Publicaciones de la Sección Judicial de 07 de Septiembre de 2018
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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Viernes 7 de septiembre de 2018
SECCIÓN JUDICIAL
Remates
CARLOS A. PRONO
POR 2 DÍAS - El Juzg. Civ. y Com. N° Uno dispuso subastar el 8 DE OCTUBRE DE 2018 A LAS 11 HS. en sede Colegio
de Martilleros, calle Villegas N° 757 de T. Lauquen el siguiente bien: Vehículo sedan tres puertas marca Volkswagen, modelo
Gol 1.4 L, Dominio MGJ-177, Año 2013. Base: $ 86.666. Al contado y mejor postor. IVA s/valor a/c del comprador. Honorarios
10% p/comp. más ap. prev. Subasta dispuesta en autos “Volkswagen S.A De Ahorro Para Fines Determinados c/ Villalba,
Andrea Graciela si Ejecución Prendaria”, Expte. N° 94.120, Demás informes. Al martillero Carlos A. Prono, Oro N° 416, Tel.
02392-430076, rematestl@outlook.com o podrá consultarse directamente al Juzgado en forma personal o al telefónicamente. T.
Lauquen, 31 de agosto de 2018. Vanesa M. Altube, Auxiliar Letrada.
C.C. 9.736 / sep. 6 v. sep. 7
MIGUEL A. ELOLA
POR 5 DÍAS - El Juzg. Civ. y Com. N° Uno dispuso subastar el 25 SEPTIEMBRE DE 2018 A LAS 11 HS. en sede Colegio
de Martilleros, calle Villegas N° 757 de T. Lauquen los siguientes bienes: 1°) Pick Up marca Chevrolet, modelo D-20 Diesel
Turbo Luxe, Motor marca Maxion, año 1996, Dominio BHN264, Base: $ 66.667., Al contado y mejor postor y 2°) Cosechadora
marca “ARAUS 510”, sin motor, modelo aproximado año 1983/1984, con plataforma sojera ARAUS con el carretón original y un
fl ex Piersanti colocado, en el estado en que se encuentra. Sin Base, al contado y Mejor Postor. IVA s/valor a/c del comprador.
Honorarios 10% p/comp. más ap. prev. Subasta dispuesta en autos “Sánchez, Horacio Alejandro s/ Incidente Concurso/Quiebra”,
Expte N° 93.903. Demás informes: Al martillero Miguel A. Elola, Oro N° 416, Tel. 02392-430076, rematestl@outlook.com o o
podrá consultarse directamente al Juzgado en forma personal o al telefónicamente. Lauquen, 24 de agosto de 2018.
C.C. 9.749 / sep. 6 v. sep. 12
VIVIANA MABEL CANO
POR 3 DÍAS - El Juzg. Civil y Comercial N° 5 del Dto. Judicial de La Plata, hace saber en autos “Consorcio Propietarios Marinas
II c/Casas Vasta SRL s/Cobro Ejecutivo” Expte. N° 137935, que la Martillera Viviana Mabel Cano; Colegiada N° 6979, domicilio en
calle 4 N° 107 de la localidad y partido de La Plata, Tel (221) 482-0797, correo electrónico operacionesinmobiliarias38@hotmail.
