PROYECTO DE COMUNICACIÓN QUE SOLICITA LA PRÓRROGA DE LA EMERGENCIA ECONÓMICA, PRODUCTIVA, FINANCIERA Y SOCIAL A LA CADENA DE PRODUCCIÓN DE PERAS Y MANZANAS DE LAS PROVINCIAS DEL NEUQUEN, RIO NEGRO, MENDOZA, SAN JUAN Y LA PAMPA, SEGÚN EL ART. 3 DE LA LEY 27.354 Y S/M.
Fecha de presentación | 05 Abril 2018 |
Número de Iniciativa | 903/18 |
Comisión | Comisión de presupuesto y hacienda |
Autor de la iniciativa | Crexell , Carmen Lucila,Bullrich , Esteban Jose |
“2018–AñodelCentenariodelaReformaUniversitaria”
(S-903/18)
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación
Solicita que el Poder Ejecutivo Nacional prorrogue la emergencia
económica, productiva, financiera y social a la cadena de producción
de peras y manzanas de las provincias del Neuquén, Río Negro,
Mendoza, San Juan y La Pampa, de conformidad con lo previsto en el
artículo 3° de la Ley N° 27.354 y sus modificatorias.
Lucila Crexell. Esteban J. Bullrich.
FUNDAMENTOS
Señora Presidente:
El presente proyecto tiene por objeto solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional que prorrogue la emergencia económica, productiva,
financiera y social a la cadena de producción de peras y manzanas de
las provincias de Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La
Pampa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3° de la Ley N°
27.354 (B.O. 26/05/17), y sus modificatorias.
Corresponde señalar que la mencionada ley declaró la emergencia de
este sector en las provincias del Neuquén y Río Negro por el término
de trescientos sesenta y cinco (365) días y luego se amplió a las
provincias de Mendoza, San Juan y La Pampa por la Ley N° 27.374
La declaración de dicha emergencia tiene como finalidad que el Poder
Ejecutivo instrumente las medidas necesarias que permitan al sector
frutícola sobrellevar los distintos problemas estructurales y
coyunturales que atraviesa vinculados con la falta de rentabilidad y un
desfinanciamiento extraordinario a lo largo de la cadena de
producción.
La ley fue reglamentada por el Decreto N° 1125/17 (B.O. 02/01/18),
que establece como sujetos alcanzados para acceder a los beneficios
a los actores directos de la cadena de producción de peras y
manzanas (productores, empacadores, frigoríficos, comercializadores
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