PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY 20.266 - REGIMEN PARA LA PROFESION DE MARTILLERO -, RESPECTO DE LAS CONDICIONES HABILITANTES PARA EJERCER.

Fecha de presentación05 Marzo 2018
Número de Iniciativa181/18
ComisiónComisión de legislación general
Autor de la iniciativaItúrrez de Cappellini , Ada Rosa Del Valle
“2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria
(S-181/18)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,…
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase el artículo 1° de la Ley 20.266 (texto
ordenado según Ley N° 25.028), por el siguiente:
“Artículo 1°.- Para ser Martillero Público se requieren las siguientes
condiciones habilitantes:
a) Ser mayor de edad y no estar comprendido en ninguna de las
inhabilidades del artículo 2°.
b) Poseer título universitario de grado, de martillero público, expedido
o revalidado en la República, con arreglo a las reglamentaciones
vigentes y las que al efecto se dicten”.
ARTÍCULO 2°.- Los Martilleros Públicos que, a la fecha de entrada en
vigencia de la presente Ley, se encuentren matriculados como tales o,
al menos, cuenten con los correspondientes títulos académicos
habilitantes según las disposiciones de la Ley 25.028, podrán seguir
ejerciendo su profesión, siempre y cuando satisfagan los requisitos
legales establecidos en el artículo 3 de la Ley 20.266 (texto ordenado
por la Ley 25.028).
ARTÍCULO 3°.- La presente Ley entrará en vigencia al año de su
publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Ada R. del Valle Itúrrez de Cappellini
FUNDAMENTOS
Señora Presidente:
De acuerdo con el Artículo 75, Inciso 19, de la Constitución Nacional,
el Congreso de la Nación no sólo tiene la potestad sino también el
deber de sancionar leyes de organización del sistema educativo y que
sirvan de base para el desarrollo de su actividad, en todos sus niveles
de enseñanza.
Tal como ya se ha insinuado, esta atribución - obligación del Congreso
de la Nación abarca también a la enseñanza primaria; la cual, según el
Artículo 5 de la C.N., integra la esfera competencial de las Provincias.
Con cuánta más razón, entonces, aquélla es aplicable a los ámbitos

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR