Publicaciones de la Sección Judicial de 06 de Agosto de 2021

Sección
Judicial
SUBASTAS ELECTRÓNICAS
JORGE PABLO WALCZUK
POR 3 DÍAS - Tribunal de Trabajo Nº 5, del Departamento J udicial de San Martín, cuya Presidencia ejerce, Dra. Verónica I.
Boxler, Secretaría Única, sito en la calle Moreno 3929, de Gral. San Martín, Pcia. de Bs. Aires, comunica que Jorge Pablo
Walczuk, Martillero Público C.S.M. 1765, T I Folio 592, Caja Previsión Nº 2 2.721, CUIT Nº 20-20746307-9, IVA
Monotributo, rematará públ ica subasta -electrónica- desde EL DÍA 30 DE AGOSTO DE 2021 A LAS 11:30 HS., HASTA EL
DÍA 1 3 DE SETIEMBRE, 11:30 HS. DE 2021 en autos "Sanchez Vanesa Soledad c/Di Nizo Carlos Lorenzo s/Despido”
(Expte. 6236 - Nº de Receptoría: 27915-2008), al mejor postor del 100 % del Inmueble ubicado en la calle Las Malvinas
7562 de Martín Coronado, Circunscripción IV, Sección R, Fracción 7, Parcela 1D.- Partida Inmobiliaria 117-056967-5,
Matrícula 23477, según mandamiento de constatación de fecha 6 de abril de 2021. El oficial de Justicia manifiesta que; es
atendido por una persona que dijo ser de la casa y ll amarse Franco David Dinizo y residir en dicho inmueble junto a
Graciela Beatriz Vergara, DNI 16.348.752 y el sr. Carlos Lorenzo Dinizo DNI 13.797.911, residiendo en carácter de
propietario. Deudas: Municipalidad a fs. 1065 $25.505, al 16/10/19. Comarco a fs. 1068 $5.999,89 al 15/11/19.- Arba
$15.021,60 al 15/6/21. Visitas; 27 de agosto del 2021, de 14 a 16 hs. Base: Dos Millones Doscientos Sesenta y Seis Mil
Seiscientos Se senta y Seis con 66/100 ($2.266.666,66). Participación en la subasta : Todo interesado en participar de la
subasta deberá -ineludiblemente- en forma previa a la misma, registrarse como postor en la Seccional del Registro General
de Subastas Judiciales que corresponda (Art. 6 a 20 Ac. 3604/12 S.C.B.A) como, asimismo, efectivizar antes de la puja
virtual, el depósi to en garantía. En caso de pujar en comisión, deberá individualizar a su comi tente, debiendo ambos estar
previamente inscriptos en el R.S.J. (Art. 568 C.P.C.C., Art. 21 3er párrafo Acordada 3.604 S.C.B.A). Depósito en
garantía: Todo oferente que haya cumplido c on la inscripción general como postor en el Registro General de Subastas
Judiciales y desee participar, en particular, de la pres ente subasta, deberá efectivizar un depósito en garantía, en la cuenta
de autos del Juzgado, cuenta judicial en pesos n° 5100-27-8739030, cuyo CBU es 0140138327510087390309, CUIT Poder
Judicial: 30-70721 665-0 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal Tribunales de Gral. San Martín, que se
establece en el 5% del monto de la base, o sea la suma de $113.333,33 y que no será gravado por impuesto o tasa alguna
(Arts. 562 4to párra fo C.P.C.C., Arts. 22, 24 Acordada 3604 S.C.B.A), dicho depósito tiene como plazo de presentac ión el
día 25 de agosto de 2021 a las 11:30 hs. El Acta de adjudicación se celebrará el día 6 de octubre de 2021 a las 9:00 horas
en el Tribunal a la que deberán concurrir con los cuidados necesarios debido al contexto de pandemia imperante (Art. 38
del ac uerdo 3604/2012) y en presencia del Actuario, debiendo comparecer el adjudicatario y el Martillero interviniente a
proceder a la confección del acta de adjudicación del inmueble. En tal acto, el adjudicatario deberá acreditar su identidad y
concurrir munido del comprobante de depósito y/o transferencia bancaria que acredite haber abonado las sumas
correspondientes al depósito en garantía y al saldo de precio.- E n igual sentido, deberá acreditar el pago de la comisión a
favor del martillero y aportes de Ley. Postor remiso: En caso de incumplimiento del pago del precio por parte del adquirente
en la subasta, este incurre en situación de postor remiso, debiéndose a djudicar el bien subastado al mejor de los postores
siguientes, debiéndose estar para ello a las alternativas previstas dentro del marco legal de referencia. (Art. 585 C.P.C.C.,
21, 40 Ac. 3604 /12 S.C.B.A). Queda prohibida la cesión del Acta de Adjudicación. Los impuestos, tasas y contribuciones
(nacionales, provinciales o municipales) que correspondan al bien subastado, serán soportad os con el precio de la venta.