com, procederá a la subasta electrónica del 100% ad- corpus del inmueble, con todo lo plantado y edifi cado, al contado y al mejor
postor sito en calle Av. Bunge N° 799, unidad N° 73, de la localidad y partido de Pinamar. Nom. Cat.: Circ. IV, Sec. S, Mza 23,
Parcela 8a, Subp. 73, Partido 124, Pda. 25241, Matrícula 372/73. Títulos y deudas en autos. Desocupado según mandamiento
de constatación f. 238. Monto mensual de la expensas $1.495,35, monto de deuda por este concepto $3.555.550,40. Base $
224.792,00. Comenzando EL DÍA 2 DE OCTUBRE DE 2018 A PARTIR DE LAS 8,30 HS. Y HASTA EL DÍA 17 DE OCTUBRE
DE 2018 A LAS 8,30 HS. Se deberá depositar en concepto de garantía para participar de la subasta el 5% del valor de la
base, esto es la suma de $ 11.239.60. Seña 20% del precio de compra y el 3% en concepto de honorarios del martillero (con
más el 10% en concepto de aportes previsionales), la que deberá ser depositada en la cuenta de autos y acompañar la boleta
de depósito en oportunidad de concurrir el día de la audiencia. Visitas día 21 de septiembre de 2018 de 10 a 12 hs. y de 14
a 16 hs. respectivamente. Audiencia de adjudicación para el día 15 de noviembre de 2018 a las 9,30 hs. No procede compra
en comisión ni cesión del boleto de compraventa. Gastos de escrituración, estado parcelario e impuesto de sellos a cargo del
comprador. Todos los depósitos se efectuarán en la Sucursal Tribunales del Banco de la Pcia. de Bs. As. en la cuenta de autos
N° 2050-9790990. C.B.U. 0140114727205097909903. Los oferentes deberán inscribirse en forma previa a la subasta en el
Registro de Subastas Judicial con una antelación mínima de tres (3) días al comienzo de la misma. La Reglamentación de las
Subastas Electrónicas dictada por el Acuerdo 3604 se encuentra publicada en la página de la suprema Corte de Justicia de la
Provincia de Buenos aires www.scba.gov.ar. Dicho portal ofrece información acceso público para la totalidad de los ciudadanos,
permitiéndoles el seguimiento en directo, por internet de la celebración de las subastas en forma anónima. En el caso de los
usuarios registrados, inscriptos para participar de la subasta en la forma prevista en el presente, quedarán habilitados para
pujar a través de la modalidad electrónica que en el mismo acuerdo se regula. Para mayor información dirigirse a la Martillera,
al Juzgado o al Registro General de Subastas Judiciales, en el ámbito de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, a
cargo de la Secretaria de Servicios Jurisdiccionales, con sede en la ciudad de La Plata, calle 45 N°776 e/ 10 y 11- La Plata 03
de septiembre de 2018.
L.P. 23.536 / sep. 7 v. sep. 11
LUIS ALBERTO BUFFONI
POR 2 DÍAS - El Excelentísimo Tribunal de Trabajo de Bragado, hace saber por dos días que el Martillero Luis Alberto
Buffoni, rematará en calle 28 Nº 1227 de 25 de Mayo (B), EL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DE 2018 A LAS 11:00 HORAS en las
condiciones en que se encuentra Un Automotor marca Chevrolet., modelo S10 2.8 TI, Cabina doble, tipo Pick Up, motor marca
MWM Nº 40704161519, chasis marca Chevrolet Nº 9BG138AC04C419748, Modelo año 2004, Dominio EKQ-936. Sin Base.
Seña 30%, Comisión 10 % y sellado de Boleto 1,2% todo al comprador en dinero en efectivo. Deuda Impuesto automotor $
8.726,54 al 8/9/17, El comprador deberá depositar en autos el saldo del precio dentro de los cinco días de aprobado el remate,
oportunidad en que se le hará entrega del bien adquirido. Día y hora de visita 19 de Septiembre de 2018 de 09:00 hs. a 10:30
hs.- Venta decretada en Expediente Nº 14571 caratulado “Lopardo, Mirta Susana c/MEJIAS, Carlos Eduardo s/Ejecución de
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Sentencia” en trámite por ante el Tribunal de Trabajo Nº 3 de Bragado. Fdo. Dra. Amanda Silvina Bruno – Juez, Dr. Mario Miguel
Razzani – Juez, Dr. Ángel A. Berto Braida, Juez a cargo.
