Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 4 de Junio de 2021, expediente CCF 001091/2021/CA001

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2021
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I

CCF 1091/2021/CA1 -I- “PROPATO, MARÍA LORENA C/ AYSA

SA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS”

Juzgado N° 6

Secretaría N° 12

Buenos Aires, de junio de 2021.

Y VISTO:

El recurso de apelación interpuesto -en subsidio- por la parte actora el 22.4.2021, contra la declaración de incompetencia decidida el 30.3.2021; y CONSIDERANDO:

  1. El magistrado se declaró incompetente para entender en las presentes actuaciones y ordenó la remisión de los autos a la Justicia Nacional en lo Comercial.

    La actora se agravia y manifiesta que debe intervenir este fuero por cuanto se demanda a una empresa prestadora de un servicio público esencial, que debe ser brindado a través del Estado Nacional, el que no se ha desprendido de su responsabilidad por la prestación del servicio público en cuestión. Cita jurisprudencia y destaca que lo decidido lesiona su derecho constitucional a obtener justicia sin dilaciones inútiles.

  2. Ello sentado, cabe señalar que para determinar la competencia de los tribunales corresponde atender de modo principal a la exposición de los hechos que el actor hace en su demanda, y luego, en tanto se adecue a ellos, al derecho que se invoca como fundamento de su pretensión, así como a la naturaleza jurídica de la relación existente entre las partes (conf. Corte Suprema de Justicia de la Nación, Fallos 340:400, 620, 815, 819; esta S., causas 6741/15 del 9.4.16, 55/15 del 1°.12.16, 43/16 del 14.2.17, 8026/16 del 14.3.17, 2635/16 del 28.3.17,

    10.364/18 del 1°.4.19, 5581/19 del 5.9.19; entre otras).

    Fecha de firma: 04/06/2021

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.S.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

  3. Deste esta perspectiva, se debe puntualizar que la parte actora interpuso demanda por daños y perjuicios contra Agua y Saneamientos Argentinos S.A., por el incumplimiento en las obligaciones contractuales asumidas en el marco de la prestación de un servicio público esencial concesionado por el Estado Nacional.

    Manifestó que en febrero de 2019, cuando se encontraba en la “Farmacia Propato” -negocio de su propiedad- comenzó a “percibir un olor intenso y nauseabundo que provenía de las rejillas cloacales internas, como también un fuerte ruido que venía desde el inodoro”.

    Indicó que puso en conocimiento a AYSA S.A. de la situación y que,

    posteriormente, se presentó una cuadrilla de la empresa que solicitó

    acceder a la cámara de...

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