PROYECTO DE COMUNICACIÓN QUE SOLICITA INCLUIR EN LAS RESOLUCIONES DE LA (AFIP) DE FACTURACION ELECTRONICA, LA OBLIGACION DE REGISTRAR Y CONTROLAR EL PAGO DE FACTURAS DE GRANDES CONTRIBUYENTES A TRAVES DE DEPOSITOS CON ACREDITACION EN CUENTA EN EL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL.

Fecha de presentación24 Julio 2018
Número de Iniciativa2487/18
ComisiónComisión de presupuesto y hacienda
Autor de la iniciativaBasualdo , Roberto Gustavo
EstatusCerrado
“2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria
(S-2487/18)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional se sirva incluir en
las resoluciones generales de la Administración Federal de Ingresos
Públicos (AFIP) de facturación electrónica, la obligación de registrar y
controlar el pago de las facturas de grandes contribuyentes, dentro de
los plazos establecidos, mediante la utilización de depósitos con
acreditación en cuenta en el sistema financiero nacional.
Roberto G. Basualdo.-
FUNDAMENTOS
Sra. Presidente:
La factura electrónica es un comprobante digital funcional y legalmente
equivalente a la factura en formato papel, que la reemplaza en la
mayoría de las operaciones de quienes estén obligados u opten por su
utilización.
Este medio de facturación permite la gestión, almacenamiento e
intercambio de comprobantes por medios electrónicos o digitales sin
necesidad de su impresión, pudiéndose gestionar desde una PC,
tablet o smartphone con conexión a internet gracias a la aplicación
de facturación móvil.
La utilización del depósito en cuenta de las facturas electrónicas que
se solicita en el presente proyecto de comunicación es una
herramienta para las Pymes, dado que es usual en todas las
economías regionales que las grandes empresas contraten servicios
de otras empresas (Pymes) y estas se financien con el pago a
proveedores en más de 30 días. Dejando a la “Pyme” con toda la
carga impositiva y financiera.
Cabe recordar en este aspecto que para algunas empresas pymes
que brindan servicios a los grandes contribuyentes, el pago de
impuestos pasa a ser parte de su capital de trabajo, como lo es el caso
de las empresas de reclutamiento o servicios eventuales de personal.
En estos casos el pago de impuestos y cargas sociales muchas veces
se enfrenta junto con el pago del IVA facturado, haciendo de este
suceso una carga financiera insostenible para una Pyme. Si bien
existe la posibilidad de adherirse a una ley Pyme que le permita
financiarse y pagar el IVA a 90 días, es una herramienta muy útil los
primeros meses, luego se vuelve un ciclo mensual que no permite
solucionar el costo de capital y financiero que esto demanda.

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