C.C. 9.806 / sep. 7 v. sep. 10
Agencias
CASA CENTRAL
POR 5 DÍAS - En el Proceso Penal N° 03-00-5333-14/01 seguido a MARTíNEZ ALEJANDRO DANIEL por Daño, de trámite por
ante este Juzgado de Garantías N° 3, interinamente a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este
departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por termino de cinco días, a fi n de notifi car al prevenido
Martínez, con último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de Pilar, los siguientes texto que a continuación se transcriben:
“Dolores, 10 de agosto de 2018.- Autos y Vistos:...; Y Considerando:..., Resuelvo:...II.- sobreseer totalmente a Alejandro Daniel
Martínez, D.N.I. N° 33.324.083, argentino, soltero, nacido el 3 de Abril de 1988 en Dolores, hijo de Hugo Rene y de Marcela Analía
Díaz, con último domicilio conocido en Calle 4 entre 23 y 25 de Pila; en orden al delito de Daño (art. 183 del C.P.) por encontrarse
Extinguida la Acción Penal puesta en marcha por Prescripción, conforme a lo normado en los arts. 59, inc. 3° y. 62 del Código
Penal y art. 323, inc. 1°, del Código Procesal Penal. III.- Disponer el Archivo de la presente ordenando su Destrucción transcurridos
cinco años contados a partir del presente resolutivo (Arg. Art. 115 c) 3° Ac. 3397/08 SCJBA)... Regístrese. Notifíquese... Proveo
por licencia del Titular. Firmado Christian Gasquet. Juez de Garantías Dptal. A continuación se transcribe el auto que dispone el
presente, que reza: “Dolores, 10 de agosto de 2018.-Autos Y Vistos... Y Considerando:... Resuelvo: IV.- Proceder a la notifi cación
de Alejandro Daniel Martínez por Edicto Judicial, el que se publicará en el Boletín Ofi cial de esta Pcia de Buenos Aires, conforme lo
dispuesto por el ad 1f29 del Código de Procedimiento Penal....Christian Gasquet. Juez de garantías Dptal.
C.C. 9.463 / sep. 3 v. sep. 7
POR 5 DÍAS - En el marco del Proceso Penal N° 03-03-1470-14 seguido a COSTA MARIANO HIPÓLITO por el delito de
Desobediencia, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N° 3, interinamente a mi cargo, Secretaría interinamente a cargo
del Dr. Enrique Martín Equisito, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término
de cinco días, a fi n de notifi car al prevenido Mariano H. Costa, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de La
Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: “Dolores, 16 de agosto de 2018. Autos y Vistos:...; y Considerando:
..., Resuelvo: I.- Dejar sin efecto la Rebeldía y Comparendo que pesa sobre Mariano Hipólito Costa, el cual circula desde el
día 08 de Julio de 2014, bajo el registro P 2732723 de la Sección Capturas del Ministerio de Seguridad de la Pcia. de Buenos
Aires. Líbrese ofi cio de estilo. II.- Sobreseer Totalmente a Mariano Hipólito Costa, argentino, D.N.I. N° 23.792.617, nacido el 01
de Abril de 1.974 en la ciudad de La Plata. Pcia. de Buenos Aires, hijo de Hugo Alberto Costa y de Graciela Mercedes DiIon; en
orden al delito de Desobediencia (art. 239 del Código Penal) por encontrarse extinguida la accion penal puesta en marcha por
prescripción, conforme a lo normado en los arts. 59, inc 3° y 62 del Código Penal y art. 323, inc. 1°, del Código Procesal Penal.
III.- Disponer el archivo del presente Proceso Penal, ordenando su destrucción transcurridos CINCO AÑOS contados a partir del
presente resolutivo (Arg. Art. 115 c) 3° Ac. 3397/08 SCJBA). IV.- Proceder a la notifi cación de Mariano Hipólito Costa por Edicto
Judicial, el que se publicará en el Boletín Ofi cial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art 129 del Código
de Procedimiento Penal. Regístrese. Notifíquese. Firme, practíquense las comunicaciones de ley. Fecho, devuélvase el proceso
Penal a la U.F.l. interviniente a sus efectos, sirviendo el presente dé atenta nota de remisión. Fdo. Gastón Giles. Juez”.
C.C. 9.464 / sep. 3 v. sep. 7
POR 5 DÍAS - En Investigación Penal Preparatoria N° 03-00-84507-04 caratulada Grillo Ignacio Domingo s/ Amenazas
Agravadas por el uso de armas, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N° 3, a mi cargo por licencia del Titular, Secretaría
Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda
a publicar edicto por término de cinco días, a fi n de notifi car al prevenido GRILLO IGNACIO DOMINGO cuyo último domicilio
conocido eran jurisdicción del Partido de Gral. Madariaga, el siguiente texto que a continuación se transcribe: “ Dolores, 23 de
marzo de 2017 Autos y Vistos:.. Considerando: ... Resuelvo: *- Sobreseer totalmente al imputado Grillo Ignacio Domingo. C.f.
N° 7.056.186, italiano, soltero, jubilado, hijo de Domingo y de Julia, nacido el día 22 de enero de 1947 en Italia. domiciliado en
Ruta 11 Km. 397 de la localidad de Gral. Madariaga, en orden al delito de Amenazas Agravadas por el Uso de Armas, por haber
operado la Extinción de la Acción Penal por Prescripción a tenor de los arts. 59 iñc. 3°, 62 inc. en rel. al Art. 149 bis primer párrafo
todos del C.P., y 323 inc. l° del C.P.P. Regístrese. Notifíquese... Fdo. Gastón Giles. Juez.- ///// Asimismo transcríbole el auto
que dispuso el presente: “.Dolores. de Agosto de 2018. Autos y Vistos: Por recibido el P.P. N° 03-00-84507-04 proveniente de
la UFlyJPF Dptal. atento lo manifestado por el Sr. Agente Fiscal Dr. Mario Rafael Pérez en relación a la imposibilidad de obtener
el certifi cado de defunción de Ignacio Domingo Grillo, téngase presente tal circunstancia, y en consecuencia no encontrándose
acreditado conforme a derecho el deceso del nombrado, corresponde proceder a la notifi cación por Edicto Judicial el que se
publicará en el Boletín Ofi cial de esta Pcia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art 129 del Código de Procedimiento
Penal; todo ello, a fi n que Grillo lgnacio Domingo sea debidamente notifi cado del auto que dispuso su sobreseimiento en los
autos antes citados. Proveo por licencia del Titular. Fdo. Christian Gasquet, Juez.- Jorge Agustín Martínez Mollard, Secretario.
C.C. 9.465 / sep. 3 v. sep. 7
POR 5 DÍAS - En el Incidente de Excarcelación N° 10 en favor de Sami Daniel Ricardo, PP N° 2049-18, de trámite por ante
este Juzgado de Garantías N° 3 a mi cargo, Secretaría interinamente a cargo del Dr. Martín Equisito, de este departamento
Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fi n de notifi car al prevenido DANIEL
RICARDO SAMI, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido De La Costa, los siguientes texto que a continuación
se transcriben: “Dolores, 24 de agosto de 2018.- Autos y Vistos:...; Y Considerando:... Por ello, en razón de las disposiciones
emergentes de los arts. 151, 185, 186 y concs. del C.P.P., Resuelvo: No hacer lugar a la eximición. de prisión solicitado en favor
de Daniel Ricardo Sami, por el Dr. David Lettieri, en orden al delito de “Robo Doblemente agravado por haberse cometido con el
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uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse de ningún modo por acreditada y por ser en Poblado y en
Banda y Privación Ilegal de la libertad agravada respecto Julio Argentino Montenegro, previsto y sancionado en los arts. 142 inciso
1°, 166 inciso 2° tercer pá11·afo y art. 167 inciso 2° del Código Penal, por existir peligro de fuga. Notifíquese al imputado, defensor
particular y Agente Fiscal (art. 186 “in fi ne” C.P.P.).... Fdo. Gastón E. Giles. Juez de Garantías.” A continuación se transcribe el
auto que dispone el presente, que reza: “Dolores, 24 de agosto de 2018....Atento que el encausado no se encuentra a derecho
procédase a la notifi cación por Edicto Judicial el que se publicará en el boletín ofi cial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme
lo dispuesto por el art 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Gastón E. Giles. Juez”.- Mauricio O. Díaz, Auxiliar Letrado.
