Propuesta de Proyecto de - Ley Servicios de Comunicación Audiovisual

AutorEquipo Federal del Trabajo
Introducción

Tratamos de saldar una deuda que acumulamos en estos años de democracia. Queremos saldarla con el dictado de una norma actualizada, regulatoria de los servicios de comunicación audiovisual.

Buscamos echar las bases de una legislación moderna, dirigida a garantizar el ejercicio universal para todos los ciudadanos del derecho a recibir, difundir e investigar informaciones y opiniones y que constituya también un verdadero pilar de la democracia, garantizando la pluralidad, la diversidad y una efectiva libertad de expresión.

Actores públicos, privados y sociales amparados y comprendidos por una regla que acompañe el salto tecnológico, buscando mecanismos destinados a la universalización del aprovechamiento de los avances de las tecnologías, poniendo los medios al servicio de la profundización de la participación democrática de la ciudadanía.

Necesitamos sustituir un viejo esquema de gobierno a través de un comité militar por otro, nuevo, de plena representación de origen democrático.

Debemos desconcentrar y democratizar la propiedad de los medios, favoreciendo un federalismo real que fortalezca lo local, con protección de nuestros bienes culturales, y defendiendo a los

trabajadores y creadores, abaratando el acceso del ciudadano a la información y otros contenidos, a lo largo y ancho del territorio nacional.

Entendemos que el beneficiario directo de los cambios debe ser el ciudadano común, no sólo por resultado de una ampliación de sus derechos, sino también por la universalización del acceso a eventos significativos, como por ejemplo los clásicos del fútbol profesional, así como en el abaratamiento del costo de esos servicios audiovisuales.

Proponemos además modificar las estructuras, principios y objetivos de los medios del estado, para que abran instancias participativas que, con una conducción democrática y representativa aseguren pluralismo y diversidad en sus contenidos.

El desafío es construir lo nuevo aprovechando la experiencia de estos años de democracia, enriqueciendo por medio de la más amplia y abierta participación colaborativa el documento de trabajo para la discusión proyectado como base de presupuestos mínimos, para el envío al Congreso de un proyecto de - Ley que cuente con firmes consensos sociales.

Abrimos una puerta al futuro, adaptando a la realidad local principios jurídicos ya probados en el derecho comparado, reconociendo estándares adoptados por el sistema interamericano de derechos humanos.

Sumamos nuestro esfuerzo al de un conjunto importante de otros países que también persiguen, con la adopción de principios de neutralidad tecnológica evitar la obsolescencia de sus normas.

Este proyecto constituye entonces un documento de trabajo, destinado a ser enriquecido, corregido y mejorado por virtud de la libre participación ciudadana, con la finalidad de que su envío al Honorable Congreso de la Nación cuente con una amplia base de consenso constituyendo una experiencia inédita de democracia semidirecta.

Se trata de ayudar a poner en vigencia el mandato del último párrafo del inciso 19 del artículo 75 de la Constitución de la Nación Argentina: “…Dictar - Leyes que protejan la identidad y pluralidad cultural, la libre creación y circulación de las obras del autor, el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales..”.

Objeto de la regulación

Únicamente se regulan los servicios abiertos (radio y TV) y los sistemas complementarios más antiguos, como Antenas Comunitarias.

La regulación es tan antigua que se considera a las radios FM como “Nuevas Tecnologías”.

El objeto de la iniciativa es otorgar marco legal a todos los Servicios de Comunicación Audiovisual independientemente del soporte técnico utilizado para su transmisión.

El libre acceso a las nuevas tecnologías permitirá el establecimiento de garantías destinadas a proteger el pluralismo y la diversidad de todas las producciones audiovisuales.

Libertad de expresión

- Ley del Proceso

Está limitada por las necesidades de la Seguridad Nacional. La - Ley actual admite restricciones a la Libertad de Expresión basadas en este motivo.

- Ley de la Democracia

Se garantiza el derecho humano universal al derecho a la información y a la libertad de expresión como lo prevé el 13 de la Convención Americana sobre Derechos humanos, que implica el derecho a recibir, difundir e investigar informaciones y opiniones.