(Arts. 2582 y 2585 C.C.YC.N.) Respecto de las deudas por expensas que recayeran sobre el inmueble si las hubiere, serán
soportadas por el comprador. (Arts. 2049 y 2050 del C.C.yC .N.). Gral. San Martín 2021.
ago. 5 v. ago. 9
ROBERTO MÁXIMO MARTI
POR 2 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaría Única, del Departamento Judicial de Morón a cargo de la Dra.
Roxana Patricia Ayale, Jueza, sito en Colón 151 piso 1º Morón, hace sab er que en autos "Comba Marcelo Norman
Alejandro c/Boggiano Gustavo Edgardo" (Expte. Nº 31149), el Martillero Roberto Máximo Marti, DNI N° 14508988,
monotributista, subastará por 10 días há biles, COMENZANDO LA PUJA EL DÍA 6/9/2021 A LAS 12 H S., FINALIZANDO EL
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > viernes 06 de agosto de 2021
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DÍA 17/9/2021 A LAS 12 HS., al contado y mejor postor, en el estado en que se encuentra y será exhibido, el 100 % del
automotor Dominio HAW068, marca 058 Hyundai, modelo 229 - Santa Fe 2.2 4WD CRDI, año 2008, motor N°
D4EB7337322, chasis N° KMHSH81WP8U240412. La venta se realizará a través del sitio web \http://subastas.scba.gov.ar/\
durante el plazo de 10 (diez) días, pud iendo extenderse su cierre por el término de 10 (diez) minutos si en sus últimos 3
(tres) prev ios a la finalización a lgún postor ofertara un precio más alto, y hasta que no se re alicen nuevas ofertas en el
período de extensión (arts. 28 y 42 Anexo I Ac. 3604/2012). Según el informe de constatación obrante en autos el estado
de la unidad a subastar se puede calificar como Bueno. Base: $360.430 ( monto debajo del cual no s e autorizara la venta).
Depósito de garantía $1 8021,50, honorarios del martillero 10 % a cargo del adquirente en subasta, más el 10 % de los
honorarios en co ncepto de aporte previsional (art. 562 y cctes. del CPCC y Anexo I Ac. 3604 y art. 54 ap. IV Ley 14.085).
Saldo de precio: El comprador deberá abonar el saldo de precio correspondiente, dentro del quinto día de notificada la
providencia que apruebe el remate (art. 581, CPCC), mediante depósito en la cuenta de autos del Banco de la Provincia de
Buenos Aires Suc. Tribunales Morón (5098), Cuenta Judicial: 5098-6020229, CBU:0140030427509860202296. Cumplido,
se orden arán las inscripciones pertinentes y se otorgará posesión de lo vendido, debiendo cumplimentarse previamente
con los gastos y honorarios de martille ro, aportes previsionales del mismo (art. 71 Ley 10.973 y 586 CPCC.) Deuda: Rentas
Ciudad $52.784.47-al 31.07.2018. Todo interesado en participar de la subasta deberá ineludiblemente en forma previa a la
misma, registrarse como postor en la Seccional del Reg istro General de Subastas Judiciales q ue corresponda (arts. 6 a 20
del Ac. 3604/12), como asimismo, efectivizar antes de la puja virtual, el depósito en garantía que más abajo se consigna.
Todo ello debe ser realizado al menos con una antelación de 3 días hábiles al inicio de la puja cibernética (art. 562, 921,
CPCC, arts. 21 a 24, Ac. 3604/12). No se encuentra permitida la compra en comisión ni la cesión del Acta de adjudicación.