C.C. 9.466 / sep. 3 v. sep. 7
POR 5 DÍAS - En el Incidente de Excarcelación N° 9 en favor de ORTIZ HÉCTOR ALBERTO, PP N° 2049-18, de trámite por
ante este Juzgado de Garantías N° 3 a mi cargo, Secretaría interinamente a cargo del Dr. Martín Equisito, de este Departamento
Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fi n de notifi car al prevenido Ortiz Héctor,
cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de Dolores, los siguientes texto que a continuación se transcriben:
“Dolores, 24 de agosto de 2018.- Autos y Vistos:...; Y Considerando:... Por Ello, en razón de las disposiciones emergentes de los
arts. 151, 185, 186 y concs. del C.P.P., Resuelvo: I. No hacer lugar a la Eximición de Prisión solicitado en favor de Héctor Alberto
Ortiz, por el Dr. Raúl Sánchez, en orden al delito de “Robo Doblemente agravado por haberse cometido con el uso de arma de
fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse de ningún modo por acreditada y por ser en Poblado y en Banda y Privación
Ilegal de la libertad agravada respecto Julio Argentino Montenegro, previsto y sancionado en los arts. 142 inciso 1°, 166 inciso
2° tercer párrafo y art. 167 inciso 2° del Código Penal.- Notifíquese al imputado, defensor particular y Agente Fiscal (art. 186 “in
fi ne” C.P.P.).-... Fdo. Gastón E. Giles. Juez de Garantías.” A continuación se transcribe el auto que dispone el presente, que reza:
“Dolores, 24 de agosto de 2018....Atento que el encausado no se encuentra a derecho procédase a la notifi cación por Edicto
Judicial el que se publicará en el boletín ofi cial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art l29 del Código de
Procedimiento Penal. Fdo. Gastón E. Giles. Juez”. Mauricio O. Díaz, Auxiliar Letrado.
C.C. 9.467 / sep. 3 v. sep. 7
POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. Juez en lo Correccional con sede en la ciudad de Tres Arroyos, Departamento Judicial
Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, Dr. Gabriel Giuliani, Secretaría a mi cargo, me dirijo a Ud. en Causa N° 198/20L
caratulada: “Villalba, María Isabel Por Estafa.- (Art. 172 Del C.P.), que instruyera la UFI N° 6 de la ciudad de Tres Arroyos, bajo
el N° de I.P.P. 02-01-001168-17/00, a fi n de solicitarle se publique, por cinco (5) días, lo ordenado en a causa precitada y que
dice: “Tres Arroyos, 8 de Agosto de 2018. Atento el estado de autos, no pudiendo ser habida la imputada María Isabel Villalba,
resultando negativa las diligencias efectuadas en el respectivo domicilio, cítese por edictos para que en el término de 05 días
comparezca a estar a derecho por ante este Juzgado, bajo apercibimiento de ser Declarada Rebelde y ordenarse s detención,
cuyos datos personales son: MARÍA ISABEL VILLALBA, D.N.I. N° 3.072.505, de 45 años de edad, sin apodos, de estado civil
casada, de nacionalidad argentina, instruida, nacida en la ciudad de Tres Arroyos, el día 29 de marzo de 1973, hija de Pascual
(v) y de Madalena Pereyra (f), con último domicilio fi jado en calle 20 de Junio N° 84 de Tres Arroyos, Pcia. de Buenos Aires, de
conformidad con lo normado por los arts. 129, 303, 304 y concs. de C.P:P.- Ordénase su publicación por ante el Boletín Ofi cial y
prensa local.- Notifíquese al Agente Fiscal y Defensa Ofi cial interviniente”.·Fdo. Dr. Gabriel Giuliani, Juez Correccional.- Mauricio