Los tratados de Derechos Humanos son una pieza fundamental del espíritu de esta propuesta.

Propuesta de Proyecto de - Ley Servicios de Comunicación Audiovisual

Autoridad de aplicación

- Ley del Proceso

El organismo que regula la Radio y la TV está integrado por militares, servicios de inteligencia y empresarios.

- Ley de la Democracia

El organismo que regulará los Servicios de Comunicación Audiovisual será dirigido por un órgano colegiado integrado por representantes de la legislatura nacional, de la segunda y tercera minoría y representantes del Poder Ejecutivo Nacional.

Se establecerá un Consejo Multisectorial y Participativo integrado por representantes de las Universidades, de las Asociaciones sin fines de lucro, de los trabajadores del sector, etc.

Protección al trabajo argentino y local

- Ley del Proceso

No se protege el trabajo argentino ni se alienta la producción local.

- Ley de la Democracia

Se garantizará y protegerá el trabajo local y argentino mediante cuotas de pantalla de cine nacional.

Se exigirá el 70% de producción nacional en las radios y el 60% en la TV.

Licenciatarios

- Ley del Proceso

La radiodifusión sólo se podía ejercer como actividad con fines de lucro. Las modificaciones operadas durante la década de los 90´facilitaron la concentración horizontal por vía de la admisión de los multimedios y la aparición de holdings.

Recién en el año 2005 el Congreso Nacional permitió a las personas jurídicas sin fines de lucro ser titulares de licencias de radiodifusión, pero con algunas restricciones.

- Ley de la Democracia

Se permitirá el acceso a las entidades sin fines de lucro.

Se reservará con carácter inderogable, el 33% del espectro para las personas jurídicas sin fines de lucro tales como, asociaciones, fundaciones, mutuales, etc.

Monopolios y oligopolios

- Ley del Proceso

Se admiten los monopolios y los oligopolios de medios.

El Estado tiene una participación subsidiaria, ya que solo puede dar servicio en áreas geográficas no rentables para los privados.

- Ley de la Democracia

Se impedirá la formación de monopolios y oligopolios.

Se promoverá el pluralismo del espectro y de los servicios de Comunicación Audiovisual.

El Estado Nacional, las Provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los Municipios tendrán asignadas frecuencias.

Producción de contenidos educativos e infantiles

- Ley del Proceso

No se fomenta la producción de contenidos educativos o infantiles

- Ley de la Democracia

Se fomentará la producción de contenidos educativos e infantiles.

Se establecerá un Consejo Asesor sobre Audiovisual e Infancia para garantizar el cumplimiento de estos objetivos.

Calidad de la información

- Ley del Proceso

Se establecen límites a la calidad de la información a difundir, la que debe ser veraz, objetiva y oportuna.

Estos límites han sido utilizados para restringir la Libertad de Expresión.

- Ley de la Democracia

Se promoverá la polifonía de informaciones y opiniones en concordancia con lo establecido en los pactos de Derechos Humanos.

Medios públicos

- Ley del Proceso

Solo se prevé su condición subsidiaria.

Las Universidades deben ser titulares de licencias por explotación comercial en TV.

Solo se preveía a ATC como empresa comercial.

- Ley de la Democracia

Se permitirá que las Universidades tengan emisoras sin restricciones ni obligación de ser sociedades comerciales.

Se propondrá un sistema de medios estatales con objetivos democráticos, con participación y control comunitario y social.

Participación parlamentaria

- Ley del Proceso

No está prevista la participación del Congreso de la Nación, dado que se trata de una - Ley de la Dictadura, razón por la cual es una - Ley centralista y antidemocrática.

- Ley de la Democracia

Se dará participación al Congreso de la Nación, y su intervención será obligatoria en la conformación de la Autoridad de Aplicación, la elección de las autoridades de los Medios Públicos y la elección del Defensor del Público.

Se dará participación y representación a la segunda y tercer minoría parlamentaria.

Control parlamentario

- Ley del Proceso

No está previsto ningún control por parte del...

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