PROYECTO DE LEY QUE DEROGA EL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA 669/19 - MODIFICACIÓN A LA LEY 24.557 DE RIESGOS DEL TRABAJO-.

Fecha de presentación01 Octubre 2019
Número de Iniciativa2905/19
ComisiónComisión de asuntos constitucionales,Comisión de trabajo y previsión social
Autor de la iniciativaLópez Valverde , Cristina Del Carmen
EstatusArchivado
“2019 - Año de la Exportación”
(S-2905/19)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,
ARTÍCULO 1º.- Deróguese el Decreto de Necesidad y Urgencia
669/2019.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Cristina López Valverde.-
FUNDAMENTOS
Señora Presidente:
El Poder Ejecutivo Nacional dictó con fecha 27 de septiembre de 2019
el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 669/2019 (publicado en el B.O
el 30 de septiembre del año en curso). A través de ese instrumento de
delegación legislativa introdujo una serie de modificaciones a la Ley
Nacional sobre Riesgo de Trabajo Nº 24.557 (t.o. 1995) y a su
complementaria Ley N° 27.348.
Se trata de una medida perjudicial para los trabajadores en orden a
reducir las indemnizaciones por invalidez o muerte resultantes de
accidentes de trabajo, mediante la sustitución de la tasa de interés del
Banco Nación como valor de referencia para el ajuste del monto
indemnizatorio y su reemplazo por la tasa de variación de las
Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables
(RIPTE), un índice significativamente menor.
Si tomamos como referencia el año 2018, el RIPTE fue de 27,72%
contra un 40,63% de la tasa activa del Banco Nación.
La tasa de interés del Banco Nación como valor de referencia para la
actualización de las indemnizaciones, fue implementada por la Ley N°
27.348 -sancionada en el año 2017- con la previsión de evitar que los
efectos de procesos inflacionarios resulten desfavorables en la fórmula
del cálculo de “Ingreso Base” para indemnizaciones por incapacidad
laboral definitiva, fallecimiento del trabajador u homologación.
Esa modificación sustancial que pretendía resguardar a los
trabajadores y a sus familias frente a los efectos inflacionarios
respondió a una lectura profunda respecto del desfasaje que puede
existir entre la fecha del accidente de trabajo y el momento en que al
trabajador (o a su familia) le efectivizan el pago de la indemnización.

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