La Prueba Pericial. Consideraciones sobre la prueba pericial y su valoración en la decisión judicial

AutorMartorelli, Juan Pablo
Páginas130-139
REDEA. DERECHOS EN ACCIÓN | Año 2 Nº 4 | Invierno 2017
pág. 130 | DOCTRINA
La Prueba Pericial
Consideraciones sobre la prueba pericial y su valoración en
la decisión judicial
Por Martorelli Juan Pablo
Sumario: I.- Introducción. II.- La pericia como medio de prueba. Rol
e imparcialidad del perito. Dictamen pericial. III.-Valoración del informe
pericial en la decisión judicial. IV.- Palabras de cierre.
I.- Introducción
El inicio de un proceso judicial en donde se plantean hechos controver-
tidos, las partes interesadas deben acercar al expediente todos los medios
de prueba que intentan valerse para alcanzar la pretensión que persiguen.
Como el juez no tiene un conocimiento directo de los hechos, la ley le po-
sibilita conocerlos por medio de estas herramientas legales denominadas
medios de prueba.
Siempre que no hubiere conformidad entre las partes respecto de los
hechos alegados o existieren hechos controvertidos, el juez debe decretar la
apertura a prueba o recibir la causa a prueba (art.358, CPCCBA). Abierta
la etapa de prueba, se deberán realizar todas las diligencias necesarias para
que el juez pueda, a través de estos medios, conocer y apreciar indirecta-
mente los hechos.
Los medios de prueba pueden denirse como las herramientas legales
para la comprobación de la verdad de aquellos hechos controvertidos, del
cual se pretende hacer valer un derecho dentro de un proceso. Dentro de
dichos medios se encuentra la prueba pericial.
La pericia como actividad consiste principalmente en ¨la aplicación de
los conocimiento del experto a un supuesto concreto, emitiendo un parecer,
evacuando una opinión o facilitando una información¨(Flores, 2005:128).
La peritación es una actividad procesal desarrollada, en virtud de encargo
judicial, por personas distintas de las partes del juicio, especialmente cali-
cadas por sus conocimientos técnicos o cientícos, que se suministra al juez
argumentos o razones para la formación de su convencimiento respecto de
ciertos hechos cuya percepción o cuyo entendimiento escapa a las aptitudes
del común de la gente. “lo que distingue a la pericia del resto de los medios
de prueba es que la pericial intenta lograr la convicción del tribunal respec-
to de hechos técnicamente complejos, o sobre aspectos especializados de
hechos determinados” (Idem:132).
La prueba pericial se enmarca, dentro de lo que se denomina la prueba
cientíca, la que goza de un alto poder de abilidad. La valoración que el
juez efectúa del informe de peritos se realiza conforme a las reglas de la sana

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