O. Díaz, Auxiliar Letrado.
C.C. 9.468 / sep. 3 v. sep. 7
POR 5 DÍAS - Tengo el agrado de dirigirme a Ud., por expresa disposición de S.S, en IPP N° 03-04-000301-15/00 caratulada
“Silvestre Powell, Alejandro s/ Daño - Resistencia a la Autoridad” de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 4, a cargo del
Dr. Diego Olivera Zapiola, Secretaría a cargo del autorizante, del Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a
publicar edicto por termino de cinco días, a fi n de notifi car al imputado ALEJANDRO SILVESTRE POWELL cuyo último domicilio
conocido era en calle Brasil 1697, Yerba Buena, Provincia de Tucumán, la siguiente resolución: “Mar del Tuyú, 04 de julio de
2018.- Autos y vistos; Para resolver de acuerdo a lo solicitado por el Sr, Agente Fiscal, Dr. Pablo Gastón Gamaleri, teniendo a la
vista la IPP-03-04-000301-15/00; Y considerando; Que a fs. 98/99 vta. solicita el Sr. Agente Fiscal se declare la Prescripción de la
Acción y se decrete el sobreseimiento parcial del imputado de autos, en orden al hecho I “Atentado contra la Autoridad Agravado”,
por haber alcanzado la presente investigación el plazo previsto en el Art. 62 del Código Penal.- Que el hecho que diera origen
a las actuaciones acaeció el día 18 de enero de 2015.- Que en la presente se investigan los delitos hecho I “Atentado contra la
Autoridad y hecho II “Daño Agravado”, previsto en los arts. 237 y ccdts., 183 y ccdts., respectivamente del Código de fondo.-
Que no han operado actos interruptivos de la Acción Penal, por lo que el plazo previsto en el Art. 62 del C.P ha sido superado,
debiéndose dictar en consecuencia el sobreseimiento parcial del encartado en orden al hecho I.- Que respecto del hecho II aquí
mencionado, no corresponde hacer lugar al pedido del Representante del Ministerio Público Fiscal, por no ajustarse a derecho la
solicitud incoada, ergo no cumple con los términos contenidos en la norma a través del Art. 151. Por lo brevemente expuesto y en
virtud de los arts. 1, 23, 99, 106, 321 ss y ccs del C.P.P y Art 59, 62 ss y ccs. del C.P. que; Resuelvo: I.- Declarar la Prescripción
de la Acción Penal, y consecuentemente dictar el sobreseimiento parcial de Alejandro Silvestre Powell DNI 33050670, en
relación al delito de hecho I “Atentado contra la Autoridad Agravado”.-II.- No hacer lugar al pedido de Rebeldía y Captura en
orden al delito de hecho II “Daño Agravado”, respecto del sindicado en autos, por no cumplir con los requisitos contenidos en la
norma. III.- Córrase vista al Sr. Defensor Ofi cial, a los fi nes de que aporte un domicilio actualizado del encartado, para continuar
con la tramitación de la presente investigación.- Notifíquese.-, Fdo. Dr. Christian Gasquet, por subrogancia del titular, Dr. Diego
Olivera Zapiola. Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 4 Depto. Judicial Dolores. Asimismo transcríbole el auto que dispuso
el presente: “Atento el estado de las presentes actuaciones y contestada la vista conferida oportunamente por el Sr. Defensor
Ofi cial a fs. 104, líbrese ofi cio a la Sede del Boletín Ofi cial de la Provincia de Buenos Aires, a fi n de que se lleve a cabo la
publicación de edictos correspondiente, en relación a lo resuelto por el Juez titular de ésta judicatura, Dr. Diego Olivera Zapiola a
fs. 100/100 vta. “Fdo. Dr. Christian Gasquet, por subrogancia del titular, Dr. Diego Olivera Zapiola. Juez a cargo del Juzgado de
Garantías Nº 4 Depto. Judicial Dolores. Dr. Ernesto Cademartori. Auxiliar Letrado. Mar del Tuyú, 27 de agosto de 2018.
C.C. 9.454 / sep. v. sep. 7
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 21, a cargo del Dr. Héctor Lujan Iacomini, Secretaría
Única, a mi cargo, comunica por cinco días que el 12 de julio de 2018, se ha Declarado la Quiebra de ORANGE LEAF GROUP
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