La protección jurídica del ambiente. Entrevista a la Prof. Paula Noseda

AutorPaula Noseda
CargoAbogada (UBA, 2000), Especialista en Derecho Ambiental (UCA, 2004)
Páginas1-8
La protección jurídica del ambiente, Cartapacio de Derecho , Vol. 39 (2021), Facultad de Derecho, Uni-
cen.
CARTAPACIO DE DERECHO
LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL
AMBIENTE
ENTREVISTA A LA PROF. PAULA NOSEDA1
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO
-Revista Cartapacio: ¿Qué lugar ocupa el ambiente en el Derecho del S. XXI?, ¿cuál es
su protección jurídica?
- Prof. Noseda: A mi modo de ver, el ambiente como bien jurídico protegido, ocupa un
lugar central y vital permeando transversalmente a todas las áreas del Derecho del S.
XXI. La protección jurídica del ambiente, y de los diversos elementos naturales y cultu-
rales que lo componen, goza de jerarquía constitucional en Argentina desde el año 1994
(Art. 41 C.N.). En los últimos 25 años, nuestro país ha logrado la reglamentación del
derecho al ambiente sano a través de las leyes nacionales de presupuestos mínimos de
protección ambiental, aplicables en forma obligatoria en todo el territorio nacional sin
necesidad de adhesión de las Provincias. Por su parte, las jurisdicciones locales (provin-
cias y CABA) han hecho lo propio estableciendo normativa complementaria que debe
estar en congruencia con la normativa ambiental nacional, dejando a salvo su compe-
1 La entrevistada es Abogada (UBA, 2000), Especialista en Derecho Ambiental (UCA, 2004),
Doctora en Ciencias Jurídicas (UCA, 2010), Adjunta Regular de Derecho Ambiental y de los
Recursos Naturales de la Facultad de Derecho de la UNICEN.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR