PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. c/ QUIÑONES, ALAN JOEL Y OTRO s/INTERRUPCION DE PRESCRIPCION

Fecha03 Mayo 2023
Número de expedienteCIV 010838/2021/CA001

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

10838/2021 PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL

TRABAJO S.A. c/ QUIÑONES, A.J. Y OTRO

s/INTERRUPCION DE PRESCRIPCION

Buenos Aires, 3 mayo de 2023.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. ) La actora apeló en forma subsidiaria la decisión del 6 de agosto de 2021, mantenida por resolución del 9 del mismo mes, que la intimó a pagar la tasa de justicia.

  2. ) Cabe señalar que, en el caso, no se trata de determinar si el pago de la tasa de justicia entra o no dentro de la órbita de materia no delegada de la Provincia de Buenos Aires a la Nación, sino de establecer el alcance de las exenciones que se establecen dentro y fuera de la ley 23.8981.

Desde esa perspectiva, Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. no está exenta del pago de la tasa de justicia. Es que,

independientemente de su aludida condición de socio mayoritario, la parte actora es una persona jurídica diferenciada y distinta que no puede confundirse con la de los socios que la integran (art. 143 CCCN).

Por ello, no resulta de aplicación a este caso la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Banco de la Provincia de Buenos Aires c. Estado Nacional- Ministerio de Economía -

Dto.905/02 s/proceso de conocimiento” (recurso de hecho, del 4/6/2013;

1

cfr. esta Sala “Banco de la Provincia de Buenos Aires c/ Preveza SA”, del 23/02/2010;

íd “Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. c/ Oviedo, L. y otros s/

interrupción de prescripción”, del 20/11/2014; íd. “Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. c/ Resp Civ Mendoza Pcia de Mendoza 11/04/2018 s/ interrupción de prescripción”, del 26-05- 2021.

Fecha de...

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