Depósito en garantía: los postulantes como oferentes en la subasta deberán depositar en la cuenta de autos del Banco de
la Pcia. Bs. As. Suc. Tribunales Morón. (5098), Cuenta Judicial: 50987, CBU 0140030427509860202296, la suma de
$18.021.50 en concepto de depósito de garantía, como presupuesto de aceptación de su calidad de postor, quedando dicho
importe como pago a cuenta en el caso que resulte adjudicatario. Este depósito deberá estar acreditado con una antelación
mínima de tres días hábiles a la fecha de inicio del acto de subasta (art. 562 CPCC.; art. 22 Anexo I Ac. 3604/12 SCBA.). El
depósito será reintegrado a los oferentes no ganadores de manera inmediata o automática, mediante oficio -a confeccionar
en el Juzgado-, dirigido al Banco Provincia, para que se rea lice la transferencia correspondiente. Acta de adjudicacion: el 30
de setiembre de 2021, a las 10 hs. en la se de del Juzgado, a la que deberán comparecer el martillero y el mejor postor de
la subasta, guardándose todos los recaud os sanitarios pertinentes (distanciamiento social de 2 metros y protocolos
sanitarios) en presencia únicamente de los nombrados y el actuario, quien presentará form ulario de inscripción, pago de
depósito en garantía, pago de saldo de precio, pago de honorarios y aportes del martillero, constancia de código de postor y
los instrumentos que permitan su individualización como comprador en subasta -a fin de suscribir el acta de adjudicación
del bien, debiendo constituir domicilio procesal físico y electrónico, bajo apercibimiento de lo normado en el art. 133 CPCC.
Postores: La formulación de ofertas implica el conocimiento y aceptación de todos los términos y condiciones tanto físico,
impositivo y jurídico de la operación de venta como del bien que se enajena, no pudiendo hacer planteos de esta índole con
posterioridad a la formulación de las ofertas. Postor remiso: E n caso de incumplimiento del pago del precio por parte del
adquirente, este incurre en situación de postor remiso , debiéndose adjudicar el bien subastado, y con el fin de evitar que
fracase la subasta, al mejor de los postore s siguientes, debiéndose estar para ello, a las alternativ as previstas dentro del
marco legal de referencia (art. 585, CPCC; arts. 21, 40, Ac. 3604/12). Exhibición: El día 25/8/2021, en el horario de 9 a 10
hs. y 26/8/2021 de 15 a 16 hs. en Campan a 879, Castelar pdo. de Morón. Pcia. Bs. A s. CUIT demandado Boggiano
Gustavo Edgardo 20169617466. Informes en el expediente y con el martillero al celular 1151124282. En la ciudad de
Morón, 2 agosto de 2021.
ago. 6 v. ago. 9
EDICTOS
POR 5 DÍAS - Tengo el agrado de dirigirme a Ud., por disposición del Dr. Condomi Alcorta, Agente Fiscal de la UFIJ. Nro.
16 de La Plata , el m arco de la Investigación Penal Preparatoria Nº PP-06-00- 017396-19/00 caratulada “Cic chitti Sergio
s/Abuso Sexua l" a fin de requerirle publique por 5 días mediante edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos
Aires, el siguiente resolutorio a fin de notificar al Imputado: SERGIO CICCHITTI, DNI 14.464.855, nacido el día 27 de
septiembre de 1961, con domicilio en calle 28 e/ 494 y 495 N° 3770 de la ciudad de Manuel B. Gonnet, Provincia de Buenos
Aires de formación de la presente causa -Art. 1 y 60 del CP .P, como así también de la designación de audiencia en Cámara
Gesell para el día 16 de septiembre de 2021 a las 10:00 hs. Artículo 1. Juez natural y juicio por jurados. Juicio previo
Principio de inocencia. Non bis in idem. Inviolabilidad de la defensa. Favor rei. Nadie podrá ser juzgado por otros jueces que
los designados de acuerdo con la Constitución de la Provincia y competentes según sus leyes regl amentarias; ni penado
sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso y sustanciado conforme a la s disposiciones de este Código; ni
considerado culpable mientras una sentencia firme no lo declare tal; ni perseguido penalm ente más de una vez por el
mismo hecho. La competencia y el procedimiento para el juicio por jurados en causascriminales se ajustarán a las normas
de este código. Es inviolable la defensa de las personas y de los derecho s en el procedimien to. En caso de duda debe rá
estarse siempre a lo que sea más favorable al imputado. L a inobservancia de una regla de garantía establecida en beneficio
del imputado no se podrá hacer valer en su perjuicio. La im posición de medidas de seguridad en los términos del artículo 34
inciso 1º del Código Penal requiere la previa observancia de las normas relativas al juicio previstas en el Libro III de este
Código".Se considerará imputado a toda persona que en cualquier acto o procedimiento se lo indique o detenga como autor
o partícipe de la comisión de un delito. Los derechos que este Código acuerda al im putado podrá hacerlos valer cualquier
persona que sea detenida o indicada de cualquier forma como partícipe de un hecho delictuoso desde el primer momento
de la persecución pena l dirigida en su contra.Cuando estuviere detenido, el imputado podrá formular sus instancias ante el
funcionario encargado de la custodia, quien las comunicará inmediatamente al órgano interviniente. Desde el mismo
momento de la detención o, no siendo detenible el delito desde la primera diligencia prac ticada con el im putado, éste
deberá ser anoticiado por la autoridad que intervenga que goza de las siguie ntes garantías mínimas: 1. Ser informado sin
demora, en un idioma que comprenda y en forma detallada, de la naturaleza y causas de los cargos que se le imputan. 2. A
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La Plata > viernes 06 de agosto de 2021
SECCIÓN JUDICIAL > página 2
comunicarse libremente con un le trado de su elección, y que le asiste el derecho de ser asistido y comunicado con el
Defensor Oficial. Si fuese nacional e xtranjero el derecho que le asiste de comunicarse con el Cónsul de su país. 3. Que no
está obligado a declarar contra sí mismo ni a confesarse culpable. 4. Los derechos que le asisten con relación al
responsable civil del hecho por el que se lo imputa -si lo hubiere- y también respecto del asegura dor, en caso de existir
contrato, como asimismo los derechos que le asisten respecto de requerir al asegurador que asuma su defensa penal.
