma parcial con la
obligación de fijar residencia manteniendo el domicilio fijado. No existen constancia de cumplimiento de otro tipo de
condiciones. Obran informe s del Registro Nacional de Reincidencia y del Regis tro de Antecedentes del Ministerio de
Seguridad de los que surgen que el imputado no ha cometido delito en el plazo de la suspensión. Debe tenerse en en
cuenta que durante gran parte del tiempo de la suspensión de juicio a prueba ha imperado un estado de emergencia
sanitaria proveniente de la pandemia imperante, motivo por el cual la población no ha podido en muchos casos
trabajar/circular. De acuerdo a lo antes expuesto, entiendo que el imputado ha cumplido en la medida que ha podido con
las obligaciones impuestas y regularmente con las normas de mayor importancia, ésto es, mantener el domicilio fijado y no
cometer nuevos delitos, no existiendo incumplimiento malicioso (Cfr. fall o de la Sala III del Tribunal de Casación de la
Provincia de Buenos Aires en causa Nro. 6413 -registro de presidencia Nro. 23.446- de fecha 27/03/07, entre otros).
Máxime que debo señalar. Todo ello me lleva a concluir que en el caso de autos se habrían l ogrado lo s objetivos
preventivos especiales que rigen las normas que regulan el instituto de la probation encontrándonos ante el supuesto que
regula el Artículo 76ter. IV párrafo del Código Penal, correspond iendo declarar la extinción de la acción penal y
consecuente sobreseimiento. Por todo lo Expuesto, Resuelvo: Declarar la Extincion de la Acción Penal en la presente
causa Nro.-685-17 correspondiendo Sobreseer en Forma total al imputado Leclerq Matias, DNI 39.849.926, nacido el
14/01/1996, por e l delito de Hurto, pre visto y reprimido en e l Art. 163 del C.P, por el que fuera elevada a juicio Sin Costas
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