"...///Plata, 20 de julio del 2021. Atento al estado de la presente IPP, desígnese audiencia para el día J ueves 16 de
septiembre a las 10:00 hs. horas en la sede de la Alcaldía de Menores La Plata (calle 56 entre 7 y 8 La Pla ta), con la
intervención de la Lic. Andrea Hernández Mason o profesional en turno, a efectos que la menor víctima de autos Luna
Cicchitti preste declar ación en Cámara Gesell según lo previsto por los Artículos 102 bis, 274 del C.P.P., y Protocolo
aprobado por Resolución 903/1 2 de S.C.J.B.A. En virtud de lo dispuesto por Resolución N° 480/20 de la S.C.J.B.A, la Guía
de actuación para el desarrollo de audiencias total o parcialmente remotas aprobado como anexo único por Res. 816/20
S.C.J.B.A, la Res. N° 4310 de la Presidencia de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental y por la
Dirección General de Sanidad - Área de Seguridad e Higiene, la audienc ia dispuesta se desarrollará en forma parcialmente
remota mediante un sistema mixto de partes presentes: testigo/víctima, profesional del Cuerpo Técnico Auxiliar, el operador
del Labor atorio de fotografía e imagen del Ministerio Público y un secretario de la Fiscalía y partes no presentes: Juez,
Fiscal, Defensor Oficial, Imputado, Asesor de Incapaces, Letrado Patrocinante de la Particular Damnifica da, y aq uel
constituído como parte del proceso, a quienes se les remitirá el correspondiente Link de acceso a la plataforma Microsoft
Teams y/o SIMP Virtual, a cuyos fines las partes deberán informar sus correspondien tes direcciones electrónicas y un
teléfono o celular de contacto. Asimismo los comparecientes de manera presencial deberán cumplir con todas las medid as
de seguridad sanit aria, en especial a lo que refiere a la puntualidad y al uso de tapa boca/nariz/mentón..."A los fines
dispuestos: ...II. Notifíquese al imputado de autos, Cicchitti Sergio, del contenido d el Art. 1,60 y concordantes del C.P.P,
como asimismo de lo aquí dispuesto. Fdo: Dr. Juan Cruz Condomi Alcorta. Agente Fiscal UFIJ Nro. 16...." "... La Plata , 27
de julio de 2021. Visto lo informado a fs. 135 y vta., notifíquese al imputado de autos Sergio Cicchitti mediante publicación
de edictos por 5 días en el Boletín Oficial, del Art. 1 y 60 del C.P.P, y de la designación de Audiencia en Cámara Gesell
para el día16 de septiembre a las 10:00 hs.(fs. 131/132). Fdo: Dr. Juan Cruz Condomi Alcorta. Agente Fiscal UFIJ Nro.
16...." Toda consulta podrá ser efectuada a ésta dependencia sita calle 54 entre 6 y 7 nro 590 5to Piso, - Tel
4103829/36/35/09.
ago. 2 v. ago. 6
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción Nº 2 de La P lata, tengo el
agrado de dirigirme a ud. en I.P.P. Nº PP-06-00-045502- 11/00, caratulada "Joaquín, N.N. s/Abuso Sexual - Art. 119 párr.
1ro" a fin de solici tarle se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo, el auto que a continuación se transcribe “La
Plata, 26 de julio de 2021. Autos y Vistos: La presente I.P.P. Nro. PP-06-00-045502-11/00, caratulada "Joa quín, N.N.
s/Abuso Sexual - Art. 119 párr. 1ro". Y Considerando. Que de l as constancias obrantes en la presente, surge que no se ha
podido dar con el paradero actual de la denunciante de autos resultando imprescind ible contar con la misma para la
prosecución de la presente . Asimismo, teniendo en consid eración que desde la fecha de inicio de los presentes obrados no
se han obtenido elementos de prueba que permitan tener por acreditada la materialidad ilícita del hecho investigado, no
siendo objetivamente razonable la incorporación de nuevos elementos de cargo, atento el tiempo transcurrido; es que
Resuelvo: Archivar la I.P.P. de referencia, en conformidad con lo norma do con el Art. 268, cuarto párrafo d el C.P.P. Líbrese
oficio al Boletín oficial a fin de solicitar el libramiento de edictos por el término de 5 días a los fines notificar a TREJO
GRACIELA NOEMÍ, de lo resuelto precedentemente. Comuníquese al Sr. Juez de Garantías. A tal fin líbrese oficio...”. La
Plata, 26 de julio de 2021.
ago. 2 v. ago. 6
POR 5 DÍAS - Nº IPP PP-03-02-002000-20/00 ca ratulada "Rossi, Walter José Darío y Otros s/Hurto - Robo" de trámite por
ante este Juzgado de Garantías Nº 4, a cargo del Dr. Marian o Cazeaux, de este Departamento Judicial de Dolores, a los
efectos que proceda a publica r edicto por término de cinco días, a fin de notificar al imputado WALTER JOSÉ DARÍO
ROSSI cuyo último domicilio conocido era en calle M. Roca N° 555 (Lomas De Zamora), la siguiente resolución: "Villa
Gesell, 16 de julio de 2021.-Autos Y Vistos: Para resolver en re lación a lo peticionado por el Sr. Def ensor Particular, Dr.
Alejandro Gowland, teniendo a la vista el incident e N° 1, en IPP N° PP 03-02-002000- 20/00, caratulada Robo Simple
(Hecho I) en con curso real con Hurto en grado de Tentativa (Hecho II), de tramite ante éste Juzgado de Garantías N° 4 de
Mar del Tuyú Departamental, a cargo del suscripto, por subrogación de su titular Dr. Diego Olivera Zapiola; Y
Considerando: I. Que en el marco de la Inc. 1 - IPP N° PP 03-02-002000- 20/00 de trámite por an te la Unidad Funcional de
Instrucción Descentralizada Nº 1 Mar del Tuyú Departamental, surge que "Hecho I: Que el día 07 de Febrero de 202 0, sin
poder precisar horario pero antes de las 23 horas, dos sujetos adultos del sexo masculino, previo cortar el cable con
candado que suje taba la rueda de auxilio de la camioneta marca Ford, modelo Ranger dominio AC114YT, la c ual se
hallaba estacionada en la puerta del domicilio sito en la calle Falkner N° 572 de la localidad de San Bernardo, se
apoderaron ilegitimamente de una llanta de aleación con cubierta Bridgestone 265/60/18,propiedad de García
Condori. Hecho II: Que siendo aproximadamente las 21:50 horas, los mismos sujetos adultos a los que se viene haciendo
referencia wn el Hecho I, quienes se conducían en un roda do marca Renault, modelo Kangoo de color gris con vidrios
polarizados, dominio PNZ 457, en la intersección de las calles Falkner y Diagonal Urquiza de la localidad de San Bernardo,
intentaron apoderarse de una rueda de auxilio de una camioneta marca Toyota, modeko Hilux de color plata, no logrando
su co metido por razones ajenas a su voluntad, al ser sorprendidos por personal policial que se identifica como Policía,
subiéndose rápidamente al rodado y dándose a la fuga, perdiéndose de vista y abandonando el rodado en calle Querini y
Catamarca de la citada localidad". Que en orden a las circunstancias previamente mencionadas, surge la constitución del
delito prima facie calificado (conf. Art. 186 del C.P.P.) como Robo Simple (Hecho I) en concurso real con Hurto en grado de
Tentativa (Hecho II) previstos y reprimidos por los Artículos 164, 162, 42, 45 y 5 5 del Código Penal resultando imputado en
dicha inve stigacion el encartado Walter José Darío Rossi Al respecto cabe mencionar que en el marco de la causa por
Informe de la Policía Científica, se identifica al encartado a través de huellas dactilares encontradas e l el vehículo utilizado
en el raid delictiva, donde se encuentr a su Documento Nacional de Identidad y toda la documentación del automóvil, cuya
titular es su madre Zulma Mabel Doizquez, quien so licitó la devolución del vehículo utilizado en los hechos ilícitos
imputados, siendo negada tal petición por la Fiscalía interviniente. Constando en autos informe de múltip les procesos en
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
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